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Reiteran que Contratos de Prestación de Servicios deben ser a 4 meses, salvo algunas excepciones

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A través del Departamento Administrativo de la Función Pública y de la Agencia Nacional de Contratación Pública Colombia Compra Eficiente, el Gobierno Nacional reiteró una serie de lineamientos para los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión en este 2023.

La circular contiene una serie de recomendaciones fundamentadas en el Artículo 2, Numeral 4, Literal H de la Ley 1150 de 2007.

El documento menciona que, para suscribir contratos tanto con personas naturales como jurídicas, los estudios previos que los respalden deberán indicar las razones por las cuales esas actividades que contratarán no las pueden realizar personas de planta o explicar, si es el caso, por qué esas funciones requieren de un conocimiento especializado.

Contratos deben ser a 4 meses

Asimismo, recuerda a las entidades objeto de la circular que no podrán suscribir contratos con personas naturales por un periodo mayor a cuatro meses; sin embargo, la circular expone las excepciones en los que se podrán concretar contratos superiores a ese periodo.

De manera excepcional, los contratos mencionados podrán exceder el plazo de cuatro (4) meses siempre que, de manera expresa y clara, se precisen las razones que justifiquen la fijación de un plazo mayor, así como “los motivos por los cuales resulta conveniente proveer tal necesidad a través de un contrato de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, en lugar de la creación de un empleo de la planta temporal”.

Alcaldes preocupados

La Federación Colombiana de Municipios expresó su preocupación por estos lineamientos, señalando que si bien acompaña el propósito referente a la formalización laboral del sector público, tienen inquietues que se las hicieron saber en carta enviada al Presidente Gustavo Petro.

Según Fedemunicipios, en Colombia, desde la expedición de la Ley 617 de 2000, junto con otras normas tales como la Ley 358 de 1997, la Ley 550 de 1999, la Ley 819 de 2003, se ha establecido un estricto marco de disciplina territorial que ha sido abordado a partir de la restructuración de las plantas de trabajo local, donde los municipios han terminado por ajustar sus plantas de colaboradores a una mínima expresión.

Asimismo, “obligar a las administraciones locales a adelantar procesos de restructuración administrativa en tan solo 4 meses de plazo pone de presente que la gran mayoría de municipios (en especial 1.033 municipios de categorías 4, 5 y 6) no tienen los recursos para financiar los estudios de planta que la ley exige en estos casos”.

En 2023 hay Ley de Garantías

Sumado a esto, para el 2023 se encontrarán vigentes las prohibiciones previstas en el parágrafo del artículo 38 de la Ley 995 de 2005 o Ley de Garantías, dentro de los cuatro (4) meses anteriores a las elecciones, y según la cual:

“…La nómina del respectivo ente territorial o entidad no se podrá modificar dentro de los cuatro (4) meses anteriores a las elecciones a cargos de elección popular, salvo que se trate de provisión de cargos por faltas definitivas, con ocasión de muerte o renuncia irrevocable del cargo correspondiente debidamente aceptada, y en los casos de aplicación de las normas de carrera administrativa.”

Es decir, aún en el remoto caso que los municipios pudieran realizar los estudios de planta requeridos, y tramitarlos a través de sus respectivos concejos, como ordena la Constitución, en aplicación de la Ley de Garantías no podrían cubrir los hipotéticos nuevos cargos.

Por lo anterior, Fedemunicipios le solicitó al Gobierno Nacional que la aplicación de esta circular cuente con un plazo prudente para las administraciones locales que debería contemplar, la modificación de la Ley 617 de 2000, de tal forma que se amplíen los márgenes de gasto de funcionamiento de los municipios, al igual que se convoquen mesas de trabajo con las autoridades competentes para desarrollar un plan estructurado que permita, cumpliendo el marco constitucional y legal, llegar a la meta de la formalización laboral que plantea este gobierno teniendo en cuenta la participación de los nuevos gobiernos territoriales que inician mandato en enero de 2024 para que tengan capacidad de decisión sobre un asunto de tan fundamental trascendencia para sus territorios.

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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¿Cuánto subiría el salario mínimo para 2026?, estos son algunos análisis

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Las negociaciones para definir el salario mínimo de 2026 iniciarán el próximo 1º de diciembre y ya se empezaron a conocer las propuestas de cada parte, pintando un panorama bastante complejo. Lo cierto es que la inflación, que siempre se tiene en cuenta para definir el aumento, viene en aumento. El escenario genera expectativas entre los trabajadores y también inquietudes en los sectores productivos.

Con una inflación que se proyecta cerrar en torno al 5 % y con un historial reciente de no llegar a consensos en las negociaciones entre empresarios y sindicato, todas las miradas apuntan a que el aumento del salario mínimo podría volver a definirse por decreto presidencial. En los últimos años, estas decisiones han estado marcadas por incrementos superiores a la inflación, lo que abre la puerta a un ajuste aún más significativo para 2026, al ser el último año de este gobierno.

De acuerdo con el análisis de Jaime Edison Rojas, líder del Centro de Investigación para el Análisis de Datos Económicos y Sectoriales del Politécnico Grancolombiano, el contexto político es determinante: “Este es el último año de gobierno, y en Colombia es común que las administraciones salientes decreten aumentos más favorables para los trabajadores. Buscan dejar una percepción positiva entre los sindicatos y la ciudadanía”.

¿Es probable que el salario mínimo aumente cerca del 11 %?

La propuesta del Gobierno Nacional sugiere que el salario mínimo para 2026 podría subir hasta $1.580.085, lo que representaría un incremento cercano al 11 %, un ajuste que, según Jaime Edison Rojas, hoy parece probable. Sin embargo, desde la visión técnica de organizaciones como Fedesarrollo, se recomienda que el incremento no supere el 7 %, tomando como base sus estimaciones de inflación y productividad, y afirmando que un aumento del 11% excedería el margen técnico recomendado y podría generar presiones adicionales en los costos laborales y en la formalización.

¿Qué efectos tendría este aumento en los bolsillos de las familias?

Un incremento real del salario mínimo tendría efectos inmediatos en la capacidad adquisitiva de los hogares, especialmente entre quienes dependen directamente de este ingreso. Los trabajadores que devenguen el salario mínimo serían los primeros en sentir un alivio financiero, al igual que las personas con ingresos indexados a dicho valor, como ocurre con una parte importante de los pensionados. Para los hogares con menor capacidad de consumo, el aumento podría significar un mayor margen para cubrir necesidades básicas y enfrentar el incremento del costo de vida.

Desde la visión del Gobierno, estos ajustes contribuyen a reducir brechas de desigualdad y a fortalecer el ingreso real de los sectores más vulnerables. Como lo señala Jaime Rojas “el efecto será positivo para la mayoría de las familias, ya que incrementa su poder adquisitivo y mejora su nivel de consumo”, lo que podría dinamizar la economía en algunos sectores.

Por otro lado, este beneficio viene acompañado de debates sobre su sostenibilidad y los posibles efectos que podría tener en la demanda interna. Aunque para muchos hogares representaría un alivio inmediato, algunos expertos advierten que incrementos elevados del salario mínimo también pueden generar tensiones macroeconómicas que deben ser evaluadas con cuidado.

Este es uno de los puntos que más preocupa al Banco de la República y a los empresarios. Un incremento real elevado del salario mínimo puede traducirse en mayores costos de producción, especialmente en sectores que dependen intensivamente de mano de obra. Este aumento en los costos suele generar respuestas en precios finales, lo que podría trasladar parte del impacto a los consumidores.

Otro riesgo es que la inflación deje de ceder al ritmo esperado. Aunque no existe una relación automática entre el aumento salarial y la inflación, el análisis del profe Jaime Rojas explica que “puede que la inflación no se reduzca con la rapidez prevista para 2026 y que estos ajustes salariales sean un factor que frene su desaceleración”. El desafío, según el experto, es equilibrar los beneficios para los hogares con los riesgos macroeconómicos que implican incrementos

¿Qué impacto tendría sobre los trabajadores informales?

Para los trabajadores informales, en algunos casos puede ser contraproducente. Según datos recientes del DANE, la tasa de informalidad en Colombia alcanzó aproximadamente el 56,8 % para el periodo de diciembre 2024 – febrero 2025. Un estudio del Banco de la República señala que cuando la relación entre el salario mínimo se acerca mucho a los salarios altos, aumenta la probabilidad de que un trabajador se ubique en la informalidad. Este efecto es aún más fuerte para los trabajadores con menor educación, los jóvenes y las mujeres.

Además, un salario mínimo alto podría generar costos de contratación más elevados para las empresas, especialmente las micro y pequeñas, lo que podría llevarlas a evitar formalizar sus empleados o, peor aún, a contratar más trabajadores informales para mantener su estructura de costos. Esto podría profundizar la desigualdad laboral entre quienes ya están en la formalidad y quienes no, y aumentar los niveles de precariedad para los informales.

Por: Centro de Investigaciones del Politécnico GRancolombiano

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ICETEX y Rosetta Stone abren convocatoria para cursos virtuales de inglés

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El ICETEX, en alianza con Rosetta Stone, institución reconocida internacionalmente por su metodología innovadora en la enseñanza de idiomas, anuncian la apertura de la convocatoria para acceder a 800 cursos virtuales de formación en inglés básico e intermedio, dirigida a jóvenes estudiantes y profesionales colombianas/os interesados en fortalecer sus competencias lingüísticas en una segunda lengua.

Esta convocatoria que, abrió el pasado 29 de octubre y permanecerá vigente hasta las 11:59 p. m. del 15 de diciembre de 2025 o hasta completar 1.600 solicitudes, busca contribuir a la formación bilingüe del país mediante un proceso de aprendizaje virtual e inmersivo en el idioma inglés.

Los cursos, con una duración total de 120 horas, combinan trabajo autónomo con sesiones directas certificables y se desarrollarán de manera virtual y asincrónica, con una sesión sincrónica semanal. Las clases iniciarán el 16 de enero de 2026 y finalizarán el 15 de julio de 2026.

Al finalizar el programa, los participantes recibirán un certificado de finalización de nivel en el curso, otorgado por Rosetta Stone.

Esta oferta académica tiene como propósito fortalecer las competencias de pronunciación, comprensión auditiva, lectura y escritura de las y los beneficiarios, impulsando su desarrollo académico y profesional, y contribuyendo a la consolidación de una sociedad bilingüe en Colombia.

Los resultados de las personas seleccionadas serán comunicados oportunamente vía correo electrónico.

Los interesados podrán consultar los detalles de la convocatoria y postularse a través del portal oficial del ICETEX: www.icetex.gov.co, seleccionando becas > becas para estudios en el exterior > programas especiales  > programas cofinanciados.

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Ecopetrol libera cerca de 60 millones de barriles diarios de gas natural para garantizar suministro nacional

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El Grupo Ecopetrol continúa adoptado decisiones estratégicas que garanticen el suministro de gas natural en todo el país.

A la asignación adicional de 2,7 Gbtu (millones de barriles diarios) de gas natural para garantizar el suministro de gas natural vehicular en Casanare y Meta, se suma un nuevo anuncio de comercialización del energético.

A partir del 1º de diciembre de 2025 la compañía ofrecerá para la venta entre 46 y 60 Gbtud de sus campos del Piedemonte Llanero. Estas cantidades equivalen aproximadamente al 20% de la demanda residencial, comercial y de gas natural vehicular del país.

La empresa estatal informó que este gas adicional estará disponible desde el 1 de diciembre de 2025 hasta el 31 de mayo de 2026, y se ofrecerá en dos modalidades definidas en la regulación vigente:

– En firme, que garantiza el suministro continuo durante el periodo contratado.

– Con interrupciones, que permite suspender el suministro en caso de limitaciones, según las reglas establecidas.

De acuerdo con Ecopetrol, en la modalidad ‘En firme’ se ofrecerán cantidades que van desde 23 hasta 35 Gbtud para los meses de marzo a mayo de 2026, y serán comercializadas durante el trimestre de negociación que inicia en diciembre de 2025.

Y en la modalidad de ‘Interrumpible’ se ofrecerán cantidades desde 22 hasta 49 Gbtud para los meses de diciembre de 2025 a mayo de 2026, y serán comercializadas mensualmente, teniendo en cuenta las condiciones regulatorias vigentes que señalan que para el trimestre de diciembre a febrero sólo se permite la comercialización de gas bajo la modalidad Interrumpible.

“En Ecopetrol seguimos comprometidos en el abastecimiento de gas natural para todos los colombianos. Gracias a esfuerzos recientes de eficiencia, optimización y sustitución energética en varios de nuestros procesos productivos por energía proveniente de fuentes renovables no convencionales, podemos liberar mayores volúmenes para amentar la oferta de gas provenientes de nuestros campos en el Piedemonte Llanero”, declaró Bayron Triana Arias, Vicepresidente Ejecutivo de Energías para la Transición, de Ecopetrol.

Agregó el directivo que este incremento en la oferta refleja el compromiso de la compañía estatal con el país y con la transición energética. “Así avanzamos hacia un futuro con más energía limpia y más seguridad energética para todos los colombianos, y se contribuye al cumplimiento de los objetivos de descarbonización y las metas de transición energética del Grupo Ecopetrol”, aseguró.

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