META
Jurisdicción Especial para la Paz le cerró las puertas a exgobernador del Meta
La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP decidió rechazar la solicitud de sometimiento de Edilberto Castro Rincón, exgobernador del departamento del Meta entre 2004 y 2007.
Castro fue condenado por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia por homicidio agravado, celebración de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, peculado por apropiación y concierto para delinquir.
De acuerdo con lo establecido en la justicia ordinaria, durante su mandato, el exgobernador además se alió con alias ‘Don Mario’ y alias ‘Miguel Arroyave’, comandante del Bloque Centauros de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), para obtener réditos electorales a cambio de darle a esa organización delincuencial y paramilitar contraprestaciones en dinero, a través de contratos sin requisitos legales con la gobernación. Esto permitió al Bloque Centauros consolidar el control político en el Meta y participar en diferentes foros de paz, lo que luego facilitó su desmovilización y escaños en el Congreso.

Esta alianza incluso terminó en el asesinato del exgobernador del Meta Carlos Javier Sabogal Mojica y a su contrincante político Euser Rondón Vargas, cuya campaña fue financiada igualmente por las AUC. También fue asesinada Nubia Sánchez Romero, diputada de ese departamento. Todos ellos presentaron en su momento denuncias que generaron la apertura de procesos penales, disciplinarios y fiscales en contra del exgobernador Castro Rincón, que terminaron en su condena en la justicia ordinaria.
La Sala de Definición ya había rechazado la solicitud de sometimiento de Castro Rincón, pero la decisión fue revocada por la Sección de Apelación mediante Auto TP-SA 1266 del 20 de octubre de 2022. La Sección consideró que las conductas cometidas por el exgobernador podrían tener una relación indirecta con el conflicto armado, y ordenó a la Sala de Definición que le pidiera al señor Castro que presentara un Compromiso Claro Concreto y Programado (CCCP) satisfactorio, en el que debía señalar, entre otras, sus aportes a la verdad y el plan de restauración y no repetición.
Pese a que en tres ocasiones se le solicitó al exgobernador presentar y ajustar su escrito de CCCP, la Sala consideró, a través de la Resolución 002 del 2 de enero de 2025, que existió un claro incumplimiento al régimen de condicionalidad que se le impuso al solicitante.
Se llegó a esta conclusión tras la precariedad del aporte a la verdad, por la simple enunciación de los aspectos sobre los cuales iba a dar verdad sin ningún desarrollo de dicho aporte y su reticencia a referirse de forma detallada a sus relaciones y las de otros funcionarios con el Bloque Centauros de las AUC, incluso a pesar de la evidencia recabada por la justicia ordinaria que profirió una sentencia en su contra.
Para la Sala fue “evidente la falta de transparencia y compromiso del peticionario con la JEP, pues no solo trató de usarla para beneficio propio, sino que el reiterado incumplimiento a las múltiples oportunidades brindadas por este despacho de presentar su CCCP, lleva a cuestionar su verdadero interés de satisfacer las exigencias de esta justicia transicional, de aportar al principio de centralidad de las víctimas y de suministrar verdad a la sociedad en general, por lo que no solo es justificado, sino necesario, rechazar su solicitud de sometimiento”, se lee en la decisión.
De igual manera, la Sala de Definición concluyó que el exgobernador tampoco ayudó a esclarecer el patrón de macrocaso 08 que se investiga ante la JEP respecto de las relaciones entre las AUC y los agentes estatales no integrantes de la fuerza pública.
Así que, mediante Resolución 002 del 2 de enero de 2025, se remitió el caso del señor Castro Rincón al Juzgado 20 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá para que continúe con la vigilancia de la condena impuesta y comunicar la decisión a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, quien condenó el 2 de noviembre de 2007 al exgobernador a la pena de 40 años de prisión y multa de 2.270 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Fuente: Jurisdicción Especial para la Paz
META
A la cárcel por el homicidio de un menor de edad en Villavicencio
Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, un juez con función de control de garantías impuso medida de aseguramiento en centro carcelario a Óscar Andrés Góngora Arroyave, por su presunta responsabilidad en el crimen de un menor de edad en hechos ocurridos el 20 de septiembre de 2025 en Villavicencio.
Por estos hechos fue imputado por los delitos de homicidio y fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones, ambas conductas agravadas, cargos que no fueron aceptados.
Los hechos ocurrieron en inmediaciones de un polideportivo del barrio Playa Rica, donde el procesado en compañía de otra persona llegó a bordo de una motocicleta. Allí habría sacado un arma de fuego y atacó a la víctima de 15 años, quien falleció cuando era atendido en un centro asistencial.
Góngora Arroyave fue capturado por uniformados de la Policía Nacional el pasado 4 de enero en Villavicencio en cumplimiento de una orden judicial.
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A la cárcel por atentar contra la vida de un hombre en Puerto Gaitán, capturados en flagrancia
Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento en centro carcelario a Fabián Duque Martínez y Juan Diego García Jaramillo, por su presunta responsabilidad en el ataque armado contra un hombre en Puerto Gaitán.
En ese sentido, un fiscal seccional les imputó los delitos de homicidio en grado de tentativa y fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones. En audiencias concentradas los procesados no aceptaron cargos.
Los hechos sucedieron el pasado 16 de diciembre, cuando un hombre, habría sido atacado con arma de fuego por los dos procesados que se movilizaban en una motocicleta.
Uniformados de la Policía que fueron alertados por la ciudadanía lograron la captura de los dos hombres en flagrancia. En el procedimiento les incautaron una motocicleta, equipos de comunicación y dos armas de fuego, las cuales lanzaron a un matorral al percatarse de la presencia de las autoridades.
META
A la cárcel por maltratar e intentar asesinar a sus dos hijas de 8 meses y 12 años
Un juez de control de garantías envió a la cárcel a una mujer, por su presunta responsabilidad en el maltrato e intento de homicidio contra dos de sus hijas menores de edad, de 8 meses y 12 años, en hechos ocurridos el pasado 28 de marzo, en el sur oriente de Villavicencio.
Un fiscal de la Seccional Meta le imputó los delitos de homicidio en grado de tentativa y violencia intrafamiliar, ambas conductas agravadas. La mujer no aceptó los cargos.
De acuerdo con la investigación, el día de los hechos, después de que la menor de edad, de 12 años, regresó del colegio a su casa, donde, presuntamente, fue agredida por su madre, quien se encontraba alterada tras una discusión telefónica con su pareja. La procesada pateó a la víctima, mientras estaba en el piso, luego la persiguió con un cuchillo hasta una habitación, allí la niña se encerró. Al parecer, minutos después la presunta agresora intentó asfixiar con una almohada a la bebé, de 8 meses, pero fue rescatada por su hermana. Las niñas se escondieron y esperaron a que llegara la hija mayor, de 17 años.
Servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI), con apoyo de la Policía Nacional, hicieron efectiva la orden de captura contra esta mujer en la vereda Mesetas de Villavicencio.
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