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CASANARE

Proceso por lavado de activos y enriquecimiento ilícito contra JJ Torres pasa a Juzgado de Yopal

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Un nuevo hecho jurídico marca los procesos que se siguen contra el hoy preso Alcalde de Yopal Jhon Jairo Torres, según decisión de la Corte Suprema de Justicia.

La Sala Penal de la Corte determinó que el proceso por Lavado de Activos y Enriquecimiento Ilícito Agravado que se les sigue al alcalde de Yopal Jhon Jairo Torres y su esposa Dora Emilse López, debe ser llevado por el Juzgado Penal del Circuito Especializado con Función de Conocimiento de Yopal, al resolver una impugnación de la defensa de la esposa de Torres Torres.

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El cambio ya fue notificado a los Juzgados involucrados.

El proceso venía siendo llevado por el Juzgado 4° Penal del Circuito Especializado con Función de Conocimiento de Bogotá, ante el cual ya la Fiscalía 13 Especializada de Bogotá formuló escrito de acusación el pasado 1° de julio, pero la defensa de Dora Emilse López alegó que por factor territorial el proceso debía ser adelantado en Yopal, teniendo en cuenta que los hechos sucedieron en la capital casanareña.

En tal sentido, le corresponderá ahora al Juzgado Penal del Circuito Especializado de Yopal adelantar la audiencia de formulación de acusación y las demás etapas del proceso contra JJ Torres y su esposa.

La acusación de la Fiscalía

El ente acusador dice que desde el año 2012 Jhon Jairo Torres emprendió la construcción de la Ciudadela La Bendición en Yopal, con el conocimiento de que la propiedad adquirida estaba vinculada a actividades del narcotráfico. De esta manera obtuvo un incremento patrimonial no justificado, al cual pretendió darle apariencia de legalidad.

En el escrito de acusación la Fiscalía señala que el enriquecimiento ilícito de la esposa del Alcalde se produjo con el inusitado aumento de los inventarios y recursos generados en su establecimiento de comercio Caricias Íntimas de Yopal, por lo cual el incremento patrimonial que constituyó ese enriquecimiento ilícito se originó en Yopal.

Precisa de igual manera el escrito de acusación de la Fiscalía, que el lavado de activos se generó cuando Dora Emilse López Vega prestó su nombre para crear “empresas de papel”, encaminadas a dar apariencia de legalidad a la Ciudadela La Bendición y a la compra de terrenos, con el fin de facilitar el lavado de activos que perpetraba Jhon Jairo Torres.

Concluye la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, que los delitos conexos atribuidos a los procesados –enriquecimiento ilícito y lavado de activos- tuvieron su génesis o comienzos en Yopal, por lo cual atendiendo lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 906 de 2004, el juzgamiento debe hacerse en Yopal.

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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Terreno donde inicialmente se iba a construir el Terminal de Yopal si tenía problemas jurídicos

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El Tribunal Administrativo de Casanare resolvió en segunda instancia una acción popular relacionada con la adquisición del predio destinado inicialmente a la construcción del nuevo Terminal de Transportes de Yopal, ubicado en la carrera 5° que conduce hacia Morichal, proceso en el que se analizó la actuación del Municipio de Yopal y de la Sociedad de Economía Mixta Terminal de Transportes de Yopal S.A.S.

La demanda fue interpuesta por el ciudadano Oromairo Avella, y alegó la vulneración de los derechos colectivos a la moralidad administrativa y a la defensa del patrimonio público, derivada de los negocios jurídicos relacionados con el terreno que se iba a utilizar, el cual según antecedentes judiciales, presentaba anotaciones de “falsa tradición” y restricciones previamente advertidas por la jurisdicción contenciosa administrativa.

No se adelantaron estudios de títulos

En la sentencia, el Tribunal confirmó que las entidades demandadas incurrieron en actuaciones contrarias a los principios que rigen la función administrativa, al aceptar como aporte a una sociedad de economía mixta un predio sobre el cual existían reparos judiciales y órdenes expresas de protección, sin adelantar un estudio de títulos riguroso ni atender decisiones judiciales anteriores. Esta conducta fue considerada lesiva del derecho colectivo a la moralidad administrativa.

No obstante, la Corporación precisó que durante el trámite del proceso se configuró la figura jurídica de la carencia actual de objeto, debido a que el inmueble cuestionado fue retirado del patrimonio de la sociedad, lo que implicó la desaparición de la situación que originó la controversia.

En consecuencia, el Tribunal mantuvo la declaratoria de vulneración del derecho colectivo a la moralidad administrativa, pero se abstuvo de impartir órdenes adicionales, al considerar superada la situación. Sin embargo, dispuso la remisión de copias a la Fiscalía General de la Nación y a la Procuraduría General de la Nación para que, en el marco de sus competencias, adelanten las investigaciones que estimen pertinentes respecto de los hechos analizados.

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Capturan a dos personas en Yopal por presunta explotación sexual y trata de personas

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La Policía Nacional, en coordinación con la Fiscalía General de la Nación, capturó a dos personas y afectó bienes presuntamente utilizados para la explotación sexual y la trata de personas en Yopal.

Según las autoridades, el proceso investigativo se inició el 21 de enero de 2025, tras una denuncia recibida por la Seccional de Protección y Servicios Especiales de la Policía de Casanare, relacionada con posibles actos de explotación sexual en el Hotel El Gaván. Según la información conocida, una menor de 13 años, de nacionalidad venezolana, habría sido víctima de estas conductas por parte del administrador y el recepcionista del establecimiento.

Bajo coordinación de la Fiscalía y la Fiscalía Especializada en Trata de Personas, la investigación se extendió por más de 300 días, permitiendo recolectar material probatorio que indicaría que los implicados presuntamente captaban y alojaban mujeres y menores de edad, nacionales y extranjeras, en condiciones de vulnerabilidad, con fines de explotación sexual y comercial.

Como resultado de un operativo de registro y allanamiento realizado el 5 de diciembre de 2025, fueron capturados Libardo Chaparro Flórez, de 36 años, alias “El Mono”, administrador del hotel, y Ana Elvia Mejía Chaparro, de 56 años, alias “Ana”, señalada como presunta líder del grupo delincuencial “San Gabriel”. Ambos quedaron a disposición de la autoridad judicial por los delitos de explotación sexual y trata de personas.

Adicionalmente, el 10 de diciembre de 2025 se aplicaron medidas de extinción de dominio sobre el inmueble y el establecimiento de comercio, con un valor total afectado superior a $1.163 millones. La Policía Nacional reiteró su compromiso con la protección de niños, niñas y adolescentes, e invitó a la ciudadanía a denunciar cualquier hecho que atente contra la dignidad y la integridad de las personas más vulnerables.

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Yopal consolida la atención materno infantil en el Hospital Central y el CAPS Juan Luis Londoño

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Mientras la atención en salud materno infantil representa un reto a nivel nacional, Yopal ha logrado consolidar resultados concretos. Esto se evidencia con la renovación y obtención de nuevas certificaciones bajo la estrategia Instituciones Amigas de la Mujer y la Infancia Integral (IAMII), lideradas por la Secretaría de Salud de Casanare en articulación con la ESE Salud Yopal.

Tras una exhaustiva evaluación externa, realizada según los lineamientos de Unicef, la Organización Mundial de la Salud y el Ministerio de Salud y Protección Social, el Hospital Central de Yopal alcanzó un cumplimiento superior al 80% de los criterios exigidos.

Este resultado permitió la renovación de su certificación IAMII por un periodo de tres años, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2028. La institución ha demostrado mejoras sostenidas en sus procesos de atención y nutrición materna e infantil.

También el Juan Luis Londoño

Asimismo, la sede CAPS Juan Luis Londoño obtuvo por primera vez la certificación oficial como Institución Amiga de la Mujer y la Infancia Integral. Este logro, producto de un proceso técnico y riguroso, contó con el acompañamiento de Unicef y se ajusta a los estándares nacionales para garantizar una atención integral, oportuna y humanizada.

El reconocimiento para la sede CAPS Juan Luis Londoño quedó formalizado mediante la Resolución 2352 del 03 de diciembre de 2025. La institución superó el 80% de cumplimiento en cada uno de los diez pasos exigidos por la estrategia IAMII, lo que la posiciona con una de las más altas distinciones en el país para la protección de la salud materno infantil.

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