CASANARE
Ni con fallo de tutela Cafesalud EPS remite niño de tres años que requiere atención médica especializada
Los padres de un menor de escasos tres años de edad que desde hace más de diez días requiere el traslado a un Hospital de Tercer Nivel para que se le practiquen exámenes especializados, denunciaron que ni con un fallo de Tutela la EPS Cafesalud a cumplido con la orden.
El menor permanece interno en el Hospital de Yopal donde los galenos le han practicado todos los exámenes posibles en ese Centro Asistencial, pero se requiere su traslado inmediato a un Centro de mayor complejidad donde se le pueda practicar un examen que pueda descartar o confirmar una posible patología de Leucemia Linfocítica Aguda, toda vez que, al parecer, presenta un tumor maligno en el abdomen.
El Juzgado Primero de Familia falló desde el pasado 30 de noviembre una Acción de Tutela a la que recurrió la angustiada madre de familia para reclamar atención para su pequeño hijo, donde ordenó la remisión inmediata del paciente en los términos ordenados por el médico tratante a una Institución de tercer nivel de complejidad, pero ni así ha sido posible que Cafesalud cumpla lo ordenado por el Juez, por lo que a través de la Personería de Yopal se inició lo pertinente para que se declare el desacato al fallo judicial por parte de la mencionada EPS.
Los angustiados padres de este menor de edad reclaman a Cafesalud EPS la pronta remisión de su hijo al Centro de tercer nivel para que allí se le practiquen los exámenes necesarios y se pueda continuar con su tratamiento, teniendo en cuenta que cada día que pasa la vida del niño está en permanente riesgo.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Secretaría de Educación de Yopal alerta sobre validez de estudios no presenciales
La Secretaría de Educación de Yopal informa a la ciudadanía sobre múltiples solicitudes y quejas de padres de familia. Estas están relacionadas con dificultades para matricular a sus hijos debido a inconsistencias en la validez de estudios cursados previamente en modalidades no presenciales o “homeschooling”.
Se ha evidenciado que algunos estudiantes provienen de instituciones que ofrecen educación virtual o homeschooling sin la licencia de funcionamiento reconocida por el Ministerio de Educación Nacional. Esta situación impide la homologación, validación o reconocimiento oficial de los grados cursados, conforme a la normativa vigente.
La secretaría recuerda que en Colombia, la educación formal debe ser impartida por establecimientos educativos debidamente autorizados, con licencia de funcionamiento expedida por el Ministerio de Educación y registro en el Directorio Único de Establecimientos Educativos (DUE). Las instituciones sin este reconocimiento no pueden emitir certificaciones válidas.
Además, se han identificado casos de estudiantes con estudios en el exterior que realizaron supuestas “validaciones” en instituciones no facultadas legalmente, afectando la continuidad académica. La presentación de Pruebas Saber 11° (ICFES) y los procesos de validación de bachillerato están regulados por el Estado y requieren autorización oficial.
Por lo anterior, se hace un llamado preventivo a padres y acudientes para que verifiquen que la institución educativa cuente con licencia de funcionamiento vigente, esté registrada oficialmente ante el Ministerio de Educación y tenga reconocimiento para la prestación del servicio educativo formal. La secretaría reitera su compromiso con el derecho a la educación y la orientación familiar.
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