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Reiteran que Contratos de Prestación de Servicios deben ser a 4 meses, salvo algunas excepciones

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A través del Departamento Administrativo de la Función Pública y de la Agencia Nacional de Contratación Pública Colombia Compra Eficiente, el Gobierno Nacional reiteró una serie de lineamientos para los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión en este 2023.

La circular contiene una serie de recomendaciones fundamentadas en el Artículo 2, Numeral 4, Literal H de la Ley 1150 de 2007.

El documento menciona que, para suscribir contratos tanto con personas naturales como jurídicas, los estudios previos que los respalden deberán indicar las razones por las cuales esas actividades que contratarán no las pueden realizar personas de planta o explicar, si es el caso, por qué esas funciones requieren de un conocimiento especializado.

Contratos deben ser a 4 meses

Asimismo, recuerda a las entidades objeto de la circular que no podrán suscribir contratos con personas naturales por un periodo mayor a cuatro meses; sin embargo, la circular expone las excepciones en los que se podrán concretar contratos superiores a ese periodo.

De manera excepcional, los contratos mencionados podrán exceder el plazo de cuatro (4) meses siempre que, de manera expresa y clara, se precisen las razones que justifiquen la fijación de un plazo mayor, así como “los motivos por los cuales resulta conveniente proveer tal necesidad a través de un contrato de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, en lugar de la creación de un empleo de la planta temporal”.

Alcaldes preocupados

La Federación Colombiana de Municipios expresó su preocupación por estos lineamientos, señalando que si bien acompaña el propósito referente a la formalización laboral del sector público, tienen inquietues que se las hicieron saber en carta enviada al Presidente Gustavo Petro.

Según Fedemunicipios, en Colombia, desde la expedición de la Ley 617 de 2000, junto con otras normas tales como la Ley 358 de 1997, la Ley 550 de 1999, la Ley 819 de 2003, se ha establecido un estricto marco de disciplina territorial que ha sido abordado a partir de la restructuración de las plantas de trabajo local, donde los municipios han terminado por ajustar sus plantas de colaboradores a una mínima expresión.

Asimismo, “obligar a las administraciones locales a adelantar procesos de restructuración administrativa en tan solo 4 meses de plazo pone de presente que la gran mayoría de municipios (en especial 1.033 municipios de categorías 4, 5 y 6) no tienen los recursos para financiar los estudios de planta que la ley exige en estos casos”.

En 2023 hay Ley de Garantías

Sumado a esto, para el 2023 se encontrarán vigentes las prohibiciones previstas en el parágrafo del artículo 38 de la Ley 995 de 2005 o Ley de Garantías, dentro de los cuatro (4) meses anteriores a las elecciones, y según la cual:

“…La nómina del respectivo ente territorial o entidad no se podrá modificar dentro de los cuatro (4) meses anteriores a las elecciones a cargos de elección popular, salvo que se trate de provisión de cargos por faltas definitivas, con ocasión de muerte o renuncia irrevocable del cargo correspondiente debidamente aceptada, y en los casos de aplicación de las normas de carrera administrativa.”

Es decir, aún en el remoto caso que los municipios pudieran realizar los estudios de planta requeridos, y tramitarlos a través de sus respectivos concejos, como ordena la Constitución, en aplicación de la Ley de Garantías no podrían cubrir los hipotéticos nuevos cargos.

Por lo anterior, Fedemunicipios le solicitó al Gobierno Nacional que la aplicación de esta circular cuente con un plazo prudente para las administraciones locales que debería contemplar, la modificación de la Ley 617 de 2000, de tal forma que se amplíen los márgenes de gasto de funcionamiento de los municipios, al igual que se convoquen mesas de trabajo con las autoridades competentes para desarrollar un plan estructurado que permita, cumpliendo el marco constitucional y legal, llegar a la meta de la formalización laboral que plantea este gobierno teniendo en cuenta la participación de los nuevos gobiernos territoriales que inician mandato en enero de 2024 para que tengan capacidad de decisión sobre un asunto de tan fundamental trascendencia para sus territorios.

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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El Invima lanza alerta por venta ilegal de Vitacerebrina Kids en el país

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Alerta Sanitaria

La Secretaría de Salud de Casanare informa a la comunidad casanareña sobre el reciente comunicado de alerta emitido por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima). Tras recibir denuncias y llevar a cabo acciones de inspección, vigilancia y control, se ha identificado la comercialización fraudulenta del producto “Vitacerebrina Kids”, el cual presenta un registro sanitario inexistente.

Este producto se comercializa como un complemento alimenticio dirigido a niños, alegando beneficios para el cerebro, los huesos y el sistema inmunológico. Sin embargo, esta afirmación representa un incumplimiento de la normatividad sanitaria vigente, ya que declara propiedades en salud sin el respaldo científico ni la autorización correspondiente.

Es fundamental señalar que, cuando se asignan tales propiedades, el producto debe ser clasificado como medicamento y cumplir con los requisitos establecidos, lo cual no ocurre en este caso.

Por lo tanto, desde la Secretaria de Salud de Casanare se solicita a la ciudadanía que se abstenga de adquirir o consumir el producto “Vitacerebrina Kids”. Si ya se ha adquirido, se recomienda suspender su consumo de inmediato.

Para verificar si el producto cuenta con autorización de comercialización por el INVIMA los invitamos a acceder el siguiente link: https://consultaregistro.invima.gov.co/Consultas/consultas/consreg_encabcum.jsp

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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Abiertas las inscripciones para asignar plazas de Servicio Social Obligatorio en salud 2025

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servicio social obligatorio

El Ministerio de Salud y Protección Social, a través de su dirección de Desarrollo del Talento Humano en Salud, anunció que el próximo 17 de julio del 2025 se llevará a cabo el tercer proceso de asignación de plazas de Servicio Social Obligatorio de 2025, por lo cual se invita a los profesionales en bacteriología, enfermería, medicina y odontología interesados, a inscribirse entre el 25 de junio al 2 de julio de 2025.

Para este proceso, las secretarias de departamentales y distritales de salud reportaron 1.403 plazas disponibles, distribuidas entre las diferentes profesiones y regiones del país.

Es importante que los profesionales que desean presentarse al proceso de asignación de plazas al Servicio Social Obligatorio tengan en cuenta lo siguiente:

1. Las inscripciones solo se pueden adelantar en la página web del Ministerio de Salud y Protección Social:
https://tramites.minsalud.gov.co/TramitesServicios/DefaultSSO.aspx

2. Leer y atender las indicaciones del instructivo, que explica el proceso de diligenciamiento y el seguimiento al trámite.

3. Diligenciar correctamente el formulario de inscripción.

4. Revisar y seleccionar las cinco plazas de su interés, además de organizar los departamentos en el orden de preferencia: https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/VS/TH/plazas-disponibles-iii-sso-2025.pdf

5. Adjuntar los soportes de los documentos relacionados al momento de diligenciar el formulario de inscripción.

Los requisitos de inscripción, las plazas vacantes y demás información relacionada con el proceso de asignación, se encuentran dispuestos en el sitio web del ministerio: https://url.minsalud.gov.co/1ww7y directamente en el Repositorio Institucional Digital – RID.

También se dispuso de una Mesa de Ayuda para los profesionales que requieran apoyo durante el proceso, la cual estará disponible durante el periodo de inscripción, de lunes a viernes, desde las 7:00 a.m. hasta las 6:00 p.m. en jornada continua, y los sábados de 8:00 a.m. a 1:00 p.m.

Los interesados pueden comunicarse en Bogotá en el número 6013305043 o a través de la línea gratuita nacional 01 8000 96 00 20.

También pueden escribir al correo electrónico: serviciosocialobligatorio@minsalud.gov.co

Fuente: Minsterio de Salud y Protección Social

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¿Por qué duele tanto la pérdida de una mascota?, ¿Cómo superar ese duelo?

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Perder una mascota puede ser tan doloroso cómo perder a un familiar. Aunque muchas veces se minimiza este tipo de duelo, la ciencia y la psicología clínica han demostrado que el vínculo afectivo entre humanos y animales de compañía tiene una profunda carga emocional. “Cuando alguien pierde a su perro o su gato, no pierde solo a un animal: pierde un compañero de vida”, afirma la psicóloga clínica Liliana Carvajal, especialista en salud emocional y acompañamiento al duelo.

Según estudios recientes de la Universidad de Hawaii, el 30% de las personas que pierden una mascota experimentan un dolor comparable al luto por un ser humano. En Colombia, donde más del 60% de los hogares tiene al menos un animal de compañía, hablar de este tema con apertura es urgente para una salud mental integral.

“El duelo por una mascota es legítimo, profundo, y debe ser acompañado con el mismo respeto con el que tratamos cualquier otro proceso de pérdida”, enfatiza Carvajal.

¿Por qué nos duele tanto?

Los animales de compañía generan rutinas, afecto incondicional, compañía emocional y sensación de propósito. Cuando se van, el vacío no es simbólico: es real y diario. Además, el duelo puede estar acompañado de decisiones difíciles, como la eutanasia, y sentimientos de culpa que intensifican el dolor.

“Hay personas que viven esta pérdida en silencio, sin sentir que tienen derecho a llorar o a hablar de lo que sienten. Pero ocultar el duelo lo puede cronificar. Hablarlo y llorarlo es necesario”, explica la experta.

Claves para un duelo sano

Liliana Carvajal propone cinco claves para transitar el duelo por una mascota de forma saludable:

1. Validar el dolor: No minimizarlo ni dejarse invalidar por frases como “era solo un perro”.

2. Ritualizar la despedida: Hacer una ceremonia simbólica, escribir una carta, plantar un árbol en su honor.

3. Hablarlo con personas empáticas: No todos entenderán. Busque quienes sí lo hagan.

4. Aceptar emociones diversas: Desde la tristeza hasta el enojo, la culpa o el alivio.

5. Transformar el recuerdo en legado: Conservar fotos, escribir anécdotas, donar en su nombre.

“Las emociones no expresadas se quedan en el cuerpo. Nombrarlas y llorarlas es una forma de amor propio”, agrega Carvajal.

¿Cuándo buscar ayuda profesional?

Aunque cada duelo tiene su ritmo, si después de varias semanas la persona no puede retomar sus actividades, tiene insomnio constante, llanto diario o pensamientos negativos recurrentes, puede estar enfrentando un duelo complicado. En esos casos, la psicoterapia individual puede ayudar a elaborar el duelo de forma compasiva.

También es importante acompañar a los niños en estos procesos. Para muchos, la muerte de una mascota es su primer contacto con la pérdida. Usar un lenguaje claro, permitirles participar en la despedida y responder a sus preguntas con honestidad es fundamental.

Un llamado a la empatía

La doctora Liliana Carvajal concluye con un llamado a no subestimar el dolor de quienes atraviesan la muerte de su animal de compañía:

“Acompañar a alguien en duelo no es dar consejos. Es ofrecer escucha, empatía y validación. El amor que se construye con un animal merece ser despedido con dignidad.”

Fuente: Martecomunica

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