NACIONALES
Reiteran que Contratos de Prestación de Servicios deben ser a 4 meses, salvo algunas excepciones

A través del Departamento Administrativo de la Función Pública y de la Agencia Nacional de Contratación Pública Colombia Compra Eficiente, el Gobierno Nacional reiteró una serie de lineamientos para los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión en este 2023.
La circular contiene una serie de recomendaciones fundamentadas en el Artículo 2, Numeral 4, Literal H de la Ley 1150 de 2007.
El documento menciona que, para suscribir contratos tanto con personas naturales como jurídicas, los estudios previos que los respalden deberán indicar las razones por las cuales esas actividades que contratarán no las pueden realizar personas de planta o explicar, si es el caso, por qué esas funciones requieren de un conocimiento especializado.
Contratos deben ser a 4 meses
Asimismo, recuerda a las entidades objeto de la circular que no podrán suscribir contratos con personas naturales por un periodo mayor a cuatro meses; sin embargo, la circular expone las excepciones en los que se podrán concretar contratos superiores a ese periodo.
De manera excepcional, los contratos mencionados podrán exceder el plazo de cuatro (4) meses siempre que, de manera expresa y clara, se precisen las razones que justifiquen la fijación de un plazo mayor, así como “los motivos por los cuales resulta conveniente proveer tal necesidad a través de un contrato de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, en lugar de la creación de un empleo de la planta temporal”.
Alcaldes preocupados
La Federación Colombiana de Municipios expresó su preocupación por estos lineamientos, señalando que si bien acompaña el propósito referente a la formalización laboral del sector público, tienen inquietues que se las hicieron saber en carta enviada al Presidente Gustavo Petro.
Según Fedemunicipios, en Colombia, desde la expedición de la Ley 617 de 2000, junto con otras normas tales como la Ley 358 de 1997, la Ley 550 de 1999, la Ley 819 de 2003, se ha establecido un estricto marco de disciplina territorial que ha sido abordado a partir de la restructuración de las plantas de trabajo local, donde los municipios han terminado por ajustar sus plantas de colaboradores a una mínima expresión.
Asimismo, “obligar a las administraciones locales a adelantar procesos de restructuración administrativa en tan solo 4 meses de plazo pone de presente que la gran mayoría de municipios (en especial 1.033 municipios de categorías 4, 5 y 6) no tienen los recursos para financiar los estudios de planta que la ley exige en estos casos”.
En 2023 hay Ley de Garantías
Sumado a esto, para el 2023 se encontrarán vigentes las prohibiciones previstas en el parágrafo del artículo 38 de la Ley 995 de 2005 o Ley de Garantías, dentro de los cuatro (4) meses anteriores a las elecciones, y según la cual:
“…La nómina del respectivo ente territorial o entidad no se podrá modificar dentro de los cuatro (4) meses anteriores a las elecciones a cargos de elección popular, salvo que se trate de provisión de cargos por faltas definitivas, con ocasión de muerte o renuncia irrevocable del cargo correspondiente debidamente aceptada, y en los casos de aplicación de las normas de carrera administrativa.”
Es decir, aún en el remoto caso que los municipios pudieran realizar los estudios de planta requeridos, y tramitarlos a través de sus respectivos concejos, como ordena la Constitución, en aplicación de la Ley de Garantías no podrían cubrir los hipotéticos nuevos cargos.
Por lo anterior, Fedemunicipios le solicitó al Gobierno Nacional que la aplicación de esta circular cuente con un plazo prudente para las administraciones locales que debería contemplar, la modificación de la Ley 617 de 2000, de tal forma que se amplíen los márgenes de gasto de funcionamiento de los municipios, al igual que se convoquen mesas de trabajo con las autoridades competentes para desarrollar un plan estructurado que permita, cumpliendo el marco constitucional y legal, llegar a la meta de la formalización laboral que plantea este gobierno teniendo en cuenta la participación de los nuevos gobiernos territoriales que inician mandato en enero de 2024 para que tengan capacidad de decisión sobre un asunto de tan fundamental trascendencia para sus territorios.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
NACIONALES
Estas son las 12 preguntas vinculadas a la Consulta Popular y que se presentarán al Senado

El Gobierno nacional dio a conocer este lunes las 12 preguntas que serán incluidas en la Consulta Popular que el presidente Gustavo Petro radicará el próximo primero de mayo ante el Senado de la República.
Los ministros del Interior, Armando Benedetti, y de Trabajo, Antonio Sanguino, presentaron el cuestionario durante una socialización dirigida a la ciudadanía y a los medios de comunicación.
Las preguntas están basadas en las propuestas de la Reforma Laboral impulsada por el Gobierno, la cual fue archivada en tercer debate por la Comisión Séptima del Senado.
El proyecto de Consulta Popular, que es promovido por el presidente de la República, Gustavo Petro Urrego, consta de 12 preguntas que reflejan el espíritu de transformación laboral promovido por el actual Gobierno, con el objetivo de garantizar mayores derechos y bienestar para la clase trabajadora del país.
De acuerdo con lo anunciado, la consulta constará de preguntas de respuesta cerrada: los colombianos deberán votar “Sí” o “No” frente a cada iniciativa.
El contenido del cuestionario, según informaron los ministros, se construyó a partir de más de 20 mil propuestas enviadas por ciudadanos a través del portal habilitado hasta el pasado lunes 21 de abril.
Las preguntas de la Consulta Popular
1. ¿Está de acuerdo con que el trabajo de día dure máximo 8 horas y sea entre las 6:00 a.m. y las 6:00 p.m.?
2. ¿Está de acuerdo con que se pague con un recargo del 100% el trabajo en día de descanso dominical o festivo?
3. ¿Está de acuerdo con que las micro, pequeña y medianas empresas productivas preferentemente asociativas reciban tasas preferenciales e incentivos para sus proyectos productivos?
4. ¿Está de acuerdo con que las personas puedan tener los permisos necesarios para atender tratamientos médicos y licencias por períodos menstruales incapacitantes?
5. ¿Está de acuerdo en que las empresas deban contratar al menos 2 personas con discapacidad por cada 100 trabajadores?
6. ¿Está de acuerdo con que los jóvenes aprendices del SENA y de instituciones similares tengan un contrato laboral?
7. ¿Está de acuerdo que las personas trabajadoras en plataformas de reparto acuerden su tipo de contrato y se les garantice el pago de seguridad social?
8. ¿Está de acuerdo con establecer un régimen laboral especial para que los empresarios del campo garanticen los derechos laborales y el salario justo a los trabajadores agrarios?
9. ¿Está de acuerdo en eliminar la tercerización e intermediación laboral mediante contratos sindicales que violan los derechos laborales?
10. ¿Está de acuerdo que las trabajadoras domésticas, madres comunitarias, periodistas, deportistas, artistas, conductores, entre otros trabajadores informales, sean formalizados o tengan acceso a la seguridad social?
11. ¿Está de acuerdo en promover la estabilidad laboral mediante contratos a término indefinido como regla general?
12. ¿Está de acuerdo con constituir un fondo especial destinado al reconocimiento de un bono pensional para los campesinos y campesinas?
Fuente: Presidencia de la República
NACIONALES
Dian embargará a contribuyentes morosos, que no cumplen ni teniendo facilidades de pago

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) anunció el embargo de bienes y cuentas bancarias y hará efectiva la garantía de pago a 14.833 contribuyentes morosos que adeudan al fisco nacional más de $3,4 billones y han incumplido los acuerdos de facilidades de pago.
La entidad realiza entre el 21 y 25 de abril la Jornada Nacional de Cobro ‘Al día con la Dian, le cumplo al país’, que busca hacer efectiva la garantía de pago de los contribuyentes con más de seis meses en mora. Estas personas se ven expuestas a acciones como:
– Embargos sobre cuentas bancarias y bienes.
– Inclusión en el Boletín de Deudores Morosos del Estado (si la deuda supera los $ 7.117.500 –5 SMMLV– y tiene más de 6 meses de mora).
– Continuación del proceso penal si aplica.
Además, los contribuyentes morosos y sus deudores solidarios estarán sujetos a medidas como avaluó, embargo, secuestro y remate de bienes, además de quedar inhabilitados para solicitar nuevas facilidades de pago sobre estas obligaciones.
Durante esta jornada, la Dian realizará las siguientes acciones:
– Embargos y avalúos de 587 bienes de 461 contribuyentes, con obligaciones pendientes por $220.075 millones.
– Se gestionarán 5.200 depósitos judiciales por más de $61.240 millones para ser aplicados a las obligaciones en mora de 600 contribuyentes.
– Verificación de pagos que cuentan con facilidades de pago otorgadas, sancionando a quienes tengan cuotas vencidas o nuevas obligaciones impagas.
De acuerdo con el director General encargo de la DIAN, Luis Eduardo Llinás Chica, “es fundamental que los contribuyentes en mora se acerquen a la Dian y tomen las acciones necesarias para regularizar su situación. Esta jornada busca garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y evitar sanciones para quienes aún pueden ponerse al día”.
Los contribuyentes pueden consultar su estado de cuenta y alternativas de pago en: https://cutt.ly/rryTvnXT
Fuente: Comunicaciones DIAN
NACIONALES
Hasta el 21 de junio de 2025 irá primer ciclo de vacunación contra fiebre aftosa y brucelosis bovina

Entre el 5 de mayo y el 21 de junio de 2025 se espera que aproximadamente 30 millones de bovinos y bufalinos, sean inmunizados contra la fiebre aftosa, la brucelosis bovina y la rabia de origen silvestre en Colombia, como lo estableció el ICA mediante Resolución 04038 del 15 de abril de 2025.
Se exceptúa del ámbito de aplicación para vacunación de fiebre aftosa, a las especies bovinas y bufalinas que estén ubicadas en las zonas declaradas libres de fiebre aftosa sin vacunación las cuales se encuentran en el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, las islas de Gorgona y Malpelo y el Urabá chocoano, conformado por los municipios de Acandí, Bahía Solano, Bojayá, Carmen del Darién (margen izquierda del río Atrato), Juradó, Riosucio (margen izquierda del río Atrato) y Unguía.
Asimismo, se exceptúan las especies bovinas y bufalinas ubicadas en los departamentos de Amazonas, Vaupés y el municipio de Miraflores en el departamento de Guaviare, con la finalidad de avanzar hacia la creación de una nueva zona libre de fiebre aftosa sin vacunación.
La ejecución de la vacunación contra fiebre aftosa, brucelosis bovina y rabia de origen silvestre está bajo la responsabilidad de FEDEGÁN, quien vigilará el cumplimiento de las obligaciones de las Organizaciones Ejecutoras Ganaderas Autorizadas (OEGA) que formen parte de la infraestructura técnica y administrativa.
En este sentido, FEDEGÁN con el propósito de facilitar el proceso de vacunación a partir de este año, los ganaderos del país recibirán la programación y fechas a través de mensaje del WhatsApp del número 3234069290, verificando que es un servicio seguro de la empresa Meta. Para las personas que no tienen WhatsApp, recibirán una llamada del número 6019194900, canal oficial de FEDEGÁN.
Fuente: Comunicaciones FEDEGÁN
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