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CASANARE

Imputan crímenes de guerra y de lesa humanidad a 22 militares, un exdirector del DAS y dos civiles, por “falsos positivos” en Casanare

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HENRY TORRES ESCALANTE

La Sala de Reconocimiento de la JEP imputó crímenes de guerra y de lesa humanidad a 22 miembros del Ejército, un funcionario del extinto DAS y a dos civiles reclutadores, por los asesinatos y desapariciones forzadas presentadas falsamente como bajas en combate por la Brigada XVI entre 2005 y 2008.

Según la JEP, estos crímenes constituyeron casi dos terceras partes de los resultados que reportó esa unidad militar en la época.

Por su participación en el asesinato de 303 personas en 218 eventos ocurridos en Casanare, algunos municipios de Boyacá, Meta y en Tame (Arauca), la JEP llama a reconocer responsabilidad a 22 máximos responsables y a tres partícipes no determinantes. Entre ellos, un mayor general, 2 coroneles, 3 tenientes coroneles, y otros 10 oficiales, además de 6 suboficiales. En su mayoría se trata de exintegrantes de la Brigada XVI que hicieron parte del Gaula Casanare, del Birno y de los Batallones de Contraguerrillas 23, 29 y 65, el DAS, además de dos terceros civiles.

En calidad de autores mediatos fueron imputados el mayor general (r) Henry William Torres Escalante, el mayor (r) Gustavo Enrique Soto Bracamonte, el teniente coronel (r) Germán Alberto León Durán y el teniente coronel (r) Henry Hernán Acosta Pardo. Estos deberán responder por los crímenes que se cometieron a través de los aparatos criminales enquistados en la Brigada XVI sobre los que ejercieron poder de mando.

A título de coautores fueron imputados quienes realizaron aportes esenciales dentro de los respectivos subaparatos criminales a los que pertenecían, a partir de una división de funciones. Estos son el detective (r) del extinto DAS, Orlando Rivas Tovar; el teniente (r) Marco Fabián García Céspedes; el coronel (r) Wilson Camargo Tamayo; el capitán (r) Jaime Alberto Rivera Mahecha; el teniente (r) Edwin Leonardo Toro Ramírez; el teniente (r) Jhon Alexánder Suancha Florián; el cabo primero (r) Gélver Pérez García y el teniente coronel (r) Marcolino Puerto Jiménez.

Bajo esta misma figura fueron imputados el capitán (r) César Augusto Cómbita Eslava; el capitán Miguel Andrés Sierra García; el mayor (r) Jorge Eduwin Gordillo Benítez; el mayor (r) Erwin Eduardo Duarte Rojas; el cabo segundo (r) Leandro Eliécer Moná Cano; el sargento primero (r) Wilfrido Domínguez Márquez; el sargento segundo (r) Wilson Salvador Burgos Jiménez; el sargento primero (r) Gildardo Antonio Jiménez Castrillón y dos civiles que cumplieron el rol de reclutadores: Wilson Rodríguez Mimisica y Miguel Fernando Ramírez.

Otros responsables que para la Sala de Reconocimiento no detentan la máxima responsabilidad frente a los hechos investigados dentro del caso 03: asesinatos y desapariciones forzadas presentados como bajas en combate por agentes de Estado, pero que a juicio de la magistratura deben ser llamados a reconocer responsabilidad en calidad de coautores son el coronel (r) Cipriano Peña Chivatá, el teniente (r) Zamir Humberto Casallas Valderrama y el sargento segundo Faiber Alberto Amaya Ruiz.

¿Qué determina la JEP?

La JEP determinó que los imputados hicieron parte de una organización criminal que se conformó dentro de la Brigada XVI. Sus integrantes se separaron de las normas constitucionales y reglamentarias de las operaciones militares y llevaron a cabo ataques organizados y a gran escala que tenían la intención de asesinar personas indefensas que eran presentadas como bajas en combate.

En su mayoría, las víctimas eran miembros de la población civil que nunca habían participado en las hostilidades y, aunque algunas fueron señaladas de ser guerrilleros, milicianos, auxiliadores de la guerrilla y, en algunos casos concretos, delincuentes o paramilitares, en el momento en que los asesinaron no participaban en combate alguno y tampoco existía información verídica que probara que habían perdido la protección que el derecho internacional humanitario otorga a los civiles en contextos de conflicto armado.

¿Qué sigue? 

Tras ser notificados, los imputados tienen 30 días hábiles para reconocer los hechos y su responsabilidad o, por el contrario, rechazarlos. Igualmente, pueden reaccionar, aportando argumentos o evidencia adicional. Las víctimas acreditadas y el Ministerio Público tienen el mismo tiempo para reaccionar frente a lo descrito en el auto.

Una vez venza el plazo, la JEP decidirá si fija una fecha para una audiencia pública de reconocimiento como las que se han celebrado dentro de los subcasos Norte de Santander y Costa Caribe.

Si los comparecientes niegan su responsabilidad, se remitirá el caso a la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) de la JEP. De ser vencidos en juicio podrían ser condenados con una pena de 20 años de prisión.

Fuente: Jurisdicción Especial para la Paz, JEP

 

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Capturados por homicidios presentados en Villanueva, pretendían adueñarse del microtráfico

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Tres personas señaladas de integrar una estructura criminal dedicada al sicariato fueron capturadas en el municipio de Villanueva, en medio de un operativo adelantado por las autoridades. De acuerdo con las investigaciones, los detenidos estarían vinculados a varios homicidios y pretendían consolidar el control de la venta de estupefacientes en la zona, atentando contra quienes se oponían a sus actividades ilícitas.

El procedimiento incluyó dos diligencias de allanamiento y registro que permitieron hacer efectivas dos capturas por orden judicial por los delitos de homicidio y tráfico, fabricación o porte de armas de fuego. Entre los detenidos se encuentra un hombre conocido con el alias de “TATU”, quien presenta antecedentes por homicidio, receptación y hurto calificado. El segundo capturado registra anotaciones por homicidio, porte ilegal de armas y al menos cinco casos relacionados con tráfico de estupefacientes.

En el desarrollo del operativo también fue capturada en flagrancia una mujer, a quien se le atribuyen los delitos de tráfico de estupefacientes y porte ilegal de armas. Durante las acciones, las autoridades incautaron dos revólveres, munición de diferentes calibres, dosis de base de coca y marihuana, así como elementos utilizados para la dosificación de sustancias ilícitas. Los dos hombres fueron cobijados con medida de aseguramiento en centro carcelario, mientras que la mujer quedó en libertad, pero vinculada al proceso.

Según el coronel Pablo Javier Galindo Valencia, con estas capturas se busca avanzar en el esclarecimiento de al menos cuatro homicidios registrados en Villanueva en lo corrido de 2026. En conjunto, los detenidos suman 11 registros como indiciados por delitos relacionados con homicidio, narcotráfico, porte ilegal de armas, hurto agravado y receptación.

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Yopal blinda la seguridad: sin barras visitantes y con estrictos controles para partido de alto riesgo

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Tanto la Alcaldía de Yopal como la Gobernación de Casanare expidieron sendos decretos, mediante los cuales adoptan una serie de medidas especiales de seguridad con ocasión del partido entre Deportivo Pereira y Atlético Nacional, considerado de alto riesgo. Las administraciones municipal centró sus decisiones en prevenir alteraciones del orden público, estableciendo restricciones y controles estrictos en el marco del desarrollo de este evento deportivo.

Entre las principales disposiciones se encuentra la prohibición del ingreso de hinchadas organizadas visitantes provenientes de otros departamentos, así como la restricción en la venta de boletería destinada a estos grupos. Además, se limitó la realización de caravanas, desplazamientos colectivos y cualquier tipo de movilización masiva de barras que no cuente con autorización previa de las autoridades competentes.

El decreto también ordena a la Policía Nacional implementar operativos especiales de control, vigilancia y verificación en las vías de acceso al municipio y al departamento, con el objetivo de identificar y mitigar posibles riesgos. Estas acciones deberán aplicarse de manera proporcional y respetando los derechos fundamentales de los ciudadanos.

De igual forma, se prohibió el ingreso y transporte de elementos que puedan generar violencia, como pólvora, armas blancas y objetos contundentes. Las medidas estarán vigentes entre el 24 y el 25 de abril de 2026, e incluyen la articulación entre autoridades locales, departamentales y la fuerza pública para garantizar la seguridad antes, durante y después del encuentro.

Asimismo, se ordenaron controles policiales en las vías de acceso al departamento y al municipio. Se prohibió el ingreso de menores de dieciocho (18) años a las localidades occidental norte y occidental sur, además se prohibió el ingreso de menores de catorce (14) años a la localidad occidental central.

De igual manera, se prohibió en Yopal la circulación de motocicletas con acompañante y/o parrillero con edad superior a 14 años, desde el día viernes veinticuatro (24) de abril a las 5:00 p.m. hasta el día sábado veinticinco (25) de abril del 2026 a las 10:00 p.m.

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Contribuyentes de Yopal pueden acceder a descuentos en Impuesto Predial por pronto pago

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Los contribuyentes en Yopal pueden acceder a descuentos por pronto pago del impuesto predial 2026, con beneficios que varían según las características de cada predio y las fechas en que se realice el pago.

De acuerdo con las condiciones establecidas, existen dos grupos de incentivos: El primero aplica para predios excluidos de la Ley 44 de 1990, entre los que se encuentran lotes urbanizables no urbanizados, lotes urbanizados no edificados, predios nuevos y aquellos que incorporaron construcciones tras la actualización catastral.

Para estos casos, los descuentos son del 30% si el pago se realiza hasta el 31 de mayo, 20% hasta el 30 de julio y 10% hasta el 30 de septiembre. Este beneficio está dirigido a quienes hayan cumplido con el pago del impuesto predial de la vigencia 2025 hasta octubre del año anterior.

Por su parte, los demás predios también cuentan con incentivos por pronto pago. En estos casos, se ofrece un 15% de descuento hasta el 31 de mayo, 10% hasta el 31 de julio y 5% hasta el 30 de septiembre.

Además de estos beneficios, los contribuyentes pueden optar por el sistema de pago alternativo por cuotas, una opción que permite distribuir el valor del impuesto a lo largo del año y facilitar el cumplimiento de la obligación.

Los ciudadanos pueden reclamar su factura en los puntos de atención o descargarla a través del portal https://impuestos.yopal.gov.co/, así como realizar el pago en los lugares autorizados.

La recomendación es aprovechar estos descuentos dentro de los plazos establecidos, lo que no solo representa un ahorro, sino que también evita costos adicionales y facilita el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.

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