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Decomisan en Yopal 31 toneladas de carne no apta para consumo humano

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El alimento perecedero era transportado ilegalmente

En el puesto de control ubicado en el sector de Araguaney, la Policía fiscal y Aduanera con apoyo del Grupo de Carabineros, logró la incautación de 31.5 toneladas de carne de res no apta para el consumo humano, avaluadas en más de 220 millones de pesos. Este alimento era movilizado en canales dentro de 3 vehículos , pero sin las normas sanitarias básicas.

Según información suministrada por la Policía, esta carne al parecer provenía del municipio de Tame y tendría como destino la ciudad de Sogamoso, sin embargo, no se descarta que el alimento sea de origen venezolano y hubiese ingresado al país por contrabando, situación que aún es materia de investigación.

El propietario y los conductores de los vehículos no presentaron documentación alguna que evidenciara la movilización legal del cargamento y aunque no fueron capturados, quedaron vinculados a una investigación por parte de las autoridades competentes.

Transporte de cárnicos en Colombia

Son 5 normatividades o documentación básica para poder movilizar carne legalmente en Colombia, estos son:

Norma 1: Directiva Administrativa Permanente 014 mayo 2011 Dipon – Dicar

“Control a la comercialización, transporte, sacrificio del ganado menor y mayor así como el expendio de carne en el territorio nacional”.

 Norma 2: Decreto 2278 de 1982, del transporte.

“Solo se autorizará la salida de carnes de los mataderos en forma de canales enteras, medias canales cuartos de canal y carne deshuesada empacada. Para los efectos de su movilización, la administración de los mataderos otorgará guías de transporte”, artículo 364.

 Norma 3: Resolución 2009026594 del 9 de Septiembre de 2009, expedida por el Invima

“Por la cual se adopta la guía de transporte de carne en forma de canales enteras, medias canales, cuartos de canal, deshuesada empacada y demás subproductos comestibles de las especies bovina, bufalina y porcina”.

Artículo 2°. Expedición de la guía. La guía de transporte será expedida en duplicado por la administración de la planta de beneficio en el momento en que la carne se encuentre cargada en el vehículo de transporte.

Artículo 3°. Aprobación y control de la guía. La aprobación de las guías de transporte de carne, estará a cargo del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y  Alimentos, Invima.

Artículo 4°. Inspección y vigilancia. Las autoridades sanitarias y de policía ejercerán las funciones de inspección y vigilancia respecto de la guía de transporte de carne, acorde a sus competencias y conforme a la normatividad vigente.

* Canal: El cuerpo de un animal después de sacrificado, degollado, desollado, eviscerado quedando solo la estructura ósea y la carne adherida a la misma sin extremidades.

*Carne: Es la parte muscular y tejidos blandos que rodean al esqueleto de los animales de las diferentes especies, incluyendo su cobertura de grasa, tendones, vasos, nervios, aponeurosis y que ha sido declarada inocua y apta para el consumo humano.

 Norma 4: • Resolución 2505 de 2004 Ministerio de Transporte

“Por la cual se reglamentan las condiciones que deben cumplir los vehículos para transportar carne, pescado o alimentos fácilmente corruptibles”.

 Norma 5: Decreto 3149 de 2006 y 414 de 2007

“La ley establece mediante el Decreto 3149 del año 2006, las disposiciones sobre la comercialización, transporte, sacrificio de ganado bovino y bufalino y expendio de carne en el territorio nacional, en donde en su Artículo No 18 involucra a la Policía Nacional de Colombia en conjunto con las diferentes autoridades ambientales y sanitarias”.

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

 

 

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Nuevo accidente eleva a 74 las muertes por siniestros viales en Yopal

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Un nuevo siniestro vial cobró la vida de Estiven Arley Grimaldos Mendoza, de 28 años, la noche de este lunes 29 de diciembre, en la vía que comunica a Yopal con la vereda La Unión, confirmaron las autoridades.

De acuerdo con la información preliminar, la víctima se movilizaba en una motocicleta FZ de placas SGP-19D cuando, al parecer, perdió el control del vehículo en una curva y terminó saliéndose de la calzada. El impacto le ocasionó la muerte en el lugar de los hechos.

Las autoridades indicaron que Grimaldos Mendoza figuraba en las bases de datos del Sistema Penal Oral Acusatorio (SPOA) con varias anotaciones judiciales. El caso es materia de investigación para establecer las circunstancias exactas del accidente.

Con este hecho, la siniestralidad vial en Yopal continúa en aumento, pues a pocas horas de finalizar el año 2025 ya se contabilizan 74 personas fallecidas en accidentes de tránsito, una cifra que genera preocupación entre las autoridades y reitera el llamado a la prudencia y al respeto por las normas de tránsito.

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A la cárcel administradores de hotel en Yopal por explotación sexual de menores

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A la cárcel fueron enviados Ana Elvia Mejía Chaparro y Libardo Chaparro Flórez, los administradores de un hotel en Yopal que estarían implicados en la explotación sexual de menores de edad.

Según las acciones investigativas desplegadas por la Fiscalía General de la Nación, estas dos personas, en medio de engaños, aprovecharon la condición de vulnerabilidad de una niña de 14 años, de nacionalidad venezolana, que llegó sola a la ciudad y le brindaron alojamiento.

Los elementos materiales probatorios indican que días después de tenerla en el establecimiento la habrían inducido a frecuentar un parque para ofrecer servicios sexuales a hombre mayores, con el supuesto de que el dinero recibido sería destinado para cubrir el hospedaje y la manutención.

Asimismo, se conoció que Chaparro Flórez presuntamente abusó sexualmente de la víctima en una oportunidad.

Una fiscal de la Seccional Norte de Santander les imputó los delitos de trata de personas agravada y estímulo a la prostitución de menores. Adicionalmente, a Chaparro Flórez le fue formulado el cargo de acceso carnal abusivo con menor de 14 años.

Por disposición del juez de control de garantías que dirigió las audiencias concentradas, los dos procesados deberán cumplir medida de aseguramiento en centro carcelario.

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Joven de 19 años fue asesinada a tiros en Yopal, sin mediar palabra le dispararon

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Las autoridades avanzan con la investigación del homicidio sucedido en horas de la tarde del sábado 27 de diciembre, en la calle 50 con carrera 3, a la altura del puente de ingreso a la invasión Mi Nueva Esperanza en Yopal, donde fue ultimada con arma de fuego una mujer identificada como Jineth Alejandra Alcalá Buitrago, de 19 años, conocida con el alias de “Aleja DT”, quien recibió tres impactos de bala y falleció en el lugar de los hechos.

De acuerdo con la información preliminar, la joven se encontraba en el sitio conversando con otra persona cuando fue abordada por dos hombres que se movilizaban en una motocicleta. El parrillero descendió del vehículo y, sin mediar palabra, le disparó en repetidas ocasiones con un arma de fuego tipo revólver.

Tras cometer el ataque, los agresores huyeron del lugar en contravía, con rumbo hacia la carrera 1, sin que hasta el momento se conozca su paradero. Las autoridades fueron alertadas de inmediato y acordonaron la zona para adelantar los actos urgentes.

Se conoció que la víctima se desempeñaba como trabajadora sexual en el sector del parque La Estancia. Las autoridades competentes asumieron la investigación para esclarecer los móviles del crimen y dar con la identificación y captura de los responsables.

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