Connect with us

META

Ordenan remover 6 miembros de la junta directiva de la Cámara de Comercio de Villavicencio

Published

on

La Superintendencia de Industria y Comercio ordenó la remoción de 6 miembros de la junta directiva y 3 miembros del comité de afiliación de la Cámara de Comercio de Villavicencio (CCV), al encontrar serias deficiencias en el manejo administrativo de la entidad, denunciadas por comerciantes y empresarios.

Los miembros de la Junta Directiva que fueron investigados y a los que se les ordena la remoción de sus cargos son:

  • CARLOS ALBERTO LOTERO PRADA.
  • W Soluciones W SOLUCIONES INTEGRALES S.A.S., representada para el momento de los hechos investigados por HERIN CAMILA LÓPEZ RINCÓN.
  • COLOMBIANA DE CONTRATOS Y SUMINISTROS S.A.S., representada para el momento de los hechos por LUIS RODOLFO HERRERA SANTIAGO
  • MADGA YANETH ESQUIVEL NIETO.
  • JUAN DIEGO GARZÓN DÍAZ
  • NANCY MEJÍA LADINO.

Los miembros del Comité de Afiliación que fueron investigados y a los que se les ordena la remoción de sus cargos son:

  • MARLY PAOLA TRUJILLO RIVEROS, representante legal suplente y Directora Administrativa y Financiera de la CCV.
  • DIANA CAROLINA CAMACHO URREA, Directora Jurídica, de Conciliación y Arbitraje de la CCV.
  • DÉBORA MURILLO RINCÓN, Directora de Registros Públicos de la CCV.

La actuación de la Superintendencia de Industria y Comercio inició con ocasión de múltiples quejas por parte de comerciantes de la región y de los demás directivos de la Cámara de Comercio de Villavicencio, estos fueron algunos de los hallazgos de la investigación:

Sobre la Cámara de Comercio de Villavicencio

  • La CCV incurrió en una serie de irregularidades que generaron una crisis sostenida durante el periodo comprendido entre el año 2010 y el primer semestre de 2019. Entre las irregularidades demostradas se encuentra el incumplimiento de las normas sobre planeación presupuestal, el manejo irregular del endeudamiento, la formación innecesaria de nóminas paralelas que incrementaron de manera exagerada los gastos de la CCV, la existencia de casos reiterados de fraude electoral, la influencia de exdirectivos que habían sido removidos por la Superindustria y la existencia de irregularidades en la gestión contractual para favorecer a algunos contratistas que tenían vínculos con directivos y funcionarios de la CCV.
  • La situación de la CCV mejoró de manera significativa a partir del segundo semestre de 2019 como resultado de dos factores: en primer lugar, las actividades de vigilancia y control que desarrolló la Superintendencia de Industria y Comercio; en segundo lugar, la gestión que adelantó el Presidente Ejecutivo de la CCV que fue nombrado el 31 de julio de 2019. No obstante, la situación crítica de la Cámara no está completamente superada debido a que la entidad está en riesgo de que una administración deficiente promueva la reincidencia en las prácticas que determinaron la profunda situación crítica que padeció durante aproximadamente una década. La superación definitiva de la crisis depende de que la administración de la entidad actúe de manera técnica, diligente y orientada al cumplimiento de las funciones de la entidad.
  • En consecuencia, la Superintendencia de Industria y Comercio no ordenó el cierre ni la suspensión de la CCV, pues se trata de una entidad viable que está en condiciones de operar y cumplir adecuadamente sus funciones. Sin embargo, con el fin de promover que la administración de la entidad tenga las calidades indispensables para la superación definitiva de la crisis, la Superintendencia ordenó la implementación de un sistema de vigilancia y control estricto en la CCV.

Sobre los 6 miembros de la Junta Directiva de la CCV

  • Los miembros de la Junta Directiva que fueron investigados, con excepción de MADGA YANETH ESQUIVEL NIETO y JUAN DIEGO GARZÓN DÍAZ, incurrieron en prácticas ilegales de coadministración que afectaron la buena marcha de la entidad. Algunas de esas prácticas consistieron en participar directamente en la contratación del personal de la CCV, favorecer a proponentes en el marco de los procesos de selección de la entidad e intervenir de manera activa en la dirección de las diversas áreas de la CCV. Esos comportamientos de coadministración comprometieron la gestión de la CCV y fueron desarrollados en beneficio exclusivo de los directivos investigados.
  • De otra parte, los 6 directivos investigados incumplieron sus deberes especiales al determinar la remoción del Presidente Ejecutivo que había promovido la recuperación de la CCV desde el segundo semestre de 2019. Ese comportamiento fue ilegal porque los directivos removieron al funcionario para lograr que se mantuvieran las prácticas administrativas que provocaron la crisis de la CCV, que resultaban favorables para los intereses particulares de los directivos investigados. Además, esos directivos adoptaron la decisión de manera improvisada, sin identificar los riesgos asociados a ella y sin adoptar medida alguna para precaver la materialización de esos riesgos.
  • Por lo anterior, la Superindustria concluyó que los 6 directivos investigados incumplieron los deberes a su cargo y afectaron la buena marcha de la CCV. En consecuencia, ordenó la remoción de todos los directivos investigados.

Sobre los tres funcionarios del Comité de Afiliación

  • Los miembros del Comité de Afiliación de la CCV incumplieron su deber de promover la desafiliación de algunos directivos que no reunían las condiciones para conservar esa calidad. Así, al no cumplir los requisitos para ser afiliados, esos directivos tampoco estaban autorizados para mantener su condición de miembros de la Junta Directiva de la Entidad.
  • A pesar de que la Superintendencia de Industria y Comercio requirió a los miembros del Comité de Afiliación de la CCV para que cumplieran su deber y, además, les entregó el material probatorio necesario para el efecto, los miembros de ese comité se negaron a realizar el procedimiento de desafiliación para remover a los directivos que no cumplían las condiciones para mantener su calidad. Los miembros del Comité de Afiliación actuaron de esa manera para favorecer a los directivos en cuestión y garantizar que se mantuvieran en la Junta Directiva de la CCV para cometer las irregularidades que motivaron su remoción.
  • Teniendo en cuenta lo anterior, la Superindustria concluyó que los 3 funcionarios del Comité de Afiliación de la CCV incumplieron los deberes a su cargo y afectaron la buena marcha de la entidad. En consecuencia, ordenó la remoción de los 3 funcionarios investigados.
  • Finalmente, la Superintendencia de Industria y Comercio, en ejercicio de sus facultades de vigilancia y control, le ordenó a la Junta Directiva de la CCV que no realice el nombramiento de un Presidente Ejecutivo hasta que quede en firme la decisión de remover a los directivos y funcionarios investigados. El propósito de la orden es impedir una práctica recurrente en la Cámara de Comercio de Villavicencio: que los directivos desvinculados por incumplir sus deberes promuevan la vinculación de personas que representarán sus intereses y que permitan que se continúe con prácticas ilegales perjudiciales para el ente cameral.

Contra esta decisión procede el recurso de reposición.

Fuente: Superintendencia de Industria y Comercio

META

Ordenan compensar a una mujer que por el conflicto debió abandonar un predio en Puerto Gaitán

Published

on

By

El Tribunal Superior de Bogotá ordenó la restitución mediante compensación del predio rural ‘La Cristalina’, ubicado en la inspección del mismo nombre en el municipio de Puerto Gaitán (Meta), en favor de una adulta mayor, cabeza de hogar y víctima del conflicto armado.

El predio, con  una extensión de 999 hectáreas, fue adjudicado a la mujer en 1996 mediante resolución del antiguo INCORA, tras haberlo explotado económicamente desde 1975 junto a su compañero. Pero en 1998, ella fue desplazada en medio de los enfrentamientos entre las Farc y los paramilitares, lo que dio paso a una ocupación progresiva del terreno por parte de terceros.

Con el paso  del tiempo, la mujer presentó la solicitud ante la Unidad de Restitución de Tierras (URT), entidad que en efecto llevó el caso ante la justicia especializada, que a su vez emitió sentencia. El fallo establece que la mujer debe ser compensada, y se ordena al Municipio de Puerto Gaitán comprar el inmueble conforme a un avalúo comercial, debido a que parte del predio fue urbanizado, intervenido institucionalmente o está ocupado por familias con buena fe exenta de culpa.

Petrolera pagó servidumbres irregulares en ese terreno

Además, el Tribunal reconoce la participación de la empresa petrolera HOCOL S.A., que durante años realizó inversiones dentro del predio sin consentimiento de la propietaria legítima. Estas incluyeron obras de infraestructura social como centros de salud, andenes, guarderías y apoyo agrícola, así como pagos irregulares a ocupantes no legitimados por concepto de servidumbres petroleras.

El fallo reitera que HOCOL deberá evitar el enriquecimiento injustificado, preservando solo las servidumbres legalmente constituidas y sin vulnerar los derechos restituidos. También se reconoce el derecho de otros solicitantes sobre los predios ‘La Orquídea’ y ‘Casa Caserío’, tras comprobar su condición de víctimas.

El director territorial de la URT en Meta, Robert Gabriel Barreto Lara, recalcó: “este fallo es un precedente en la protección de los derechos territoriales de las víctimas del conflicto, en escenarios de alta complejidad social, institucional y empresarial”.

Fuente: Comunicaciones Restitución de Tierras

Continue Reading

META

“Llanero Hasta En La Placa”, la estrategia que promueve matrícular los carros en el Meta

Published

on

By

En el marco de la estrategia “Orgullo Llanero, Agenda en Territorio”, se dio a conocer la campaña “Llanero Hasta En La Placa”, que busca incrementar, de manera significativa, la matrícula de placas en los organismos de tránsito del Meta.

La estrategia invita a propietarios de vehículos que tienen placas foráneas, es decir, que están registradas en otras ciudades, a que la trasladen a cualquiera de los organismos de tránsito que funcionan en el departamento: Restrepo, Puerto López, Guamal, Villavicencio, Acacías o Granada.

César Charry Castellanos, gerente de Rentas, recordó que se crearon nuevos beneficios en el estatuto de rentas, que son descuentos del 60, 40 y 30%, durante tres años seguidos.

Para los vehículos nuevos, adicionalmente, se da el 60% en la matrícula.

Estos descuentos en el impuesto vehicular se suman a los beneficios por pronto pago que aplican entre enero y junio y que van entre el 15 y 5% de descuento.

Fuente: Gobernación del Meta

Continue Reading

META

En Villavicencio, tenía casa por cárcel pero salió a la calle para participar en un homicidio

Published

on

By

Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento en centro carcelario contra Henry Alberto Zapata Barraza,presunto responsable del asesinato de un hombre en vía pública de Villavicencio (Meta), elpasado 7 de enero.

Un fiscal de la Seccional Meta le imputó los delitos de homicidio agravado; y fabricación,tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones. Los cargos nofueron aceptados por el procesado.

De acuerdo con la investigación, el día de los hechos, la víctima iba caminando con sucompañera sentimental, cuando fueron interceptados por dos hombres que se movilizabanen una motocicleta, desde la cual, al parecer, Zapata Barraza le disparó al hombre en variasocasiones.

La víctima fue trasladada al hospital departamental, donde perdió la vida por la gravedadde las heridas.
Servidores de la Policía Nacional hicieron efectiva la orden de captura contra este hombre,en el barrio Buque de Villavicencio.

Se conoció también, que el día del crimen el hoy imputado se encontraba con detencióndomiciliaria, por otro proceso.

Fuente: El Diario del Llano

Continue Reading
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement

Lo Mas Leido