NACIONALES
Presidente Petro se refirió a decreto sobre porte y consumo de la dosis personal
“Todas las normas de penalización de la comercialización de drogas y el narcotráfico siguen vigentes”, advirtió el presidente Gustavo Petro Urrego en un mensaje publicado en su cuenta de la red X.
El mandatario explicó los alcances del Decreto 2114 del 7 de diciembre de 2023, que deroga las sanciones de multa impuestas por el gobierno anterior para el porte de dosis personal de droga, afirmando que, al derogar las multas y el raqueteo que conlleva, la llevada al CAI y en muchos casos el golpe, la extorsión e incluso el abuso de mujeres cesan y se puede hablar de Paz al barrio.
De acuerdo con el presidente Petro, derogar las multas al porte establecidas de manera inconstitucional hará que la herida abierta entre la juventud barrial y la policía local se pueda cerrar, porque el Estado deja de ejercer una persecución insensata contra los jóvenes de los que se sospecha son consumidores solo por ser jóvenes; la mayoría no son consumidores.
En otros gobiernos, dijo, se construyó como enemigo interno a la juventud barrial, eso llevó al ajusticiamiento de miles de jóvenes y al estallido social respondido por el Estado con decenas de muertos y miles de detenidos, todos jóvenes.
No dejarse engañar por desinformadores, pide Presidente
En otro mensaje de X, el jefe de Estado subrayó: “Ojo, no se deje engañar por los desinformadores. Lo único que ha hecho el gobierno es derogar la multa por porte de dosis personal porque así lo indicaron las Cortes.
“Todo lo demás continua igual. La prohibición de consumo en lugares públicos lo debe establecer cada municipio. También esto es mandato de la Corte Constitucional, que acatamos y con la que estamos de acuerdo”.
Nuevo decreto ajusta la normativa a la jurisprudencia de las Cortes
El ministro de Defensa, Iván Velásquez, manifestó que el decreto 2114 “solo pretende ajustar la normativa a la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia y de la Corte Constitucional, desconocida por el decreto 1844 del 2018 que ahora se deroga”.
A su vez, el ministro de Justicia, Néstor Osuna, en un video publicado en X, reiteró que el decreto 2114 no elimina la prohibición de comercio, ni de tráfico ni de microtráfico, ni ningún comercio de drogas. Eso sigue severamente prohibido por la ley colombiana.
El decreto lo único que hace es derogar una sanción de multa que había puesto el gobierno anterior para el porte de dosis personal. Ese gobierno había extendido una prohibición de consumo que estaba en el Código Nacional de Policía para crear esa sanción administrativa para el porte.
“Después de eso, la Corte Constitucional en varias sentencias ha mencionado que el porte no se puede sancionar administrativamente. También el Consejo de Estado, revisando ese decreto que estamos derogando ahora, manifestó que no se podía utilizar la figura de una sanción con multa para el porte, porque lo que está prohibido en Colombia es el comercio, el tráfico.
Fuente: Presidencia de la República
NACIONALES
Ecopetrol libera cerca de 60 millones de barriles diarios de gas natural para garantizar suministro nacional
El Grupo Ecopetrol continúa adoptado decisiones estratégicas que garanticen el suministro de gas natural en todo el país.
A la asignación adicional de 2,7 Gbtu (millones de barriles diarios) de gas natural para garantizar el suministro de gas natural vehicular en Casanare y Meta, se suma un nuevo anuncio de comercialización del energético.
A partir del 1º de diciembre de 2025 la compañía ofrecerá para la venta entre 46 y 60 Gbtud de sus campos del Piedemonte Llanero. Estas cantidades equivalen aproximadamente al 20% de la demanda residencial, comercial y de gas natural vehicular del país.
La empresa estatal informó que este gas adicional estará disponible desde el 1 de diciembre de 2025 hasta el 31 de mayo de 2026, y se ofrecerá en dos modalidades definidas en la regulación vigente:
– En firme, que garantiza el suministro continuo durante el periodo contratado.
– Con interrupciones, que permite suspender el suministro en caso de limitaciones, según las reglas establecidas.
De acuerdo con Ecopetrol, en la modalidad ‘En firme’ se ofrecerán cantidades que van desde 23 hasta 35 Gbtud para los meses de marzo a mayo de 2026, y serán comercializadas durante el trimestre de negociación que inicia en diciembre de 2025.
Y en la modalidad de ‘Interrumpible’ se ofrecerán cantidades desde 22 hasta 49 Gbtud para los meses de diciembre de 2025 a mayo de 2026, y serán comercializadas mensualmente, teniendo en cuenta las condiciones regulatorias vigentes que señalan que para el trimestre de diciembre a febrero sólo se permite la comercialización de gas bajo la modalidad Interrumpible.
“En Ecopetrol seguimos comprometidos en el abastecimiento de gas natural para todos los colombianos. Gracias a esfuerzos recientes de eficiencia, optimización y sustitución energética en varios de nuestros procesos productivos por energía proveniente de fuentes renovables no convencionales, podemos liberar mayores volúmenes para amentar la oferta de gas provenientes de nuestros campos en el Piedemonte Llanero”, declaró Bayron Triana Arias, Vicepresidente Ejecutivo de Energías para la Transición, de Ecopetrol.
Agregó el directivo que este incremento en la oferta refleja el compromiso de la compañía estatal con el país y con la transición energética. “Así avanzamos hacia un futuro con más energía limpia y más seguridad energética para todos los colombianos, y se contribuye al cumplimiento de los objetivos de descarbonización y las metas de transición energética del Grupo Ecopetrol”, aseguró.
NACIONALES
La JEP no aceptó al exjefe jurídico de la Gobernación de Casanare en gobierno de Raúl Flórez
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) rechazó la solicitud de sometimiento presentada por Henry Villarraga Oliveros, exmagistrado del Consejo Superior de la Judicatura, al considerar que no cumplió con el requisito de aportar verdad plena, presentó argumentos exculpatorios y negó la existencia de patrones macrocriminales ampliamente demostrados en su contra.
Según la decisión de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, Villarraga omitió información clave que habría permitido esclarecer su presunto papel en el encubrimiento de graves crímenes del conflicto armado, particularmente en el caso del coronel (r) Robinson González del Río, investigado por ejecuciones extrajudiciales conocidas como “falsos positivos”.
La JEP recordó que contra Villarraga cursan varios procesos penales y disciplinarios por, presuntamente, ofrecer asesoría ilegal al oficial retirado y comprometerse a influir para que uno de sus procesos fuera trasladado a la Justicia Penal Militar, buscando garantizar impunidad frente a crímenes de guerra y de lesa humanidad.
El tribunal especial concluyó que el exmagistrado incumplió las condiciones básicas exigidas para acceder a los beneficios del sistema transicional, pues su aporte se limitó a justificar sus actuaciones con argumentos jurídicos y a cuestionar el trabajo de la Fiscalía General de la Nación, alegando una supuesta “guerra jurídica” contra miembros de la fuerza pública.
Para la Sala, requerir nuevamente al solicitante para que hiciera un aporte de verdad sustancial representaría un desgaste injustificado del aparato judicial, más aún cuando Villarraga ha tenido múltiples oportunidades para hacerlo en los procesos que se adelantan en su contra.
El expediente fue remitido a la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes, donde cursa un proceso disciplinario en etapa de acusación y otro penal cuya apertura quedó sin efectos. La JEP, además, rechazó cualquier discurso estigmatizante o desobligante frente a las víctimas, la sociedad y las instituciones del Estado.
NACIONALES
Con proyecto de ley buscan declarar de alto riesgo la profesión de escolta
El Senador José Vicente Carreño Castro radicó el Proyecto de Ley 135 de 2025 que reconoce y establece “a los agentes de protección o escoltas requeridos como una profesión y/u oficio de alto riesgo”, en la medida que este trabajo está en proteger a personas con la posibilidad de sufrir un atentado, por lo que deben prevenir y enfrentar este tipo de eventualidad, lo que de inmediato los convierte también en blanco de los agresores.
Carreño Castro reveló que “al establecer de alto riesgo esta profesión u oficio, los agentes de protección o escoltas quedan cobijados en las ´Pensiones especiales de vejez´, establecido en los Artículos 3 al 10 del Decreto 2090 de 2003, adicionando esta iniciativa legislativa una modificación al Artículo 8 –modificado a la vez por el Artículo 1 del Decreto 2655 de 2014- en el sentido de que este régimen especial de pensión, incluye a los trabajadores vinculados a esta actividad hasta el 31 de diciembre de 2034, y no solo hasta el 31 de diciembre de 2024, como lo establece el mencionado Decreto 2655”.
La iniciativa legislativa –que ahora pasa a la Comisión VII del Senado- le fija al SENA la tarea de estructurar “un pensum académico con ciclos de competencias laborales, técnico, tecnólogo y profesional en seguridad dirigido este personal, para lo cual podrá celebrar convenios con organismos gubernamentales y no gubernamentales”, con el fin de que este ejercicio no solo sea considerado un oficio, sino además como una nueva profesión con todos la validación constitucional y legal, como la plantea el mencionado proyecto de ley.


