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Consejo de Estado mantuvo medidas cautelares que suspenden el fracking

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Ante la Sala Plena de la Sección Tercera del Consejo de Estado fue derrotada la ponencia que proponía dar vía libre al ejercicio del fracking, mientras se define si su reglamentación es legal o no.

Tras la derrota del proyecto de auto, en la que participaron tres conjueces, este debe ser asumido por el Magistrado que sigue en orden alfabético, quien deberá presentar una nueva ponencia.

La Sala estudió el proyecto de providencia que resuelve el recurso de súplica presentado contra la decisión del 8 de noviembre del 2018, en la cual el Magistrado ponente dispuso suspender provisionalmente el Decreto 3004 del 26 de noviembre del 2013 y la Resolución No. 90341 del 27 de marzo del 2014, proferidos por el Ministerio de Minas y Energía en los cuales “se establecen los criterios y procedimientos para la exploración y explotación de hidrocarburos en yacimientos no convencionales”.

En el proyecto de providencia sometido a análisis de la Sala se propuso revocar la medida cautelar teniendo en cuenta que los argumentos de la demanda controvierten en su integralidad los actos demandados, por permitir la técnica de la exploración y explotación de hidrocarburos en yacimientos no convencionales mediante fracturación hidráulica.

El proyecto de auto sostiene que la demanda está dirigida contra dos actos administrativos que no establecen dicha forma de exploración y explotación, pues se limitan a indicar las medidas generales a las cuales deben sujetarse varios tipos de exploración y explotación de yacimientos no convencionales.

Además, dice el proyecto, que la decisión de prohibir dicha forma de exploración y explotación de recursos naturales o renovables está reservada al legislador, de acuerdo a la Constitución y este no ha tomado tal determinación; por el contrario, en los dos últimos planes de desarrollo aprobados por el Congreso se hace referencia a este tipo de actividad.

En tal virtud, dice el texto, el juez administrativo no es competente para examinar esta función legislativa y no debe pronunciarse sobre este tema. El principio de precaución debe ser aplicado por el juez cuando está decidiendo el establecimiento de una actividad; cuando se tiene conocimiento de los riesgos que esa actividad genera, el principio en juego es el principio de prevención.

Para que el juez administrativo anule o suspenda la regulación técnica de una actividad en la que se adoptan las medidas dentro de las cuales ella debe desarrollarse, es necesario que el demandante demuestre plenamente que la regulación es inadecuada, acreditando que sus supuestos de hechos no son ciertos o probando que las medidas que se adoptan son técnicamente inadmisibles o claramente insuficientes.

En el expediente no obran dictámenes periciales que demuestren lo anterior; el demandante solamente presentó las opiniones de quienes están en desacuerdo con esta técnica y una observación de la Contraloría con base en la cual no pueden darse por probados los anteriores supuestos.

Fuente: Comunicaciones Consejo de Estado

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Asesinan a reconocido profesor y empresario arrocero en zona rural de Tauramena

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Campos Elías Urrutia Pérez, reconocido profesor, empresario y productor arrocero, fue asesinado con impactos de arma de fuego en la cabeza en una finca ubicada en la vereda Villa Rosa, zona rural del municipio de Tauramena. El hecho se registró en la noche del 15 de diciembre y es materia de investigación por parte de las autoridades judiciales.

De acuerdo con la información preliminar, el cuerpo sin vida de la víctima fue hallado por habitantes del sector, quienes alertaron a las autoridades. Urrutia se encontraba amarrado y presentaba heridas ocasionadas por arma de fuego en la región craneal. Al lugar acudieron los organismos de emergencia y posteriormente las autoridades competentes para adelantar los actos urgentes.

Campos Elías Urrutia integraba la junta directiva de Fedearroz y se desempeñó como docente del colegio Luis María Jiménez, en el centro poblado San José del Bubuy, donde era ampliamente reconocido por su labor educativa y social.

Las autoridades adelantan las investigaciones para esclarecer los móviles y responsables de este homicidio.

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Últimos días para pagar el impuesto predial 2025 con descuento en Yopal

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La Alcaldía de Yopal recuerda a los contribuyentes la importancia de ponerse al día con el pago de su Impuesto Predial. Esta es la última oportunidad para acceder al descuento del 5 % por pago anticipado de la obligación correspondiente al 2025, beneficio que estará disponible únicamente hasta el 31 de diciembre del presente año.

Es fundamental tener en cuenta que, a partir del 01 de enero del próximo año, quienes no hayan realizado el pago comenzarán a acumular intereses. Esta situación incrementará significativamente el monto de la obligación, por lo que se reitera la invitación a la ciudadanía a cumplir dentro del plazo establecido para evitar recargos adicionales.

Esta oportunidad final permite a los contribuyentes pagar un menor valor por este impuesto, contribuyendo así a la economía personal y familiar. El incumplimiento después de la fecha límite implicará sanciones y un mayor desembolso, afectando el presupuesto de los hogares y las empresas.

El pago puede realizarse de manera presencial en las oficinas de la Alcaldía Municipal, donde el personal estará disponible para asistir en el proceso. Adicionalmente, la administración ofrece una opción fácil y segura a través del portal impuestos.yopal.gov.co, donde los contribuyentes pueden consultar su recibo y efectuar el pago en línea mediante PSE.

Aún es tiempo de aprovechar este beneficio fiscal, evitar intereses innecesarios y contribuir activamente al desarrollo del municipio con el pago oportuno de sus impuestos. La Alcaldía de Yopal agradece la colaboración de todos los ciudadanos en el cumplimiento de sus responsabilidades tributarias.

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No valen los llamados, ya son 6 las personas quemadas con pólvora en Casanare

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La Secretaría de Salud de Casanare ha reportado un aumento del 100% en los casos de lesiones por pólvora pirotécnica durante el período de vigilancia intensificada 2025-2026. Con seis casos confirmados hasta el 14 de diciembre de 2025, la cifra duplica los tres incidentes registrados en la misma fecha de la temporada anterior.

Los seis casos notificados corresponden a personas de diversas edades y municipios, incluyendo Yopal, Maní y Tauramena. Se ha observado que dos de los lesionados requirieron hospitalización y uno de ellos se encontraba bajo los efectos del alcohol al momento del accidente.

Los artefactos pirotécnicos más comunes involucrados en los incidentes son voladores y totes, aunque también se reportó un caso con juegos pirotécnicos de exhibición. Las lesiones incluyen quemaduras de primer y segundo grado, laceraciones y contusiones, afectando principalmente las manos y el rostro.

La Secretaría de Salud, siguiendo las directrices del Ministerio de Salud, reitera el llamado a la comunidad a evitar la manipulación de pólvora por parte de niños, niñas y adolescentes. Se desaconseja el uso de estos artefactos bajo los efectos del alcohol y se recomienda no almacenarlos en casa.

En caso de un accidente, es fundamental trasladar al herido de inmediato a urgencias, incluso si la quemadura parece menor. Se debe aplicar agua fría sobre la lesión durante 10 a 15 minutos, sin usar hielo u otras sustancias, y nunca inducir el vómito en caso de ingestión, acudiendo con el producto ingerido al centro médico.

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