Connect with us

CASANARE

Decomisan en Yopal 31 toneladas de carne no apta para consumo humano

Published

on

El alimento perecedero era transportado ilegalmente

En el puesto de control ubicado en el sector de Araguaney, la Policía fiscal y Aduanera con apoyo del Grupo de Carabineros, logró la incautación de 31.5 toneladas de carne de res no apta para el consumo humano, avaluadas en más de 220 millones de pesos. Este alimento era movilizado en canales dentro de 3 vehículos , pero sin las normas sanitarias básicas.

Según información suministrada por la Policía, esta carne al parecer provenía del municipio de Tame y tendría como destino la ciudad de Sogamoso, sin embargo, no se descarta que el alimento sea de origen venezolano y hubiese ingresado al país por contrabando, situación que aún es materia de investigación.

El propietario y los conductores de los vehículos no presentaron documentación alguna que evidenciara la movilización legal del cargamento y aunque no fueron capturados, quedaron vinculados a una investigación por parte de las autoridades competentes.

Transporte de cárnicos en Colombia

Son 5 normatividades o documentación básica para poder movilizar carne legalmente en Colombia, estos son:

Norma 1: Directiva Administrativa Permanente 014 mayo 2011 Dipon – Dicar

“Control a la comercialización, transporte, sacrificio del ganado menor y mayor así como el expendio de carne en el territorio nacional”.

 Norma 2: Decreto 2278 de 1982, del transporte.

“Solo se autorizará la salida de carnes de los mataderos en forma de canales enteras, medias canales cuartos de canal y carne deshuesada empacada. Para los efectos de su movilización, la administración de los mataderos otorgará guías de transporte”, artículo 364.

 Norma 3: Resolución 2009026594 del 9 de Septiembre de 2009, expedida por el Invima

“Por la cual se adopta la guía de transporte de carne en forma de canales enteras, medias canales, cuartos de canal, deshuesada empacada y demás subproductos comestibles de las especies bovina, bufalina y porcina”.

Artículo 2°. Expedición de la guía. La guía de transporte será expedida en duplicado por la administración de la planta de beneficio en el momento en que la carne se encuentre cargada en el vehículo de transporte.

Artículo 3°. Aprobación y control de la guía. La aprobación de las guías de transporte de carne, estará a cargo del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y  Alimentos, Invima.

Artículo 4°. Inspección y vigilancia. Las autoridades sanitarias y de policía ejercerán las funciones de inspección y vigilancia respecto de la guía de transporte de carne, acorde a sus competencias y conforme a la normatividad vigente.

* Canal: El cuerpo de un animal después de sacrificado, degollado, desollado, eviscerado quedando solo la estructura ósea y la carne adherida a la misma sin extremidades.

*Carne: Es la parte muscular y tejidos blandos que rodean al esqueleto de los animales de las diferentes especies, incluyendo su cobertura de grasa, tendones, vasos, nervios, aponeurosis y que ha sido declarada inocua y apta para el consumo humano.

 Norma 4: • Resolución 2505 de 2004 Ministerio de Transporte

“Por la cual se reglamentan las condiciones que deben cumplir los vehículos para transportar carne, pescado o alimentos fácilmente corruptibles”.

 Norma 5: Decreto 3149 de 2006 y 414 de 2007

“La ley establece mediante el Decreto 3149 del año 2006, las disposiciones sobre la comercialización, transporte, sacrificio de ganado bovino y bufalino y expendio de carne en el territorio nacional, en donde en su Artículo No 18 involucra a la Policía Nacional de Colombia en conjunto con las diferentes autoridades ambientales y sanitarias”.

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

 

 

Continue Reading
Advertisement
Click to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

4 × = 4

CASANARE

Falleció hombre que había sido herido con arma cortopunzante por el sobrino de su esposa en Yopal

Published

on

By

A disposición de la Fiscalía General de la Nación quedó un hombre capturado en flagrancia por las autoridades, señalado de causar la muerte de un ciudadano durante una riña familiar ocurrida en el barrio Unión San Carlos de Yopal.

Los hechos se registraron hacia las 7:30 de la noche del pasado sábado 20 de junio. Según la información conocida, la víctima, identificada como Laudelino Ochoa Salazar, de 55 años, sostuvo una discusión con un sobrino de su esposa, quien presuntamente lo atacó con un arma cortopunzante, causándole una herida en el costado derecho del pecho.

Gravemente lesionado, Ochoa Salazar fue trasladado a la Clínica Casanare, donde permaneció bajo atención médica. Sin embargo, debido a la gravedad de la herida, falleció hacia las 2:00 de la madrugada del domingo 21 de junio.

Durante la reacción policial, uniformados capturaron en flagrancia a Eduardo Alfonso Montañez Zipa, señalado como presunto agresor. Las autoridades también incautaron el cuchillo que habría sido utilizado en el ataque. De acuerdo con los registros consultados, la víctima no presentaba antecedentes en el SPOA, mientras que el capturado registra una anotación como indiciado por el delito de lesiones.

La investigación continúa para esclarecer plenamente las circunstancias de este homicidio.

Continue Reading

CASANARE

“Yopal le cumplió a la democracia”: Alcalde Marco Tulio Ruíz al término de la jornada electoral

Published

on

By

Con total normalidad, tranquilidad y plenas garantías democráticas transcurrió este domingo la jornada de segunda vuelta presidencial en Yopal, donde las autoridades reportaron cero alteraciones al orden público y un balance positivo en materia de seguridad y participación ciudadana.

Las 401 mesas de votación habilitadas en el municipio funcionaron sin contratiempos, permitiendo que miles de ciudadanos ejercieran su derecho al voto en condiciones de seguridad, convivencia y respeto por la democracia.

Desde las primeras horas de la mañana, la Administración Municipal, la Fuerza Pública, la Registraduría Nacional del Estado Civil y los organismos de control mantuvieron un monitoreo permanente en los puestos de votación urbanos y rurales, verificando el cumplimiento de las medidas adoptadas para garantizar el normal desarrollo de la jornada.

De acuerdo con el balance entregado por las autoridades, no se registraron hechos de violencia, alteraciones de orden público ni situaciones que comprometieran la seguridad de los votantes o la transparencia del proceso electoral.

El alcalde Marco Tulio Ruiz destacó el comportamiento de la ciudadanía y el trabajo articulado entre las instituciones que hicieron posible una jornada tranquila y organizada.

“Yopal le cumplió a la democracia. Hoy ganó la participación ciudadana, el respeto por las diferencias y el compromiso de todas las instituciones que trabajaron para garantizar unas elecciones seguras y con plenas garantías para los ciudadanos”, señaló el mandatario.

La Administración Municipal resaltó igualmente el compromiso de jurados de votación, testigos electorales, funcionarios de la Registraduría, organismos de seguridad y entidades de apoyo, cuyo trabajo permitió desarrollar el proceso electoral sin contratiempos.

Con la culminación de la jornada de votación, continúa ahora la fase de escrutinio, que seguirá contando con el acompañamiento de las autoridades y las garantías establecidas por la ley para asegurar la transparencia del proceso.

En el dispositivo electoral participaron la Alcaldía de Yopal, la Secretaría de Gobierno, la Secretaría de Movilidad, la Policía Nacional, el Ejército Nacional, la Registraduría Nacional del Estado Civil, el Consejo Nacional Electoral, la Fiscalía General de la Nación, la Defensoría del Pueblo, la Personería Municipal y los organismos de socorro.

Continue Reading

CASANARE

Ley Seca en Yopal desde las 6:00 pm del sábado, hasta el lunes al medio día

Published

on

By

ley seca

La Alcaldía de Yopal adoptó medidas especiales de seguridad y movilidad que regirán antes, durante y después de la jornada democrática de este domingo 21 de junio.

Entre las principales disposiciones se encuentra la implementación de la ley seca, que irá desde las 6:00 p.m. del sábado 20 de junio hasta las 12:00 del mediodía del lunes 22 de junio. Asimismo, se mantiene la prohibición de portar o circular con armas de fuego, traumáticas, blancas o cortopunzantes durante el periodo establecido para la jornada electoral.

En materia de movilidad, la Administración Municipal levantó la restricción de circulación de motocicletas con acompañante, atendiendo las directrices nacionales que reconocen este medio de transporte como una alternativa esencial para facilitar la participación ciudadana en las urnas.

No obstante, se establecieron medidas especiales de control en los alrededores de la Cámara de Comercio de Casanare, lugar donde se realizará el escrutinio electoral. La calle 14 entre carreras 29 y 30 permanecerá cerrada desde las 3:00 p.m. del domingo 21 de junio hasta las 6:00 a.m. del martes 23 de junio, con el fin de garantizar la seguridad de este proceso.

De igual manera, se restringirá el estacionamiento de vehículos sobre la carrera 29 y la calle 14, así como en la carrera 18, frente a la Registraduría Especial de Yopal, donde la medida comenzará a regir desde las 6:00 p.m. del viernes 19 de junio.

La Administración Municipal también dispuso restricciones al transporte de materiales de construcción, trasteos, combustibles y cilindros de gas desde las 6:00 p.m. del viernes 19 de junio hasta las 6:00 a.m. del lunes 22 de junio. Igualmente, se prohibirá la operación de aeronaves no tripuladas tipo dron entre las 6:00 a.m. del sábado 20 de junio y las 6:00 a.m. del lunes 22 de junio.

Para preservar el orden público, durante el periodo electoral no se permitirán desfiles, caravanas, manifestaciones ni actos de carácter político en espacios públicos.

La Alcaldía de Yopal hizo un llamado a la ciudadanía a participar de la jornada democrática de manera responsable, respetando las medidas adoptadas y contribuyendo al desarrollo de unas elecciones tranquilas, seguras y con plenas garantías para todos los actores del proceso electoral.

Las medidas fueron adoptadas mediante el Decreto 085 del 19 de junio de 2026, que modifica el Decreto 074 del 25 de mayo de 2026, y cuentan con el respaldo del Consejo de Seguridad Extraordinario, integrado por la Policía Nacional, el Ejército Nacional, la Registraduría Especial, la Secretaría de Gobierno y la Secretaría de Movilidad, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Decreto Nacional 612 de 2026.

Continue Reading
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement

Lo Mas Leido