Connect with us

CASANARE

Consejo de Estado mantuvo medidas cautelares que suspenden el fracking

Published

on

consejo de estado

Ante la Sala Plena de la Sección Tercera del Consejo de Estado fue derrotada la ponencia que proponía dar vía libre al ejercicio del fracking, mientras se define si su reglamentación es legal o no.

Tras la derrota del proyecto de auto, en la que participaron tres conjueces, este debe ser asumido por el Magistrado que sigue en orden alfabético, quien deberá presentar una nueva ponencia.

La Sala estudió el proyecto de providencia que resuelve el recurso de súplica presentado contra la decisión del 8 de noviembre del 2018, en la cual el Magistrado ponente dispuso suspender provisionalmente el Decreto 3004 del 26 de noviembre del 2013 y la Resolución No. 90341 del 27 de marzo del 2014, proferidos por el Ministerio de Minas y Energía en los cuales “se establecen los criterios y procedimientos para la exploración y explotación de hidrocarburos en yacimientos no convencionales”.

En el proyecto de providencia sometido a análisis de la Sala se propuso revocar la medida cautelar teniendo en cuenta que los argumentos de la demanda controvierten en su integralidad los actos demandados, por permitir la técnica de la exploración y explotación de hidrocarburos en yacimientos no convencionales mediante fracturación hidráulica.

El proyecto de auto sostiene que la demanda está dirigida contra dos actos administrativos que no establecen dicha forma de exploración y explotación, pues se limitan a indicar las medidas generales a las cuales deben sujetarse varios tipos de exploración y explotación de yacimientos no convencionales.

Además, dice el proyecto, que la decisión de prohibir dicha forma de exploración y explotación de recursos naturales o renovables está reservada al legislador, de acuerdo a la Constitución y este no ha tomado tal determinación; por el contrario, en los dos últimos planes de desarrollo aprobados por el Congreso se hace referencia a este tipo de actividad.

En tal virtud, dice el texto, el juez administrativo no es competente para examinar esta función legislativa y no debe pronunciarse sobre este tema. El principio de precaución debe ser aplicado por el juez cuando está decidiendo el establecimiento de una actividad; cuando se tiene conocimiento de los riesgos que esa actividad genera, el principio en juego es el principio de prevención.

Para que el juez administrativo anule o suspenda la regulación técnica de una actividad en la que se adoptan las medidas dentro de las cuales ella debe desarrollarse, es necesario que el demandante demuestre plenamente que la regulación es inadecuada, acreditando que sus supuestos de hechos no son ciertos o probando que las medidas que se adoptan son técnicamente inadmisibles o claramente insuficientes.

En el expediente no obran dictámenes periciales que demuestren lo anterior; el demandante solamente presentó las opiniones de quienes están en desacuerdo con esta técnica y una observación de la Contraloría con base en la cual no pueden darse por probados los anteriores supuestos.

Fuente: Comunicaciones Consejo de Estado

CASANARE

Cárcel para 4 hombres señalados de maltratar a sus parejas en Casanare

Published

on

By

En casos aislados la Fiscalía logró que jueces con funciones de control de garantías impusieran medidas restrictivas de la libertad a cuatro hombres por ser los presuntos responsables de cometer el delito de violencia intrafamiliar agravada.

Un primer hecho ocurrió el pasado 17 de septiembre, en la ciudadela La bendición de Yopal (Casanare), cuando fue capturado en flagrancia un hombre que, presuntamente, hirió con un arma blanca en un seno y una mano a su ex pareja sentimental porque la mujer estaba departiendo con otras personas en un establecimiento público.

El ente acusador lo imputó por el delito de violencia intrafamiliar, cargo que no aceptó. Un juez declaró legal la captura y dejó en firme la medida carcelaria.

Otra situación se presentó en el municipio de Villanueva (Casanare), en donde fue capturado por orden judicial un hombre de 33 años, quien al parecer sometía de manera reiterativa a su pareja sentimental a golpes y maltratos psicológicos.

La captura se llevó a cabo por parte de uniformados de la Policía Nacional y un fiscal de la Seccional Casanare lo imputó como responsable del delito de violencia intrafamiliar, al que no se allanó, posteriormente un juez lo envió a la cárcel.

El tercer caso se presentó en el municipio de Monterrey (Casanare), donde fue capturado por orden judicial el presunto agresor de su compañera sentimental de 24 años, a quien le habría propinado varias heridas en su cuerpo en medio de una discusión que se presentó el pasado 26 de septiembre. Fue imputado por el delito de violencia intrafamiliar y enviado a la cárcel.

Cabe resaltar que a esta persona le figuran dos anotaciones por los delitos de acceso carnal violento y violencia intrafamiliar.

Por último, en el barrio Alfonso López de Monterrey fue capturado un hombre durante un procedimiento de rutina de verificación de antecedentes. El capturado tenía vigente en su contra una orden de captura por el delito de violencia intrafamiliar agravada, por hechos ocurridos en noviembre del 2022, donde la víctima es una mujer de 28 años, de nacionalidad extranjera.

Fue imputado ante el juez de control de garantías, quien consideró ajustadas a la norma las pretensiones del ente acusador. Y aunque no aceptó los cargos endilgados fue enviado a la cárcel.

Fuente: Fiscalía General de la Nación

Continue Reading

CASANARE

Fentanilo es adictivo y causa la muerte a quien lo consume: Policía Casanare

Published

on

By

El Intendente Javier Mendoza Jefe Grupo Estupefacientes de la Seccional de Investigación Criminal Casanare,  explicó en rueda de prensa los peligros del uso indebido del Fentanilo, el cual es 100 veces más poderoso que la morfina y 50 veces más poderoso que la heroína, lo que lo convierte en una sustancia altamente adictiva y potencialmente mortal.

De acuerdo a la información entregada por el Intendente Mendoza, las autoridades están preocupadas por el manejo que le están dando los grupos delincuenciales a la sustancia que es legal en Colombia; en su forma recetada se emplea como analgésico para tratar dolencias fuertes, como las derivadas del cáncer o de cirugías, pero se ha popularizado desde el mercado de drogas ilegales como añadido o mezclado con cocaína, heroína u otras drogas.

El Fentanilo, de acuerdo a datos de inteligencia policial, ingresa legalmente al país a través del Fondo Nacional de Estupefacientes, pero también ingresa de manera ilegal por los puertos y fronteras en presentación de 27ml, 20ml y 10ml. Las mayores incautaciones se han realizado en la Guajira y en los puertos marítimos.

El fentanilo causa la muerte al consumidor 

Más de dos milímetros de Fentanilo pueden causar la muerte del consumidor, señala el Intendente, quien reveló que, entre 2021 y 2023 en Colombia se han presentado 89 denuncias por pérdida de la sustancia en unidades hospitalarias y clínicas, situación que es investigada para determinar la desviación del mismo por parte de personal que trabaja en estos lugares.

Una ampolla de 27ml puede costar en el mercado de sustancias entre 300 mil y 600 mil pesos, luego es vendida en dosis muy pequeñas, causando graves daños a quien lo consume y en muchos casos la muerte.

Para ver la información completa sobre los peligros del Fentanilo, vea el siguiente video:

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

Continue Reading

CASANARE

Estos son los biológicos que se aplicarán este sábado en la 5° Jornada Nacional de Vacunación

Published

on

By

Vacuna-ninos

La jornada se llevará a cabo este sábado 30 de septiembre a partir de las 8:00 de la mañana y hasta las 4:00 de la tarde. En esta oportunidad y según lineamientos del Ministerio de Salud y Protección Social, se incluye la vacuna contra el Virus del Papiloma Humano-VPH, para niños de 9 años, esto a partir del 30 de septiembre.

Es importante informar que el esquema completo de vacunación contra el VPH comprende la aplicación de una dosis única en niñas de 9 a 17 años y niños de 9 años cumplidos.

La Administración Municipal “Yopal, Ciudad Segura”, mediante la secretaría de Salud, a través del Programa Ampliado de Inmunizaciones (PAI), invita a todos los padres de familia que tengan niños menores de 6 años, niñas de 9 a 17 años, gestantes, adultos mayores y población en general de 3 años en adelante, a participar de la Jornada, donde podrán asistir a los 16 puntos de vacunación distribuidos de la siguiente manera:

Puntos de vacunación disponibles:

1. CAPS Juan Luis Londoño

2. CAPS Cre-Ser con Amor

3. Hospital Central de Yopal

4. LACOR IPS

5. MYT Salud IPS

6. FAMEDIC IPS

7. UAP Clínica Casanare

8. VISIONAMOS IPS

9. Casa de la Mujer

10. Barrio Llano Lindo

11. Barrio Bella Vista

12. Barrio La Esmeralda 

13. Coliseo Bicentenario

14.Los Progresos 2, carrera 7 con calle 45

15. Sanidad Policía Nacional

16. Brigada XVI del Ejército

Durante la Jornada se vacunará a la siguiente población con los siguientes biológicos:

POBLACIÓN / EDAD

VACUNAS A APLICAR

Niños y niñas menores de 6 años

Tuberculosis, Poliomielitis, Difteria, Tosferina, Tétano, Rubéola, Sarampión, Paperas, Fiebre Amarilla, Hepatitis A y B, Rotavirus, Neumococo.

Niños y niñas de 6 meses a 2 años, 11 meses y 29 días

Vacuna Moderna Pediátrica – COVID-19

Niños y niñas de 18 meses

Refuerzo de Triple viral (Sarampión-Rubéola-Paperas).

Niños y niñas de 18 meses

Primer refuerzo con Pentavalente en vez deDPT

Niños y niñas de 2 a 5 años

Refuerzo de Triple viral (Sarampión-Rubéola-Paperas).

·       Niños y niñas 6 meses a 35 meses

·       Gestantes a partir de la semana 14 de embarazo

·       Población Adulto mayor de 60 años

·       Talento Humano en salud

·       Población con diagnóstico de riesgo (de 24 meses a 59 años)

Influenza Estacional 

Niños y Niñas de 3 a 13 años (nacidos en 2010 a 2019)

Dosis Adicional de Sarampión Rubeola y población susceptible para Triple viral (SRP).

Niñas de 9 a 17 años.

Virus del Papiloma Humano (VPH)

Niños de 9 años

Virus del Papiloma Humano (VPH)

Mujeres en edad fértil de 10 a 49 años (MEF)

TD (Toxoide Tetánico y Diftérico de Adulto).

Gestantes a partir de la 12 semana de Gestación

Vacuna COVID-19

Gestantes a partir de la 26 semana de Gestación

Tdap (Tétano, Difteria, Tosferina Acelular)

Población susceptible Mayor de 1 año

Fiebre Amarilla

Población de 12 a 17 años

COVID -19: dosis de refuerzo

Población de 18 años en adelante

COVID-19: dosis de refuerzos según corresponda.

Grupos Priorizados:

·       Talento Humano en salud.

·       Población con Enfermedades Crónicas o con afectación al sistema Inmunológico.

·       Mayores de 60 años.

Dosis Adicional de Vacuna COVID-19

Recomendaciones:

·       Llevar el carnet de vacunación y usar tapabocas en centros médicos.

Fuente: Alcaldía de Yopal

Continue Reading
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement

Lo Mas Leido

Advertisement