NACIONALES
Así funcionará subsidio para pago de facturas de agua en zonas rurales

El Presidente de La República, Iván Duque, lanzó una medida sin precedentes en el país para apoyar a las familias del campo colombiano que se han visto afectadas económicamente por el COVID-19, se trata del nuevo subsidio para el pago del servicio de agua en las zonas rurales al que podrán acceder los usuarios de acueductos que operen en estas zonas del país y estén legalmente constituidos.
¿En qué consiste este nuevo subsidio?
Es un apoyo económico del Gobierno Nacional para el pago de las facturas de agua de las familias que viven en el campo y son atendidas por un prestador de acueducto u organización autorizada
Este subsidio cubre hasta $12.400 pesos mensuales por suscriptor o vivienda conectada. El valor descontado se verá reflejado directamente en la factura, debido a que el subsidio directo llegará al operador rural.
¿Qué prestadores rurales podrán acceder al subsidio directo?
El subsidio rural se distribuirá a través de los prestadores del servicio de acueducto que operan en zonas rurales como organizaciones autorizadas, priorizando a las entidades sin ánimo de lucro. En tal sentido, las primeras llamadas a solicitar el subsidio son las asociaciones de usuarios del servicio de acueducto, las juntas administradoras de acueducto, las empresas comunitarias, y las juntas de acción comunal que estén a cargo del acueducto.
Las organizaciones de economía solidaria también podrán solicitar subsidios, en particular las cooperativas que operen el servicio de acueducto. Estas organizaciones autorizadas, como todo prestador de servicios públicos domiciliarios tienen la obligación de registrarse ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.
¿Qué deben hacer los prestadores rurales de acueducto que no estén inscritos ante la Superintendencia para acceder al subsidio?
Todos los prestadores de acueducto que operen en zona rural y que deseen solicitar el subsidio rural deben actualizar la información ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios diligenciando un formato especial que estará disponible en la página web de la Superintendencia. Este requisito debe cumplirse así el prestador ya esté inscrito en el Registro Único de Prestadores de Servicios – RUPS. Este formato tiene la finalidad de recaudar la información necesaria para este subsidio, no está sujeto a aprobación, y una vez diligenciado, se puede descargar de inmediato luego de hacer el reporte.
Posteriormente el prestador debe diligenciar una solicitud ante el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio para la transferencia del dinero y adjuntar el formato de la Superservicios, además del documento que acredita la personería jurídica de la organización autorizada. Estos trámites pueden realizarse en un solo día si el prestador tiene todos los documentos. Todo se realizará de manera virtual.
¿Una vez realicen la solicitud, en cuánto tiempo el prestador puede recibir el subsidio?
Luego de que el prestador radique la solicitud del subsidio rural ante el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, con los documentos requeridos, se estudia la solicitud para su aprobación. Este proceso se realizará en un plazo máximo de quince (15) días hábiles.
Teniendo en cuenta que el subsidio rural se aplicará al servicio de acueducto desde la fecha de expedición del Decreto 819 del 4 de junio de 2020 y hasta el 31 de diciembre del 2020. El descuento se verá reflejado sobre las facturas que se entregan en el mes de julio y es a partir de ese mes que se inician las transferencias.
¿Qué familias podrán acceder a este subsidio?
Todas las familias que habiten en las zonas rurales y que estén siendo atendidas por un prestador de acueducto que opere como organización autorizada podrán acceder a este subsidio.
¿Cómo sabrán las familias que su acueducto rural es uno de los beneficiados?
Los prestadores de acueducto que soliciten los subsidios tienen la obligación de informar a sus suscriptores que la solicitud de subsidios ha sido aprobada y deberán reflejar el valor del subsidio como un descuento en el valor total de la factura que corresponde a cada suscriptor.
¿Los recursos del subsidio llegan a las familias o al prestador rural?
Los recursos del subsidio se otorgan para cada suscriptor del servicio que verá reflejado el descuento en su factura.
¿Cómo se verán beneficiados los acueductos rurales con esta medida?
Con este subsidio, los prestadores de acueducto de las zonas rurales contarán con un ingreso mínimo que asegure la operación del sistema, aun en el caso en que las familias tengan dificultades para el pago de las tarifas por las limitaciones económicas que ha causado la pandemia del COVID -19.
¿De cuánto será el ahorro en el pago mensual de una familia por su servicio de acueducto rural?
Es importante aclarar que el servicio de acueducto no es gratuito, y que todas las familias deben pagar por los metros cúbicos de agua que consumen. Este subsidio es un alivio en la tarifa a pagar, y el ahorro dependerá del esfuerzo de las familias por hacer un consumo racional del agua. La diferencia entre la tarifa mensual que resulte del consumo de agua por suscriptor, y el subsidio rural, deberá ser pagada oportunamente por los suscriptores.
¿Quién vigilará que los acueductos rurales si hagan el descuento a las familias?
El descuento en el valor a pagar por cada suscriptor en la factura de servicios públicos como resultado de aplicar los subsidios, es vigilado por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.
¿Cuántas familias campesinas espera beneficiar el Gobierno Nacional con esta medida?
De acuerdo con el inventario de organizaciones autorizadas que tiene el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y que se consolida a partir del reporte que realizan las alcaldías municipales, se espera beneficiar a dos millones de habitantes de las zonas rurales del país.
¿Cuántos recursos invertirá el Gobierno Nacional en este subsidio directo rural?
Para otorgar estos subsidios hasta el 31 de diciembre del 2020 se han destinado 40 mil millones de pesos.
¿Cómo seguirá apoyando el Gobierno Nacional a los acueductos rurales después de la emergencia económica?
Desde el 2016 el Gobierno Nacional ha promovido los esquemas diferenciales para mejorar el acceso a agua potable y saneamiento básico en las zonas rurales. En ese sentido, el Programa Agua al Campo implementado por el Gobierno del Presidente, Iván Duque, busca generar diferentes estrategias de apoyo para el suministro de agua rural, procurando el fortalecimiento comunitario, y las inversiones para mejorar la calidad y continuidad del servicio. Este es un propósito de largo plazo, y progresivamente se multiplicarán los esfuerzos para llegar con más apoyo a las zonas rurales.
NACIONALES
ICETEX condonará 25% de la deuda a estudiantes de pregrado que realicen labor social

La Junta Directiva del ICETEX aprobó la medida de Condonación Parcial de Capital por Compensación Social, que permitirá condonar el 25 % sobre el saldo de capital adeudado a beneficiarios con crédito educativo de recursos propios, para pregrado, destino matrícula, que sean certificados por fuentes de información oficial por contribuir al bienestar de la sociedad colombiana.
Esta iniciativa que hace parte del “Plan de Oportunidades del ICETEX”, aplicará para beneficiarios que cumplan requisitos y premiará a quienes a través de su labor social contribuyen de manera efectiva a la reducción de desigualdades, fomento de la equidad, fortalecimiento de la inclusión social, promoción de la educación, salud, empleo sostenible y/o al desarrollo sostenible en general.
“Es un gran esfuerzo económico que hace el ICETEX para reconocer y premiar la labor social de beneficiarios que finalizaron su programa de pregrado con crédito educativo del ICETEX, que lo están pagando juiciosamente y que ahora se dedican a ejercer una labor social que contribuye al desarrollo del país”, destacó el presidente del ICETEX, Álvaro Urquijo.
Explicó el presidente del ICETEX que “la Condonación por Compensación Social priorizará a beneficiarios de crédito de la entidad, pertenecientes a clase vulnerable como víctimas del conflicto armado, indígenas, red unidos, y población con Sisbén”.
Esta medida se nutre del análisis de experiencias nacionales e internacionales en la implementación de medidas similares. Diversos países, como Nueva Zelanda, Hungría y Bélgica, han implementado con éxito alternativas de pago que permiten a los profesionales redimir parte de su deuda a través de acciones de impacto social.
Proceso de aplicación
La identificación de los beneficiarios de la medida de Compensación Social se hará a través una selección cerrada en bases de datos que entregan al ICETEX algunas entidades de orden nacional donde se validarán las personas que, tienen crédito del ICETEX y que, a través de sus acciones, generan un impacto social positivo y contribuyen al desarrollo del país.
Dentro de las entidades que facilitarán los listados y las certificaciones de los posibles beneficiaros de la medida se encuentran:
1. Ministerio de Educación Nacional: docentes de educación básica, secundaria y media vinculados al Ministerio de Educación Nacional, que ejerzan su labor en instituciones educativas públicas del país.
2. Ministerio de Salud y Protección Social: trabajadores del sector salud vinculados al Ministerio de Salud y Protección Social que prestaron su Servicio Social Obligatorio en zonas rurales, apartadas o con difícil acceso a servicios de salud.
3. Ministerio del Trabajo: jóvenes que hayan participado en el programa Estado Joven y que, durante su vinculación a entidades públicas, hayan demostrado un compromiso con el servicio a la comunidad.
4. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF): padres y madres comunitarios vinculados al ICBF que atiendan a niños y niñas en zonas rurales o con altos índices de vulnerabilidad.
5. Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación: investigadores vinculados a instituciones que hacen parte del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, cuyas investigaciones generen un impacto social positivo.
6. Ministerio del Deporte: deportistas que hacen parte del Programa Atleta.
Requisitos principales:
Estar registrado en las bases de datos de las entidades del orden nacional que el ICETEX ha definido en el marco de esta medida.
Que la entidad fuente de información certifique de manera directa al ICETEX la labor de impacto social.
Que la labor de impacto social haya sido desarrollada desde el año 2022, en concordancia con la entrada en vigencia de la Ley 2294 del 19 de mayo de 2023.
Tener un crédito de pregrado país con recursos propios del ICETEX, en modalidad matrícula, encontrarse en etapa de amortización y al día.
En los casos en que el usuario cumpla los requisitos para acceder a la medida, pero se encuentre en mora, tendrá la posibilidad de ponerse al día para que se pueda dar aplicación al beneficio.
Contar con un saldo de capital igual o superior a cuatro (4) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes.
No haber recibido previamente el beneficio de Condonación Parcial de Capital por Compensación Social, ni condonación de capital por otros conceptos diferentes a compensación social.
El ICETEX será en encargado de validar el cumplimiento de requisitos en las bases de datos suministradas por las entidades del orden nacional y de notificar a cada uno de los beneficiarios la aplicación de la Condonación Parcial de Capital por Compensación Social.
Para más información sobre esta medida y sobre convocatorias de créditos, fondos condonables y becas, ingresar a www.icetex.gov.co.
Fuente: Comunicaciones ICETEX
NACIONALES
En firme acuerdo entre arroceros y molineros para fijar precio mínimo de compra del arroz

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) autorizó, mediante Resolución No. 65722 del 29 de agosto de 2025, la fijación del precio mínimo de referencia de compra de arroz paddy verde.
La decisión se adoptó luego de haber recibido concepto previo, vinculante y motivado por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
Según se indicó, luego de analizar la situación actual de la cadena de arroz, el Ministerio de Agricultura, en su concepto, y la Superintendencia en esta resolución, concluyeron que el acuerdo propuesto por los productores e industriales del arroz resulta necesario para la estabilidad y creación de condiciones de comercio justo en este sector estratégico para la soberanía alimentaria de Colombia.
En este sentido, la resolución estableció que “una vez obtenida la autorización por parte de esta Superintendencia, la Industria, molinos o compradores, pagarán el Arroz Paddy Verde, según el municipio o departamento de compra, y bajo los parámetros de calidad establecidos en el literal (c) siguiente, como mínimo a los siguientes precios de referencia”:
De otro lado, se informó que este acuerdo, que estará vigente hasta el 30 de octubre de 2025, comprende:
• La fijación de un precio mínimo de referencia para la compra de arroz paddy por departamentos o zonas del país, teniendo en cuenta algunos parámetros de calidad.
• La adopción de un mecanismo de compra de arroz paddy verde como arroz paddy seco equivalente utilizando los mismos criterios de calidad y de precio mínimo de referencia.
• La articulación de acciones conjuntas para el desarrollo del plan de ordenamiento productivo del arroz.
De acuerdo con la SIC, lo que se busca es que haya una estabilidad económica del sector y la garantía de condiciones de remuneración que hagan sostenible la producción, calidad y comercialización del grano.
En el informe se indicó que “el análisis de este acuerdo concluyó que, si bien la medida podía implicar una limitante a las condiciones de venta como es el precio, su adopción está llamada a generar externalidades positivas en la cadena de arroz y derivará en un beneficio para los productores. Así, el acuerdo persigue garantizar un nivel de ingreso a los productores, asegurar los planes de siembra y evitar la pérdida de un producto esencial para la canasta alimentaria del país”.
De otra parte, la Superintendencia reconoció que este acuerdo no tendría efectos negativos en el consumidor y, por el contrario, permitirá dinamizar la oferta de arroz blanco en el mercado, redundando en un beneficio para los consumidores.
Adicionalmente, con el fin de garantizar el respeto de la libre competencia económica en el sector arrocero, la Superintendencia, a través de la Dirección de Cumplimiento, realizará seguimiento y vigilancia detallado de la ejecución de este acuerdo. Para cumplir con esta función, se estableció una metodología que permitirá monitorear la cadena de arroz en Colombia.
Así, la Superintendencia determinó que las partes deberán remitir a la Dirección de Cumplimiento, información relacionada con los precios mínimos de referencia, cantidades de compra, formas de pago, los parámetros de calidad utilizados en las adquisiciones de arroz paddy verde, entre otras variables.
Fuente: Comunicaciones SIC
NACIONALES
Alerta por posible suspensión del PAE a nivel nacional por falta de recursos

La Contraloría General de la República advirtió que existe riesgo en la financiación del Programa de Alimentación Escolar (PAE) que podría llevar a su suspensión desde septiembre de 2025, debido al déficit de $500 mil millones que aún no han sido asignados para garantizar su continuidad. De no cubrirse este faltante, más de 3.500.000 niños, niñas y adolescentes en 53 Entidades Territoriales Certificadas quedarían sin acceso a este servicio esencial.
Esta alerta se sustenta en información presupuestal obtenida con corte a 20 de agosto de 2025, producto de unas mesas de control social participativo desarrolladas la última semana por la Contraloría Delegada para Educación en el distrito de Buenaventura, a partir de las cuales se hizo revisión a la operación del Programa de Alimentación Escolar (PAE).
Además, en visitas de seguimiento realizadas en todo el territorio nacional, la Contraloría conoció comunicaciones enviadas por la Unidad Administrativa Especial de Alimentación Escolar -Alimentos para Aprender- UApA al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el 24 de junio y el 15 de agosto de 2025, solicitando la adición presupuestal urgente de los recursos faltantes. La no respuesta oportuna a estos requerimientos pondría en riesgo no solo la prestación del servicio, sino también la garantía del derecho a la alimentación y la permanencia educativa de millones de estudiantes.
La Contraloría General hace un llamado urgente al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, al Departamento Nacional de Planeación, al Ministerio de Educación Nacional y a las Entidades Territoriales Certificadas en Educación para que, de manera articulada, aseguren los recursos necesarios que demanda el PAE.
La interrupción del Programa no solo tendría graves consecuencias sociales y educativas, sino que además generaría cuestionamientos públicos e institucionales, considerando la naturaleza constitucional del derecho a la alimentación y la obligación del Estado de garantizarlo.
Ante esta situación, la Contraloría General de la República reitera su solicitud al Gobierno Nacional de asignar y garantizar de manera inmediata los $500 mil millones faltantes, a fin de asegurar la continuidad, calidad y cobertura del PAE en todo el país durante el calendario escolar de 2025.
Así mismo, en el marco de sus competencias la entidad continuará realizando seguimiento permanente a la operación del PAE y a la gestión de los recursos destinados al programa.
Fuente: Comunicaciones CGR
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