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Superservicios sigue imponiendo Gerentes en la EAAAY, Alcalde de Yopal dijo que es indignante

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La Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios, Natasha Avendaño García, confirmó hoy en reunión de Junta Directiva de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Yopal EAAAY, que la entidad aceptó la renuncia del gerente Jorge Silva Gómez, y que en su lugar asume la gerente suplente, Yahaira Díaz Quesada, también puesta por la Superservicios.

Días Quesada es ingeniera industrial con Maestría en Administración de Empresas y Especialista en Sistemas de Gestión de Calidad, y asumirá como gerente a partir del miércoles 4 de septiembre y durante el periodo de estabilización fijado hasta el 31 de diciembre de 2019 o antes si así lo establece la Superservicios.

Esta designación no gustó para nada al alcalde Leonardo Puentes, quien a través de sus redes sociales calificó de “indignante” la designación de esta persona, agregando que de esta manera la Superservicios impone un esquema de “semi-intervención”, cuando se anunció a comienzos de este año que la Empresa sería devuelta al municipio.

“…El cual funciona así: lo que sale mal es culpa de Yopal y lo que funciona fue gracias a ellos. Y la ñapa: nos sigue valiendo el triple!”, escribió notablemente molesto el burgomaestre en su cuenta de twitter.

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Preocupada por los recursos

Según comunicado de la Superservicios, la Superintendente mostró su preocupación frente a la situación financiera que podría afectar las inversiones de la EAAAY, al término de la junta directiva realizada hoy.

Durante la jornada, en la que se evaluó la gestión de los primeros cinco meses del periodo de estabilización acordado al levantar la intervención de la empresa, el gerente saliente Jorge Silva Gómez, reportó que la Alcaldía de Yopal no ha girado los recursos por concepto de subsidios, cuyo impacto en la sostenibilidad de la operación sería mayor con la inclusión de la ciudadela “La Bendición”, así como la incertidumbre jurídica frente al pago de la contingencia a cargo del municipio, el departamento de Casanare y el Fondo de Adaptación.

“Nos inquieta que la actual situación financiera de la EAAAY obligue a postergar las inversiones requeridas para asegurar la operación de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo en el mediano plazo, así como los compromisos adquiridos con el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio para la implementación del esquema de prestación diferencial en la ciudadela ‘La Bendición’. Sin embargo, creemos en el compromiso que tienen la junta directiva y la administración municipal para garantizar la disponibilidad de los recursos necesarios con el fin de no afectar la calidad, continuidad y cobertura de los servicios a los habitantes de Yopal”, manifestó la superintendente.

Frente al plan de trabajo diseñado por la empresa para mantener los indicadores de prestación, eficiencia del recaudo, atención a requerimientos judiciales y un esquema fiduciario para garantizar los pagos al crédito otorgado por el Fondo Empresarial de la Superservicios, el gerente saliente presentó un reporte positivo. Estas medidas hacen parte de las acciones que se venían realizando durante el proceso de intervención de la EAAAY.

“Nuestra intención es proteger los derechos de los usuarios y evaluar la gestión de la EAAAY en el control de los riesgos que puedan afectar su óptima operación y su sostenibilidad futura”, indicó Avendaño García.

El periodo de estabilización fue acordado entre la superintendencia y el municipio para atender de manera prioritaria temas relacionados con la gestión comercial y operativa de la empresa y los riesgos que, de materializarse, afectarían la sostenibilidad financiera de la EAAAY. En esta etapa, la superintendencia delegada para Acueducto, Alcantarillado y Aseo continúa participando en las reuniones de junta directiva, con voz, pero sin voto, sin embargo, impone al Gerente, en este caso, la suplente.

Fuente: Superintendencia de Servicios

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Más de 45 años de prisión para feminicida por crimen ocurrido en Yopal en 2021

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El Juzgado Segundo Penal del Circuito de Yopal condenó a 45 años y ocho meses de prisión (550 meses) a Diego Andrés Suárez Daza, hallado culpable del feminicidio agravado de Sonia Rocío Díaz Barrera, de 30 años. Suárez Daza fue capturado en 2024 en Cajicá, a donde había huido e intentaba pasar desapercibido como mecánico.

El fallo, emitido en aplicación de la normativa colombiana sobre violencia de género, busca enviar un mensaje claro sobre la gravedad de estos delitos, como en este caso que causó conmoción en su momento en la capital casanareña.

El crimen ocurrió el 2 de septiembre de 2021 en la residencia de la víctima, ubicada en el barrio Bicentenario de Yopal. Suárez Daza, expareja sentimental de Sonia, ingresó al domicilio y la atacó con un arma blanca, causándole heridas mortales en el cuello. El cuerpo fue hallado por familiares que, alarmados por su ausencia en su local del Terminal de Transportes, acudieron a buscarla.

En el momento del ataque, Sonia se encontraba en casa con su hija de tres años, quien dormía en otra habitación. La violencia del hecho y la presencia de la menor en el lugar conmovieron profundamente a la comunidad yopaleña, que desde entonces ha exigido justicia por este brutal crimen, llegando incluso a realizar un plantón frente a la sede de la Fiscalía.

La investigación reveló que la víctima había denunciado amenazas previas y enfrentaba un conflicto por la fijación de la cuota alimentaria de la niña. Estos antecedentes fueron considerados por el juez como agravantes en el contexto de violencia intrafamiliar y de género.

Con esta condena, las autoridades reafirman su compromiso de sancionar con severidad los feminicidios y proteger los derechos de las mujeres, especialmente en contextos donde persiste la violencia ejercida por exparejas o personas cercanas.

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Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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Condenan a 44 años de prisión a feminicida por hechos ocurridos en Maní

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El Juzgado Tercero Penal del Circuito de Yopal condenó a 44 años de prisión (528 meses) a Kilver Alfonso Mariño Ávila por el feminicidio de su expareja, Mildre Carolina Rojas, ocurrido el 5 de noviembre de 2024 en el municipio de Maní.

La decisión judicial, que fue apelada por la defensa del condenado, se dio tras comprobar que el hombre atacó brutalmente a la mujer con un arma blanca en un establecimiento público, como fue de amplio conocimiento.

Según el relato de los hechos, la víctima, de 38 años, fue abordada por Mariño Ávila mientras trabajaba, y en medio de una discusión por el uso de una motocicleta, el agresor la persiguió y le causó una herida mortal en el abdomen. Aunque varios ciudadanos intentaron auxiliarla, la gravedad de la lesión le provocó la muerte minutos después.

Mariño Ávila huyó del lugar tras cometer el crimen, pero fue capturado esa misma noche gracias a la oportuna reacción de la Policía y la colaboración de la comunidad. La víctima había denunciado previamente amenazas por parte del agresor.

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Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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JEP imputa tortura y tratos inhumanos a seis militares por ‘falsos positivos’ en Casanare

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Tras analizar 17 hechos de asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como falsas bajas en combate por agentes del Estado, en los que se documentaron actos de violencia física y psicológica contra 26 víctimas antes de su asesinato, la Sala de Reconocimiento de Verdad de la JEP imputó los delitos de tortura y de tratos inhumanos y degradantes a seis comparecientes, exintegrantes del Ejército Nacional, por hechos ocurridos en Casanare.

Las nuevas imputaciones fueron formuladas contra Wilson Salvador Burgos Jiménez, Marco Fabián García Céspedes, Jhon Alexander Suancha Florián, Wilfrido Domínguez Márquez y Miguel Andrés Sierra García, quienes ya habían sido determinados como máximos responsables, así como contra Zamir Humberto Casallas Valderrama, definido como partícipe no determinante y también llamado a reconocer responsabilidad. Todos pertenecieron a la XVI Brigada del Ejército Nacional.

La decisión se adoptó tras contrastar la información obtenida en las versiones voluntarias, las pruebas recolectadas en los procesos adelantados en la jurisdicción ordinaria y las observaciones presentadas por víctimas y el Ministerio Público, con el fin de dar respuesta a la solicitud de esclarecer el trato bridado a las víctimas antes de ser asesinadas. La magistratura concluyó que varios de estos actos constituyeron tortura contra persona protegida, una conducta tipificada tanto en el Código Penal colombiano como en el Derecho Internacional Humanitario y el Derecho Penal Internacional.

Hubo tortura antes de asesinarlos

En el análisis de estos 17 hechos, en los que fueron asesinadas 26 personas, la JEP evidenció que las víctimas fueron engañadas, sometidas o trasladadas en condiciones que incrementaron su vulnerabilidad. Estas prácticas tenían como propósito facilitar su posterior asesinato y presentación como bajas en combate.

Esta nueva calificación jurídica profundiza lo establecido por la sala en el Auto de Determinación de Hechos y Conductas proferido en el Subcaso Casanare del Caso 03, en 2022, que investiga asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como falsas bajas en combate por agentes del Estado en ese departamento. En dicha decisión, la JEP determinó la existencia de un patrón criminal sistemático por parte de la XVI Brigada del Ejército Nacional, que habría involucrado a más de 296 víctimas directas entre 2005 y 2008 en Casanare.

Como parte del proceso ante la Justicia Transicional Restaurativa, la Sala de Reconocimiento de Verdad trasladó algunos de los hechos investigados a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, con el fin de que continúe la indagación sobre los pormenores del trato recibido por las víctimas antes de su muerte, en relación con comparecientes que participaron directamente en los hechos, pero cuya situación jurídica fue remitida a esa instancia de la JEP porque no fueron seleccionados como máximos responsables.

Asimismo, la Sala de Reconocimiento envió al Subcaso Costa Caribe II información sobre hechos cometidos por el compareciente Juan Pablo Gutiérrez Jaramillo cuando estuvo en la Brigada XVI en el departamento de Casanare, para que también sean tenidos en cuenta en dicha investigación, en la que fue imputado como máximo responsable, en calidad de coautor de los delitos de homicidio en persona protegida y desaparición forzada.

Los seis comparecientes llamados a reconocer su responsabilidad por actos de tortura y tratos crueles, inhumanos y degradantes en Casanare tienen 15 días hábiles para informar a la Sala de Reconocimiento de Verdad si aceptan o no los nuevos cargos imputados por la JEP. En ese mismo término, podrán pronunciarse, aportar pruebas y referirse a los hechos, las conductas y su eventual participación individual en ellos.

Fuente: Comunicaciones JEP

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