CASANARE
Constructora La Castellana en Yopal dice que “no necesita” a la EAAAY para su proyecto
La Constructora La Castellana S.A.S que adelanta un Proyecto de Vivienda en el Núcleo Urbano 2 de Yopal y sobre el cual se han referido tanto la Oficina de Planeación Municipal como la misma Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo, sobre la no disponibilidad de servicios públicos, le respondió a ésta última a través de un Comunicado, señalando que el Proyecto “no requiere ni necesita” la infraestructura de la Empresa, porque van a desarrollar una PTAP y una PTAR independientes, con inversión privada. El siguiente es el texto del Comunicado emitido por la Constructora:
COMUNICADO A LA OPINIÓN PÚBLICA
Constructora e inmobiliaria LA CASTELLANA S.A.S, ante las declaraciones emitidas por la Agente Especial de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Yopal, Luz Amanda Camacho, en el sentido de no entregar viabilidad para los servicios públicos a nuestro proyecto, se permite hacer las siguientes precisiones para conocimiento de la comunidad en general:
1-. Nuestro Proyecto en ningún momento puede ser comparado o relacionado con la Ciudadela La Bendición, porque contamos con las Licencias de Urbanismo y Construcción concedidas por la Oficina Asesora de Planeación Municipal desde el año 2015, lo que nos convierte en un proyecto legal y amparado en la Ley.
2-. Desinforma a la comunidad la señora Agente Especial de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Yopal, cuando se refiere a nuestro Proyecto de Vivienda sin conocer en su totalidad las condiciones técnicas en las cuales se va a desarrollar el mismo, por lo tanto nos afecta con sus apreciaciones alejadas totalmente de la realidad.
3-. Como Empresa del sector privado garantizamos la prestación de los servicios públicos domiciliarios para nuestro Proyecto, amparados en la Constitución Política y la Ley que nos permite hacerlo. Como tal, en asocio con proyectos aledaños adelantaremos el montaje, operación y funcionamiento de la infraestructura necesaria para la prestación de los servicios públicos domiciliarios, entiéndase para el manejo de las aguas residuales y del agua potable. Tal proceso ya fue informado a Corporinoquia para los respectivos permisos y licenciamientos.
4-. En tal sentido, es claro que Constructora e Inmobiliaria LA CASTELLANA S.A.S no requiere ni necesita el acompañamiento o la utilización de la red matriz o redes internas de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Yopal para el desarrollo de nuestro Proyecto, razón por la cual las tendenciosas afirmaciones de la Agente Especial afectan comercial y financieramente el desarrollo del mismo.
5-. Nuestra inversión, que es cercana a los US$ 5millones, es absolutamente privada y desarrollará completamente el Proyecto para garantizar la prestación eficiente de los servicios públicos domiciliarios para nuestros usuarios y los de los proyectos aledaños, de manera independiente.
6-. Sin ser nuestra competencia, como Empresa del sector privado, nuestro proyecto de manejo de aguas residuales permitirá que los habitantes de la Ciudadela La Bendición puedan beneficiarse y conectarse a nuestra nueva red, para que solucionen de una vez por todas esa sentida problemática.
7-. Por último, hacemos un llamado especial y respetuoso a que cese la persecución contra nuestro Proyecto que como lo advertimos desde el comienzo, está amparado en la Constitución y la Ley, y goza de las Licencias debida y legalmente expedidas.
CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA LA CASTELLANA S.A.S
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
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Contribuyentes de Yopal pueden acceder a descuentos en Impuesto Predial por pronto pago
Los contribuyentes en Yopal pueden acceder a descuentos por pronto pago del impuesto predial 2026, con beneficios que varían según las características de cada predio y las fechas en que se realice el pago.
De acuerdo con las condiciones establecidas, existen dos grupos de incentivos: El primero aplica para predios excluidos de la Ley 44 de 1990, entre los que se encuentran lotes urbanizables no urbanizados, lotes urbanizados no edificados, predios nuevos y aquellos que incorporaron construcciones tras la actualización catastral.
Para estos casos, los descuentos son del 30% si el pago se realiza hasta el 31 de mayo, 20% hasta el 30 de julio y 10% hasta el 30 de septiembre. Este beneficio está dirigido a quienes hayan cumplido con el pago del impuesto predial de la vigencia 2025 hasta octubre del año anterior.
Por su parte, los demás predios también cuentan con incentivos por pronto pago. En estos casos, se ofrece un 15% de descuento hasta el 31 de mayo, 10% hasta el 31 de julio y 5% hasta el 30 de septiembre.
Además de estos beneficios, los contribuyentes pueden optar por el sistema de pago alternativo por cuotas, una opción que permite distribuir el valor del impuesto a lo largo del año y facilitar el cumplimiento de la obligación.
Los ciudadanos pueden reclamar su factura en los puntos de atención o descargarla a través del portal https://impuestos.yopal.gov.co/, así como realizar el pago en los lugares autorizados.
La recomendación es aprovechar estos descuentos dentro de los plazos establecidos, lo que no solo representa un ahorro, sino que también evita costos adicionales y facilita el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.


