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Consejo de Estado mantuvo medidas cautelares que suspenden el fracking

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Ante la Sala Plena de la Sección Tercera del Consejo de Estado fue derrotada la ponencia que proponía dar vía libre al ejercicio del fracking, mientras se define si su reglamentación es legal o no.

Tras la derrota del proyecto de auto, en la que participaron tres conjueces, este debe ser asumido por el Magistrado que sigue en orden alfabético, quien deberá presentar una nueva ponencia.

La Sala estudió el proyecto de providencia que resuelve el recurso de súplica presentado contra la decisión del 8 de noviembre del 2018, en la cual el Magistrado ponente dispuso suspender provisionalmente el Decreto 3004 del 26 de noviembre del 2013 y la Resolución No. 90341 del 27 de marzo del 2014, proferidos por el Ministerio de Minas y Energía en los cuales “se establecen los criterios y procedimientos para la exploración y explotación de hidrocarburos en yacimientos no convencionales”.

En el proyecto de providencia sometido a análisis de la Sala se propuso revocar la medida cautelar teniendo en cuenta que los argumentos de la demanda controvierten en su integralidad los actos demandados, por permitir la técnica de la exploración y explotación de hidrocarburos en yacimientos no convencionales mediante fracturación hidráulica.

El proyecto de auto sostiene que la demanda está dirigida contra dos actos administrativos que no establecen dicha forma de exploración y explotación, pues se limitan a indicar las medidas generales a las cuales deben sujetarse varios tipos de exploración y explotación de yacimientos no convencionales.

Además, dice el proyecto, que la decisión de prohibir dicha forma de exploración y explotación de recursos naturales o renovables está reservada al legislador, de acuerdo a la Constitución y este no ha tomado tal determinación; por el contrario, en los dos últimos planes de desarrollo aprobados por el Congreso se hace referencia a este tipo de actividad.

En tal virtud, dice el texto, el juez administrativo no es competente para examinar esta función legislativa y no debe pronunciarse sobre este tema. El principio de precaución debe ser aplicado por el juez cuando está decidiendo el establecimiento de una actividad; cuando se tiene conocimiento de los riesgos que esa actividad genera, el principio en juego es el principio de prevención.

Para que el juez administrativo anule o suspenda la regulación técnica de una actividad en la que se adoptan las medidas dentro de las cuales ella debe desarrollarse, es necesario que el demandante demuestre plenamente que la regulación es inadecuada, acreditando que sus supuestos de hechos no son ciertos o probando que las medidas que se adoptan son técnicamente inadmisibles o claramente insuficientes.

En el expediente no obran dictámenes periciales que demuestren lo anterior; el demandante solamente presentó las opiniones de quienes están en desacuerdo con esta técnica y una observación de la Contraloría con base en la cual no pueden darse por probados los anteriores supuestos.

Fuente: Comunicaciones Consejo de Estado

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Procuraduría formula cargos a exalcalde de Hato Corozal, por presunto incumplimiento del PAE

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dario Garcia Alcalde

La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos contra el exalcalde de Hato Corozal, Darío Yesid García Barray, por presunto incumplimiento en la prestación del servicio de alimentación escolar, en 2022.

Según la Procuraduría, al parecer, el Programa de Alimentación Escolar (PAE), que beneficia a los estudiantes de las instituciones educativas del área urbana del citado municipio, no se habría iniciado oportunamente y, en consecuencia, solo se prestó el servicio durante seis jornadas escolares del mes de octubre y 17 en noviembre, de ese año.

A juicio del ente disciplinario, el PAE, para las instituciones educativas urbanas de Hato Corozal, debió darse desde el primer día de inicio de clases, según las normas generales establecidas y, al parecer, solo se habría cumplido en la parte final del año.

La Procuraduría Regional de Instrucción de Casanare calificó provisionalmente la aparente conducta como falta grave a título de culpa gravísima.

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Desde Casanare y Bogotá evadieron impuestos por $155.000 millones con empresas de papel

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La Fiscalía General de la Nación judicializó a seis personas señaladas de crear y administrar una red de 185 sociedades de papel con las que empresas del sector real se apropiaron ilegalmente del impuesto a las ventas y redujeron la base gravable del impuesto de renta, causando un perjuicio al Estado que podría superar los $155.000 millones de pesos.

Según la investigación, los procesados figuraban como socios o representantes legales de compañías de fachada que no contaban con capacidad económica, logística ni operativa. Entre 2012 y 2022 habrían simulado operaciones comerciales millonarias para respaldar maniobras fraudulentas, utilizando diversos objetos sociales sin actividad real.

De acuerdo con la Fiscalía, los procesados habrían cobrado entre el 1% y el 5% del monto total de lo facturado irregularmente. Ninguno de las empresas vinculadas tiene proveedores nacionales ni son importadores, por lo que no tendrían nada que vender.

Con apoyo del CTI, la Fiscalía estableció que a través de estas sociedades se reportaron operaciones inexistentes por más de $843.164 millones de pesos. Entre los judicializados están Jairo Bernal Manrique, Jaime Javier Sánchez Sánchez, Nidia Pineda Villamil, Fany Rodríguez Corrales, Edgardo Lozano Hastamorir y Jeik Donovan Yepes Albarracín, quienes habrían asumido roles de coordinación financiera, intermediación y representación legal.

Los implicados fueron capturados en diligencias de registro y allanamiento en Bogotá y Casanare, y les fueron imputados los delitos de concierto para delinquir con fines de enriquecimiento ilícito, enriquecimiento ilícito de particulares en favor de terceros y lavado de activos. Un juez de control de garantías impuso medidas privativas de la libertad —cinco domiciliarias y una en centro carcelario— y ordenó la suspensión de la personería jurídica de 162 empresas vinculadas.

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Yopal fortalece procesos de resocialización, se donaron elementos de aseo, alimentos y ropa

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La Secretaría de Desarrollo Social de Yopal, a través del programa habitante de calle y con el apoyo de la gestora social Paula Ruíz, impulsó la estrategia “diciembre es amor, y en familia es mejor”. Se realizó una jornada de donación de elementos de aseo, alimentos no perecederos y ropa, destinada a usuarios de la Fundación Caminos de Vida que adelantan procesos de desintoxicación y resocialización.

Esta iniciativa busca fortalecer las acciones humanitarias y el acompañamiento integral a quienes transitan procesos de recuperación del consumo de sustancias psicoactivas y habitabilidad en calles. La Administración Municipal reafirma su compromiso de brindar herramientas para reconstruir proyectos de vida, ofrecer segundas oportunidades y transmitir un mensaje de esperanza y solidaridad.

Durante la jornada, diversas entidades y personas, incluyendo ciudadanos, empresas, comerciantes y funcionarios públicos, aportaron insumos esenciales. Estas donaciones son clave para mejorar las condiciones de bienestar de los beneficiarios y contribuir a su permanencia en el proceso terapéutico.

La Secretaria de Desarrollo Social, Marcela Hernández Forero, enfatizó la relevancia de sumar esfuerzos interinstitucionales y comunitarios para dignificar la vida de quienes enfrentan desafíos. “Estas donaciones representan más que elementos materiales; son un mensaje de esperanza para quienes están dando pasos valientes hacia su recuperación”, expresó.

Finalmente, la administración municipal hizo una invitación a toda la ciudadanía, empresas y organizaciones a unirse a estas acciones solidarias. El objetivo es claro: transformar vidas y generar oportunidades reales para que las personas puedan reinsertarse positivamente en la sociedad de Yopal.

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