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Con las primeras lluvias se presentó un caso de dengue grave en Yopal

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Ante la notificación de un caso probable de dengue grave en una paciente de 19 años de edad, residente del Barrio El Remanso de la Comuna 2, la Secretaría de Salud Municipal le recordó a la comunidad que el municipio de Yopal es hiperendémico para Dengue, por lo que ante el inicio de la temporada de lluvias se deben extremar recomendaciones y medidas preventivas.

Esta paciente acudió a tiempo a los servicios de salud, al continuar con la sintomatología volvió a consultar al servicio de urgencias, y hoy ya se encuentra en su casa en buen estado de salud, señalaron voceros de la Secretaría de Salud.

Medidas de control

Ante la notificación de este caso de Dengue Grave, el grupo técnico de ETV realiza acciones de acuerdo al protocolo del Instituto Nacional de Salud (INS), con las Instituciones Prestadoras de Salud (IPS) para garantizar si han consultado pacientes con la misma sintomatología.

Igualmente, considerando los casos que no han sido notificados, se adelanta búsqueda activa comunitaria en el barrio El Remanso; donde además se realizará educación sobre los signos de alarma y síntomas de Dengue, identificación de factores de riesgo, negativización de criaderos y captación de sintomáticos febriles en nueve manzanas alrededor del caso notificado.

Este es el primer caso del municipio este año, por lo que se invita a la comunidad yopaleña a extremar medidas para evitar la presencia de zancudos en sus viviendas y lugares de trabajo.

Recomendaciones

-. Eliminación de criaderos de zancudos mediante la protección de depósitos de agua de consumo y destrucción o relleno de recipientes (llantas, canecas, botellas, floreros, etc.) que puedan acumular agua lluvia.

-. Lavado adecuado y con frecuencia no menor a 8 días en los tanques bajos de cada vivienda con uso de cepillo y cloro para lograr una desinfección.

-. En caso de acumular agua en canecas es necesario mantenerlas tapadas.

-. Prevención de picaduras de mosquitos mediante el uso de toldillos, uso de repelentes, protección de puertas y ventanas para evitar la introducción del mosquito en el domicilio.

-. En caso de presentar fiebre, dolor de cuerpo intenso, diarrea, vómito, brote en el cuerpo y/o dolor abdominal acudir de forma inmediata al servicio de urgencias.

-. Estar atentos ante la presentación de la sintomatología ya mencionada en menores de cinco años, embarazadas y adultos mayores.

-. No automedicarse, o aplicar inyecciones en la droguería porque se puede complicar la sintomatología.

Se aclara que la fumigación solamente es efectiva en los zancudos adultos, que corresponden al 20% del ciclo de vida del zancudo, el 80% de la vida es en fase acuática (huevo, larva y pupa), por esto, si se fumiga y no se eliminan los criaderos de zancudos no es efectiva la fumigación. Es por esto que es la última opción a utilizar o en caso de brotes y epidemias.

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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Más de 45 años de prisión para feminicida por crimen ocurrido en Yopal en 2021

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El Juzgado Segundo Penal del Circuito de Yopal condenó a 45 años y ocho meses de prisión (550 meses) a Diego Andrés Suárez Daza, hallado culpable del feminicidio agravado de Sonia Rocío Díaz Barrera, de 30 años. Suárez Daza fue capturado en 2024 en Cajicá, a donde había huido e intentaba pasar desapercibido como mecánico.

El fallo, emitido en aplicación de la normativa colombiana sobre violencia de género, busca enviar un mensaje claro sobre la gravedad de estos delitos, como en este caso que causó conmoción en su momento en la capital casanareña.

El crimen ocurrió el 2 de septiembre de 2021 en la residencia de la víctima, ubicada en el barrio Bicentenario de Yopal. Suárez Daza, expareja sentimental de Sonia, ingresó al domicilio y la atacó con un arma blanca, causándole heridas mortales en el cuello. El cuerpo fue hallado por familiares que, alarmados por su ausencia en su local del Terminal de Transportes, acudieron a buscarla.

En el momento del ataque, Sonia se encontraba en casa con su hija de tres años, quien dormía en otra habitación. La violencia del hecho y la presencia de la menor en el lugar conmovieron profundamente a la comunidad yopaleña, que desde entonces ha exigido justicia por este brutal crimen, llegando incluso a realizar un plantón frente a la sede de la Fiscalía.

La investigación reveló que la víctima había denunciado amenazas previas y enfrentaba un conflicto por la fijación de la cuota alimentaria de la niña. Estos antecedentes fueron considerados por el juez como agravantes en el contexto de violencia intrafamiliar y de género.

Con esta condena, las autoridades reafirman su compromiso de sancionar con severidad los feminicidios y proteger los derechos de las mujeres, especialmente en contextos donde persiste la violencia ejercida por exparejas o personas cercanas.

Lea también: Por fin, después de dos años y medio capturan feminicida de comerciante del Terminal de Yopal

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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Condenan a 44 años de prisión a feminicida por hechos ocurridos en Maní

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El Juzgado Tercero Penal del Circuito de Yopal condenó a 44 años de prisión (528 meses) a Kilver Alfonso Mariño Ávila por el feminicidio de su expareja, Mildre Carolina Rojas, ocurrido el 5 de noviembre de 2024 en el municipio de Maní.

La decisión judicial, que fue apelada por la defensa del condenado, se dio tras comprobar que el hombre atacó brutalmente a la mujer con un arma blanca en un establecimiento público, como fue de amplio conocimiento.

Según el relato de los hechos, la víctima, de 38 años, fue abordada por Mariño Ávila mientras trabajaba, y en medio de una discusión por el uso de una motocicleta, el agresor la persiguió y le causó una herida mortal en el abdomen. Aunque varios ciudadanos intentaron auxiliarla, la gravedad de la lesión le provocó la muerte minutos después.

Mariño Ávila huyó del lugar tras cometer el crimen, pero fue capturado esa misma noche gracias a la oportuna reacción de la Policía y la colaboración de la comunidad. La víctima había denunciado previamente amenazas por parte del agresor.

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Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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JEP imputa tortura y tratos inhumanos a seis militares por ‘falsos positivos’ en Casanare

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Tras analizar 17 hechos de asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como falsas bajas en combate por agentes del Estado, en los que se documentaron actos de violencia física y psicológica contra 26 víctimas antes de su asesinato, la Sala de Reconocimiento de Verdad de la JEP imputó los delitos de tortura y de tratos inhumanos y degradantes a seis comparecientes, exintegrantes del Ejército Nacional, por hechos ocurridos en Casanare.

Las nuevas imputaciones fueron formuladas contra Wilson Salvador Burgos Jiménez, Marco Fabián García Céspedes, Jhon Alexander Suancha Florián, Wilfrido Domínguez Márquez y Miguel Andrés Sierra García, quienes ya habían sido determinados como máximos responsables, así como contra Zamir Humberto Casallas Valderrama, definido como partícipe no determinante y también llamado a reconocer responsabilidad. Todos pertenecieron a la XVI Brigada del Ejército Nacional.

La decisión se adoptó tras contrastar la información obtenida en las versiones voluntarias, las pruebas recolectadas en los procesos adelantados en la jurisdicción ordinaria y las observaciones presentadas por víctimas y el Ministerio Público, con el fin de dar respuesta a la solicitud de esclarecer el trato bridado a las víctimas antes de ser asesinadas. La magistratura concluyó que varios de estos actos constituyeron tortura contra persona protegida, una conducta tipificada tanto en el Código Penal colombiano como en el Derecho Internacional Humanitario y el Derecho Penal Internacional.

Hubo tortura antes de asesinarlos

En el análisis de estos 17 hechos, en los que fueron asesinadas 26 personas, la JEP evidenció que las víctimas fueron engañadas, sometidas o trasladadas en condiciones que incrementaron su vulnerabilidad. Estas prácticas tenían como propósito facilitar su posterior asesinato y presentación como bajas en combate.

Esta nueva calificación jurídica profundiza lo establecido por la sala en el Auto de Determinación de Hechos y Conductas proferido en el Subcaso Casanare del Caso 03, en 2022, que investiga asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como falsas bajas en combate por agentes del Estado en ese departamento. En dicha decisión, la JEP determinó la existencia de un patrón criminal sistemático por parte de la XVI Brigada del Ejército Nacional, que habría involucrado a más de 296 víctimas directas entre 2005 y 2008 en Casanare.

Como parte del proceso ante la Justicia Transicional Restaurativa, la Sala de Reconocimiento de Verdad trasladó algunos de los hechos investigados a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, con el fin de que continúe la indagación sobre los pormenores del trato recibido por las víctimas antes de su muerte, en relación con comparecientes que participaron directamente en los hechos, pero cuya situación jurídica fue remitida a esa instancia de la JEP porque no fueron seleccionados como máximos responsables.

Asimismo, la Sala de Reconocimiento envió al Subcaso Costa Caribe II información sobre hechos cometidos por el compareciente Juan Pablo Gutiérrez Jaramillo cuando estuvo en la Brigada XVI en el departamento de Casanare, para que también sean tenidos en cuenta en dicha investigación, en la que fue imputado como máximo responsable, en calidad de coautor de los delitos de homicidio en persona protegida y desaparición forzada.

Los seis comparecientes llamados a reconocer su responsabilidad por actos de tortura y tratos crueles, inhumanos y degradantes en Casanare tienen 15 días hábiles para informar a la Sala de Reconocimiento de Verdad si aceptan o no los nuevos cargos imputados por la JEP. En ese mismo término, podrán pronunciarse, aportar pruebas y referirse a los hechos, las conductas y su eventual participación individual en ellos.

Fuente: Comunicaciones JEP

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