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Superfinanciera define dos tarifas diferenciales para pago del SOAT de 2024

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SOAT

La Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) definió las nuevas tarifas para el Seguro Obligatorio de Daños Corporales causados a las Personas en Accidentes de Tránsito (SOAT) que regirán durante 2024.

La entidad no actualizó una sola tarifa para todas las categorías de automotores, sino que estableció un incremento diferencial, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 2312 de 20212 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Para expedir la nueva reglamentación, la SFC tuvo en cuenta dos criterios principales. Primero, según el diferencial de riesgo aplicable a los vehículos cobijados por el Decreto 2497 de 2022, los cuales conservarán el descuento del 50%.

Para estas categorías el incremento en 2024 será del 10,97%, e incluye, entre otros, motos de hasta 200 c.c., ciclomotores, motocarros, tricimotos, taxis, buses, busetas y vehículos de servicio intermunicipal.

Y los que no son cobijados con ese descuento establecido en el Decreto 2497 de 2022 tendrá un alza de 18,4%, que incluye vehículos familiares, camionetas, jeeps, motos de más de 200 c.c., entre otros,

En segundo lugar, la Circular Externa 001 de 2023 de la SFC advierte que “dicho ajuste es resultado de la revisión periódica de las condiciones técnicas y financieras del seguro, que permitió determinar el porcentaje de suficiencia del SOAT, el cual se explica principalmente por el comportamiento del costo estimado de la atención de las personas lesionadas en accidentes de tránsito, el número de siniestros viales asegurados y la composición del parque automotor asegurado”.

La SFC agrega en la Circular informativa que el incremento “propende porque los recursos disponibles sean estadísticamente suficientes para la atención de las víctimas de accidentes de tránsito” teniendo en cuenta los principios de equidad, suficiencia y moderación, señalados en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.

Determinantes de la tarifa máxima

Para definir la actualización de las nuevas tarifas del SOAT, la SFC tuvo en cuenta la información reportada por las compañías de seguros, según la cual:

1. Durante el último año aumentó el parque automotor asegurado, que pasó de 9,2 millones a 9,7 millones de pólizas, principalmente en categorías de vehículos que muestran los mayores aumentos en sus tasas de siniestralidad. Para 2024 se proyecta que estas categorías concentren el 53% del parque automotor asegurado en SOAT.

2. El número de personas afectadas en accidentes de tránsito (por cada 100 pólizas de SOAT) disminuyó en 2,3%, pasando de 9,64% en 2022 a 7,34% en 2023. Las proyecciones indican que en 2024 este indicador llegaría a 8,12%.

3. El valor promedio por siniestro en gastos médicos e indemnizaciones con cargo al SOAT (severidad) aumentó 16% en 2023 respecto a 2022. Para 2024 se proyecta que este indicador representa una disminución aproximada de 400 mil pesos.

4. Entre 2020 y 2023 los vehículos a gas crecieron 15% mientras que los eléctricos lo hicieron en 170%, con lo cual los descuentos realizados han tenido impacto sobre los recursos del SOAT. En esa medida, para el presente ejercicio se ajusta la metodología con el fin de incorporar los efectos estimados en las primas del ramo

Tarifas del SOAT para el 2024

Con el aumento que indicó la Superintendencia Financiera, esto es lo que debes pagar por el SOAT, según tu tipo de vehículo

Motos

– Menos de 100 c.c.: $230.200

– Entre 100 y 200 c.c.: $308.500

– Más de 200 c.c.: $830.100

Motocarros

– Ciclomotor: $111.600

– Motocarro, tricimoto y cuadriciclo: $347.700

– Motocarro de cinco pasajeros: $347.700

Camionetas / Camperos

– Menos de 1.500 c.c. / menos de 10 años: $864.500

– Menos de 1.500 c.c. / 10 años o más $1’039.300

– Entre 1.500 c.c. y 2.500 c.c. / menos de 10 años: $1’032.300

– Entre 1.500 y 2.500 c.c. / 10 años o más: $1’222.900

– Más de 2.500 c.c. / menos de 10 años: $1’210.900

– Más de 2.500 c.c. / 10 años o más: $1’389.500

Vehículos familiares

– Menos de 1.500 c.c. / Menos de 10 años: $487.000

– Menos de 1.500 c.c. / 10 años 0 más: $646.500

– Entre 1.500 y 2.500 c.c. / Menos de 10 años: $539.800

– Entre 1.500 y 2.500 c.c. / 10 años o más: $738.600

– Más de 2.500 c.c. / Menos de 10 años: $693.000

– Más de 2.500 c.c. / 10 años o más: $822.500

– 6 o más pasajeros / menos de 2.500 c.c. / menos de 10 años: $869.500

– 6 o más pasajeros / menos de 2.500 c.c. / 10 años o más: $1’109.800

– 6 o más pasajeros / 2.500 o más c.c. / menos de 10 años: $1’163.900

– 6 o más pasajeros / 2.500 o más c.c. / 10 años o más: $1’397.700

Autos negocio

– Menos de 1.500 c.c. / menos de 10 años: $253.000

– Menos de 1.500 c.c. / 10 o más años: $316.200

– Entre 1.500 y 2.500 c.c. / menos de 10 años: $314.600

– Entre 1.500 y 2.500 c.c. / 10 o más años: $388.600

– Más de 2.500 c.c. / menos de 10 años: $405.600

– Más de 2.500 c.c. / 10 o más años: $475.700

Servicio público

Buses, busetas urbanos: $605.000

Servicio público intermunicipal (menos de 10 pasajeros): $598.200

Servicio público intermunicipal (más de 10 pasajeros): $867.500

Oficiales especiales (menos de 1.500 c.c.): $1’090.100

Oficiales especiales (entre 1.500 y 2.500 c.c.): $1’374.300

Oficiales especiales (más de 2.500 c.c.): $1’647.800

Fuente: Superfinanciera

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Ecopetrol libera cerca de 60 millones de barriles diarios de gas natural para garantizar suministro nacional

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El Grupo Ecopetrol continúa adoptado decisiones estratégicas que garanticen el suministro de gas natural en todo el país.

A la asignación adicional de 2,7 Gbtu (millones de barriles diarios) de gas natural para garantizar el suministro de gas natural vehicular en Casanare y Meta, se suma un nuevo anuncio de comercialización del energético.

A partir del 1º de diciembre de 2025 la compañía ofrecerá para la venta entre 46 y 60 Gbtud de sus campos del Piedemonte Llanero. Estas cantidades equivalen aproximadamente al 20% de la demanda residencial, comercial y de gas natural vehicular del país.

La empresa estatal informó que este gas adicional estará disponible desde el 1 de diciembre de 2025 hasta el 31 de mayo de 2026, y se ofrecerá en dos modalidades definidas en la regulación vigente:

– En firme, que garantiza el suministro continuo durante el periodo contratado.

– Con interrupciones, que permite suspender el suministro en caso de limitaciones, según las reglas establecidas.

De acuerdo con Ecopetrol, en la modalidad ‘En firme’ se ofrecerán cantidades que van desde 23 hasta 35 Gbtud para los meses de marzo a mayo de 2026, y serán comercializadas durante el trimestre de negociación que inicia en diciembre de 2025.

Y en la modalidad de ‘Interrumpible’ se ofrecerán cantidades desde 22 hasta 49 Gbtud para los meses de diciembre de 2025 a mayo de 2026, y serán comercializadas mensualmente, teniendo en cuenta las condiciones regulatorias vigentes que señalan que para el trimestre de diciembre a febrero sólo se permite la comercialización de gas bajo la modalidad Interrumpible.

“En Ecopetrol seguimos comprometidos en el abastecimiento de gas natural para todos los colombianos. Gracias a esfuerzos recientes de eficiencia, optimización y sustitución energética en varios de nuestros procesos productivos por energía proveniente de fuentes renovables no convencionales, podemos liberar mayores volúmenes para amentar la oferta de gas provenientes de nuestros campos en el Piedemonte Llanero”, declaró Bayron Triana Arias, Vicepresidente Ejecutivo de Energías para la Transición, de Ecopetrol.

Agregó el directivo que este incremento en la oferta refleja el compromiso de la compañía estatal con el país y con la transición energética. “Así avanzamos hacia un futuro con más energía limpia y más seguridad energética para todos los colombianos, y se contribuye al cumplimiento de los objetivos de descarbonización y las metas de transición energética del Grupo Ecopetrol”, aseguró.

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La JEP no aceptó al exjefe jurídico de la Gobernación de Casanare en gobierno de Raúl Flórez

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La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) rechazó la solicitud de sometimiento presentada por Henry Villarraga Oliveros, exmagistrado del Consejo Superior de la Judicatura, al considerar que no cumplió con el requisito de aportar verdad plena, presentó argumentos exculpatorios y negó la existencia de patrones macrocriminales ampliamente demostrados en su contra.

Según la decisión de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, Villarraga omitió información clave que habría permitido esclarecer su presunto papel en el encubrimiento de graves crímenes del conflicto armado, particularmente en el caso del coronel (r) Robinson González del Río, investigado por ejecuciones extrajudiciales conocidas como “falsos positivos”.

La JEP recordó que contra Villarraga cursan varios procesos penales y disciplinarios por, presuntamente, ofrecer asesoría ilegal al oficial retirado y comprometerse a influir para que uno de sus procesos fuera trasladado a la Justicia Penal Militar, buscando garantizar impunidad frente a crímenes de guerra y de lesa humanidad.

El tribunal especial concluyó que el exmagistrado incumplió las condiciones básicas exigidas para acceder a los beneficios del sistema transicional, pues su aporte se limitó a justificar sus actuaciones con argumentos jurídicos y a cuestionar el trabajo de la Fiscalía General de la Nación, alegando una supuesta “guerra jurídica” contra miembros de la fuerza pública.
Para la Sala, requerir nuevamente al solicitante para que hiciera un aporte de verdad sustancial representaría un desgaste injustificado del aparato judicial, más aún cuando Villarraga ha tenido múltiples oportunidades para hacerlo en los procesos que se adelantan en su contra.

El expediente fue remitido a la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes, donde cursa un proceso disciplinario en etapa de acusación y otro penal cuya apertura quedó sin efectos. La JEP, además, rechazó cualquier discurso estigmatizante o desobligante frente a las víctimas, la sociedad y las instituciones del Estado.

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Con proyecto de ley buscan declarar de alto riesgo la profesión de escolta

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El Senador José Vicente Carreño Castro radicó el Proyecto de Ley 135 de 2025 que reconoce y establece “a los agentes de protección o escoltas requeridos como una profesión y/u oficio de alto riesgo”, en la medida que este trabajo está en proteger a personas con la posibilidad de sufrir un atentado, por lo que deben prevenir y enfrentar este tipo de eventualidad, lo que de inmediato los convierte también en blanco de los agresores.

Carreño Castro reveló que “al establecer de alto riesgo esta profesión u oficio, los agentes de protección o escoltas quedan cobijados en las ´Pensiones especiales de vejez´, establecido en los Artículos 3 al 10 del Decreto 2090 de 2003, adicionando esta iniciativa legislativa una modificación al Artículo 8 –modificado a la vez por el Artículo 1 del Decreto 2655 de 2014- en el sentido de que este régimen especial de pensión, incluye a los trabajadores vinculados a esta actividad hasta el 31 de diciembre de 2034, y no solo hasta el 31 de diciembre de 2024, como lo establece el mencionado Decreto 2655”.

La iniciativa legislativa –que ahora pasa a la Comisión VII del Senado- le fija al SENA la tarea de estructurar “un pensum académico con ciclos de competencias laborales, técnico, tecnólogo y profesional en seguridad dirigido este personal, para lo cual podrá celebrar convenios con organismos gubernamentales y no gubernamentales”, con el fin de que este ejercicio no solo sea considerado un oficio, sino además como una nueva profesión con todos la validación constitucional y legal, como la plantea el mencionado proyecto de ley.

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