CASANARE
Tribunal Administrativo de Casanare negó objeciones al Plan de Desarrollo de Yopal, Concejo tenía la razón
Un nuevo revés jurídico sufrieron los asesores de la Alcaldía de Yopal, cuando el Tribunal Administrativo de Casanare negó las objeciones en derecho que habían hecho al Plan de Desarrollo aprobado por el Concejo Municipal.
Consideró el Tribunal Administrativo de Casanare, que el Concejo de Yopal cumplió todo el procedimiento observando el debido proceso, contemplado en el Artículo 29 de la Constitución Política.
Señala además el Tribunal en su decisión, que el concejal ponente del Plan de Desarrollo, Christian Rodrigo Pérez, cumplió en debida forma con el deber de informar a la plenaria del Concejo sobre las propuestas y modificaciones planteadas al Proyecto de Plan de Desarrollo en primer debate, desvirtuando de tajo una de las objeciones del Alcalde que señalaba que el ponente no había presentado estas modificaciones para segundo debate.
Señaló el Tribunal, que la Administración Municipal objetó la presunta eliminación de una metas producto presentadas en el proyecto inicial, pero al hacer la revisión del documento se encontró que tales metas nunca fueron parte del proyecto presentado por el Alcaldes, entonces mal podría haber objetado su eliminación cuando nunca las refrendó, “es más, ni siquiera las había previsto en su proyecto de acuerdo”.
Reiteró el concepto del Tribunal, que tal y como lo alegó siempre el Concejo Municipal a través del ponente del proyecto y la mayoría de los Concejales, el proyecto presentado inicialmente por el Alcalde rompía el principio de unidad de materia, pretendiendo otorgarse facultades y/o atribuciones que solo puede ejercer previa reglamentación o autorización del Concejo Municipal, es decir, las autorizaciones que pretendía el Alcalde para utilizar vigencias futuras, contratar, endeudar al municipio en 25 mil millones, modificar el presupuesto, quedar autorizado para salir del país, reestructurar la planta de personal de la Alcaldía y otras, no corresponden a la estructura propia del Plan de Desarrollo, como siempre lo alegaron los Concejales. “El Alcalde pretendía asumir funciones propias del Concejo. Pretendía asumir funciones sin tener ninguna clase de control político por parte del cabildo”, dijo el Tribunal.
Investigarán al Alcalde
Teniendo en cuenta que el Alcalde no esperó que el Tribunal se pronunciara sobre la legalidad de las objeciones en derecho que le hizo al Plan de Desarrollo y adoptó parcialmente el proyecto objetado, pudo haber incurrido en irregularidades que serán puestas en conocimiento de la Fiscalía y la Procuraduría para su análisis, por lo que se remitirán las copias a cada uno de estos organismos para lo que en derecho corresponda e inicien las respectivas investigaciones.
Así las cosas, este es un nuevo triunfo del trabajo juicioso del Concejo de Yopal sobre la Administración Municipal, que ahora dispone de cinco días para sancionar el proyecto tal y como lo aprobó el Concejo de Yopal, demostrando que la terquedad de los asesores municipales solo sirvió para demorar aún más el proceso de armonización del presupuesto, que deberá hacerse ahora ya con plan de desarrollo aprobado y sancionado.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Secretaría de Educación de Yopal alerta sobre validez de estudios no presenciales
La Secretaría de Educación de Yopal informa a la ciudadanía sobre múltiples solicitudes y quejas de padres de familia. Estas están relacionadas con dificultades para matricular a sus hijos debido a inconsistencias en la validez de estudios cursados previamente en modalidades no presenciales o “homeschooling”.
Se ha evidenciado que algunos estudiantes provienen de instituciones que ofrecen educación virtual o homeschooling sin la licencia de funcionamiento reconocida por el Ministerio de Educación Nacional. Esta situación impide la homologación, validación o reconocimiento oficial de los grados cursados, conforme a la normativa vigente.
La secretaría recuerda que en Colombia, la educación formal debe ser impartida por establecimientos educativos debidamente autorizados, con licencia de funcionamiento expedida por el Ministerio de Educación y registro en el Directorio Único de Establecimientos Educativos (DUE). Las instituciones sin este reconocimiento no pueden emitir certificaciones válidas.
Además, se han identificado casos de estudiantes con estudios en el exterior que realizaron supuestas “validaciones” en instituciones no facultadas legalmente, afectando la continuidad académica. La presentación de Pruebas Saber 11° (ICFES) y los procesos de validación de bachillerato están regulados por el Estado y requieren autorización oficial.
Por lo anterior, se hace un llamado preventivo a padres y acudientes para que verifiquen que la institución educativa cuente con licencia de funcionamiento vigente, esté registrada oficialmente ante el Ministerio de Educación y tenga reconocimiento para la prestación del servicio educativo formal. La secretaría reitera su compromiso con el derecho a la educación y la orientación familiar.
CASANARE
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