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Decomisan en Yopal 31 toneladas de carne no apta para consumo humano

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El alimento perecedero era transportado ilegalmente

En el puesto de control ubicado en el sector de Araguaney, la Policía fiscal y Aduanera con apoyo del Grupo de Carabineros, logró la incautación de 31.5 toneladas de carne de res no apta para el consumo humano, avaluadas en más de 220 millones de pesos. Este alimento era movilizado en canales dentro de 3 vehículos , pero sin las normas sanitarias básicas.

Según información suministrada por la Policía, esta carne al parecer provenía del municipio de Tame y tendría como destino la ciudad de Sogamoso, sin embargo, no se descarta que el alimento sea de origen venezolano y hubiese ingresado al país por contrabando, situación que aún es materia de investigación.

El propietario y los conductores de los vehículos no presentaron documentación alguna que evidenciara la movilización legal del cargamento y aunque no fueron capturados, quedaron vinculados a una investigación por parte de las autoridades competentes.

Transporte de cárnicos en Colombia

Son 5 normatividades o documentación básica para poder movilizar carne legalmente en Colombia, estos son:

Norma 1: Directiva Administrativa Permanente 014 mayo 2011 Dipon – Dicar

“Control a la comercialización, transporte, sacrificio del ganado menor y mayor así como el expendio de carne en el territorio nacional”.

 Norma 2: Decreto 2278 de 1982, del transporte.

“Solo se autorizará la salida de carnes de los mataderos en forma de canales enteras, medias canales cuartos de canal y carne deshuesada empacada. Para los efectos de su movilización, la administración de los mataderos otorgará guías de transporte”, artículo 364.

 Norma 3: Resolución 2009026594 del 9 de Septiembre de 2009, expedida por el Invima

“Por la cual se adopta la guía de transporte de carne en forma de canales enteras, medias canales, cuartos de canal, deshuesada empacada y demás subproductos comestibles de las especies bovina, bufalina y porcina”.

Artículo 2°. Expedición de la guía. La guía de transporte será expedida en duplicado por la administración de la planta de beneficio en el momento en que la carne se encuentre cargada en el vehículo de transporte.

Artículo 3°. Aprobación y control de la guía. La aprobación de las guías de transporte de carne, estará a cargo del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y  Alimentos, Invima.

Artículo 4°. Inspección y vigilancia. Las autoridades sanitarias y de policía ejercerán las funciones de inspección y vigilancia respecto de la guía de transporte de carne, acorde a sus competencias y conforme a la normatividad vigente.

* Canal: El cuerpo de un animal después de sacrificado, degollado, desollado, eviscerado quedando solo la estructura ósea y la carne adherida a la misma sin extremidades.

*Carne: Es la parte muscular y tejidos blandos que rodean al esqueleto de los animales de las diferentes especies, incluyendo su cobertura de grasa, tendones, vasos, nervios, aponeurosis y que ha sido declarada inocua y apta para el consumo humano.

 Norma 4: • Resolución 2505 de 2004 Ministerio de Transporte

“Por la cual se reglamentan las condiciones que deben cumplir los vehículos para transportar carne, pescado o alimentos fácilmente corruptibles”.

 Norma 5: Decreto 3149 de 2006 y 414 de 2007

“La ley establece mediante el Decreto 3149 del año 2006, las disposiciones sobre la comercialización, transporte, sacrificio de ganado bovino y bufalino y expendio de carne en el territorio nacional, en donde en su Artículo No 18 involucra a la Policía Nacional de Colombia en conjunto con las diferentes autoridades ambientales y sanitarias”.

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

 

 

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Cinco muertos dejaron accidentes de tránsito en Yopal durante la Navidad

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ACCIDENTES

Una trágica racha de accidentes de tránsito en diferentes vías del municipio de Yopal que dejó como saldo cinco personas fallecidas, se registró durante la celebración de la Navidad, entre los días 24 y 25 de diciembre. Cuatro de las víctimas fatales se movilizaban en motocicletas.

La noche del 24 de diciembre perdieron la vida Fabián Andrés Castaño Reyes y Nicolás Díaz, dos jóvenes que se movilizaban por la vía que conduce hacia Sirivana, donde sufrieron un grave accidente saliéndose de la vía e impactando contra un poste. Uno de los jóvenes falleció en el lugar del accidente, mientras que el otro perdió la vida momentos después en un centro asistencial.

Al día siguiente, hacia el mediodía del 25 de diciembre, se confirmó el fallecimiento de Estiven Cárdenas, aprendiz del Sena del programa de formación Tecnólogo en Implementación y Mantenimiento en Sistemas de Instrumentación y Control de Procesos Industriales y trabajador de la Discoteca Plaza Juárez, quien se accidentó mientras se desplazaba en motocicleta por la diagonal 47 de la capital casanareña, por el sector de los bicicarriles, perdiendo el control del vehículo y golpeándose fuertemente la cabeza. Falleció en el lugar del accidente.

Sobre las 6:00 de la tarde del 25 de diciembre, se presentó otro hecho fatal en el descenso de la vereda Buenavista, donde murió William Gómez, de 65 años, conocido popularmente como “Don Cali”, experimentado conductor de una grúa. quien falleció cuando el vehículo perdió el sistema de frenos en el vertiginoso descenso y se salió de la vía, colisionando contra varios árboles y falleciendo en el lugar del siniestro.

Finalmente, en horas de la noche, se conoció el deceso en centro asistencial de Jhon López, conductor de una motocicleta que resultó gravemente herido en un accidente ocurrido en la calle 24 con carrera 19 de Yopal en choque de dos motocicletas.

Las autoridades de tránsito reiteraron el llamado a la prudencia y al respeto por las normas viales, especialmente durante temporadas festivas, al tiempo que avanzan las investigaciones para establecer las causas de cada uno de los accidentes y determinar posibles responsabilidades.

Con estas cifras, se eleva a 73 el número de personas fallecidas en Yopal durante lo corrido de 2025 en accidentes de tránsito, la gran mayoría de ellas en motocicleta.

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Más de 35 años de cárcel para hombre que mató a su mamá por asfixia en Yopal

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Luego de acoger las pruebas presentadas por la Fiscalía General de la Nación, un juez de conocimiento condenó a Juan Manuel Sánchez López a 35 años y 10 meses de prisión, como responsable del delito de homicidio agravado.

Como se informara en su momento, el 18 de junio del 2023 en una vivienda de Torres de San Marcos en Yopal, Sánchez
López de 28 años, le causó la muerte a su mamá a través de asfixia mecánica.

Lea también: En lamentable hecho de intolerancia joven asfixió a su mamá en Yopal

Uniformados de la Policía Nacional acudieron a la vivienda tras una alerta recibida por una agresión que se estaba presentando en el lugar, sin embargo, al llegar la víctima ya había fallecido.

El juez del caso condenó al agresor a la inhabilitación del ejercicio de derechos y funciones públicas por el término de 20 años, y la suspensión de todo tipo de mecanismo sustitutivo de la pena.

Esta decisión es de primera instancia y sobre ella proceden los recursos de ley.

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Casa por cárcel para auxiliar del INPEC sorprendido con estupefacientes en La Guafilla

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La Fiscalía General de la Nación judicializó a Johan Merchán Jaimes, auxiliar del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), quien, al parecer, tenía en su poder estupefacientes, durante su guardia en la cárcel donde trabaja.

Un fiscal de la Seccional Casanare le imputó el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes. El procesado no aceptó los cargos.

Los hechos ocurrieron el pasado 11 de diciembre, cuando la guardia del Inpec capturó en flagrancia al auxiliar, después de que encontraron en su poder, al parecer, aproximadamente 3 kilos de marihuana y cocaína, además equipos de comunicación.

Un juez de control de garantías le impuso medida privativa de la libertad en su lugar de domicilio.

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