CASANARE
Se alargó Aislamiento Preventivo Obligatorio en Colombia hasta el 1° de julio
Mediante el Decreto 749 del 28 de mayo de 2020, el Gobierno Nacional ordenó el Aislamiento Preventivo Obligatorio en todo el territorio colombiano, el cual regirá desde las cero horas del 1° de junio de 2020, hasta las cero horas del 1° de julio de 2020, en el marco de la Emergencia Sanitaria por causa del coronavirus covid-19.
El Decreto, de 13 artículos, firmado por el Presidente Iván Duque y los 18 ministros de su gabinete, ordena el Aislamiento Preventivo Obligatorio o cuarentena “de todas las personas habitantes de la República de Colombia” durante el periodo de tiempo establecido, y como medida para enfrentar la pandemia.
La norma “limita totalmente la libre circulación de personas y vehículos en el territorio nacional”, con 43 excepciones.
El artículo 3 señala que los Gobernadores y Alcaldes, permitirán el derecho de circulación de las personas que se encuentren el grupo de las 43 excepciones, entra las que se incluyen la asistencia y prestación de servicios de salud; adquisición y pago de bienes de primera necesidad; desplazamiento a servicios bancarios y servicios notariales; asistencia y cuidado a niños, niñas, adolescentes, personas mayores de 70 años, personas con discapacidad y enfermos con tratamientos especiales que requieren asistencia de personal capacitado.
Además, contempla las labores de las misiones médicas de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y de organismos internacionales humanitarios y de salud; la prestación de los servicios profesionales, administrativos, operativos y técnicos de salud públicos y privados; la cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de medicamentos, productos de limpieza, desinfección y aseo personal para hogares y hospitales.
El Decreto, igualmente, exceptúa las actividades relacionadas con servicios de emergencia, incluidas las emergencias veterinarias, y los servicios funerarios, entierros y cremaciones.
También está incluida la cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de insumos para producir bienes de primera necesidad.
Las actividades de la industria hotelera para atender a sus huéspedes, estrictamente necesarias para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria por causa del coronavirus covid-19.
La norma exceptúa el comercio al por mayor y al por menor, incluido el funcionamiento de centros comerciales y actividades inmobiliarias.
Laboratorios prácticos y de investigación de las instituciones de educación superior y educación para el trabajo y el desarrollo humano. Actividades profesionales, técnicas y de servicios en general.
Actividad física mediante protocolos
El Decreto, además, permite el desarrollo de actividades físicas y de ejercicio al aire libre, de acuerdo con las medidas, instrucciones y horarios que fijen los Alcaldes en sus respectivas jurisdicciones, y con sujeción a los protocolos de bioseguridad.
Este desarrollo de actividad física y de ejercicio al aire libre se autoriza para personas que se encuentren en el rango de edad de 18 a 69 años, por un período máximo de dos horas diarias.
También, para los adultos mayores de 70 años, tres veces a la semana, media hora al día.
Incluye a los niños mayores de 6 años, tres veces a la semana, una hora al día. A los niños entre 2 y 5 años, tres veces a la semana, media hora al día.
Peluquerías y museos
Entre las excepciones del citado Decreto, el Gobierno Nacional autoriza la apertura productiva de los servicios de peluquería, parqueaderos públicos para vehículos, museos y bibliotecas.
El artículo 3 tiene 7 parágrafos, el primero de los cuales señala que “las personas que desarrollen las actividades antes mencionadas deberán estar acreditadas o identificadas en el ejercicio de sus funciones”, y para iniciar actividades deberán cumplir con los protocolos de bioseguridad que establezca el Ministerio de Salud y Protección Social para el control de la pandemia del coronavirus covid-19.
Igualmente, el parágrafo 6 señala que “las excepciones que se consideren necesarias adicionar por parte de los gobernadores y alcaldes deben ser previamente informadas y coordinadas con el Ministerio del Interior”.
Alcaldes podrán suspender actividades
Cabe anotar que, mediante el parágrafo 7, la norma faculta a los Alcaldes para que mediante la debida autorización del Ministerio del Interior suspendan “las actividades o casos establecidos” en las excepciones del artículo 3.
“Cuando un municipio presente una variación negativa en el comportamiento de la epidemia del coronavirus covid-19 que genere un riesgo excepcional a criterio del Ministerio de Salud y Protección Social, esta entidad enviará al Ministerio del Interior un informe que contenga la descripción de la situación epidemiológica del municipio relacionada con el covid-19 y las actividades o casos que estarían permitidos para ese municipio, con base en lo cual, el Ministerio del Interior ordenará al alcalde el cierre de las actividades o casos respectivos”, se afirma en el Decreto.
Las actividades no permitidas
El Decreto 749, asimismo, hace referencia a siete actividades que “en ningún caso” serán permitidas en el marco del Aislamiento Preventivo, a partir del primero de junio.
Entre estas actividades están los “eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas, de conformidad con las disposiciones que expida el Misterio de Salud y Protección Social”.
Tampoco se permiten “los establecimientos y locales comerciales de esparcimiento y diversión, bares, discotecas, de baile, ocio y entretenimiento y de juegos de azar y apuestas, billares, casinos, bingos y terminales de juego de video”.
Con relación a los establecimientos y locales gastronómicos señala que permanecerán cerrados y solo podrán ofrecer sus productos a través de comercio electrónico, por entrega a domicilio o por entrega para llevar.
De la misma forma, no puede haber actividades en “gimnasios, piscinas, spa, sauna, turco, balnearios, canchas deportivas, polideportivos, parques de atracciones mecánicas y parques infantiles”.
Este listado también incluye cines y teatros, la práctica deportiva y ejercicio grupal en parques públicos y áreas de recreación, deportes de contacto o que se practiquen en conjunto. Tampoco estarán permitidos los servicios religiosos que impliquen aglomeraciones o reuniones.
Sigue suspendido el transporte aéreo
El Gobierno ordena igualmente, la suspensión del transporte doméstico por vía aérea. Esta restricción regirá a partir de las cero horas del 1° de junio de 2020, hasta las cero horas del 1° de julio de 2020.
La norma explica que solo se permitirá el transporte doméstico por vía aérea en casos de emergencia humanitaria, transporte de carga y mercancía, y en caso fortuito o fuerza mayor.
Se ordena el cierre de fronteras
El Gobierno Nacional, por medio de este Decreto, ordena el cierre de las fronteras de Colombia –pasos marítimos, terrestres y fluviales- con Venezuela, Perú, Brasil, Panamá y Ecuador. La medida regirá a partir de las cero horas del 31 de mayo de 2020, hasta las cero horas 1° de julio de 2020.
No obstante, se exceptúa el cierre de frontera en casos de emergencia humanitaria, transporte de carga y mercancía, caso fortuito o fuerza mayor y para la salida del territorio colombiano de ciudadanos extranjeros de manera coordinada por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, con las autoridades distritales y municipales competentes.
Por último, la norma determina que quien viole las medidas adoptadas y las instrucciones dadas se verá sujeto a sanción de tipo penal prevista en el artículo 368 del Código Penal.
Dicho artículo indica que quien viole una medida sanitaria adoptada por la autoridad competente para impedir la introducción o propagación de una epidemia incurrirá en prisión de cuatro 4 a 8 años y, además, tendrá que pagar las multas que ordena el Decreto 780 de 2016, expedido por el Ministerio de Salud.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Universidad de Cartagena se retira del proceso y obliga a ampliar plazo para elección del Contralor de Casanare
Un nuevo capítulo se suma al accidentado proceso de elección del nuevo Contralor Departamental de Casanare adelantado por la Asamblea Departamental, al conocerse la decisión de la Universidad de Cartagena de solicitar la terminación del contrato que tenía con la Duma para hacer el acompañamiento técnico necesario para adelantar este proceso.
Ante esta situación, la Mesa Directiva de la Asamblea Departamental amplió el plazo para expedir una nueva convocatoria pública para la elección del Contralor. Además, la institución académica no entregó el cronograma de actividades requerido, un documento clave para garantizar la legalidad y transparencia del acto administrativo.
La Asamblea expidió la Resolución No. 082, mediante la cual otorga cinco días hábiles adicionales al plazo fijado en la Resolución No. 069 del 13 de noviembre de 2025, o hasta que se adopten las decisiones administrativas y contractuales necesarias frente al retiro de la Universidad de Cartagena. La falta de este acompañamiento técnico obligó a reprogramar las etapas del proceso electoral.
El presidente de la corporación, Juan Fernando Mancipe Pérez, asumirá las actuaciones administrativas pertinentes para definir la continuidad del contrato o la contratación de un nuevo operador académico que permita avanzar con la planeación de la elección. La resolución recuerda que contra esta decisión no procede recurso alguno, de acuerdo con la Ley 1437 de 2011.
CASANARE
En Yopal ponen a punto el Comité Local de Urgencias Médicas
Como parte de la implementación del Sistema de Emergencias Médicas en Yopal, adoptado mediante el Decreto 056 de 2025, se desarrolló en la Secretaría de Salud la primera sesión ordinaria del Comité Local de Urgencias Médicas. Este espacio nace como un mecanismo de articulación interinstitucional para fortalecer la capacidad de respuesta ante situaciones que pongan en riesgo la vida de los yopaleños.
Durante la jornada, apoyada por la Fundación Meditech, se socializaron los alcances del nuevo Sistema de Emergencias Médicas, el cual operará las 24 horas del día para atender de manera oportuna casos de enfermedad, accidentes de tránsito, traumatismos y paros cardiorrespiratorios. En la sesión participaron entidades como la Alcaldía de Yopal, a través de las secretarías de Salud, Gobierno, Movilidad y TIC, la Oficina Territorial de Gestión del Riesgo, representantes de IPS públicas y privadas, y las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios en Salud (EAPB).
Las autoridades destacaron el papel de cada institución vinculada, desde los prestadores del servicio de ambulancias y organismos de socorro, hasta la fuerza pública y el CRUE Casanare, resaltando la importancia de fortalecer los mecanismos de coordinación para garantizar una atención eficaz ante cualquier emergencia o urgencia en salud.
El secretario de Salud de Yopal, Nicasio Mariño, aseguró que ya se adelantan acciones para que el Sistema de Emergencias Médicas opere con altos estándares de eficiencia y se consolide como un modelo articulado entre todas las entidades involucradas, con el fin de mejorar la respuesta del municipio frente a emergencias y desastres.
CASANARE
Impresionantes resultados de gestión dio a conocer la Directora del Sena en Casanare
El SENA Casanare presentó los resultados de Gestión correspondientes al periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2024 y el 30 de septiembre de 2025. El balance destaca avances significativos en formación, empleabilidad, emprendimiento, inclusión social e infraestructura, generando un impacto directo en la calidad de vida de los casanareños.
En el ámbito de la formación, la entidad atendió a más de 58.000 aprendices en programas titulados y complementarios. El 57% fueron mujeres (32.954), consolidando el compromiso institucional con el cierre de brechas y la equidad de género. Durante esta vigencia, el SENA amplió su presencia territorial con la puesta en funcionamiento de la subsede Túa, en Monterrey, llevando más oportunidades educativas a comunidades que históricamente habían contado con menor acceso a formación técnica y tecnológica.
En empleabilidad, la Agencia Pública de Empleo logró colocar laboralmente a 6.858 personas, superando la meta en un 139%. Este resultado fue posible gracias a la gestión de 37.006 vacantes, así como a procesos de orientación ocupacional que beneficiaron a 16.257 casanareños, incluyendo jóvenes, comunidades étnicas y población vulnerable.
En materia de emprendimiento, la Regional registró la creación de 27 nuevas empresas, el fortalecimiento de 50 unidades productivas y la financiación de 42 iniciativas mediante Fondo Emprender, impulsando el crecimiento económico local y la generación de empleo.
Más de 4 mil personas certificadas en competencias
Durante la vigencia el SENA Casanare también fortaleció los procesos de evaluación y certificación de competencias laborales, alcanzando 4.799 certificaciones expedidas a trabajadores y productores de diversos sectores. Este proceso benefició a personas con discapacidad, campesinos, mujeres, población de la economía popular y comunidades étnicas, contribuyendo a la cualificación del talento humano en el territorio.
En inclusión social, el SENA brindó atención integral a víctimas del conflicto armado: 1.029 personas lograron vincularse laboralmente, y 3.191 recibieron orientación ocupacional. En el sector rural, la estrategia CampeSENA atendió a 4.377 campesinos, impactando a 178 asociaciones y promoviendo la creación de 26 unidades productivas. Por su parte, Full Popular —estrategia nacional que impulsa la formación y el fortalecimiento de iniciativas de economía popular— formó a 2.832 personas, contribuyendo al crecimiento de emprendimientos familiares y comunitarios.
Más Obras por Impuestos
En infraestructura, la Regional destacó importantes avances. En Paz de Ariporo, se ejecutó un proyecto de modernización de 26 ambientes de formación y la dotación de 6 aulas móviles, gracias al mecanismo de obras por impuestos, financiado por la empresa Parex Resources, con una inversión superior a $12.300 millones.
También en esta subsede se implementó un moderno sistema solar fotovoltaico, financiado con recursos propios por más de $1.900 millones, que contribuye a la generación de energía limpia, la reducción de costos operativos, la descarbonización del sector energético, y permite la formación especializada mediante dos entrenadores modulares para el aprendizaje en tecnologías solares.
La entidad también reportó un 90% de avance en el proyecto de ampliación del Centro Agroindustrial de Yopal, que fortalecerá la infraestructura educativa regional.
Finalmente, en transparencia y atención al ciudadano, el SENA respondió 2.441 peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y denuncias dentro de los tiempos establecidos. La ejecución presupuestal alcanzó niveles óptimos: 98% en 2024 y 87% en lo corrido de 2025, con 107 procesos de contratación desarrollados bajo criterios de eficiencia y transparencia.
El balance de gestión demuestra que el SENA Casanare continúa consolidándose como un motor de desarrollo para el departamento, impulsando la formación, la productividad, la innovación y las oportunidades para miles de ciudadanos.
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