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Fiscalía reveló vínculo del ELN con atentado a Escuela de Cadetes

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La investigación por el atentado a la Escuela de Cadetes Francisco de Paula Santander fue priorizada y apoyada por un equipo de fiscales especializados y grupos de policía judicial de la Dijin de la Policía Nacional.

Como parte de este trabajo, se avanzó, de manera reservada y determinante, en la recopilación de evidencias y material probatorio para identificar y ubicar a los responsables de la acción terroristas que dejó 22 cadetes muertos y 89 personas heridas.

De esta manera, se logró la captura de ocho personas que participaron en la financiación, planeación y ejecución del atentado ocurrido el 17 de enero de 2019; al tiempo que se impactó el patrimonio ilícito que abastecía de recursos al ELN para realizar ataques como el de la escuela de cadetes, y se ocuparon nueve bienes entre inmuebles, sociedades, establecimientos de comercio y vehículos.

Los capturados son:
• Andrés Felipe Oviedo Espinel, alias Jesús, quien habría recibido órdenes directas del Comando Central del ELN (COCE), para planificar las actividades criminales que condujeron al ataque en la escuela de policía.


• Carlos Arturo Marín Ríos, alias Marín. Es señalado de escoltar en motocicleta la camioneta que fue usada en el atentado.


• Angie Lorena Solano Cortés, alias Maco. Hay diferente evidencia que también la involucra en el acompañamiento en motocicleta del vehículo bomba activado.


• Miguel Antonio Castillo Rodríguez, alias Toño, propietario de dos empresas de producción y distribución de quesos ubicadas en Arauca y Bogotá, que habrían servido para financiar la acción criminal. Esta persona es investigada por servir de testaferro y legalizar dineros producto de extorsiones y secuestros en Arauca y Cundinamarca.


• Anyi Daniela Martínez Buitrago, alias Dani. El material probatorio indica que, entre 2011 a 2019, habría recibido altas sumas de dinero de las que se desconoce su origen, y las consignó a dos cuentas de la red del ELN vinculada al atentado. Las transferencias ascendieron a 1.500 millones de pesos. Alias Dani era empleada del establecimiento de lácteos el Arauqueño, cuyo propietario es Álvaro José Mateus Vargas, alias El Quesero, procesado por el atentado (Sin foto).

• Jessica Catherine Barrientos, alias Jessica, integrante de comisión de finanzas del Frente de Guerra Oriental del ELN.


• Carlos Felipe Mateus Vargas, alias Carlitos; y Luis Sebastián Mateus Vargas, alias Sebas, hermanos de alias El Quesero, y responsables de actividades de lavado de activos. Contra alias Sebas se han realizado procedimientos en los que se incautaron prendas de uso privativo de las Fuerzas Militares camufladas en vehículos transportadores de queso. Adicionalmente, ha sido detenido por contrabando. (Sin foto)

Los capturados deberán responder por delitos contra las personas y los bienes protegidos por el Derecho Internacional Humanitario, como:

• Homicidio en persona protegida en concurso homogéneo (pena de 40 a 50 años), por la muerte de los 22 cadetes.
• Tentativa de homicidio en persona protegida en concurso homogéneo, por los 89 heridos que dejó el ataque.

Asimismo, se les formularán cargos por:
• Actos de terrorismo (pena de 20 a 37 años).
• Financiamiento al terrorismo (pena 13 a 22 años).
• Lavado de activos (pena de 10 a 30 años).
• Enriquecimiento ilícito (pena de 8 a 15 meses).
• Rebelión (pena de 8 a 13 años).

Adicionalmente, se formulará nueva imputación contra Álvaro José Mateus Vargas, alias El Quesero, por los delitos de homicidio en persona protegida y actos de terrorismo. Este hombre, capturado en mayo de 2019, fue condenado a finales del año pasado por un juez de Yopal (Casanare) a más de ocho años de prisión por los delitos de rebelión, concierto para delinquir agravado, y financiación del terrorismo y de grupos de delincuencia organizada.
Afectación al patrimonio del ELN

 

El rastreo realizado por peritos contables de la Fiscalía General de la Nación y las evidencias recopiladas por investigadores de la Dijin de la Policía Nacional permitieron identificar las bases financieras del denominado Frente de Guerra Oriental del ELN que abasteció de recursos, armas, explosivos, prendas de uso oficial y droga a las milicias urbanas y a diferentes estructuras ilegales en Arauca y zona de frontera con Venezuela.

En ese sentido, hoy se están afectando nueve (9) bienes con fines de extinción de dominio y se puso fin a una actividad comercial de venta de lácteos que habrían servido para las actividades de inteligencia y adquisición de medios logísticos para realizar el atentado a la Escuela General Santander.

Las diligencias se adelantaron en Bogotá, Zipaquirá (Cundinamarca), Manizales (Caldas); y en el corregimiento La Esmeralda, en Arauquita (Arauca). Las propiedades afectadas son:

• Sociedad Inversiones y Comercializadora Aldama S.A.S., registrada como una empresa dedicada a la distribución de productos lácteos.
• Cuatro establecimientos de comercio: Lácteos Villa Yulita, Quesera Los Andes, Distriquesos F.F y Lácteos Villa Esperanza.
• Cuatro vehículos.

El valor de los bienes asciende a 2 mil millones de pesos. De acuerdo con el material de prueba, la empresa de razón social Quesera Los Andes, ubicada en el barrio El Carmen (Bogotá), fue utilizada para acondicionar el vehículo que explotó en la escuela de cadetes.

Además se lograron establecer transacciones financieras por más de $ 2.200 millones de pesos, las cuales no cuentan con soportes contables. Asimismo, figura la omisión de declaración de impuestos ante la DIAN por un valor de $100 millones de pesos.

Fuente: Fiscalía General de la Nación

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¿Sabe qué es el SIUCE? ¿Qué tiene que ver con la convivencia escolar de los colegios?

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siuce

En Colombia, existe el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar (SIUCE), una plataforma del Ministerio de Educación Nacional que permite a las instituciones educativas tanto públicas como privadas reportar, gestionar y hacer seguimiento a las situaciones que ponen en riesgo la convivencia y los derechos de niños, niñas y adolescentes en los entornos escolares.

En este sistema de registro se pueden documentar casos relacionados con: acoso y violencia escolar, embarazo en adolescentes, consumo de sustancias psicoactivas, y vulneración de derechos sexuales y reproductivos. Esta herramienta busca generar información confiable para apoyar la toma de decisiones que contribuyan a construir políticas públicas, ambientes escolares seguros, respetuosos y protectores, así como permite dejar en sus seguimientos la trazabilidad de las rutas y protocolos de atención a las situaciones que impactan el clima escolar.

¿Quiénes pueden hacer los registros en el SIUCE?

El uso del SIUCE es una responsabilidad que está a cargo de:

  • Los directivos docentes (rectores y directores): quienes deben liderar el reporte de casos, realizar seguimiento y garantizar el cumplimiento de la Ruta de Atención Integral de Convivencia Escolar.
  • Los docentes: quienes pueden apoyar a identificar, reportar y acompañar las situaciones que afecten la convivencia escolar de acuerdo con las rutas y protocolos contextualizados a su Establecimiento Educativo.
  • Los docentes orientadores escolares: quienes apoyan el proceso de acompañamiento, remisión y seguimiento de los casos.

Cada usuario puede ingresar a hacer el reporte en: http://siuce.mineducacion.gov.co/siuce-angular2/. Según datos del SIUCE, desde 2020 y hasta junio de este año se han registrado 13.429 casos relacionados con acoso escolar, ciberacoso y agresión escolar.

¿Cómo se usa el SIUCE?

Cada establecimiento educativo debe ingresar con el usuario proporcionados por parte del Ministerio de Educación Nacional (si no se cuenta con este, puede realizar la solicitud mediante el sistema de atención al ciudadano) y para la contraseña debe seguir los pasos que están relacionados en el video que encuentra en este enlace.

Para el registro de las situaciones se debe describir detalladamente el caso, incluyendo los nombres, documentos, lugar de ocurrencia y hechos. Asimismo, a través del sistema se deben dejar consignados los seguimientos del abordaje de la situación por parte de los establecimientos educativos, Policía Nacional (situaciones tipo III) y el ICBF (situaciones tipo II que ameriten medidas de restablecimiento de derechos). El sistema permite documentar las acciones finales y dar cierre a las situaciones, siempre que se haya hecho el seguimiento correspondiente.

En el siguiente enlace pueden consultar videos tutoriales para el registro de situaciones: Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar – SIUCE- | Ministerio de Educación Nacional

¿Qué pasa con los casos registrados?

Los casos reportados en el SIUCE permiten de manera sistematizada dejar incorporada la información de cómo se realizó el abordaje de la situación dando cuenta de los protocolos de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, así como posibilita hacer seguimiento a los compromisos, prácticas restaurativas y estrategias de prevención para la no repetición de situaciones que afectan a los niños, niñas y adolescentes.

El SIUCE también genera reportes para que cada una de las instancias: Comité escolar de Convivencia, Comités territoriales y el Comité Nacional puedan establecer estrategias, programas, políticas y acciones acorde a las realidades de lo que sucede en los entornos escolares para ello es fundamental el análisis de la información, establecer indicadores y planes de acción acordes a la lectura realizada de cada contexto.

Fuente: Comunicaciones MinEducación

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¿Padece enfermedades alérgicas?, siga estas recomendaciones sobre la vacuna de la fiebre amarilla

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vacuna fiebre amarilla

En respuesta a la temporada vacacional de mitad de año y el incremento de viajeros hacia zonas endémicas, la Asociación Colombiana de Alergia, Asma e Inmunología (ACAAI) emitió unas recomendaciones sobre la vacunación contra la fiebre amarilla en personas con condiciones alérgicas e inmunológicas, con el objetivo de proteger la salud pública sin generar confusión o temor entre pacientes sensibles.

La fiebre amarilla es una enfermedad viral grave transmitida por mosquitos, y la vacuna es altamente efectiva; sin embargo, existen dudas frecuentes entre quienes tienen condiciones como asma, rinitis, alergias alimentarias o están bajo tratamientos inmunológicos. Por ello, desde la agremiación se emiten una serie de orientaciones dirigidas a estos pacientes:

· Personas con rinitis, asma o dermatitis pueden vacunarse sin precauciones adicionales.

· Pacientes con alergia al huevo o antecedentes de anafilaxia deben consultar con un alergólogo para una evaluación personalizada.

· Quienes reciben tratamientos inmunosupresores o biológicos deben coordinar con su médico posibles pausas o alternativas antes de vacunarse.

· La vacuna no está recomendada para personas con inmunodeficiencias graves sin valoración previa.

· Pacientes tratados con anticuerpos monoclonales (Mepolizumab, Dupilumab, omalizumab o Benralizumab) pueden ser vacunadas contra la fiebre amarilla si dichos medicamentos se utilizan para enfermedades como asma, urticaria o dermatitis atópica, y no existen otras condiciones que afecten el sistema inmune. No es necesario suspender estos tratamientos.

· La administración de la vacuna contra la fiebre amarilla está contraindicada de manera simultánea con medicamentos como Abrocitinib, Baricitinib o Upadacitinib. Por esta razón, es imprescindible que el paciente defina con su médico tratante la estrategia adecuada que le permita recibir la vacuna de forma segura, ya sea mediante la suspensión temporal del tratamiento o por otras alternativas que se consideren clínicamente apropiadas.

Desde la agremiación advierten que es bueno consultar en este tipo de patologías con el médico tratante e insisten en no suspender tratamientos ni asumir decisiones sin acompañamiento médico.

Esta orientación llega en un momento clave, cuando muchas personas viajan a zonas tropicales y se preparan para temporadas vacacionales. La entidad invita a consultar siempre con el personal médico, especialmente si se está bajo tratamientos como metotrexato, inmunoterapia, anticuerpos monoclonales o inhibidores de JAK.

En todos los casos mencionados, se sugiere un intervalo de tres días entre la aplicación de la vacuna de fiebre amarilla y otros tratamientos inmunológicos, con el objetivo de minimizar molestias o efectos secundarios.

ACAAI, recomienda ante cualquier duda, que es fundamental consultar con el profesional de salud tratante para una evaluación personalizada.

Fuente: Comunicaciones ACAAI

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Gobierno exige que entidades garanticen inclusión y accesibilidad de personas con discapacidad

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acceso personas discapacidad

Función Pública instó a todas las entidades del sector público, tanto del orden nacional como territorial, a cumplir con los lineamientos de inclusión, accesibilidad y ajustes razonables para personas con discapacidad.

En la Circular Externa No. 10-005 de 2025 la entidad señaló que las instituciones públicas deben designar un líder o grupo responsable de acciones concretas articulares en materia de inclusión, adaptando entornos y digitales, capacitando al talento físico humano y eliminando barreras que impiden el acceso pleno a servicios, información y oportunidades laborales.

En la circular se reitera que los sitios web, documentos y plataformas institucionales deben cumplir con los estándares internacionales de accesibilidad e incorporar herramientas como navegación por teclado, textos alternativos, subtítulos, lengua de señas, formatos en braille y contraste visual adecuados.

Garantizar rampas, señalización y demás

De igual forma, en los espacios presenciales se deben garantizar rampas, señalización universal, baños accesibles, parqueaderos reservados e intérpretes cuando se requiera.

Asimismo, se exige que las entidades realicen los ajustes razonables necesarios para garantizar el ingreso, permanencia y productividad de personas con discapacidad en el entorno laboral, con el acompañamiento del Instituto Nacional Para Ciegos (INCI), el Instituto Nacional Para Sordos (INSOR) y el Sistema Nacional de Discapacidad (SND).

El Departamento Administrativo de la Función Pública brindará apoyo técnico a las entidades que lo soliciten, pero señaló que estas son las responsables directas del cumplimiento de lo establecido en la Circular.

Fuente: Comunicaciones DAFP

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