NACIONALES
Ministerio del Interior publica cartilla de delitos electorales
Con el objetivo de que en el territorio nacional se vivan unas elecciones transparentes en todos los procesos electorales que se avecinan, el Ministerio del Interior publicó la ‘Cartilla de Delitos Electorales’, para que los ciudadanos sepan en qué faltas podrían incurrir.
Por esta razón, se informa los pormenores de dicho material para que, la población esté al tanto de cada uno de estos delitos electorales, evite caer en errores y, por tano, verse inmiscuido en problemas legales.
Entre los delitos electorales que pueden desencadenar en penas de prisión y multas están los siguientes:
– Perturbación del certamen democrático: el que por medio de maniobra engañosa perturbe o impida la votación pública relacionada con los mecanismos de participación democrática o su escrutinio.
– Constreñimiento al sufragante: el que amenace o presione por cualquier medio a un ciudadano para obtener apoyo o votación por determinado candidato, lista, voto en blanco o por los mismos medios le impida el libre ejercicio del derecho a votar.
– Fraude al sufragante: decirle al sufragante cómo debe votar o engañarlo diciendo que, si no votan por determinado candidato, les quitarán programas y beneficios.
– Fraude en inscripción de cédulas: cuando los candidatos, en las fechas de inscripción dispuestas en la Registraduría, trasladan a personas de otros pueblos ofreciéndoles dádivas para que se inscriban en el suyo y así obtener más votos.
– Elección ilícita de candidatos: el que sea elegido para un cargo de elección popular estando inhabilitado para desempeñarlo por decisión judicial, disciplinaria o fiscal.
– Corrupción al sufragante: el que celebre contrato, condicione su perfección o prórroga, prometa, pague o entregue dinero u ofrezca beneficio particular o en favor de un tercero a un ciudadano para que sufrague por determinado candidato, partido o corriente política, o para que vote en blanco o se abstenga de hacerlo.
– Tráfico de votos: cuando se logra engañar a un ciudadano para que vote de una manera particular, ya sea por un candidato, por un partido o en blanco.
– Voto fraudulento: el que suplante a un ciudadano o vote más de una vez o sin derecho vote en la elección.
– Alteración de resultados electorales: el que, por medio distinto a los señalados por la Ley, altere el resultado de una votación o introduzca documentos o tarjetones indebidamente.
– Ocultamiento, retención y posesión ilícita de cédulas: cuando se hace desaparecer, se posea o retenga cédula de ciudadanía ajena u otro documento necesario para sufragar.
– Denegación de inscripción: el servidor público a quien legalmente corresponda la inscripción de candidatos o listas para elecciones populares que no cumpla con esta función, la dilate o entorpezca.
– Financiación de campañas electorales con fuentes prohibidas: el gerente de la campaña electoral que permita la consecución de bienes provenientes de fuentes prohibidas por la Ley para financiar campañas.
– Violación de los topes o límites de gastos en campañas electorales: el que administre los recursos de la campaña electoral que exceda los topes o límites de gastos establecidos por la autoridad electoral.
– Omisión de información al aportante: el que no informe de sus aportes realizados a las campañas electorales conforme a los términos establecidos en la Ley.
Fuente: Gobernación de Boyacá
NACIONALES
Icetex abre convocatorias de créditos educativos para miembros y exmiembros de la Fuerza Pública
Dos nuevas convocatorias de los fondos para personas que brindan o prestaron su servicio a la fuerza pública, abrieron su etapa de inscripciones. Estas oportunidades son la apertura de postulaciones de los fondos en administración MinDefensa Ley 1699 de 2013 y Fomento para la Educación Superior Ley de veteranos 1979 de 2019, que brindan crédito condonable del 90 % para estudios de educación superior.
Las convocatorias destinan su apoyo financiero a los nuevos beneficiarios/as a partir del primer semestre académico de 2026 y apoyará los estudios de educación superior de los colombianos/as seleccionados.
Cada fondo cubre hasta por 11 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) destinados a cubrir el valor de la matrícula ordinaria por cada período académico semestral a cursar. Los beneficiarios/as también recibirán apoyo de sostenimiento por un (1) SMMLV por período académico y gastos de derechos de grado, así como una prima de garantía que ampara riesgos en caso de muerte, invalidez física o mental del estudiante.
“Desde el Gobierno nacional y con la gestión administrativa y sostenible del ICETEX, seguimos impulsando oportunidades de educación que transforman vidas a quienes han hecho parte de la fuerza pública. Como nación y desde el sector institucional estamos honrando el servicio que han brindado al país para garantizar la seguridad y el bienestar de sus habitantes”, resaltó el presidente del ICETEX, Álvaro Urquijo.
Los dos programas y sus públicos objetivos son los siguientes:
1. Fondo en Administración MinDefensa Ley 1699 de 2013 – Ministerio de Defensa Nacional / ICETEX
Financiado por MinDefensa y administrador por el ICETEX, este fondo está dirigido a pensionados/as por invalidez y/o su hijo menor de 25 años con cesión de beneficios. También está destinado a viudas/os, huérfanos/as o padres del miembro de la fuerza pública que haya fallecido o desaparecido en servicio activo, únicamente por acción directa del enemigo o en combate, ya sea en tareas de mantenimiento o restablecimiento del orden público, o en conflicto internacional. Los aspirantes deben pertenecer a estratos socioeconómicos 1, 2 o 3.
Estas personas deben estar cobijadas por el artículo 2 de la Ley 1699 de 2013, e los artículos 28 y 29 de la Ley 1979 de 2019.
Este Fondo en Administración MinDefensa Ley 1699 de 2013 apoya los gastos para estudios de pregrado o educación para el trabajo y desarrollo humano en el país.
2. Fondo Fomento para la Educación Superior Ley de veteranos 1979 de 2019 – Ministerio de Defensa Nacional / Ministerio de Educación Nacional / ICETEX
Es financiado por MinDefensa y MinEducación y administrador por el ICETEX. Está dirigido a veteranos/as con asignación de retiro, pensionados por invalidez, reservistas de honor y víctimas en los términos del artículo 3 de la Ley 1448 de 2011, por hechos ocurridos en servicio activo y en razón en ocasión del mismo. También, está dirigido a viudas, huérfanos o padres del miembro de la fuerza pública que hayan fallecido o desaparecido en servicio activo, únicamente por acción directa del enemigo o en combate o en tareas de mantenimiento o restablecimiento del orden público o en conflicto internacional. También, los aspirantes deben pertenecer a estratos 1, 2 o 3.
Estas personas deben estar cobijadas por el artículo 2 de la Ley 1979 de 2019.
El Fondo Fomento para la Educación Superior Ley de veteranos 1979 de 2019apoya los gastos para estudios de pregrado o posgrado.
Condiciones para la inscripción
Los aspirantes a los dos fondos deben estar admitidos o matriculados en la institución de educación superior donde van a estudiar (y que sea reconocida por el Ministerio de Educación). Ellos deben haber presentado la prueba Saber 11 (en caso de aplicar para estudios de primer semestre académico) o haber aprobado el período académico anterior (en caso de aplicar para estudios de segundo semestre en adelante).
¿Cómo se obtiene la condonación?
El beneficio de condonación es del 90 % del valor del crédito educativo y se otorga luego de que el beneficiario culmine con grado su programa financiado. La solicitud de condonación (con carta), así como la certificación o copia de diploma y de acta de grado (o su certificado equivalente en el caso de haber realizado un programa de educación para el trabajo y el desarrollo humano).
Conoce toda la información sobre estas convocatorias, sus requisitos y detalle de cada convocatoria en los siguientes enlaces (en los cuales también se deben hacer las correspondientes inscripciones):
Fondo en Administración MinDefensa Ley 1699 de 2013 – Ministerio de Defensa Nacional / ICETEX: https://web.icetex.gov.co/es/-
Fondo Fomento para la Educación Superior Ley de veteranos 1979 de 2019 – Ministerio de Defensa Nacional / Ministerio de Educación Nacional / ICETEX: https://web.icetex.gov.co/es/-
NACIONALES
Más de 1.270 vacantes de carrera administrativa salen a concurso con el SENA a nivel nacional
En un trabajo articulado, la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) y el SENA ofertan un total de 1.276 vacantes para ingresar como servidor público, en los niveles de asesor, profesional, instructor, técnico y asistencial a través del Proceso de Selección SENA 4.
Dentro de las funciones a desempeñar se encuentran para el nivel técnico perfiles en apoyo administrativo, sistemas, archivo, mantenimiento y logística, entre otras; para el nivel asistencial perfiles en apoyo administrativo, atención al ciudadano, servicios generales y gestión documental, etc. Para el de instructor desarrollar funciones de formación y docencia, acompañamiento al aprendiz, diseño y actualización de currículos, y relación con el sector productivo y
articulación, entre otras.
Las inscripciones están abiertas del 27 de octubre hasta el 28 de noviembre, para que cualquier colombiano mayor de edad y que cumpla con los requisitos del empleo al que esté interesado, se postule a una de estas vacantes disponibles en más de 90 ciudades y municipios de todos los departamentos del país. Para conocer el número de vacantes disponibles en cada departamento consulte los acuerdos y anexo en la web https://www.cnsc.gov.co.
Algunas de las disciplinas o áreas de conocimiento requeridas como requisito para los empleos ofertados son Administración, Contaduría Pública, Economía, Ingeniería Industrial, Psicología, Educación, Filosofía, Sociología, entre muchas otras y los rangos salariales son de hasta $3.300.000 para el nivel asistencial, hasta $4.600.000 para el nivel técnico,$4.000.000 para el nivel instructor, hasta $9.800.000 para el nivel profesional y hasta $8.400.000 para
asesor.
Para los jóvenes que buscan su primer empleo o personas sin experiencia hay 30 vacantes en el nivel profesional, siendo una gran oportunidad para ingresar al sector público y a una de las entidades más queridas por los colombianos.
Los ciudadanos interesados en participar deberán realizar su inscripción únicamente en SIMO, así como pagar los derechos de participación, de acuerdo con el nivel para el que apliquen, en las sucursales de Bancolombia, corresponsales
bancarios, por el botón PSE y el botón Bancolombia.
Para este año, los valores son:
• Para los niveles técnico y asistencial: $47.450
• Para los empleos pertenecientes a los demás niveles jerárquicos: $71.200.
Es importante recordar que cada aspirante puede aplicar solo a una vacante y que debe realizar la inscripción con tiempo.
Requisitos generales
1.Ser ciudadano(a) colombiano(a) mayor de edad.
2.Registrarse en el SIMO.
3.Aceptar en su totalidad las reglas establecidas para este proceso de selección.
4.Presentar cumplidamente, en las fechas y bajo los parámetros establecidos por la CNSC, las diferentes pruebas y demás
actividades previstas para este proceso de selección.
5.No estar inscrito para un empleo ofertado en este proceso de selección en la modalidad de ascenso.
6.Cumplir con los requisitos mínimos del empleo seleccionado, trascritos en la correspondiente OPEC, los cuales se
encuentran establecidos en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales – MEFCL vigente de la entidad
que lo oferta, con base en el cual se realiza este proceso de selección.
7.No encontrarse incurso en causales constitucionales y/o legales de inhabilidad, incompatibilidad, conflicto de intereses
o prohibiciones para desempeñar empleos públicos, que persistan al momento de posesionarse.
8.No encontrarse incurso en situaciones que generen conflicto de intereses durante las diferentes etapas del presente
proceso de selección y/o que persistan al momento de posesionarse.
9.Los demás requisitos establecidos en normas legales y reglamentarias vigentes.

NACIONALES
Cajas de Compensación tendrán recursos para vivienda, tanto urbana como rural
La Superintendencia del Subsidio Familiar anunció la expedición de una resolución conjunta con el Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio en el que se establece los criterios y la metodología para la distribución de los remanentes de segunda prioridad de las Cajas de Compensación Familiar, tanto del componente urbano como rural de viviendas.
Con esta resolución, la Superintendencia del Subsidio Familiar y el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio reafirman su compromiso con la eficiencia en la gestión de los recursos públicos, la equidad territorial y el derecho de las familias colombianas a una vivienda digna. Cabe señalar que, una vez expedida la resolución, las Cajas de Compensación Familiar contarán con 30 días calendario para realizar la distribución de los recursos.
Remanentes de años anteriores
“Para el componente urbano son remanentes entre el año 2020 y el año 2023 que ascienden a $8.370 millones de pesos y en el caso del componente rural los remantes son del año 2010 al año 2023 que ascienden a $41.664 millones, garantizando una distribución adecuada, equitativa y justa” señalo Sandra Viviana Cadena Martínez, superintendente del Subsidio Familiar.
Hemos trabajado junto con el equipo técnico del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio para identificar, articular y asegurar una distribución equitativa de estos recursos, de esta manera avanzamos hacia una política de vivienda más justa, durante la vigencia 2025, ambas entidades del Gobierno Nacional han desarrollado mesas técnicas, jurídicas y financieras para definir la metodología y los procedimientos que garanticen que la asignación de los recursos se realice con transparencia y equidad, tanto en zonas urbanas como rurales.


