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Minsalud expidió decreto que reglamenta funcionamiento de mataderos municipales

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El Ministerio de Salud y Protección Social expidió el Decreto 2016 de 2023 que reglamenta el funcionamiento de las plantas de beneficio animal o mataderos municipales, en la categoría de autoconsumo, los cuales deberán tener viabilidad del Invima para abastecer de carne a los consumidores.

La reapertura de los mataderos municipales permite que los campesinos puedan volver a comercializar sus productos y competir con los monopolios de los frigoríficos, que han elevado el precio interno de la carne, indicó el ministro de Salud, Guillermo Jaramillo.

También se reducirán los costos de traslado del ganado, se mitigará el flagelo del abigeato y se evitará el sacrificio de animales en potreros que no tienen ningún control.

El ministro Jaramillo advirtió que estos centros de sacrificio deberán cumplir con las condiciones de buena atención y salubridad, que serán exigidos por las autoridades sanitarias.

El ministro de Salud destacó recientemente que la medida responde a una promesa de campaña del hoy presidente Gustavo Petro, al permitir de nuevo el funcionamiento de los centros para el sacrificio de ganado y comercialización de cárnicos, bajo el control estricto del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima).

Contenido del decreto

“La planta de beneficio animal de categoría de autoconsumo es aquella autorizada por el Invima para abastecer de carne y productos cárnicos comestibles al respectivo municipio en el cual se encuentra ubicada, de conformidad con los lineamientos que para el efecto expida esa entidad”, indica el decreto.

Para la autorización de la planta de autoconsumo se debe demostrar el cumplimiento de los siguientes criterios:

1. La planta debe estar ubicada en un municipio de categoría 5 o 6, de acuerdo con la Ley 617 de 2000 o aquella que la modifique o sustituya.

2. Que en el municipio donde esté ubicada la planta no se encuentren autorizadas plantas de beneficio animal de categoría nacional.

3. Estar incluido en el Plan de Racionalización de Plantas de Beneficio Animal adoptado en el departamento o que figure como no acogido.

“Una vez obtenida la autorización, los propietarios o tenedores de las plantas de beneficio categoría de autoconsumo son los responsables de mantener las condiciones sanitarias del establecimiento determinadas para el funcionamiento de la planta de beneficio categoría autoconsumo”, puntualiza la norma.

EI Invima, en el ejercicio de las acciones de inspección, vigilancia y control sanitario, podrá reclasificar las plantas de beneficio animal de categoría nacional a la categoría de autoconsumo, ante dificultades de abastecimiento de carne y productos cárnicos comestibles en los municipios categoría 1, 2 y 3, de acuerdo con el procedimiento que la entidad defina para este fin.

El decreto 2016 también incorpora disposiciones en materia de verificación microbiológica, análisis de peligros y puntos críticos de control, transporte de carne y productos cárnicos comestibles, cumplimiento de normatividad ambiental y verificación de requisitos de ordenamiento territorial.

También establece lineamientos en materia de destrucción y desnaturalización de decomisos de carne y productos cárnicos comestibles, concepto sanitario para funcionamiento e implementación total del sistema de refrigeración de despacho.

Fuente: Ministerio de Salud

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Inician pagos de Renta Ciudadana a clasificados en la línea de intervención de valoración del cuidado

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El director de Prosperidad Social, Gustavo Bolívar, anunció que del 30 de abril al 17 de mayo se llevarán a cabo los pagos del primer ciclo correspondiente a la línea de intervención de Valoración del Cuidado del programa Renta Ciudadana.

Los 519.408 hogares que hacen parte de Valoración del Cuidado recibirán 500 mil pesos, en los puntos de pagos de SuRED. Pertenecen al Grupo A del Sisbén IV, de acuerdo con la información de Registro Social de Hogares, con niños y niñas menores de 6 años y con jefatura monoparental; es decir, una sola persona está a cargo de los niños. Así mismo, hay hogares de la población indígena identificada en los listados de Prosperidad Social, de acuerdo con los criterios de entrada establecidos para el programa.

Para recibir la transferencia monetaria, el hogar deberá:

  1. Verificar que el hogar se encuentre registrado en el programa, lo cual se puede hacer a través de la plataforma https://rentaciudadana.prosperidadsocial.gov.co/.
  2.  Verificar que el hogar se encuentre en estado activo, lo cual se puede hacer a través de nuestros canales oficiales o en las oficinas de las alcaldías municipales
  3. El beneficiario recibirá un mensaje de texto, por parte de SuRED, al celular registrado en la encuesta Sisbén IV, indicándole que tiene disponible el giro del programa. También puede consultar a través de los canales habilitados por el operador para conocer la red aliada en la que puede recibir el dinero.
  4. Una vez que valide la disponibilidad, se dirige al punto de venta autorizado de SuRED o aliado donde tenga asignado el pago.
  5. El beneficiario debe presentar su documento de identificación original, ya que el pago no se realiza a terceros.
  6. Se lleva a cabo la validación del pago y la verificación biométrica.
  7. Finalmente, se realiza el pago y se entrega la tirilla correspondiente.

Los participantes podrán recibir las transferencias monetarias en el municipio en el que están registrados, de acuerdo con la encuesta Sisbén IV o los listados de población indígena. No están autorizados los traslados de giro.

Los departamentos con mayor número de beneficiarios en el primer ciclo son: La Guajira, con 36.840 hogares; Córdoba, con 36.800; Bolívar, 36.389; Valle del Cauca, 33.086; Nariño, 31.293; y Antioquia, 29.097.

Los hogares que no cumplieron con los criterios de entrada para esta primera línea del programa podrán ser focalizados para otras líneas de intervención, como en Colombia sin Hambre, siempre y cuando la información de los miembros de su hogar esté actualizada en el Sisbén IV y cumplan con los requisitos de ingreso para dicha línea.

La línea de intervención Colombia sin Hambre comenzará su ejecución en julio de 2024. Apoyará la alimentación, buscando que el dinero cubra una dieta calórica adecuada. Esta línea estará dirigida a los hogares en situación de pobreza extrema que no están incluidos en la línea de Valoración del Cuidado.

Fuente: Prosperidad Social

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Inicia el cuarto ciclo de pagos del programa Colombia Mayor

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colombia mayor

María Fernanda Rojas, subdirectora de Programas y Proyectos de Prosperidad Social anunció el inicio, este viernes, del cuarto ciclo de pagos para los beneficiarios del programa Colombia Mayor: 1.675.210 personas mayores podrán reclamar el subsidio, entre el 26 de abril y el 10 de mayo. Para este cuarto ciclo, la entidad ha destinado 147.133 millones de pesos.

“Es una de las apuestas y de las metas más importantes del presidente Gustavo Petro y del Gobierno Nacional, en nuestro país ninguna persona debe pasar por situaciones extremas, por una pobreza que no le permita tener las necesidades básicas satisfechas” sobre todo las personas mayores, indicó la funcionaria.

Cinco claves que los beneficiarios del programa deben tener en cuenta:

1. Serán notificados de la disponibilidad de su pago a través de mensaje de texto en el teléfono celular registrado. Deben acercarse al punto de pago con su documento original e identificarse como participantes del programa Colombia Mayor. Es importante que cuenten el dinero y soliciten la tirilla de pago, antes de retirarse del punto.

2. SuperGIROS es el operador encargado del pago. Cuenta con una amplia red de aliados, con más de 27 mil puntos de atención en todo el país. Este es el directorio de SuperGIROS, en el que pueden consultar el punto de pago más cercano: https://drive.google.com/file/d/17JQ1a1pMaIMp4oyMGxpFwLXd3u_bZnXC/view

3. El monto del subsidio es de $80.000 para cada adulto mayor. En Bogotá, los beneficiarios del programa recibirán, adicionalmente, $50.000, gracias al convenio de cofinanciación con la Alcaldía Mayor: $130.000 en total.

4. Las personas mayores de 90 años o con dificultades de movilidad pueden solicitar el pago a domicilio, para lo cual SuperGIROS se encarga de coordinar la entrega.

5. Acceder al subsidio no requiere pago alguno, ni adquirir productos en el punto de pago.

En este ciclo se vincularon al programa 11.215 nuevos beneficiarios, que estaban en lista de espera: 569 son indígenas.

 

Fuente: Prosperidad Social

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Entidades públicas a reportar empleos de carrera administrativa en vacancia definitiva

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puesto de trabajo vacío

El Departamento Administrativo de la Función Pública y la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) instan a todas las entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional, territorial y Corporaciones Autónomas Regionales, a reportar los empleos de carrera administrativa que se encuentran en vacancia definitiva.

Esta información debe ser proporcionada a Función Pública por las diferentes entidades antes del 12 de mayo de 2024 para la elaboración del Plan Anual de Empleos Vacantes, en cumplimiento del artículo 14 de la Ley 909 de 2004, para su posterior traslado a la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC).

El Plan Anual de Vacantes es un instrumento técnico de medición que permite conocer a la Comisión Nacional del Servicio Civil y a las ciudadanías cuántos cargos de carrera administrativa se encuentran disponibles en el sector público y cuáles se encuentran en procesos de selección meritocrática.

Así mismo, se recalca que el diligenciamiento de esta información no exime a las entidades del reporte de vacantes en el Sistema de Apoyo para la Igualdad, el Mérito y la Oportunidad (SIMO) y la inscripción y/o actualización del Registro Público de Carrera Administrativa (RPCA).

El cumplimiento del diligenciamiento de este reporte debe ser verificado por el jefe de control interno o quien haga sus veces en las entidades, puesto que, en caso de incumplimiento u omisión del mismo deben reportarlo a la Dirección de Vigilancia y Registro Público de Carrera Administrativa de la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC).

Las entidades deberán diligenciar la información de los empleos de carrera administrativa que se encuentran en vacancia definitiva con corte al 31 de diciembre de 2023 antes del 12 de mayo de 2024.

Fuente: Comunicaciones CNSC

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