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JEP ordena plan para ubicar y atender a mujeres víctimas de violencia sexual en Puerto Gaitán
La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP ordenó poner en marcha un plan de acción que permita ubicar, identificar y caracterizar a mujeres víctimas de estigmatización y violencia sexual en Puerto Gaitán, quienes fueron estigmatizadas como ‘Las calvas’ cuando eran niñas o adolescentes, por parte de grupos paramilitares que operaron en la zona, entre 2002 y 2004.
Según expedientes de la justicia ordinaria e informes de organizaciones de víctimas entregados a la JEP, las Autodefensas Unidas de Colombia que operaban en ese departamento implementaron medidas de control social, reclutamiento, abuso sexual y violencia de género contra mujeres, niñas y adolescentes. Los relatos allegados a la Jurisdicción indican que las autoridades del municipio tenían conocimiento de estos crímenes y no tomaron medidas para evitarlos ni para perseguir o castigar a los grupos ilegales que ejercían estos delitos.
Estas mujeres víctimas eran señaladas por los grupos de cometer “actos de desobediencia, faltar al colegio, ingresar a bares”, y por ello las sometieron a castigos como apartarlas de su núcleo familiar contra su voluntad para someterlas a trabajos forzados; también eran reclutadas por los grupos ilegales y sometidas a abuso y violencia sexual; otras, fueron expuestas al escarnio público rapándoles la cabeza, de allí el término estigmatizante con el que fueron conocidas por los pobladores de la región en aquella época.
La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas considera que estos hechos son de interés del Caso 08, que investiga los crímenes cometidos por la fuerza pública o agentes del Estado, en asocio con grupos paramilitares o terceros civiles; y del Caso 11, que investiga la violencia basada en género, incluyendo violencia sexual y reproductiva, y crímenes cometidos por prejuicio.
Bajo ese contexto, la Sala convoca la articulación entre los despachos relatores de estos dos macrocasos con las siguientes dependencias de la JEP: Departamento de Atención a Víctimas (DAV), la Comisión de Género, la Comisión de Participación, la Oficina Asesora en Justicia Restaurativa, el Departamento de Enfoques Diferenciales y el Sistema Autónomo de Asesoría y Defensa (SAAD) Representación de Víctimas.
A través de esta articulación se busca definir una metodología que facilite la ubicación de las víctimas y, en caso de que así lo deseen, ofrecerles asesoría para participar en los casos 08 y 11, en caso de que estos hechos sean priorizados por la Sala de Reconocimiento para ser investigados. Además, este plan de atención y tratamiento a las víctimas se abordará aplicando los enfoques diferenciales de género, étnico racial, territorial e interseccional; incluyendo, además, espacios de pedagogía.
La decisión de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas se toma en el marco del estudio de solicitud de sometimiento a la JEP de Édgar Humberto Silva González, quien se desempeñó como personero municipal de Puerto Gaitán durante la época de los hechos. Silva aún no ha sido aceptado en la Jurisdicción en calidad de agente del Estado no integrante de la fuerza pública. La aceptación de su sometimiento queda condicionada a los ajustes al régimen de condicionalidad, en materia de aportes efectivos de verdad y propuestas de reparación, que presente ante la sala.
Fuente: Jurisdicción Especial para la Paz – JEP
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Procuraduría le pone la lupa a la elección del Personero Municipal de Puerto López
La Procuraduría General de la Nación formuló cargos a los miembros de la Mesa Directiva del Concejo Municipal de Puerto López (Meta), Carlos Ernesto Mogollón Martínez, José Titto Loaiza Viña y Carlos Orlando Heredia Leal, por presuntas irregularidades en la contratación del concurso de méritos para elegir al personero municipal 2024-2028.
El ente de control busca establecer si los funcionarios eligieron a la Corporación Fondo de Apoyo y Gestión de Negocios (Corfaneg), una empresa que, al parecer, no contaba con experiencia ni objeto social para adelantar procesos de selección de personal, como exige el Decreto 1083 de 2015 que dispone la obligación de contratar entidades especializadas.
La Procuraduría calificó, provisionalmente, la conducta de los funcionarios como grave a título de dolo, al tiempo que resaltó la obligación de los cabildantes de proteger el interés colectivo y cumplir con la normativa vigente.
La Entidad puntualizó que los investigados podrán ejercer su derecho a la defensa conforme al régimen disciplinario colombiano.
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A la cárcel por feminicidio de madre e hija en Puerto Gaitán por una deuda
Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, un juez de control de garantías envió a la cárcel a Junior Alexander Niño Pérez por su presunta responsabilidad en el asesinato de dos mujeres, en hechos ocurridos el pasado 5 y 6 de abril, en área rural de Puerto Gaitán (Meta). Un fiscal seccional le imputó el delito de feminicidio agravado, el cargo no fue aceptado por el procesado.
El hombre, de 23 años, aprovechando la relación de confianza generada con Leidy Johana Giraldo y su hija Anny Yiseth Lozano Giraldo, que vivían en una casa de su propiedad desde hacía un año, al parecer, las asfixió causándoles la muerte, por una deuda.
La madre habría sido asesinada al interior de la finca donde residían, en la vereda Alto Manacías, el 5 de abril, mientras que su hija de 17 años la mañana del 6 de abril, al parecer, fue atacada cuando se encontraba en un afluente del caño El Ingeniero.
Luego de la muerte de las dos mujeres, los cuerpos habrían sido ocultados por el procesado, en zona despoblada y alejada del casco urbano del municipio.
Los cuerpos fueron encontrados seis días después, el 12 de abril, por las autoridades del sector. Niño Pérez fue capturado por uniformados de la Policía en vía pública del centro de Melgar (Tolima).
Lea también: Conmoción en Puerto Gaitán por feminicidio de madre e hija, capturan un sospechoso
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Con demanda reclaman más de 45.000 hectáreas de los pueblos Sáliva y Piapoco, en Meta y Vichada
Con el propósito de restablecer los derechos étnico-territoriales de las personas que integran el Resguardo Indígena Corozal Tapaojo, la Unidad de Restitución de Tierras (URT) presentó una demanda ante el Juzgado Segundo Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Villavicencio.
Dicho resguardo está conformado por 354 familias (1.336 personas) pertenecientes a los pueblos originarios Sáliva y Piapoco, y que habitan un territorio ancestral de 45.430 hectáreas más 4.731 m², ubicado entre los municipios de Puerto Gaitán (Meta) y Santa Rosalía (Vichada). Son víctimas del conflicto armado al haber sufrido confinamiento, desplazamiento y abandono forzado, entre otras afectaciones.
Entre las principales pretensiones de la demanda se destacan: el reconocimiento de los pueblos Sáliva y Piapoco como víctimas; la garantía del goce efectivo de sus derechos territoriales colectivos; la ampliación del Resguardo Indígena Corozal Tapaojo y la implementación del Plan Integral de Reparación Colectiva.
Además, la demanda contempla la protección de los derechos culturales, ambientales y de salud, así como la implementación del Sistema de Educación Indígena Propio (SEIP).
“Con esta actuación, reafirmamos nuestro compromiso con los pueblos indígenas del Meta y Vichada. La restitución de sus territorios no solo es una medida de justicia, sino una apuesta por la preservación cultural y la paz en los Llanos Orientales”, destacó Robert Gabriel Barreto, director territorial de la Unidad de Restitución de Tierras en Meta.
Así, la URT le cumple con dignidad a las comunidades ancestrales, a la vez que avanza en su compromiso con la protección y la reparación de las víctimas y la construcción de una paz duradera en el país.
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