CASANARE
Procuraduría destituyó e inhabilitó a Lilia María Vega ex secretaria de educación
La Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 13 años a la rectora de la Institución Educativa José María Córdoba de Tauramena, Casanare, Lilia María Vega Sanabria, por actuar en el cargo encontrándose inhabilitada por haber sido declarada responsable fiscalmente.
La Procuraduría Regional de Casanare comprobó que Vega Sanabria incumplió la Constitución y la ley que rige la función pública al continuar vinculada como funcionaria de la gobernación como rectora de la institución educativa desde el 21 de noviembre de 2015, día posterior a la fecha en la cual fue ejecutoriado el fallo fiscal y hasta el 26 de octubre de 2018, fecha en la que fue retirada del servicio por parte de la secretaría de Educación del Casanare.
La disciplinada continuó desempeñándose como rectora sin dar a conocer que se había emitido un fallo el 20 de noviembre de 2015, por parte de la Contraloría General de la República, por detrimento patrimonial causado al Estado por cuantía de $1.196.983.496,87, cuando fungió como Secretaria de Educación del Departamento en el año 2012, con la firma de un convenio con la Caja de Compensación del Casanare (Comfacasanare) para “garantizar el servicio de alimentación escolar modalidad almuerzos a 62.895 estudiantes de las instituciones educativas del departamento”.
El ente de control calificó en fallo de primera instancia la falta de Vega Sanabria como gravísima, a título de dolo, porque tenía pleno conocimiento de que se encontraba inhabilitada, teniendo en cuenta la vasta experiencia en el sector público, sin embargo, quebrantó las normas de manera consciente y deliberada, con lo que violentó el principio de moralidad y la ética, teniendo la obligación de ser ejemplo para los profesores y estudiantes que estaban bajo su cargo.
Contra la presente decisión la disciplinada y su apoderado presentaron recurso de apelación, que será resuelto por la Procuraduría Delegada para la Vigilancia Administrativa y Judicial.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
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Estos son los nuevos plazos para descuentos en pago del Impuesto Predial en Yopal
En plenaria del Concejo Municipal fue aprobado el Proyecto de Acuerdo No. 005, una medida que amplía los plazos para que los contribuyentes de Yopal accedan a descuentos por pronto pago del impuesto predial, así como a la opción de pago por cuotas sin intereses.
La decisión representa un alivio para los ciudadanos, quienes ahora contarán con más tiempo para ponerse al día con sus obligaciones tributarias y aprovechar los incentivos económicos dispuestos por la alcaldía de Yopal, en cabeza del mandatario Marco Tulio Ruíz.
De acuerdo con lo aprobado, los predios no sujetos a los límites de la ley 44 de 1990 tendrán un descuento del 30% si realizan el pago antes del 31 de mayo de 2026 (este beneficio es aplicable únicamente para quienes cancelaron la vigencia 2025 en octubre del año anterior). posteriormente, podrán acceder a un 20% de descuento antes del 31 de julio y un 10% antes del 30 de septiembre de 2026.
Por su parte, los predios sujetos a los límites legales contarán con un 15% de descuento si pagan antes del 31 de mayo, un 10% antes del 31 de julio y un 5% si cancelan antes del 30 de septiembre del 2026. Además, el acuerdo contempla la ampliación de los plazos para el pago por cuotas sin intereses, una alternativa que busca facilitar el cumplimiento de esta obligación, especialmente para quienes requieren distribuir el valor del impuesto en varios periodos.
Desde la Administración Municipal se destacó que esta medida no solo brinda mayor flexibilidad a los contribuyentes, sino que también contribuye a fortalecer la cultura de pago y el recaudo de recursos que se destinan a la inversión social y al desarrollo de la ciudad.


