CASANARE
Decomisan en Yopal 31 toneladas de carne no apta para consumo humano
El alimento perecedero era transportado ilegalmente
En el puesto de control ubicado en el sector de Araguaney, la Policía fiscal y Aduanera con apoyo del Grupo de Carabineros, logró la incautación de 31.5 toneladas de carne de res no apta para el consumo humano, avaluadas en más de 220 millones de pesos. Este alimento era movilizado en canales dentro de 3 vehículos , pero sin las normas sanitarias básicas.
Según información suministrada por la Policía, esta carne al parecer provenía del municipio de Tame y tendría como destino la ciudad de Sogamoso, sin embargo, no se descarta que el alimento sea de origen venezolano y hubiese ingresado al país por contrabando, situación que aún es materia de investigación.
El propietario y los conductores de los vehículos no presentaron documentación alguna que evidenciara la movilización legal del cargamento y aunque no fueron capturados, quedaron vinculados a una investigación por parte de las autoridades competentes.
Transporte de cárnicos en Colombia
Son 5 normatividades o documentación básica para poder movilizar carne legalmente en Colombia, estos son:
Norma 1: Directiva Administrativa Permanente 014 mayo 2011 Dipon – Dicar
“Control a la comercialización, transporte, sacrificio del ganado menor y mayor así como el expendio de carne en el territorio nacional”.
Norma 2: Decreto 2278 de 1982, del transporte.
“Solo se autorizará la salida de carnes de los mataderos en forma de canales enteras, medias canales cuartos de canal y carne deshuesada empacada. Para los efectos de su movilización, la administración de los mataderos otorgará guías de transporte”, artículo 364.
Norma 3: Resolución 2009026594 del 9 de Septiembre de 2009, expedida por el Invima
“Por la cual se adopta la guía de transporte de carne en forma de canales enteras, medias canales, cuartos de canal, deshuesada empacada y demás subproductos comestibles de las especies bovina, bufalina y porcina”.
Artículo 2°. Expedición de la guía. La guía de transporte será expedida en duplicado por la administración de la planta de beneficio en el momento en que la carne se encuentre cargada en el vehículo de transporte.
Artículo 3°. Aprobación y control de la guía. La aprobación de las guías de transporte de carne, estará a cargo del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima.
Artículo 4°. Inspección y vigilancia. Las autoridades sanitarias y de policía ejercerán las funciones de inspección y vigilancia respecto de la guía de transporte de carne, acorde a sus competencias y conforme a la normatividad vigente.
* Canal: El cuerpo de un animal después de sacrificado, degollado, desollado, eviscerado quedando solo la estructura ósea y la carne adherida a la misma sin extremidades.
*Carne: Es la parte muscular y tejidos blandos que rodean al esqueleto de los animales de las diferentes especies, incluyendo su cobertura de grasa, tendones, vasos, nervios, aponeurosis y que ha sido declarada inocua y apta para el consumo humano.
Norma 4: • Resolución 2505 de 2004 Ministerio de Transporte
“Por la cual se reglamentan las condiciones que deben cumplir los vehículos para transportar carne, pescado o alimentos fácilmente corruptibles”.
Norma 5: Decreto 3149 de 2006 y 414 de 2007
“La ley establece mediante el Decreto 3149 del año 2006, las disposiciones sobre la comercialización, transporte, sacrificio de ganado bovino y bufalino y expendio de carne en el territorio nacional, en donde en su Artículo No 18 involucra a la Policía Nacional de Colombia en conjunto con las diferentes autoridades ambientales y sanitarias”.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
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Voraz incendio en el centro de Yopal evidenció la falta de una red contraincendios en la ciudad
Luego de más de tres horas de intensas labores, organismos de socorro lograron controlar el incendio estructural que consumió por completo el almacén de variedades “Imperio”, ubicado en la carrera 20 entre calles 12 y 13, en pleno centro de Yopal. La emergencia obligó a desplegar un amplio operativo de los organismos de socorro y autoridades, para evitar que las llamas alcanzaran otros establecimientos comerciales del sector.
Según el reporte del Comandante del Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Yopal, Teniente Rafael Rojas, en la atención participaron 45 unidades del Cuerpo de Bomberos con 11 vehículos, apoyadas por bomberos aeroportuarios, la Defensa Civil, la Policía Nacional con una tanqueta, Gestión del Riesgo, la Fuerza Aérea y personal de empresas de servicios públicos como Enerca, la Empresa de Acueducto de Yopal y Sayop. Gracias a la coordinación interinstitucional, no se reportaron personas lesionadas entre civiles ni socorristas.
Las autoridades informaron que una de las principales dificultades para enfrentar la conflagración fue la alta carga de material combustible almacenado en el establecimiento, entre plásticos y otros elementos, además de inconvenientes iniciales con el suministro de agua. No se conoce aún, el estimado de las cuantiosas pérdidas materiales.
El siniestro se registró hacia las 12:30 del mediodía de este miércoles 24 de junio y generó momentos de tensión entre comerciantes, trabajadores y transeúntes, quienes observaron cómo el fuego avanzaba rápidamente por el local comercial. Las causas de la emergencia son materia de investigación por parte de las autoridades competentes.
La emergencia dejó en evidencia la falta de una red contraincendios en la ciudad de Yopal, que incluya hidrantes en las esquinas o cualquier otro tipo de sistema que permita, en emergencias como esta, que los vehículos extintores del Cuerpo de Bomberos puedan reabastecerse rápidamente de agua, y no tengan que esperar que lleguen carrotanques con el vital líquido para la atención de este tipo de emergencias. Se espera que este lamentable suceso genere una respuesta de las autoridades sobre este delicado tema.
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Unitrópico abre inscripciones para su nuevo pregrado en Ingeniería en Inteligencia Artificial
Este logro académico marca un hito para la educación superior en la Orinoquia colombiana, trayendo por primera vez a la región una de las disciplinas con mayor proyección laboral y tecnológica a nivel global.
A través de la Resolución No. 016112 del 16 de junio de 2026, el Ministerio de Educación Nacional otorgó el registro calificado para la oferta del pregrado en Ingeniería en Inteligencia Artificial, por un término de siete (7) años.
El programa, otorga el título de Ingeniero(a) en Inteligencia Artificial, se desarrollará en Yopal, en modalidad presencial, contará con 148 créditos académicos y recibirá a 60 estudiantes en su primera cohorte.
Este importante resultado es fruto del liderazgo institucional y del trabajo articulado de la Rectoría, la Facultad de Ingeniería, los profesores, investigadores y equipo técnico de Unitrópico, quienes durante meses construyeron una propuesta académica sólida que superó con éxito la rigurosa evaluación realizada por el Ministerio de Educación Nacional y la Comisión Nacional Intersectorial de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CONACES).
La inteligencia artificial ya está transformando la agricultura, la salud, la industria, la educación y los negocios. Ahora, los jóvenes de Casanare podrán prepararse para liderar esa transformación desde su propio territorio.
La preinscripción ya se encuentra abierta y estará habilitada hasta el próximo 9 de julio. Los interesados en hacer parte de la primera cohorte de Ingeniería en Inteligencia Artificial podrán iniciar su proceso en https://goo.su/rAywB
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En Yopal aún se puede pagar el impuesto predial por cuotas y evitar intereses moratorios
Con el propósito de facilitar el pago oportuno del impuesto predial, la Secretaría de Hacienda mantiene vigente el sistema de pago por cuotas, una alternativa que permite a los contribuyentes distribuir el valor del impuesto a lo largo del año y organizar mejor sus finanzas.
Esta modalidad, respaldada por las resoluciones 432 de diciembre de 2025 y 094 de marzo de 2026, busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y brindar mayor flexibilidad para que las familias y empresas organicen sus finanzas sin asumir el pago total del impuesto en una sola fecha.
Tenga en cuenta que las próximas fechas de vencimiento para quienes se acogieron al sistema son:
- 30 de junio: quinta cuota.
- 31 de julio: sexta cuota.
- 31 de agosto: séptima cuota.
- 30 de septiembre: octava y última cuota.
La Secretaría de Hacienda resalta que este beneficio aplica únicamente para los contribuyentes que se encuentran al día en sus obligaciones tributarias. En consecuencia, no cobija deudas de vigencias anteriores ni predios cuyos propietarios registren mora.
Asimismo, hizo un llamado a cumplir oportunamente con cada una de las cuotas, teniendo en cuenta que las obligaciones pendientes comenzarán a generar intereses moratorios a partir del 1 de octubre de 2026.
Con este mecanismo, la Administración Municipal continúa promoviendo alternativas que faciliten el pago oportuno de los tributos, fortalezcan la cultura tributaria y contribuyan al recaudo de los recursos destinados a la inversión y al desarrollo del municipio.


