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Con encuentros regionales buscan reglamentar la nueva Ley de Gratuidad en Educación Superior

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En un paso significativo hacia la garantía del acceso a la Educación Superior para todos los ciudadanos, el presidente de la República, Gustavo Petro, sancionó la Ley 2307 de 2023, la cual establece la gratuidad en los Programas de Pregrado en las Instituciones de Educación Superior públicas del país y dicta otras disposiciones fundamentales.

Esta nueva Ley tiene como objetivo promover y fortalecer el derecho fundamental de acceso a la Educación Superior haciendo un reconocimiento gradual y progresivo de la gratuidad en la matrícula de todos los estudiantes de Programas Técnicos Profesionales, Tecnológicos y Profesionales universitarios en las Instituciones públicas.

El Ministerio de Educación Nacional tendrá la responsabilidad de reglamentar los requisitos de acceso y conservación del beneficio de la gratuidad, así como los procesos administrativos de asignación y seguimiento de los recursos destinados por el Gobierno Nacional.

Para asegurar la transparencia y la inclusión de todas las partes interesadas, el Ministerio llevará a cabo encuentros regionales en colaboración con las Instituciones de Educación Superior públicas, estudiantes, Entidades Territoriales y demás actores relevantes para la elaboración del proyecto de reglamentación.

“Para reglamentar la nueva Ley y definir y debatir lo que implica la Política de Gratuidad va a ser importante entonces recibir por parte de las Instituciones de Educación Superior, sus aportes y sugerencias”, indicó la ministra Vergara Figueroa.

Dentro de las novedades que la nueva Ley trae se destacan aspectos, entre otros, como el aumento en la edad de los beneficiarios, quienes ahora podrán superar los 28 años y la posibilidad de que graduados con especializaciones tecnológicas puedan acceder al beneficio.

Además, con el fin de garantizar el sostenimiento de los estudiantes más vulnerables como madres cabeza de familia, grupos étnicos, población con discapacidad y jóvenes de colegios oficiales y rurales, la Ley de Gratuidad permitirá la gestión de programas intersectoriales para el otorgamiento de apoyos económicos. Asimismo, se promoverá la implementación de programas de permanencia diferenciales en las Instituciones para asegurar el éxito académico y profesional de los estudiantes.

Con un enfoque en la equidad y la inclusión, la nueva Ley de Gratuidad iniciará su implementación en el primer semestre de 2024 reforzando la estrategia “Universidad en Tu Territorio”. Esta estrategia, liderada por el Gobierno Nacional, tiene como objetivo facilitar el acceso de 500 mil nuevos estudiantes a la Educación Superior, especialmente de aquellos que han sido históricamente excluidos en las diferentes regiones.

La sanción de esta Ley es un paso crucial hacia la construcción de un país más justo y próspero, donde todos tengan igualdad de oportunidades para acceder a una educación de calidad y así también reafirma el Gobierno Nacional su compromiso con procesos de enseñanza-aprendizaje incluyentes como herramienta fundamental para el desarrollo social y económico del país.

Fuente: Ministerio de Educación

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Ecopetrol libera cerca de 60 millones de barriles diarios de gas natural para garantizar suministro nacional

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El Grupo Ecopetrol continúa adoptado decisiones estratégicas que garanticen el suministro de gas natural en todo el país.

A la asignación adicional de 2,7 Gbtu (millones de barriles diarios) de gas natural para garantizar el suministro de gas natural vehicular en Casanare y Meta, se suma un nuevo anuncio de comercialización del energético.

A partir del 1º de diciembre de 2025 la compañía ofrecerá para la venta entre 46 y 60 Gbtud de sus campos del Piedemonte Llanero. Estas cantidades equivalen aproximadamente al 20% de la demanda residencial, comercial y de gas natural vehicular del país.

La empresa estatal informó que este gas adicional estará disponible desde el 1 de diciembre de 2025 hasta el 31 de mayo de 2026, y se ofrecerá en dos modalidades definidas en la regulación vigente:

– En firme, que garantiza el suministro continuo durante el periodo contratado.

– Con interrupciones, que permite suspender el suministro en caso de limitaciones, según las reglas establecidas.

De acuerdo con Ecopetrol, en la modalidad ‘En firme’ se ofrecerán cantidades que van desde 23 hasta 35 Gbtud para los meses de marzo a mayo de 2026, y serán comercializadas durante el trimestre de negociación que inicia en diciembre de 2025.

Y en la modalidad de ‘Interrumpible’ se ofrecerán cantidades desde 22 hasta 49 Gbtud para los meses de diciembre de 2025 a mayo de 2026, y serán comercializadas mensualmente, teniendo en cuenta las condiciones regulatorias vigentes que señalan que para el trimestre de diciembre a febrero sólo se permite la comercialización de gas bajo la modalidad Interrumpible.

“En Ecopetrol seguimos comprometidos en el abastecimiento de gas natural para todos los colombianos. Gracias a esfuerzos recientes de eficiencia, optimización y sustitución energética en varios de nuestros procesos productivos por energía proveniente de fuentes renovables no convencionales, podemos liberar mayores volúmenes para amentar la oferta de gas provenientes de nuestros campos en el Piedemonte Llanero”, declaró Bayron Triana Arias, Vicepresidente Ejecutivo de Energías para la Transición, de Ecopetrol.

Agregó el directivo que este incremento en la oferta refleja el compromiso de la compañía estatal con el país y con la transición energética. “Así avanzamos hacia un futuro con más energía limpia y más seguridad energética para todos los colombianos, y se contribuye al cumplimiento de los objetivos de descarbonización y las metas de transición energética del Grupo Ecopetrol”, aseguró.

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La JEP no aceptó al exjefe jurídico de la Gobernación de Casanare en gobierno de Raúl Flórez

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La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) rechazó la solicitud de sometimiento presentada por Henry Villarraga Oliveros, exmagistrado del Consejo Superior de la Judicatura, al considerar que no cumplió con el requisito de aportar verdad plena, presentó argumentos exculpatorios y negó la existencia de patrones macrocriminales ampliamente demostrados en su contra.

Según la decisión de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, Villarraga omitió información clave que habría permitido esclarecer su presunto papel en el encubrimiento de graves crímenes del conflicto armado, particularmente en el caso del coronel (r) Robinson González del Río, investigado por ejecuciones extrajudiciales conocidas como “falsos positivos”.

La JEP recordó que contra Villarraga cursan varios procesos penales y disciplinarios por, presuntamente, ofrecer asesoría ilegal al oficial retirado y comprometerse a influir para que uno de sus procesos fuera trasladado a la Justicia Penal Militar, buscando garantizar impunidad frente a crímenes de guerra y de lesa humanidad.

El tribunal especial concluyó que el exmagistrado incumplió las condiciones básicas exigidas para acceder a los beneficios del sistema transicional, pues su aporte se limitó a justificar sus actuaciones con argumentos jurídicos y a cuestionar el trabajo de la Fiscalía General de la Nación, alegando una supuesta “guerra jurídica” contra miembros de la fuerza pública.
Para la Sala, requerir nuevamente al solicitante para que hiciera un aporte de verdad sustancial representaría un desgaste injustificado del aparato judicial, más aún cuando Villarraga ha tenido múltiples oportunidades para hacerlo en los procesos que se adelantan en su contra.

El expediente fue remitido a la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes, donde cursa un proceso disciplinario en etapa de acusación y otro penal cuya apertura quedó sin efectos. La JEP, además, rechazó cualquier discurso estigmatizante o desobligante frente a las víctimas, la sociedad y las instituciones del Estado.

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Con proyecto de ley buscan declarar de alto riesgo la profesión de escolta

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El Senador José Vicente Carreño Castro radicó el Proyecto de Ley 135 de 2025 que reconoce y establece “a los agentes de protección o escoltas requeridos como una profesión y/u oficio de alto riesgo”, en la medida que este trabajo está en proteger a personas con la posibilidad de sufrir un atentado, por lo que deben prevenir y enfrentar este tipo de eventualidad, lo que de inmediato los convierte también en blanco de los agresores.

Carreño Castro reveló que “al establecer de alto riesgo esta profesión u oficio, los agentes de protección o escoltas quedan cobijados en las ´Pensiones especiales de vejez´, establecido en los Artículos 3 al 10 del Decreto 2090 de 2003, adicionando esta iniciativa legislativa una modificación al Artículo 8 –modificado a la vez por el Artículo 1 del Decreto 2655 de 2014- en el sentido de que este régimen especial de pensión, incluye a los trabajadores vinculados a esta actividad hasta el 31 de diciembre de 2034, y no solo hasta el 31 de diciembre de 2024, como lo establece el mencionado Decreto 2655”.

La iniciativa legislativa –que ahora pasa a la Comisión VII del Senado- le fija al SENA la tarea de estructurar “un pensum académico con ciclos de competencias laborales, técnico, tecnólogo y profesional en seguridad dirigido este personal, para lo cual podrá celebrar convenios con organismos gubernamentales y no gubernamentales”, con el fin de que este ejercicio no solo sea considerado un oficio, sino además como una nueva profesión con todos la validación constitucional y legal, como la plantea el mencionado proyecto de ley.

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