CASANARE
En Casanare prohíben circulación de vehículos y personas
El gobernador de Casanare, Salomón Sanabria Chacón, adoptó medidas transitorias para garantizar el orden público en el Departamento, tras la declaratoria de emergencia sanitaria, efectuada mediante Decreto 109 de 2020.
En consecuencia, se restringe transitoriamente la movilidad de vehículos y personas que se encuentren en la jurisdicción del departamento, durante el periodo comprendido entre el domingo 22 de marzo a las 8 de la noche hasta el martes 24 de marzo hasta las 23:59 horas; exceptuando las personas y vehículos indispensables para la realización de las siguientes actividades:
– Abastecimiento y adquisición de alimentos, productos farmacéuticos de salud y de primera necesidad. Para su adquisición podrá desplazarse una persona por cada núcleo familiar.
– Prestación de los servicios administrativos, operativos o profesionales de los servicios públicos y privados de salud.
– Cuidado institucional o domiciliario de personas mayores, menores de 18 años, dependientes, enfermos, con discapacidad o específicamente vulnerables.
– Orden público, seguridad y atención sanitaria.
-La prestación de servicios públicos en todo el Departamento.
-Atender asuntos de fuerza mayor o extrema necesidad, circunstancias que deberán ser acreditadas en caso que la autoridad así lo requiera.
Para el cumplimento de esta disposición, sólo se permitirá la circulación de las personas y vehículos que se desempeñen o sean indispensables para prestar o recibir los siguientes servicios y labores:
-Atención y emergencias mediadas y aquellos destinados a la atención domiciliaria de pacientes, siempre y cuando cuenten con plena identificación de la institución prestadora de servicios a la cual pertenecen.
-Abastecimiento y distribución de gasolina.
-Servicios de ambulancias, sanitario, atención prehospitalaria, la distribución de medicamentos a domicilio, farmacias y emergencias veterinarias.
-Realizar el abastecimiento, producción, distribución, cargue y descargue y elementos de primera necesidad, productos de aseo, alimentos preparados, suministros médicos y agua potable, incluidos los asociados a la distribución de raciones del Programa de Alimentación Escolar-PAE.
-Personas que presten sus servicios a empresas plataformas tecnológicas dedicadas a la entrega a domicilio de elementos de primera necesidad, alimentos preparados y productos farmacéuticos, quienes deberán estarán plenamente identificados.
-La prestación de servicios indispensables de operación, mantenimiento de emergencias de servicios públicos domiciliarios: acueducto, alcantarillado, energía, aseo, relleno sanitario, gas natural, alumbrado público y telecomunicaciones (call center, redes y data center).
-La prestación de servicios funerarios exclusivamente durante el tiempo de la prestación del mismo.
-La Fuerza Pública, Organismos de Socorro, Defensoría del Pueblo, Cuerpo de Custodia y Vigilancia Penitenciaria y Fiscalía General de la Nación.
-Servidores públicos y contratistas estatales para el cumplimiento de actividades relacionadas con la declaratoria de la emergencia sanitaria.
Los Terminales de Transporte y sus terminales satélites no prestarán el servicio de despacho de buses ni venta de tiquetes durante el término de duración de las medidas contempladas en este Decreto.
El servicio de los terminales de transporte se limitará al desembarco de pasajeros que lleguen a los municipios.
En los casos en que las autoridades encuentren niñas, niños y adolescentes sin la compañía de sus padres, las personas en quienes recaiga su custodia, durante el tiempo de las disposiciones antes descritas; se aplicará por parte de las autoridades competentes lo dispuesto en los procedimientos de protección contemplados en la Ley de Infancia y Adolescencia y el Código de Policía.
Fuente: Gobernación de Casanare
CASANARE
Expolicía condenado a más de 16 años de cárcel por abusar sexualmente a una menor en Pore
La apelación presentada por la Fiscalía General de la Nación permitió que el Tribunal Superior de Yopal revocara el fallo absolutorio de primera instancia al exintegrante de la Policía Nacional, Didier Augusto Cabrera Díaz, por el delito de acceso carnal abusivo con menor de 14 años agravado y lo condenó a la pena de 16 años y 8 meses de prisión.
La Fiscalía demostró que para enero de 2015, el sargento Cabrera Díaz fungía como subcomandante de la Estación de Policía de Pore, quien estableció contacto con una niña, de 13 años.
A los pocos días este hombre la invitó a salir, la llevó a una cabaña a las afueras del municipio y la accedió carnalmente. Semanas después de lo ocurrido, se conoció que la víctima estaba embarazada.
Este hombre fue condenado a la pena accesoria de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por el mismo tiempo de la pena principal. Además, el Tribunal le negó la suspensión condicional de la pena y la prisión domiciliaria.
Contra esta decisión procede el recurso de casación.
CASANARE
Posesionada nueva Agente Interventora de Capresoca EPS por la Supersalud
El Superintendente Nacional de Salud designó nuevos agentes interventores en las EPS con medida de intervención, entre ellas Capresoca.
La Superintendencia Nacional de Salud busca con esta decisión ser más eficaces, de cara a los requerimientos y demandas de los usuarios y darle cumplimiento a los componentes fundamentales del Plan Nacional de Desarrollo.
Nueva Agente Interventora de Capresoca
En Capesoca EPS fue designada Bety Cecilia Anaya Nieto, Administradora de Empresas, con Especialización en Auditoría en Salud y Maestría en Gerencia Estratégica, con experiencia de 24 años en el cumplimiento de labores del nivel directivo o asesor de entidades del sector salud y/o funciones similares a las del cargo de interventor.
La profesional fue posesionada virtualmente este viernes 14 de noviembre y a está ejerciendo sus funciones, garantizando la continuidad en la prestación del servicio, sin interrupciones ni afectación a los usuarios del Sistema de Salud.
CASANARE
A la cárcel invidente señalado de abusar sexualmente a un niño en Yopal
Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento en centro carcelario contra un hombre invidente, señalado de agredir sexualmente a un vecino de 4 años, en Yopal.
Un fiscal de la Seccional Casanare le imputó el delito de actos sexuales con menor de 14 años. El procesado no aceptó el cargo.
Según la Fiscalía, los hechos ocurrieron en una vivienda del barrio Villa David la tarde del pasado 8 de noviembre, cuando el presunto agresor de 47 años, fue sorprendido por la madre de la víctima, mientras estaba desnudo y acostado con el niño en un chinchorro.
La comunidad informó de inmediato a la policía, quien capturó en flagrancia a este hombre.


