CASANARE
Vuelven a negar libertad del general (r) Torres Escalante procesado por falsos positivos
Su defensa había argumentado que como ya no es militar activo, el primer General en ser procesado por falsos positivos podría recuperar su libertad.
El juez primero penal del circuito de Yopal, negó la solicitud que hizo el abogado defensor del general en retiro Henry Torres Escalante, para que el militar (r) fuera dejado en libertad en el marco del proceso que se adelanta en su contra por su presunta participación en las ejecuciones extrajudiciales de Daniel Torres Arciniega y Roque Julio Torres, registradas en marzo de 2007 en zona rural del municipio de Aguazul (Casanare).
Si bien los abogados que defienden al militar argumentaron que “el acusado ya no es militar activo, es por esto que no existe posibilidad de que este pueda ejercer autoridad y control para influir o cambiar testigos”, el juez de conocimiento no aceptó dicha tesis, y se acogió a la solicitud de la Fiscalía y de las víctimas de mantener al general (r) Torres Escalante recluido en el Cantón Norte, en Bogotá.
Por su parte, la Fiscalía señaló que sigue existiendo el riesgo de que el militar en retiro salga del país, pues su capacidad económica se lo permitiría. Además, la Fiscalía aseguró que, si bien ya no está en servicio activo, “el estatus de general de la República se mantiene” y que, el hecho de que ya no esté ejerciendo dentro de la institución, facilitaría su salida del país, pues no tiene responsabilidades en Colombia.
Por su parte, la defensa de las víctimas, a cargo del Comité de Solidaridad con Presos Políticos (CSPP) aseguró que, aunque ya no exista una capacidad directa de dar órdenes a las tropas, persisten “condiciones innegables como el reconocimiento de superioridad o subordinación entre el ex oficial y sus antiguos subordinados”. Por estos argumentos, el Juzgado consideró improcedente la solicitud de la defensa y decidió mantener retenido a Torres Escalante.
Según la acusación de la Fiscalía en su contra, “Escalante fue condecorado con la orden de Servicios Distinguidos por llegar a las 150 bajas, utilizó su investidura y la confianza depositada para lograr su cometido, que no era otro que silenciar de manera definitiva a quienes venían poniendo al descubierto los homicidios que estaba cometiendo el Ejercito en la zona”. Por esto, el caso ya llegó hasta la etapa de juicio.
Por el asesinato de Daniel Torres Arciniega y su padre, Roque Julio Torres, quienes fueron presentado como guerrilleros muertos en combate, ya fue condenado Marco Fabián García, quien comandó el operativo que dio muerte a los campesinos. Él, además de aceptar los cargos, le dijo a la Fiscalía que el entonces coronel Torres Escalante habría ayudado a planear esas muertes. El soldado Julio Cesar Arteaga, quien habría apretado el gatillo, también está siendo investigado, al igual que el mayor Carlos Alirio Buitrago y Eduardo Sarmiento.
Fuente: www.elespectador.com
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Estos son los nuevos plazos para descuentos en pago del Impuesto Predial en Yopal
En plenaria del Concejo Municipal fue aprobado el Proyecto de Acuerdo No. 005, una medida que amplía los plazos para que los contribuyentes de Yopal accedan a descuentos por pronto pago del impuesto predial, así como a la opción de pago por cuotas sin intereses.
La decisión representa un alivio para los ciudadanos, quienes ahora contarán con más tiempo para ponerse al día con sus obligaciones tributarias y aprovechar los incentivos económicos dispuestos por la alcaldía de Yopal, en cabeza del mandatario Marco Tulio Ruíz.
De acuerdo con lo aprobado, los predios no sujetos a los límites de la ley 44 de 1990 tendrán un descuento del 30% si realizan el pago antes del 31 de mayo de 2026 (este beneficio es aplicable únicamente para quienes cancelaron la vigencia 2025 en octubre del año anterior). posteriormente, podrán acceder a un 20% de descuento antes del 31 de julio y un 10% antes del 30 de septiembre de 2026.
Por su parte, los predios sujetos a los límites legales contarán con un 15% de descuento si pagan antes del 31 de mayo, un 10% antes del 31 de julio y un 5% si cancelan antes del 30 de septiembre del 2026. Además, el acuerdo contempla la ampliación de los plazos para el pago por cuotas sin intereses, una alternativa que busca facilitar el cumplimiento de esta obligación, especialmente para quienes requieren distribuir el valor del impuesto en varios periodos.
Desde la Administración Municipal se destacó que esta medida no solo brinda mayor flexibilidad a los contribuyentes, sino que también contribuye a fortalecer la cultura de pago y el recaudo de recursos que se destinan a la inversión social y al desarrollo de la ciudad.


