CASANARE
Funcionaria de la Secretaría de Salud de Casanare fue agredida por su ex pareja
La Secretaría de Salud de Casanare emitió un Comunicado en el que rechaza todo acto de violencia de género que atente contra la vida e integridad de una persona, e invita a las víctimas a interponer su denuncia ante las autoridades competentes, para que la agresión de la que fueron objeto no quede impune.
La comunicación se generó luego que una funcionaria de esa dependencia, identificada como Belkys Xiomara Colmenares Rodríguez, fuera agredida por su ex pareja Héctor Roselly Gutiérrez el pasado sábado en horas de la noche en su lugar de residencia. Agresión que le generó lesiones que hicieron necesario su traslado al Hospital Regional de la Orinoquia (Yopal), para ser atendida.
Según la mujer, los hechos se generaron luego que Héctor Roselly reclamara ver a su pequeño hijo de 2 años de edad, quien por estos días está con sus abuelos maternos y regresará hoy a Yopal, por lo que el hombre se enfureció e ingresó a su residencia tirándola al piso y golpeándola, causándole una herida en la cabeza y otras contusiones.
La pareja tiene un pequeño hijo de dos (02) años pero por falta de entendimiento decidieron terminar la relación y establecer comunicación solo para los temas relacionados con el menor, pero según la mujer, en los últimos días Héctor Roselly insiste en continuar la relación, lo que habría generado el maltrato. Aseguró la mujer, que este lunes asistirá a Medicina Legal para que se valore médica y legalmente esta situación, y procederá a instaurar las denuncias respectiva ante las autoridades competentes.
COMUNICADO DE LA SECRETARÍA DE SALUD
“En consecuencia, esta Secretaría se solidariza con una de nuestras funcionarias, quien fue víctima de agresiones físicas el sábado anterior, las cuales comprometen su condición de salud.
Esta cartera reitera el llamado a la población casanareña a resolver sus diferencias dentro del marco del respeto, la tolerancia y en escenarios de concertación y diálogo, que les permitan tomar buenas decisiones, de manera consciente, frente a la forma en la que dirimen sus conflictos.
La violencia de género, entendida como “cualquier acción, omisión, conducta o amenaza que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico, económico o patrimonial a las personas, afectaciones a sus familias e impactos a las comunidades”, es considerada una de las principales causas de muerte en el país, y uno de los primeros eventos de Salud Pública que deben contrarrestarse, mediante la puesta en marcha de acciones colectivas y particulares, orientadas por las entidades territoriales.
Los casos de violencia de género se caracterizan en maltrato psicológico, físico, negligencia y abandono, al igual que en violencia sexual. Ésta última forma de violencia está dividida en abuso sexual, acoso sexual, violación, explotación de niños, niñas y adolescentes, trata de personas, mutilación genital femenina, entre otras.
En el marco de sus competencias, la Secretaría de Salud ha realizado procesos de capacitación en los 19 municipios del Departamento, en temas relacionados con protocolos de violencia de género, Rutas Integrales de Atención, primera ayuda psicológica y normatividad vigente, entre ellas la Ley 1257 de 2008 (por la cual se dictan normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres).
Así mismo, la Ley 1146 de 2007 (por medio de la cual se expiden normas para la prevención de la violencia sexual y atención integral de los niños, niñas y adolescentes abusados sexualmente) y la Ley 1761 de 2015 (por la cual se crea el tipo penal de feminicidio como delito autónomo y se dictan otras disposiciones), para prevenir y mitigar la ocurrencia de este evento, que afecta tanto a hombres como mujeres; así como para orientar a las víctimas frente a las acciones a seguir a la hora de interponer sus denuncias.
Dentro de los factores de riesgo que pueden desencadenar casos de violencia de género se destacan: la vivencia de violencia doméstica en la familia, bajo nivel cultural y socioeconómico; aislamiento psicológico y social, baja autoestima, sumisión y dependencia, el embarazo; desequilibrio de poder en la pareja, consumo de alcohol o drogas y la cultura patriarcal que fomente desigualdad de sexos.
Algunos de los factores protectores que la ciudadanía debe tener en cuenta para prevenir este evento son: la autoestima y el autoconcepto, el fortalecimiento de lazos familiares y afectivos, independencia laboral y económica, buscar ayuda profesional, establecer asertivos canales de comunicación y conciliación e incentivar la denuncia.
Cabe resaltar que, las denuncias se pueden interponer en las Comisarías de Familia, Inspecciones de Policía, Fiscalía y Personerías Municipales”.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Más de 45 años de prisión para feminicida por crimen ocurrido en Yopal en 2021

El Juzgado Segundo Penal del Circuito de Yopal condenó a 45 años y ocho meses de prisión (550 meses) a Diego Andrés Suárez Daza, hallado culpable del feminicidio agravado de Sonia Rocío Díaz Barrera, de 30 años. Suárez Daza fue capturado en 2024 en Cajicá, a donde había huido e intentaba pasar desapercibido como mecánico.
El fallo, emitido en aplicación de la normativa colombiana sobre violencia de género, busca enviar un mensaje claro sobre la gravedad de estos delitos, como en este caso que causó conmoción en su momento en la capital casanareña.
El crimen ocurrió el 2 de septiembre de 2021 en la residencia de la víctima, ubicada en el barrio Bicentenario de Yopal. Suárez Daza, expareja sentimental de Sonia, ingresó al domicilio y la atacó con un arma blanca, causándole heridas mortales en el cuello. El cuerpo fue hallado por familiares que, alarmados por su ausencia en su local del Terminal de Transportes, acudieron a buscarla.
En el momento del ataque, Sonia se encontraba en casa con su hija de tres años, quien dormía en otra habitación. La violencia del hecho y la presencia de la menor en el lugar conmovieron profundamente a la comunidad yopaleña, que desde entonces ha exigido justicia por este brutal crimen, llegando incluso a realizar un plantón frente a la sede de la Fiscalía.
La investigación reveló que la víctima había denunciado amenazas previas y enfrentaba un conflicto por la fijación de la cuota alimentaria de la niña. Estos antecedentes fueron considerados por el juez como agravantes en el contexto de violencia intrafamiliar y de género.
Con esta condena, las autoridades reafirman su compromiso de sancionar con severidad los feminicidios y proteger los derechos de las mujeres, especialmente en contextos donde persiste la violencia ejercida por exparejas o personas cercanas.
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Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Condenan a 44 años de prisión a feminicida por hechos ocurridos en Maní

El Juzgado Tercero Penal del Circuito de Yopal condenó a 44 años de prisión (528 meses) a Kilver Alfonso Mariño Ávila por el feminicidio de su expareja, Mildre Carolina Rojas, ocurrido el 5 de noviembre de 2024 en el municipio de Maní.
La decisión judicial, que fue apelada por la defensa del condenado, se dio tras comprobar que el hombre atacó brutalmente a la mujer con un arma blanca en un establecimiento público, como fue de amplio conocimiento.
Según el relato de los hechos, la víctima, de 38 años, fue abordada por Mariño Ávila mientras trabajaba, y en medio de una discusión por el uso de una motocicleta, el agresor la persiguió y le causó una herida mortal en el abdomen. Aunque varios ciudadanos intentaron auxiliarla, la gravedad de la lesión le provocó la muerte minutos después.
Mariño Ávila huyó del lugar tras cometer el crimen, pero fue capturado esa misma noche gracias a la oportuna reacción de la Policía y la colaboración de la comunidad. La víctima había denunciado previamente amenazas por parte del agresor.
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Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
JEP imputa tortura y tratos inhumanos a seis militares por ‘falsos positivos’ en Casanare

Tras analizar 17 hechos de asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como falsas bajas en combate por agentes del Estado, en los que se documentaron actos de violencia física y psicológica contra 26 víctimas antes de su asesinato, la Sala de Reconocimiento de Verdad de la JEP imputó los delitos de tortura y de tratos inhumanos y degradantes a seis comparecientes, exintegrantes del Ejército Nacional, por hechos ocurridos en Casanare.
Las nuevas imputaciones fueron formuladas contra Wilson Salvador Burgos Jiménez, Marco Fabián García Céspedes, Jhon Alexander Suancha Florián, Wilfrido Domínguez Márquez y Miguel Andrés Sierra García, quienes ya habían sido determinados como máximos responsables, así como contra Zamir Humberto Casallas Valderrama, definido como partícipe no determinante y también llamado a reconocer responsabilidad. Todos pertenecieron a la XVI Brigada del Ejército Nacional.
La decisión se adoptó tras contrastar la información obtenida en las versiones voluntarias, las pruebas recolectadas en los procesos adelantados en la jurisdicción ordinaria y las observaciones presentadas por víctimas y el Ministerio Público, con el fin de dar respuesta a la solicitud de esclarecer el trato bridado a las víctimas antes de ser asesinadas. La magistratura concluyó que varios de estos actos constituyeron tortura contra persona protegida, una conducta tipificada tanto en el Código Penal colombiano como en el Derecho Internacional Humanitario y el Derecho Penal Internacional.
Hubo tortura antes de asesinarlos
En el análisis de estos 17 hechos, en los que fueron asesinadas 26 personas, la JEP evidenció que las víctimas fueron engañadas, sometidas o trasladadas en condiciones que incrementaron su vulnerabilidad. Estas prácticas tenían como propósito facilitar su posterior asesinato y presentación como bajas en combate.
Esta nueva calificación jurídica profundiza lo establecido por la sala en el Auto de Determinación de Hechos y Conductas proferido en el Subcaso Casanare del Caso 03, en 2022, que investiga asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como falsas bajas en combate por agentes del Estado en ese departamento. En dicha decisión, la JEP determinó la existencia de un patrón criminal sistemático por parte de la XVI Brigada del Ejército Nacional, que habría involucrado a más de 296 víctimas directas entre 2005 y 2008 en Casanare.
Como parte del proceso ante la Justicia Transicional Restaurativa, la Sala de Reconocimiento de Verdad trasladó algunos de los hechos investigados a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, con el fin de que continúe la indagación sobre los pormenores del trato recibido por las víctimas antes de su muerte, en relación con comparecientes que participaron directamente en los hechos, pero cuya situación jurídica fue remitida a esa instancia de la JEP porque no fueron seleccionados como máximos responsables.
Asimismo, la Sala de Reconocimiento envió al Subcaso Costa Caribe II información sobre hechos cometidos por el compareciente Juan Pablo Gutiérrez Jaramillo cuando estuvo en la Brigada XVI en el departamento de Casanare, para que también sean tenidos en cuenta en dicha investigación, en la que fue imputado como máximo responsable, en calidad de coautor de los delitos de homicidio en persona protegida y desaparición forzada.
Los seis comparecientes llamados a reconocer su responsabilidad por actos de tortura y tratos crueles, inhumanos y degradantes en Casanare tienen 15 días hábiles para informar a la Sala de Reconocimiento de Verdad si aceptan o no los nuevos cargos imputados por la JEP. En ese mismo término, podrán pronunciarse, aportar pruebas y referirse a los hechos, las conductas y su eventual participación individual en ellos.
Fuente: Comunicaciones JEP
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