CASANARE
Al apelar condena, defensa de JJ Torres volvió a pedir nulidad del proceso o una pena menor
Abogado dice que si a su cliente no le anulan el proceso, entonces que la condena sea de solo 24 meses.
La defensa del Alcalde de Yopal, Jhon Jairo Torres, sustentó la apelación a la condena impuesta en primera instancia por el Juez Tercero Penal del Circuito, la cual será dirimida por el Tribunal Superior en próximos días.
Reitera en el escrito el abogado del confeso y hoy condenado urbanizador ilegal, que existió connivencia o complicidad entre la Fiscalía y el primer abogado de Torres Torres, Mario Iguarán, por lo que el allanamiento a cargos es ilegal, además que su cliente es víctima de persecución política. Insiste en que debió concederse la nulidad de todo lo actuado por la presunta violación de garantías constitucionales, como en su momento lo solicitó al Juez.
“Bien podría decirse que no he contado con una adecuada defensa técnica, pues no solo fui traicionado por mi primer defensor (Mario Iguarán), sino que además los posteriores no han sido lo suficientemente profesionales con su asesoramiento…”, se lee en el escrito de apelación.
Argumentos
También reitera el abogado Isnardo Gómez Urquijo en apartes de la apelación, que el delito por el que se condenó a Jhon Jairo Torres como es el de urbanizador ilegal no fue cometido por él como persona natural, sino por una persona jurídica como es la sociedad comercial “Ciudadela La Bendición S.A.S”.
Como al resolver la apelación por el tema de la retractación el Tribunal Superior denunció disciplinariamente al abogado Gómez Urquijo ante el Consejo Superior de la Judicatura, y ahora debe nuevamente resolver la apelación de la condena, el abogado le pide al Tribunal que previamente se pronuncie sobre la denuncia inicial, para evitar causales de nulidad con la decisión final.
Aduce el profesional del Derecho, que el caso de su cliente ha estado permeado por el prejuzgamiento de los medios de comunicación y otros intereses externos, lo que ha hecho que el Juez Tercero Penal actúe “prevenido” contra Torres Torres.
Peticiones
Luego de estas consideraciones, el abogado Isnardo Gómez Urquijo solicita inicialmente al Tribunal que se revoque y anule la sentencia del pasado 03 de marzo porque el proceso nace de un allanamiento a cargos ilegal, pero en caso de mantenerse la condena del Juez Tercero Penal, que a su cliente no se le aplique la pena de 45 meses, sino que la misma quede en 24 meses teniendo en cuenta que su cliente colaboró con la justicia allanándose a cargos.
En petición directa de Jhon Jairo Torres, también radicada para revisión del Tribunal Superior, solicita que la sentencia se complete, incluyendo penas para los funcionarios públicos que por acción u omisión permitieron que en los predios donde él desarrolló la urbanización ilegal se realizaran tales trabajos, es decir, para los funcionarios de la Alcaldía de Yopal que en su momento no detuvieron tales acciones.
La decisión final está ahora en poder del Tribunal Superior de Yopal, que deberá analizar si concede la nulidad del proceso, o si por el contrario mantiene la pena impuesta concediendo el descuento solicitado por la defensa en la apelación.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Secretaría de Educación de Yopal alerta sobre validez de estudios no presenciales
La Secretaría de Educación de Yopal informa a la ciudadanía sobre múltiples solicitudes y quejas de padres de familia. Estas están relacionadas con dificultades para matricular a sus hijos debido a inconsistencias en la validez de estudios cursados previamente en modalidades no presenciales o “homeschooling”.
Se ha evidenciado que algunos estudiantes provienen de instituciones que ofrecen educación virtual o homeschooling sin la licencia de funcionamiento reconocida por el Ministerio de Educación Nacional. Esta situación impide la homologación, validación o reconocimiento oficial de los grados cursados, conforme a la normativa vigente.
La secretaría recuerda que en Colombia, la educación formal debe ser impartida por establecimientos educativos debidamente autorizados, con licencia de funcionamiento expedida por el Ministerio de Educación y registro en el Directorio Único de Establecimientos Educativos (DUE). Las instituciones sin este reconocimiento no pueden emitir certificaciones válidas.
Además, se han identificado casos de estudiantes con estudios en el exterior que realizaron supuestas “validaciones” en instituciones no facultadas legalmente, afectando la continuidad académica. La presentación de Pruebas Saber 11° (ICFES) y los procesos de validación de bachillerato están regulados por el Estado y requieren autorización oficial.
Por lo anterior, se hace un llamado preventivo a padres y acudientes para que verifiquen que la institución educativa cuente con licencia de funcionamiento vigente, esté registrada oficialmente ante el Ministerio de Educación y tenga reconocimiento para la prestación del servicio educativo formal. La secretaría reitera su compromiso con el derecho a la educación y la orientación familiar.
CASANARE
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