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Se alargó Aislamiento Preventivo Obligatorio en Colombia hasta el 1° de julio

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Mediante el Decreto 749 del 28 de mayo de 2020, el Gobierno Nacional ordenó el Aislamiento Preventivo Obligatorio en todo el territorio colombiano, el cual regirá desde las cero horas del 1° de junio de 2020, hasta las cero horas del 1° de julio de 2020, en el marco de la Emergencia Sanitaria por causa del coronavirus covid-19.

El Decreto, de 13 artículos, firmado por el Presidente Iván Duque y los 18 ministros de su gabinete, ordena el Aislamiento Preventivo Obligatorio o cuarentena “de todas las personas habitantes de la República de Colombia” durante el periodo de tiempo establecido, y como medida para enfrentar la pandemia.

La norma “limita totalmente la libre circulación de personas y vehículos en el territorio nacional”, con 43 excepciones.

El artículo 3 señala que los Gobernadores y Alcaldes, permitirán el derecho de circulación de las personas que se encuentren el grupo de las 43 excepciones, entra las que se incluyen la asistencia y prestación de servicios de salud; adquisición y pago de bienes de primera necesidad; desplazamiento a servicios bancarios y servicios notariales; asistencia y cuidado a niños, niñas, adolescentes, personas mayores de 70 años, personas con discapacidad y enfermos con tratamientos especiales que requieren asistencia de personal capacitado.

Además, contempla las labores de las misiones médicas de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y de organismos internacionales humanitarios y de salud; la prestación de los servicios profesionales, administrativos, operativos y técnicos de salud públicos y privados; la cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de medicamentos, productos de limpieza, desinfección y aseo personal para hogares y hospitales.

El Decreto, igualmente, exceptúa las actividades relacionadas con servicios de emergencia, incluidas las emergencias veterinarias, y los servicios funerarios, entierros y cremaciones.

También está incluida la cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de insumos para producir bienes de primera necesidad.

Las actividades de la industria hotelera para atender a sus huéspedes, estrictamente necesarias para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria por causa del coronavirus covid-19.

La norma exceptúa el comercio al por mayor y al por menor, incluido el funcionamiento de centros comerciales y actividades inmobiliarias.

Laboratorios prácticos y de investigación de las instituciones de educación superior y educación para el trabajo y el desarrollo humano. Actividades profesionales, técnicas y de servicios en general.

Actividad física mediante protocolos

El Decreto, además, permite el desarrollo de actividades físicas y de ejercicio al aire libre, de acuerdo con las medidas, instrucciones y horarios que fijen los Alcaldes en sus respectivas jurisdicciones, y con sujeción a los protocolos de bioseguridad.

Este desarrollo de actividad física y de ejercicio al aire libre se autoriza para personas que se encuentren en el rango de edad de 18 a 69 años, por un período máximo de dos horas diarias.

También, para los adultos mayores de 70 años, tres veces a la semana, media hora al día.

Incluye a los niños mayores de 6 años, tres veces a la semana, una hora al día. A los niños entre 2 y 5 años, tres veces a la semana, media hora al día.

Peluquerías y museos

Entre las excepciones del citado Decreto, el Gobierno Nacional autoriza la apertura productiva de los servicios de peluquería, parqueaderos públicos para vehículos, museos y bibliotecas.

El artículo 3 tiene 7 parágrafos, el primero de los cuales señala que “las personas que desarrollen las actividades antes mencionadas deberán estar acreditadas o identificadas en el ejercicio de sus funciones”, y para iniciar actividades deberán cumplir con los protocolos de bioseguridad que establezca el Ministerio de Salud y Protección Social para el control de la pandemia del coronavirus covid-19.

Igualmente, el parágrafo 6 señala que “las excepciones que se consideren necesarias adicionar por parte de los gobernadores y alcaldes deben ser previamente informadas y coordinadas con el Ministerio del Interior”.

Alcaldes podrán suspender actividades

Cabe anotar que, mediante el parágrafo 7, la norma faculta a los Alcaldes para que mediante la debida autorización del Ministerio del Interior suspendan “las actividades o casos establecidos” en las excepciones del artículo 3.

“Cuando un municipio presente una variación negativa en el comportamiento de la epidemia del coronavirus covid-19 que genere un riesgo excepcional a criterio del Ministerio de Salud y Protección Social, esta entidad enviará al Ministerio del Interior un informe que contenga la descripción de la situación epidemiológica del municipio relacionada con el covid-19 y las actividades o casos que estarían permitidos para ese municipio, con base en lo cual, el Ministerio del Interior ordenará al alcalde el cierre de las actividades o casos respectivos”, se afirma en el Decreto.

Las actividades no permitidas

El Decreto 749, asimismo, hace referencia a siete actividades que “en ningún caso” serán permitidas en el marco del Aislamiento Preventivo, a partir del primero de junio.

Entre estas actividades están los “eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas, de conformidad con las disposiciones que expida el Misterio de Salud y Protección Social”.

Tampoco se permiten “los establecimientos y locales comerciales de esparcimiento y diversión, bares, discotecas, de baile, ocio y entretenimiento y de juegos de azar y apuestas, billares, casinos, bingos y terminales de juego de video”.

Con relación a los establecimientos y locales gastronómicos señala que permanecerán cerrados y solo podrán ofrecer sus productos a través de comercio electrónico, por entrega a domicilio o por entrega para llevar.

De la misma forma, no puede haber actividades en “gimnasios, piscinas, spa, sauna, turco, balnearios, canchas deportivas, polideportivos, parques de atracciones mecánicas y parques infantiles”.

Este listado también incluye cines y teatros, la práctica deportiva y ejercicio grupal en parques públicos y áreas de recreación, deportes de contacto o que se practiquen en conjunto. Tampoco estarán permitidos los servicios religiosos que impliquen aglomeraciones o reuniones.

Sigue suspendido el transporte aéreo

El Gobierno ordena igualmente, la suspensión del transporte doméstico por vía aérea. Esta restricción regirá a partir de las cero horas del 1° de junio de 2020, hasta las cero horas del 1° de julio de 2020.

La norma explica que solo se permitirá el transporte doméstico por vía aérea en casos de emergencia humanitaria, transporte de carga y mercancía, y en caso fortuito o fuerza mayor.

Se ordena el cierre de fronteras

El Gobierno Nacional, por medio de este Decreto, ordena el cierre de las fronteras de Colombia –pasos marítimos, terrestres y fluviales- con Venezuela, Perú, Brasil, Panamá y Ecuador. La medida regirá a partir de las cero horas del 31 de mayo de 2020, hasta las cero horas 1° de julio de 2020.

No obstante, se exceptúa el cierre de frontera en casos de emergencia humanitaria, transporte de carga y mercancía, caso fortuito o fuerza mayor y para la salida del territorio colombiano de ciudadanos extranjeros de manera coordinada por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, con las autoridades distritales y municipales competentes.

Por último, la norma determina que quien viole las medidas adoptadas y las instrucciones dadas se verá sujeto a sanción de tipo penal prevista en el artículo 368 del Código Penal.

Dicho artículo indica que quien viole una medida sanitaria adoptada por la autoridad competente para impedir la introducción o propagación de una epidemia incurrirá en prisión de cuatro 4 a 8 años y, además, tendrá que pagar las multas que ordena el Decreto 780 de 2016, expedido por el Ministerio de Salud.

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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Gobernador y ministro de Salud inspeccionan obras del hospital de Maní y exigen acelerar trabajos

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El gobernador de Casanare, César Ortiz Zorro, y el ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, realizaron una visita al municipio de Maní para verificar el avance en la construcción del hospital de primer nivel, una obra largamente esperada por la comunidad y respaldada por el Gobierno nacional, con una inversión cercana a los 20.500 millones de pesos.

Durante el recorrido, las autoridades constataron que el proyecto registra actualmente un avance del 13 % en su ejecución. Frente a este panorama, el ministro Jaramillo hizo un llamado directo al contratista para que incremente el ritmo de trabajo y garantice una mayor eficiencia en el desarrollo de la obra, con el fin de cumplir los tiempos establecidos y responder a las expectativas de la población.

Por su parte, la gerente de Red Salud Casanare, Lady Patricia Bohórquez, explicó que, aunque el porcentaje de avance aún es bajo, el proyecto se encuentra dentro del cronograma previsto. Señaló además que ya se superó la etapa de cimentación, considerada la más compleja y demorada del proceso constructivo.

Bohórquez reiteró que, de mantenerse el cumplimiento del cronograma, el nuevo hospital de baja complejidad estaría listo para entrar en funcionamiento en el mes de julio, fortaleciendo la atención en salud del municipio de Maní y mejorando el acceso oportuno a servicios médicos básicos para sus habitantes.

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Zorro y Gobierno Nacional cuadraron caja para la nueva torre de alta complejidad del HORO

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Tras la visita a Casanare del ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, y de la directora del DNP, Natalia Molina, se ratificó la asignación de los recursos para la construcción de la nueva torre de alta complejidad del Hospital Regional de la Orinoquia (HORO), una gestión liderada por el gobernador César Ortiz Zorro que hace realidad uno de los proyectos más esperados del departamento.

La financiación aprobada asciende a 106 mil millones de pesos, de los cuales 46.700 millones provienen del Departamento Nacional de Planeación (DNP) y 60.000 millones del Ministerio de Salud. Estos recursos permitirán avanzar en una obra concebida para atender una de las problemáticas más graves del sistema de salud en Casanare, las constantes remisiones de pacientes hacia ciudades como Bogotá, Tunja o Villavicencio, muchas veces con desenlaces fatales por la espera o por la distancia.

El gobernador agradeció al ministro, al presidente y al personal que participó en la estructuración del proyecto, y señaló que se cumple una promesa hecha todos los casanareños, especialmente a las familias obligadas a desplazarse fuera del departamento para acceder a atención especializada.

De igual manera, Zorro afirmó que este proyecto representa el día más feliz de su vida y recordó que solo el año pasado se registraron 9.000 remisiones de pacientes hacia otras zonas del país, una situación que calificó como una tragedia para Casanare. Según explicó, con la nueva torre ese panorama va a cambiar, ya que permitirá prestar más de 23 especialidades médicas y quirúrgicas sin que los pacientes tengan que salir del departamento.

El costo total de la infraestructura es de 225 mil millones de pesos, de los cuales el Gobierno nacional aporta 106 mil millones y la Gobernación de Casanare asumirá el valor restante. La nueva torre ofrecerá servicios como anestesiología, cardiología general y pediátrica, cirugía general, pediátrica, de mama, de tejidos blandos, gastrointestinal, plástica y oncológica, además de oncología, cirugía maxilofacial, neonatología, neurocirugía, dermatología, gastroenterología, ginecoobstetricia, medicina interna, nefrología, neurología, nutrición y dietética, ortopedia, otorrinolaringología, urología, psicología y hematología, entre otros.

Además, el gobernador indicó que este proyecto abre la puerta a la creación de una cátedra de medicina en el departamento, con el fin de que los jóvenes puedan formarse como médicos sin salir de Casanare, un proceso que ya se viene trabajando con la Universidad Nacional y la UPTC.

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Se salda una deuda silenciosa en Yopal con Hospital Público de Salud Mental

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Durante años, la salud mental en Yopal fue un tema relegado al silencio y atendido, en la mayoría de los casos, desde lo privado, con grandes limitaciones para las familias más vulnerables. Hoy, esa deuda histórica empieza a saldarse: el municipio contará con el hospital público de salud mental de la Orinoquía, una infraestructura pensada para cuidar la vida, prevenir tragedias y brindar atención digna y oportuna. Esta decisión se consolida bajo la administración del alcalde Marco Tulio Ruiz, como una respuesta institucional a una de las problemáticas sociales más sensibles del territorio.

Desde esta apuesta pública, la salud mental adquiere un lugar prioritario dentro del municipio, reconociendo que existen dolores que no se curan con medicamentos, pero sí con una adecuada intervención de profesionales especializados, acompañamiento oportuno y espacios diseñados para una atención integral. Con este proyecto, Yopal se posiciona a la vanguardia de ciudades como Bogotá,  Cali, Medellín y Bucaramanga, al convertirse en sede del hospital público de salud mental de la Orinoquía colombiana.

La viabilidad de esta iniciativa, que contempla una inversión cercana a los 25.000 millones de pesos, fue posible gracias al trabajo articulado del alcalde Marco Tulio Ruiz, el apoyo de la senadora Sonia Bernal y el respaldo del ministro de salud, Guillermo Alfonso Jaramillo. El proyecto fue estructurado por profesionales de la ESE Salud Yopal y de diferentes dependencias de la alcaldía, logrando su aprobación en un tiempo récord de ocho meses.

¿Qué tendrá el nuevo hospital?

El nuevo hospital contará con áreas de urgencias, hospitalización, laboratorio, farmacia y apoyos terapéuticos, convirtiéndose en una alternativa pública y accesible para las familias que hoy no cuentan con los recursos suficientes para asumir los costos de una atención privada o que deben desplazarse a otras regiones del país. Además del hospital de salud mental, el Ministerio de Salud también respaldó recursos para fortalecer la atención primaria en el territorio, mediante la remodelación del PAPS de Quebradaseca y de los CAPS de El Morro y La Chaparrera, ampliando así la capacidad de atención y prevención en salud para comunidades rurales y urbanas.

En materia de talento humano, cerca de 300 profesionales entre enfermeras, psicólogos, psiquiatras, neurólogos y médicos familiaristas serán capacitados para implementar el modelo de atención requerido en salud mental. A esto se suma la formación de 750 gestores comunitarios, quienes desde el territorio permitirán identificar de manera temprana a las personas que requieren acompañamiento profesional. Las cifras evidencian la urgencia de esta intervención: en el año 2024 se registraron 9 suicidios en Yopal y en 2025 la cifra ascendió a 8 casos. En el departamento de Casanare, 331 personas atentaron contra su vida, una realidad que exige respuestas inmediatas desde lo público y que hoy empieza a ser atendida con acciones concretas.

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