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Proyecto de Ley propone prohibir contratación del personal de la salud por OPS

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El representante a la Cámara por Casanare, César Ortiz Zorro, presentó un Proyecto de Ley para prohibir que al personal del sector salud se le contrate por Órdenes de Prestación de Servicios (OPS).

“Los profesionales de la salud vienen siendo explotados, y en su mayoría están cansados de esa explotación y del mal trato por parte de las condiciones actuales laborales generadas por las famosas OPS”, expresó Ortiz Zorro.

Agregó que se están enfrentando a una situación compleja de la salud debido a que los que “están poniendo el pecho” a la pandemia por Covid-19, lo hacen bajo condiciones desafortunadas y lamentables, y no han contado con el respaldo suficiente por parte del Congreso de la República y Gobierno Nacional.

Recordó el congresista que de los casos existentes con Coronavirus en el país, su gran mayoría son médicos y enfermeras. “Los llamamos héroes, les hacemos homenajes, minutos de silencio, les aplaudimos, pero no se les ha respondido a sus principales solicitudes.

Entre las problemáticas que presentan los profesionales de la salud se encuentran: el pago de sus servicios, muchos no tienen un contrato legal o reglamentario aun cuando por ley deben estar legalmente contratados, los médicos rurales están trabajando 264 horas o más al mes cuando lo legal son 48 a la semana, acoso laboral, entre otros.

PROYECTO DE LEY

ACTUALIDADRepresentante César Ortiz Zorro presentó un Proyecto de Ley para prohibir que al personal del sector salud se le contrate por Órdenes de Prestación de Servicios."Queremos dignificar la vinculación laboral de todo el personal de la salud", dijo el Congresiste.

Posted by El Diario Del Llano on Tuesday, May 19, 2020

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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ICETEX abre convocatoria de becas para estudiar inglés en Belice con matrícula 100% financiada

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El ICETEX abrió una nueva convocatoria de becas internacionales que permitirá a diez ciudadanos acceder al 100 % del valor de la matrícula para estudiar inglés en la Universidad de Belice, una de las principales instituciones de educación superior de ese país.

La oportunidad corresponde al programa Certificado de Inglés como Segundo Idioma (CESL), un curso intensivo presencial de diez meses que se desarrollará entre enero y octubre de 2027 en el Centro Regional de Idiomas de la Universidad de Belice, en Belmopán. El programa está diseñado para fortalecer las competencias comunicativas en inglés mediante una experiencia académica inmersiva que permitirá a los participantes perfeccionar el idioma en un contexto internacional.

“En el ICETEX seguimos consolidando alianzas internacionales que amplían las oportunidades de formación para los colombianos. Dominar el inglés representa una ventaja para acceder a nuevos escenarios académicos, laborales y de cooperación internacional. Invitamos a quienes cumplen los requisitos a postularse y aprovechar esta experiencia de formación en el exterior”, afirmó Vanessa Caicedo, jefa de la Oficina de Relaciones Internacionales del ICETEX.

¿Quiénes podrán acceder a las becas?

La convocatoria está dirigida a colombianos mayores de 18 años y menores de 65 años que cuenten con formación de bachillerato, técnica, tecnológica o universitaria, o que actualmente cursen estudios superiores. Como requisito indispensable, las personas aspirantes deberán obtener previamente la carta de preadmisión expedida por la Universidad de Belice y acreditar los requisitos académicos definidos en la convocatoria.

Las diez becas cubren el 100 % del costo de la matrícula del programa académico. Los gastos relacionados con la inscripción, el desplazamiento, alojamiento, alimentación, traducciones oficiales, apostillas, trámites migratorios, seguro, tiquetes aéreos y demás costos personales deberán ser asumidos por cada participante.

Las postulaciones estarán abiertas hasta el 14 de agosto de 2026, y deberán realizarse a través de la plataforma de becas internacionales del ICETEX, adjuntando la totalidad de los documentos requeridos en los términos de referencia. Una vez finalizado el proceso de preselección por parte de la Comisión Nacional de Becas del ICETEX, será la Universidad de Belice la institución encargada de realizar la selección definitiva de las personas beneficiarias.

Con esta convocatoria, el ICETEX continúa fortaleciendo su estrategia de internacionalización, promoviendo oportunidades de formación que contribuyen al desarrollo de competencias globales y al acceso de más colombianos a experiencias académicas de calidad en el exterior.

Todos los trámites con el ICETEX se deben realizar de manera directa, sin intermediarios. Estos requerimientos no tienen costo, y la entidad reitera su llamado para que las personas aspirantes de las convocatorias no se dejen engañar por tramitadores.

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¿Quiere trabajar con el Estado?, están ofertando más de 2.500 vacantes con entidades del sector salud

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Un total de 2.578 vacantes para ingresar a 98 entidades del sistema de salud del país oferta la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) a través del proceso de selección Empresas Sociales del Estado 2. Estas, están disponibles en los niveles asistencial, técnico y profesional.

Del 15 al 31 de julio, los ciudadanos interesados en participar y que cumplan con el perfil de la vacante, podrán inscribirse,
a través de la plataforma SIMO. Asimismo, hay 53 vacantes que no requieren experiencia, siendo una oportunidad para los jóvenes recién egresados o con poco recorrido profesional.

De acuerdo con el nivel, algunas de las profesiones o estudios requeridos son:

Asistencial: Primaria, Bachillerato, Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano, Enfermería, Enfermería, Sistemas, Ofimática, Laboratorio, Consultorio Odontológico, Contabilidad, Facturación, Primeros Auxilios, Higiene Oral, Soporte Vital, Salud Pública, Farmacia.

Técnico: Ingeniería Biomédica y Afines, Contaduría Pública, Secretariado, Química y Afines, Instrumentación Quirúrgica, Bacteriología, Matemáticas, Medicina, Administración, Bibliotecología, Biología, Ingeniería Ambiental, Sanitaria y Afines, Ingeniería de Sistemas, Optometría, Administración, Derecho, Economía, Salud Pública.

Profesional: Administración, Bacteriología, Contaduría, Enfermería, Filosofía, Ingeniería Biomédica y Afines, Ingeniería de Sistemas y Afines, Medicina, Nutrición y Dietética, Odontología, Química y Afines, Sociología, Trabajo Social y Afines, Terapias, Arquitectura, Derecho, Economía, Psicología, Bacteriología, Comunicación Social, Ingeniería Ambiental, Instrumentación Quirúrgica, Salud Pública.

Los salarios oscilan entre $1.750.905 y $4.741.982 (nivel asistencial); entre $1.750.905 y $4.789.503 (nivel técnico) y
entre $2.453.395 y $12.919.931 (nivel profesional).

Las personas interesadas en participar deberán realizar su inscripción únicamente a través de SIMO, así como pagar los derechos de participación, de acuerdo con el nivel al el que apliquen, en las sucursales de Bancolombia, corresponsales bancarios, por el botón PSE y el botón Bancolombia.

Para este año, los valores son:

• Para los niveles técnico y asistencial: $58.400
• Para los empleos pertenecientes al nivel profesional y demás niveles jerárquicos: $87.550

Es importante recordar que cada aspirante puede inscribirse a un solo empleo, no debe haber aplicado a la modalidad
ascenso, y debe realizar su inscripción dentro de los plazos establecidos.
¿Cómo participar?

  1. Consulte el acuerdo y el anexo en el que se establecen las reglas del proceso de selección la página web de la CNSC (Procesos en  desarrollo) Empresas Sociales del Estado 2 | CNSC
  2. Ingrese a la página web y haga clic en el ícono del aplicativo SIMO o entre directamente a través de: https://simo.cnsc.gov.co/
  3. Regístrese para establecer su usuario y contraseña, o ingrese con sus credenciales si ya se encuentra registrado.
  4. Consulte el empleo que se ajusta a su perfil e identifique el número de la Oferta Pública de Empleo de Carrera (OPEC) correspondiente. En esta encontrará la información general del cargo (dependencia, ciudad o municipio, número de vacantes); manual de funciones del empleo y requisitos específicos como estudios y experiencia.
  5. En el panel de control digite el número de la OPEC o seleccione la lista desplegable del campo convocatoria.
  6. Puede marcar como favorito o seleccionar la vacante de su interés para acceder al formulario. Haga clic en el
    botón confirmación de empleo. Le saldrán las opciones de pago de los derechos de participación.
  7. Luego de realizar el pago, deberá formalizar su aspiración en el botón Inscripción. Verifique la información y
    marque aceptar.

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A la fecha, no hay alerta sobre la presencia de hantavirus en Colombia, estas son las recomendaciones

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El Ministerio de Salud y el Instituto Nacional de Salud, informan que, en seguimiento al evento internacional notificado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) relacionado con casos graves asociados a hantavirus en pasajeros de un crucero internacional, actualmente no se han confirmado casos de infección por hantavirus en Colombia.

¿Qué es hantavirus?

Los hantavirus corresponden a un grupo de virus zoonóticos transmitidos principalmente por la inhalación de partículas contaminadas provenientes de excretas (orina, saliva o heces) de roedores silvestres infectados. En las Américas, algunos hantavirus pueden causar el síndrome cardiopulmonar por hantavirus (SCPH), una enfermedad poco frecuente pero potencialmente grave, caracterizada inicialmente por fiebre, malestar general, cefalea y síntomas respiratorios inespecíficos, con posible progresión rápida a dificultad respiratoria severa, compromiso cardiovascular y choque.

En Colombia, a la fecha no se han documentado casos clínicamente confirmados de síndrome cardiopulmonar por hantavirus, sin embargo, investigaciones desarrolladas entre 2004 y 2016 por instituciones académicas y centros de investigación identificaron evidencia serológica de exposición previa a hantavirus en humanos y reservorios silvestres en algunas regiones del país. Estos hallazgos sugieren circulación potencial de virus relacionados, aunque no constituyen evidencia de transmisión activa sostenida ni de enfermedad clínica confirmada en el territorio nacional. Por lo que, de acuerdo con la situación epidemiológica, en Colombia el riesgo de presentación de casos es bajo.

Recomendaciones de Minsalud e INS:

Se recomienda a la población mantener las medidas generales de prevención orientadas a disminuir el riesgo de exposición a roedores, enfermedades respiratorias y aquellas relacionados con los alimentos entre ellas:

  • Se debe garantizar la limpieza y desinfección de aquellos alimentos no perecederos que sean almacenados por tiempos prolongados y asegurar que sus empaques no se encuentren rotos o con abolladuras.
  • Tener precaución con el consumo de alimentos envasados, empaquetados o enlatados que hayan estado en procesos de bodegaje largos.
  • Mantener una higiene adecuada de viviendas, bodegas y áreas de almacenamiento.
  • Evitar la acumulación de residuos y alimentos expuestos que favorezcan la presencia de roedores.
  • Sellar grietas y espacios que faciliten el ingreso de roedores a los hogares.
  • Utilizar elementos de protección personal, incluida mascarilla, durante labores de limpieza en lugares cerrados o con evidencia de infestación por roedores.
  • Realizar lavado frecuente de manos.
  • Consultar oportunamente a los servicios de salud ante síntomas febriles o respiratorios, especialmente si existe antecedente de exposición a ambientes con presencia de roedores.

Las autoridades sanitarias nacionales continuarán realizando seguimiento al evento internacional de manera articulada con la OMS y demás organismos técnicos, manteniendo activas las acciones de vigilancia epidemiológica y capacidad diagnóstica en el país. Cualquier actualización relevante será comunicada de manera oportuna, a través de los canales oficiales, con base en la evidencia científica disponible y los lineamientos nacionales e internacionales de salud pública.

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Consejo de Estado: Por exclusividad de la Fuerza Pública, Policía Nacional debe vigilar la seguridad en los estadios

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Previo levantamiento de la reserva legal por parte del Ministerio del Interior, la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado dio a conocer un concepto en el que indicó que los artículos 52 y 62 de la Ley 1801 de 2016 (Código de Seguridad y Convivencia Ciudadana) no se encuentran vigentes. Ello en virtud de la Sentencia C-223 de 2017 que declaró su inexequibilidad con efectos diferidos a partir del 20 de junio de 2019.

La Sala señaló que mediante el Decreto 1007 de 2012 (compilado en el Decreto Único Reglamentario 1066 de 2015) se creó en Colombia el Estatuto de Aficionado al Fútbol que dispuso la creación de un Plan Decenal para la Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol y permitió la articulación del respectivo alcalde, el presidente del club o clubes profesionales de la localidad con la Policía Nacional en el conocimiento e implementación de los protocolos de seguridad en los estadios.

Asimismo, sostuvo que según la Sentencia C-128 de 2018, en materia de seguridad en actividades que involucran aglomeraciones de público complejas, como es el caso de los partidos del fútbol profesional, las competencias de la Policía Nacional y de las empresas de seguridad privada y/o de logística, fueron definidas de la siguiente manera:

• De acuerdo con lo dispuesto en la Constitución Política y en la Ley 1801 de 2016, Código Nacional de Policía y Convivencia Ciudadana, la Policía Nacional, en atención al principio de exclusividad de la fuerza pública, tiene como fin principal la prevención de aquellas conductas que constituyen amenazas de afectación del orden público o impiden la convivencia entre las personas, en los términos de los artículos 2 y 218 de la Constitución Política.

• Las empresas de vigilancia y seguridad privada pueden actuar en el ámbito en que ofrezcan sus servicios, bajo los límites establecidos por el legislador, con el fin de «disminuir y prevenir las amenazas que afecten o puedan afectar la vida, la integridad personal o el tranquilo ejercicio de legítimos derechos sobre los bienes de las personas que reciben su protección», de acuerdo con lo previsto en el artículo 73 del Decreto Ley 356 de 1994, sin que ello involucre en modo alguno el ejercicio de actividades de conservación del orden público, la seguridad ciudadana ni la convivencia pacífica.

Por último, la Sala agregó que el artículo 9° de la Ley 1270 de 2009, mediante la cual se creó la Comisión Nacional para la Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol, asignó a la Policía Nacional la función de prevenir la aparición de hechos de violencia en los estadios de fútbol y en sus alrededores, en el marco del mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas.

Tras años de tensiones entre la Dimayor y el Gobierno, el alto tribunal dejó claro que las empresas privadas no pueden sustituir a la fuerza pública en el control del orden en eventos masivos como partidos o conciertos.

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