CASANARE
Solicitan a la JEP investigar falsos positivos cometidos en los llanos orientales
Lo importante es esclarecer los hechos, para que no queden dudas acerca de quien, cómo y porqué los cumplieron, dicen familiares de víctimas de falsos positivos.
“Según la documentación realizada por organizaciones sociales, las ejecuciones extrajudiciales en modalidad de falsos positivos fueron una práctica generalizada y sistemática dentro de las diferentes unidades militares que operan en los Llanos Orientales, y hoy, los familiares de las víctimas de ejecuciones extrajudiciales, que en su gran mayoría son población en riesgo por cuenta de la pandemia, esperan que en estas versiones voluntarias se cuente la verdad de lo ocurrido con sus seres queridos ante la Jurisdicción Especial para la Paz -JEP-.
En dos diligencias, que se llevarán a cabo este viernes 12 de febrero, y el próximo 19 de febrero ante la sala de Sala de Reconocimiento de Verdad, Responsabilidad y Determinación de los Hechos y Conductas de la JEP, comparecerán voluntariamente los Generales Guillermo Quiñones Quiroz y Cipriano Peña Chivatá para dar su versión por el caso en Casanare. Sin embargo, las familias solicitarán que se determine la responsabilidad de los militares que estaban a cargo de las unidades adscritas a la Cuarta División del Ejército Nacional en casos perpetrados en los departamentos del Meta y Guaviare.
El Director Ejecutivo del COFB, César Santoyo Santos, explicó que, el Colectivo ha logrado comprobar la responsabilidad de la Nación en 15 casos de graves violaciones a los derechos humanos en el Meta y Guaviare, específicamente por la ejecución extrajudicial de campesinos y labriegos cometidos por unidades militares bajo la comandancia del entonces General Guillermo Quiñones Quiroz.
“Por más de una década hemos acompañado a los familiares de las víctimas de ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas en el Meta y el Guaviare. Muchas de estas personas fueron ejecutadas y desaparecidas cuando los señores Cipriano Peña Chivatá y Guillermo Quiñones Quiroz se encontraban al mando de la Brigada Móvil No. 12 y Cuarta División del Ejército respectivamente, por lo que las familias solicitan a la JEP determinar su presunta responsabilidad”, argumentó Santoyo Santos.
En estos 15 casos hay sentencias condenatorias en procesos de reparación directa en la jurisdicción contencioso administrativo, esto es, la justicia colombiana demostró que se trató de una ejecución extrajudicial. Estos casos obedecen a 15 víctimas directas, en los cuales se han condenado 6 uniformados en el procedimiento penal.
También se ha logrado determinar patrones de macrocriminalidad en común como: i). Las víctimas recibieron ofertas de trabajo; ii) Algunos fueron sepultados como Personas No Identificadas (comúnmente denominados NN) a pesar de que en varios casos se encontraron en los cuerpos sus documentos de identificación; iii) se evidenciaron irregularidades con respecto a las prendas de vestir que llevaban, porque algunas no correspondían a las tallas de las víctimas o las incineraron por motivos de “salubridad”, o porque eran prendas de uso privativo de las Fuerzas Militares y iv) se descubrió que también presentaban inconsistencias entre las heridas marcadas en su ropa y en el cuerpo”.
Fuente: Notillano
CASANARE
Secretaría de Educación de Yopal alerta sobre validez de estudios no presenciales
La Secretaría de Educación de Yopal informa a la ciudadanía sobre múltiples solicitudes y quejas de padres de familia. Estas están relacionadas con dificultades para matricular a sus hijos debido a inconsistencias en la validez de estudios cursados previamente en modalidades no presenciales o “homeschooling”.
Se ha evidenciado que algunos estudiantes provienen de instituciones que ofrecen educación virtual o homeschooling sin la licencia de funcionamiento reconocida por el Ministerio de Educación Nacional. Esta situación impide la homologación, validación o reconocimiento oficial de los grados cursados, conforme a la normativa vigente.
La secretaría recuerda que en Colombia, la educación formal debe ser impartida por establecimientos educativos debidamente autorizados, con licencia de funcionamiento expedida por el Ministerio de Educación y registro en el Directorio Único de Establecimientos Educativos (DUE). Las instituciones sin este reconocimiento no pueden emitir certificaciones válidas.
Además, se han identificado casos de estudiantes con estudios en el exterior que realizaron supuestas “validaciones” en instituciones no facultadas legalmente, afectando la continuidad académica. La presentación de Pruebas Saber 11° (ICFES) y los procesos de validación de bachillerato están regulados por el Estado y requieren autorización oficial.
Por lo anterior, se hace un llamado preventivo a padres y acudientes para que verifiquen que la institución educativa cuente con licencia de funcionamiento vigente, esté registrada oficialmente ante el Ministerio de Educación y tenga reconocimiento para la prestación del servicio educativo formal. La secretaría reitera su compromiso con el derecho a la educación y la orientación familiar.
CASANARE
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