CASANARE
En Yopal reglamentan publicidad política para elecciones presidenciales
A través del Decreto 065 de 2018, el Alcalde de Yopal Leonardo Puentes Vargas, adoptó normas reglamentarias sobre publicidad política electoral para las elecciones a la Presidencia de la República el próximo domingo 27 de mayo.
El Decreto reglamenta la publicidad en cuanto al número de cuñas radiales, avisos en publicaciones escritas, vallas publicitarias o de publicidad visual exterior, perifoneo, fijación de carteles, pasacalles, pancartas, pendones, banderolas y afiches que contengan propaganda electoral y otros elementos de carácter político, a las que tienen derecho los Partidos, Movimientos Políticos y grupos significativos de ciudadanos para las elecciones.
Sedes y bienes públicos
Con respecto a las sedes de candidatos, partidos y movimientos políticos, grupos significativos de ciudadanos, se prohíbe la ubicación en áreas que constituyan espacios públicos, de conformidad con las normas municipales, con fundamento en la Ley 9 de 1989 y las normas que la modifiquen o sustituyan y dentro de un perímetro de cien metros de distancia de la Gobernación del Departamento, Alcaldía Municipal, el Palacio de Justicia, la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General y Departamental, el Concejo Municipal, la Asamblea Departamental, Clínicas, Hospitales y Centros de Salud, Sedes diplomáticas (Consulado, ACNUR entre otras), los Organismos de Seguridad del Estado (Departamento de Policía, Estación de Policía, Ejército, Fuerza Aérea, CTI y Migración Colombia) y los edificios o sedes de Entidades Públicas del Orden Nacional, Departamental o Municipal.
Durante la campaña a elecciones presidenciales, no se podrá autorizar la utilización de inmuebles o bienes muebles de carácter público para actividades proselitistas, ni para facilitar el alojamiento, ni el transporte de electores de candidatos a cargos de elección popular.
Ley Seca y otras medidas
De igual forma, se prohíbe en todo el territorio del Municipio de Yopal, la venta y el consumo de bebidas embriagantes desde las 18:00 horas del día 26 de mayo de 2018 hasta las 06:00 horas del día 28 de mayo de 2018. En caso de incumplimiento de esta disposición se aplicarán las medidas correctivas establecidas en la Ley 1801 de 2016.
Otra medida es la prohibición en el Municipio de Yopal, de la circulación de automotores que transporten trasteos, escombros, material de río, cilindros de gas y madera, a partir de las 18:00 horas del día 26 de mayo de 2018 hasta las 06:00 horas del día 28 de mayo de 2018. En caso de incumplimiento de esta disposición se aplicarán las sanciones establecidas en el artículo 131 literal C del Código Nacional de Tránsito (Ley 769 de 2002 modificada por la Ley 1383 de 2010), el cual establece multa equivalente a quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes e inmovilización del vehículo por transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
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Estos son los nuevos plazos para descuentos en pago del Impuesto Predial en Yopal
En plenaria del Concejo Municipal fue aprobado el Proyecto de Acuerdo No. 005, una medida que amplía los plazos para que los contribuyentes de Yopal accedan a descuentos por pronto pago del impuesto predial, así como a la opción de pago por cuotas sin intereses.
La decisión representa un alivio para los ciudadanos, quienes ahora contarán con más tiempo para ponerse al día con sus obligaciones tributarias y aprovechar los incentivos económicos dispuestos por la alcaldía de Yopal, en cabeza del mandatario Marco Tulio Ruíz.
De acuerdo con lo aprobado, los predios no sujetos a los límites de la ley 44 de 1990 tendrán un descuento del 30% si realizan el pago antes del 31 de mayo de 2026 (este beneficio es aplicable únicamente para quienes cancelaron la vigencia 2025 en octubre del año anterior). posteriormente, podrán acceder a un 20% de descuento antes del 31 de julio y un 10% antes del 30 de septiembre de 2026.
Por su parte, los predios sujetos a los límites legales contarán con un 15% de descuento si pagan antes del 31 de mayo, un 10% antes del 31 de julio y un 5% si cancelan antes del 30 de septiembre del 2026. Además, el acuerdo contempla la ampliación de los plazos para el pago por cuotas sin intereses, una alternativa que busca facilitar el cumplimiento de esta obligación, especialmente para quienes requieren distribuir el valor del impuesto en varios periodos.
Desde la Administración Municipal se destacó que esta medida no solo brinda mayor flexibilidad a los contribuyentes, sino que también contribuye a fortalecer la cultura de pago y el recaudo de recursos que se destinan a la inversión social y al desarrollo de la ciudad.


