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Consejo de Estado mantuvo medidas cautelares que suspenden el fracking

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Ante la Sala Plena de la Sección Tercera del Consejo de Estado fue derrotada la ponencia que proponía dar vía libre al ejercicio del fracking, mientras se define si su reglamentación es legal o no.

Tras la derrota del proyecto de auto, en la que participaron tres conjueces, este debe ser asumido por el Magistrado que sigue en orden alfabético, quien deberá presentar una nueva ponencia.

La Sala estudió el proyecto de providencia que resuelve el recurso de súplica presentado contra la decisión del 8 de noviembre del 2018, en la cual el Magistrado ponente dispuso suspender provisionalmente el Decreto 3004 del 26 de noviembre del 2013 y la Resolución No. 90341 del 27 de marzo del 2014, proferidos por el Ministerio de Minas y Energía en los cuales “se establecen los criterios y procedimientos para la exploración y explotación de hidrocarburos en yacimientos no convencionales”.

En el proyecto de providencia sometido a análisis de la Sala se propuso revocar la medida cautelar teniendo en cuenta que los argumentos de la demanda controvierten en su integralidad los actos demandados, por permitir la técnica de la exploración y explotación de hidrocarburos en yacimientos no convencionales mediante fracturación hidráulica.

El proyecto de auto sostiene que la demanda está dirigida contra dos actos administrativos que no establecen dicha forma de exploración y explotación, pues se limitan a indicar las medidas generales a las cuales deben sujetarse varios tipos de exploración y explotación de yacimientos no convencionales.

Además, dice el proyecto, que la decisión de prohibir dicha forma de exploración y explotación de recursos naturales o renovables está reservada al legislador, de acuerdo a la Constitución y este no ha tomado tal determinación; por el contrario, en los dos últimos planes de desarrollo aprobados por el Congreso se hace referencia a este tipo de actividad.

En tal virtud, dice el texto, el juez administrativo no es competente para examinar esta función legislativa y no debe pronunciarse sobre este tema. El principio de precaución debe ser aplicado por el juez cuando está decidiendo el establecimiento de una actividad; cuando se tiene conocimiento de los riesgos que esa actividad genera, el principio en juego es el principio de prevención.

Para que el juez administrativo anule o suspenda la regulación técnica de una actividad en la que se adoptan las medidas dentro de las cuales ella debe desarrollarse, es necesario que el demandante demuestre plenamente que la regulación es inadecuada, acreditando que sus supuestos de hechos no son ciertos o probando que las medidas que se adoptan son técnicamente inadmisibles o claramente insuficientes.

En el expediente no obran dictámenes periciales que demuestren lo anterior; el demandante solamente presentó las opiniones de quienes están en desacuerdo con esta técnica y una observación de la Contraloría con base en la cual no pueden darse por probados los anteriores supuestos.

Fuente: Comunicaciones Consejo de Estado

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Alcaldía de Yopal refuerza controles frente a la Brigada 16 para no permitir estacionamiento

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La Alcaldía de Yopal, a través de la Secretaría de Movilidad, adelanta jornadas de socialización y control en la Transversal 18 para garantizar el cumplimiento del Decreto 059 de 2025, que prohíbe de manera permanente el estacionamiento en este corredor vial entre las calles 6 y 10.

La medida busca mejorar la movilidad, mantener despejada una vía estratégica de la ciudad y fortalecer las condiciones de seguridad en este sector. Durante las jornadas, los agentes de tránsito desarrollan acciones de sensibilización dirigidas a usuarios y al gremio transportador.

Las autoridades también hicieron un llamado a los pasajeros para comprender que los conductores de servicio público deben cumplir la normatividad vigente, por lo que no pueden realizar paradas o estacionamientos en áreas prohibidas.

Según la administración municipal, la restricción responde a criterios técnicos y recomendaciones de seguridad relacionadas con el entorno del Cantón Militar, ubicado en esta zona de la ciudad, permitiendo reducir riesgos y mejorar el flujo vehicular.

La Secretaría de Movilidad reiteró la invitación a conductores y ciudadanos para acatar la señalización y respetar las disposiciones vigentes, recordando que el cumplimiento de estas medidas contribuye a una ciudad más organizada y segura.

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Masacre en zona rural de Villanueva, Casanare: cinco hombres asesinados en ataque sicarial

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Un múltiple homicidio sacudió la noche de este 16 de abril de 2026 al municipio de Villanueva, luego de que cinco hombres fueran asesinados con arma de fuego en la vereda El Fical. El hecho se registró hacia las 7:30 p.m. en un establecimiento conocido como “Casa de Tabla”, hasta donde llegaron dos sujetos en motocicleta que, sin mediar palabra, abrieron fuego contra las víctimas.

De acuerdo con la información preliminar, los fallecidos fueron identificados como Ricardo Granada Diez, conocido como “Richi”; Ricardo Montaña Roa; Víctor Manuel Rodríguez Moreno, conocido como “Cagüeño”; Ilmer Johan Cáceres Moreno, conocido como “Rasguño”; y José Ariel Torres Macías, a quien llamaban “Cachicamo”. Las autoridades indicaron que las víctimas se encontraban en el lugar compartiendo luego de realizar labores relacionadas con la recolección de ganado en la zona.

Tras perpetrar el ataque, los sicarios huyeron del sitio con rumbo desconocido, lo que activó un operativo de las autoridades para dar con su paradero. Unidades de Policía y Ejército acordonaron el área y adelantan labores de investigación para esclarecer lo ocurrido y establecer responsabilidades.

Circula en redes sociales un video que muestra la crudeza del ataque, donde se observa que las víctimas no tuvieron la menor oportunidad de defenderse. Algunos quedaron alrededor de una mesa de billar existente en el negocio, mientras se escucha música popular estridente.

De manera preliminar, se maneja como principal hipótesis un posible ajuste de cuentas relacionado con el delito de abigeato. Asimismo, se conoció que las víctimas registraban antecedentes por diferentes conductas delictivas, aspecto que es analizado dentro del proceso investigativo.

El gobernador de Casanare, César Ortiz Zorro, al tiempo que rechazó el hecho ofreció una recompensa de hasta $50 millones de pesos, para la persona que suministre información que permita la captura de los responsables del hecho.

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Sindicatos dicen que Interventora temporal de Capresoca estructuró el modelo que agravó el caos

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El sindicato Sindicato Unitario Nacional de Trabajadores del Estado SUNET Casanare, solicitó al Gobierno Nacional la designación urgente de un agente interventor especial externo para CAPRESOCA EPS, tras cuestionar la reciente designación de Bibi Dayana Daniels Rueda como agente interventora sustituta temporal de la entidad, quien se venía desempeñando como Gerente Operativa.

La petición fue elevada al presidente Gustavo Petro, al Ministerio de Salud y a la Superintendencia Nacional de Salud, en medio de crecientes preocupaciones por la prestación del servicio a más de 170.000 afiliados en el departamento.

La organización sindical argumenta que la actual interventora participó en toda la estructuración del modelo que hoy presenta fallas, evidenciadas en barreras de acceso, demoras en citas y entrega incompleta de medicamentos. Según el documento, las quejas han aumentado de manera sostenida en los últimos años, por ejemplo, en 2026 se reporta un incremento del 56% en tutelas y del 144% en reclamaciones, lo que refleja un deterioro crítico en la atención.
Además, el sindicato advierte sobre incrementos significativos en la contratación de servicios y medicamentos, sin que esto se traduzca en mejoras reales para los usuarios. También cuestiona la falta de resultados en contratos de auditoría y supervisión, así como la ausencia de una red completa de servicios, especialmente en niveles de alta complejidad. “Se requiere un perfil altamente técnico, sin conflictos de interés, que garantice independencia en la toma de decisiones y permita implementar medidas correctivas efectivas”, dice SUNET.
En 2026 se incrementan de manera sustancial los valores de los contratos para atenciones de salud mental, artritis en las cuales se incluyen algunos medicamentos, no obstantes estos no son suministrados de manera oportuna ni completa. Con relación a la cohorte cardiovascular, en esta no se incluye el suministro de medicamentos, a diferencia de vigencias anteriores donde sí estaban contemplados.

Ante este panorama, SUNET pidió que se designe un interventor independiente externo con perfil técnico y sin conflictos de interés, y solicitó incluir a CAPRESOCA en un plan nacional de salvamento. Asimismo, defendió el carácter público de la EPS y su potencial como modelo de gestión en salud, reiterando la urgencia de medidas que garanticen la atención oportuna y la estabilidad institucional.

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