Connect with us

CASANARE

Se alargó Aislamiento Preventivo Obligatorio en Colombia hasta el 1° de julio

Published

on

presidente

Mediante el Decreto 749 del 28 de mayo de 2020, el Gobierno Nacional ordenó el Aislamiento Preventivo Obligatorio en todo el territorio colombiano, el cual regirá desde las cero horas del 1° de junio de 2020, hasta las cero horas del 1° de julio de 2020, en el marco de la Emergencia Sanitaria por causa del coronavirus covid-19.

El Decreto, de 13 artículos, firmado por el Presidente Iván Duque y los 18 ministros de su gabinete, ordena el Aislamiento Preventivo Obligatorio o cuarentena “de todas las personas habitantes de la República de Colombia” durante el periodo de tiempo establecido, y como medida para enfrentar la pandemia.

La norma “limita totalmente la libre circulación de personas y vehículos en el territorio nacional”, con 43 excepciones.

El artículo 3 señala que los Gobernadores y Alcaldes, permitirán el derecho de circulación de las personas que se encuentren el grupo de las 43 excepciones, entra las que se incluyen la asistencia y prestación de servicios de salud; adquisición y pago de bienes de primera necesidad; desplazamiento a servicios bancarios y servicios notariales; asistencia y cuidado a niños, niñas, adolescentes, personas mayores de 70 años, personas con discapacidad y enfermos con tratamientos especiales que requieren asistencia de personal capacitado.

Además, contempla las labores de las misiones médicas de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y de organismos internacionales humanitarios y de salud; la prestación de los servicios profesionales, administrativos, operativos y técnicos de salud públicos y privados; la cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de medicamentos, productos de limpieza, desinfección y aseo personal para hogares y hospitales.

El Decreto, igualmente, exceptúa las actividades relacionadas con servicios de emergencia, incluidas las emergencias veterinarias, y los servicios funerarios, entierros y cremaciones.

También está incluida la cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de insumos para producir bienes de primera necesidad.

Las actividades de la industria hotelera para atender a sus huéspedes, estrictamente necesarias para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria por causa del coronavirus covid-19.

La norma exceptúa el comercio al por mayor y al por menor, incluido el funcionamiento de centros comerciales y actividades inmobiliarias.

Laboratorios prácticos y de investigación de las instituciones de educación superior y educación para el trabajo y el desarrollo humano. Actividades profesionales, técnicas y de servicios en general.

Actividad física mediante protocolos

El Decreto, además, permite el desarrollo de actividades físicas y de ejercicio al aire libre, de acuerdo con las medidas, instrucciones y horarios que fijen los Alcaldes en sus respectivas jurisdicciones, y con sujeción a los protocolos de bioseguridad.

Este desarrollo de actividad física y de ejercicio al aire libre se autoriza para personas que se encuentren en el rango de edad de 18 a 69 años, por un período máximo de dos horas diarias.

También, para los adultos mayores de 70 años, tres veces a la semana, media hora al día.

Incluye a los niños mayores de 6 años, tres veces a la semana, una hora al día. A los niños entre 2 y 5 años, tres veces a la semana, media hora al día.

Peluquerías y museos

Entre las excepciones del citado Decreto, el Gobierno Nacional autoriza la apertura productiva de los servicios de peluquería, parqueaderos públicos para vehículos, museos y bibliotecas.

El artículo 3 tiene 7 parágrafos, el primero de los cuales señala que “las personas que desarrollen las actividades antes mencionadas deberán estar acreditadas o identificadas en el ejercicio de sus funciones”, y para iniciar actividades deberán cumplir con los protocolos de bioseguridad que establezca el Ministerio de Salud y Protección Social para el control de la pandemia del coronavirus covid-19.

Igualmente, el parágrafo 6 señala que “las excepciones que se consideren necesarias adicionar por parte de los gobernadores y alcaldes deben ser previamente informadas y coordinadas con el Ministerio del Interior”.

Alcaldes podrán suspender actividades

Cabe anotar que, mediante el parágrafo 7, la norma faculta a los Alcaldes para que mediante la debida autorización del Ministerio del Interior suspendan “las actividades o casos establecidos” en las excepciones del artículo 3.

“Cuando un municipio presente una variación negativa en el comportamiento de la epidemia del coronavirus covid-19 que genere un riesgo excepcional a criterio del Ministerio de Salud y Protección Social, esta entidad enviará al Ministerio del Interior un informe que contenga la descripción de la situación epidemiológica del municipio relacionada con el covid-19 y las actividades o casos que estarían permitidos para ese municipio, con base en lo cual, el Ministerio del Interior ordenará al alcalde el cierre de las actividades o casos respectivos”, se afirma en el Decreto.

Las actividades no permitidas

El Decreto 749, asimismo, hace referencia a siete actividades que “en ningún caso” serán permitidas en el marco del Aislamiento Preventivo, a partir del primero de junio.

Entre estas actividades están los “eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas, de conformidad con las disposiciones que expida el Misterio de Salud y Protección Social”.

Tampoco se permiten “los establecimientos y locales comerciales de esparcimiento y diversión, bares, discotecas, de baile, ocio y entretenimiento y de juegos de azar y apuestas, billares, casinos, bingos y terminales de juego de video”.

Con relación a los establecimientos y locales gastronómicos señala que permanecerán cerrados y solo podrán ofrecer sus productos a través de comercio electrónico, por entrega a domicilio o por entrega para llevar.

De la misma forma, no puede haber actividades en “gimnasios, piscinas, spa, sauna, turco, balnearios, canchas deportivas, polideportivos, parques de atracciones mecánicas y parques infantiles”.

Este listado también incluye cines y teatros, la práctica deportiva y ejercicio grupal en parques públicos y áreas de recreación, deportes de contacto o que se practiquen en conjunto. Tampoco estarán permitidos los servicios religiosos que impliquen aglomeraciones o reuniones.

Sigue suspendido el transporte aéreo

El Gobierno ordena igualmente, la suspensión del transporte doméstico por vía aérea. Esta restricción regirá a partir de las cero horas del 1° de junio de 2020, hasta las cero horas del 1° de julio de 2020.

La norma explica que solo se permitirá el transporte doméstico por vía aérea en casos de emergencia humanitaria, transporte de carga y mercancía, y en caso fortuito o fuerza mayor.

Se ordena el cierre de fronteras

El Gobierno Nacional, por medio de este Decreto, ordena el cierre de las fronteras de Colombia –pasos marítimos, terrestres y fluviales- con Venezuela, Perú, Brasil, Panamá y Ecuador. La medida regirá a partir de las cero horas del 31 de mayo de 2020, hasta las cero horas 1° de julio de 2020.

No obstante, se exceptúa el cierre de frontera en casos de emergencia humanitaria, transporte de carga y mercancía, caso fortuito o fuerza mayor y para la salida del territorio colombiano de ciudadanos extranjeros de manera coordinada por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, con las autoridades distritales y municipales competentes.

Por último, la norma determina que quien viole las medidas adoptadas y las instrucciones dadas se verá sujeto a sanción de tipo penal prevista en el artículo 368 del Código Penal.

Dicho artículo indica que quien viole una medida sanitaria adoptada por la autoridad competente para impedir la introducción o propagación de una epidemia incurrirá en prisión de cuatro 4 a 8 años y, además, tendrá que pagar las multas que ordena el Decreto 780 de 2016, expedido por el Ministerio de Salud.

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

CASANARE

Alcaldía de Yopal realiza curso gratuito de drones agrícolas para modernizar el campo

Published

on

By

La Alcaldía de Yopal, a través de la Secretaría de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), ha abierto las inscripciones para un curso gratuito de introducción a la operación de drones DJI Agras. Esta iniciativa está dirigida a ciudadanos mayores de edad interesados en explorar el uso de estas tecnologías avanzadas aplicadas al sector agrícola.

El programa busca acercar a la comunidad al manejo de herramientas tecnológicas que son fundamentales en los procesos de modernización del campo. Con el uso de drones, se facilita la optimización de actividades productivas y se fortalece la implementación de prácticas agrícolas innovadoras, elevando la eficiencia en el sector.

Durante el curso, los participantes adquirirán conocimientos básicos sobre la operación de los drones DJI Agras, así como una introducción detallada a las diversas aplicaciones que esta tecnología ofrece en el ámbito agrícola. El diseño del programa es accesible para personas sin experiencia previa, permitiendo un aprendizaje desde un nivel fundamental.

Las sesiones de capacitación se realizan los días 9, 10, 12 y 13 de marzo de 2026, en horario de 9:00 a. m. a 12:00 m., en las instalaciones del Punto Vive Digital La Triada, ubicado en Yopal. Un requisito indispensable para los asistentes es contar con un computador portátil personal para el desarrollo de las actividades académicas.

Esta capacitación es parte de las acciones de formación tecnológica que promueve la Administración Municipal, con el propósito de ampliar las capacidades digitales de los ciudadanos. Su objetivo es facilitar el acceso a herramientas que hoy tienen una aplicación directa y relevante en los sectores productivos del municipio, impulsando el desarrollo local.

Continue Reading

CASANARE

Grupo anticontrabando de Casanare educa a ciudadanos sobre licores legales

Published

on

By

El Grupo Anticontrabando de la Gobernación de Casanare llevó a cabo una exitosa jornada de sensibilización en el Centro Comercial Unicentro de Yopal, con una gran asistencia de ciudadanos. El objetivo principal de la actividad fue proporcionar a la comunidad herramientas prácticas y conocimientos clave para identificar productos legales y, de esta manera, proteger tanto la salud de los consumidores como las finanzas del departamento.

Durante la jornada, expertos en la materia instruyeron a los visitantes sobre los elementos de seguridad fundamentales que permiten distinguir un licor legal de uno de contrabando o adulterado. La capacitación se centró en aspectos cruciales como la revisión de estampillas y códigos QR, la verificación de etiquetas, sellos y el estado general de las tapas de los envases.

Además de la inspección física de los productos, se enfatizó la importancia de realizar compras exclusivamente en lugares autorizados y reconocidos. Esta medida es vital para asegurar la procedencia y calidad de los licores, cervezas y cigarrillos, minimizando los riesgos asociados al consumo de productos ilícitos.

Esta iniciativa busca combatir de manera frontal el comercio ilícito de bebidas alcohólicas y tabaco en Casanare. Cabe recordar que el contrabando no solo representa un grave riesgo para la vida de los consumidores debido a la posible adulteración de sustancias, sino que también afecta directamente los recursos que el departamento destina a sectores fundamentales como la salud, la educación y el deporte de todos los casanareños.

La administración departamental expresó su agradecimiento a las directivas del Centro Comercial Unicentro por su vinculación a esta importante iniciativa, demostrando un compromiso conjunto con el consumo responsable. El Grupo Anticontrabando anunció que continuará desplegando operativos y jornadas de sensibilización en puntos estratégicos del departamento, garantizando así un mercado transparente y seguro para toda la comunidad.

Continue Reading

CASANARE

Diego García Y Arledy Alvarado, los nuevos Representantes a la Cámara por Casanare

Published

on

By

Con los resultados del preconteo, la Cámara de Representantes por Casanare estará ocupada por Arledy Alvarado Patiño y Diego Fernando García Alfonso.

Alvarado Patiño, quien aspiraba a la curul por el Partido Centro Democrático, de acuerdo al preconteo alcanzó 17.747 votos, de los 48.014 papeletas que obtuvo la colectividad, que a la postre fue la más votada en el departamento. En esa misma lista el candidato Álvaro Mariño obtuvo 12.622 votos, mientras que el pastor Wilmer Garcés ayudó con 8.760. El logo del Partido, que son los votos solo por la lista, alcanzó un total de 8.885 votos.

Por su parte García Alfonso, quien representaba a la Alianza por Casanare, conformada por el Partido Verde y el Partido En Marcha, logró 32.061 votos en el preconteo, convirtiéndose en el candidato más votado de la contienda. En esa misma lista la candidata Diana Rincón Leguizamón obtuvo 5.205 votos, mientras que el candidato Fabián Cordero Escobar colaboró con 2.700 votos. El logo de la Alianza alcanzó 1.824 votos. La lista total llegó a los 41.790 votos.

Ambos representantes se comprometieron a no parar su trabajo de campaña, y esta semana estarán visitando a sus electores en los diferentes municipios, de acuerdo con lo expresado luego de conocerse los resultados la noche anterior. Tanto Arledy Alvarado como Diego García señalaron que de inmediato iniciarán su trabajo para avanzar en diferentes temas, de cara a “no perder tiempo” en las gestiones que deben realizar desde sus curules.

Continue Reading
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement

Lo Mas Leido