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JEP expulsó a Mayor (r) del Ejército que siguió delinquiendo y ahora está prófugo

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La Sala de Reconocimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz determinó que Rodríguez Agudelo, quien comparecía en el Caso 03, cometió actos que atentan contra la consolidación de la paz y la no repetición del conflicto al transportar granadas, explosivos, municiones de distintos calibres y armas de fuego el 10 de abril de 2024, en una carretera de Norte de Santander.

La Sala compulsó copias a la Fiscalía para que Rodríguez Agudelo sea investigado por el delito de cohecho, el cual pudo haberse materializado al pagar a integrantes de la Policía para que le ayudaran a escapar de la estación de Cúcuta el 21 de abril de 2024. Desde ese día, el compareciente se encuentra prófugo de la justicia.

Este Mayor (r) del Ejército, condenado en la justicia ordinaria por múltiples delitos en 14 procesos judiciales, fue beneficiado por la JEP en 2018 con libertad transitoria condicionada y anticipada en su calidad de compareciente del macrocaso No. 03 “Asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como bajas en combate por agentes del Estado”, subcaso Meta.

Así las cosas, Rodríguez Agudelo pierde la totalidad de tratamientos especiales y beneficios otorgados, asimismo todos sus procesos son remitidos a la jurisdicción ordinaria.

-Luego practicar todas las pruebas decretadas en el incidente de incumplimiento contra el mayor retirado del Ejército Juan Carlos Rodríguez Agudelo, conocido como ‘Zeus’, la Sala de Reconocimiento de Verdad de la JEP contrastó la información y decidió expulsar al compareciente, quien se encuentra prófugo de la justicia, tras determinar que cometió conductas que atentan contra la consolidación de la paz y las garantías de no repetición del conflicto armado.

De acuerdo con la Sala, Rodríguez Agudelo incumplió gravemente y de forma injustificada sus compromisos con la JEP. El primer hecho que se tuvo en cuenta para tomar la decisión ocurrió el 10 de abril de 2024, cuando se le halló transportando de forma coordinada, en una carretera de Norte de Santander, diversos elementos de guerra como granadas, explosivos, munición de distinto calibre y armas de fuego que le fueron confiscadas por las autoridades.

Vinculado con falsos positivos en el Meta

El segundo hecho que fue analizado por el magistrado relator del Subcaso Meta – Caso 03 se reportó 11 días después, el 21 de abril de 2024, cuando el compareciente se fugó de la Estación Central de Policía de Cúcuta, donde permanecía detenido por orden judicial. Para tomar la decisión respecto a este compareciente, vinculado al Caso 03 que investiga asesinatos y desapariciones forzadas presentados como bajas en combate por agentes del Estado, la sala también tuvo en cuenta que no se presentó ante la Jurisdicción cuando fue requerido.

“Se considera que la violación del señor Juan Carlos Rodríguez Agudelo es grave y realmente constituye un incumplimiento a los fundamentos del Acuerdo de Paz, debido a que se cuentan con bases suficientes para entender que el incidentado retomó la vida armada”, expuso el magistrado Alejandro Ramelli Arteaga, correlator del Caso 03, durante la Audiencia de Verificación de Incidente de Incumplimiento que se llevó a cabo este miércoles en la JEP.

Se fugó de la justicia y hace parte de un grupo delincuencial 

Asimismo, la Sala determinó que es posible inferir que el mayor (r) Juan Carlos Rodríguez Agudelo no solo hace parte de un grupo organizado delincuencial, sino que ejercer un rol de liderazgo en el mismo, ya que logra que otras personas actúen en pro de sus intereses y beneficios. En su decisión, la magistratura puso en evidencia que el compareciente expulsado cuenta con una capacidad económica que le permitió coordinar movimientos de vehículos e incluso planificar su escape del centro de reclusión.

El mayor (r) Juan Carlos Rodríguez Agudelo compareció durante 10 sesiones en el marco de la investigación del Subcaso Meta – Caso 03 por hechos ocurridos en la Séptima Brigada del Ejército. En desarrollo de sus declaraciones, el oficial reconoció su responsabilidad por la ejecución de muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate, así como por los asesinatos de militantes de la Unión Patriótica y se refirió a la responsabilidad de otras personas en ellos.

La Sala advirtió que la expulsión es proporcional porque, en el marco del Acuerdo Final de Paz, la sociedad colombiana concedió amplísimos beneficios para las partes del conflicto armado, a cambio de sus aportes a la superación de este, lo que supone un compromiso estricto que deben honrar. “Traicionar este sacrificio volviendo no solo a las actividades criminales sino a la lucha armada que pretende disputar el monopolio de la fuerza del Estado, debe tener las más rigurosas consecuencias”, afirmó la sala.

Al ser expulsado de la JEP, Rodríguez Agudelo pierde la totalidad de los tratamientos especiales y beneficios otorgados, como la suspensión de órdenes de captura, la privación de la libertad en unidad militar, la libertad transitoria condicionada y anticipada. Sus procesos serán remitidos a la jurisdicción ordinaria. En la misma decisión, la sala compulsó copias a la Fiscalía para que Rodríguez Agudelo sea investigado por el delito de cohecho, el cual pudo haberse materializado al pagar a integrantes de la Policía para que le ayudaran a escapar de la Estación Central de Policía de Cúcuta.

En su decisión, la magistratura advierte que la expulsión de Rodríguez Agudelo no afecta el contenido ni la valoración de la información que aportó en sus declaraciones cuando fue requerido por la Sala de Reconocimiento en el marco del Subcaso Meta – Caso 03. Las actuaciones judiciales y el esclarecimiento de los hechos sobre los que aportó información continúan siendo contrastados en el marco del proceso de investigación.

El incidente de incumplimiento contra Rodríguez Agudelo fue abierto por la sala el 18 de abril de 2024, después de que se conociera a través de los medios de comunicación que había sido capturado en la vía pública de Norte de Santander mientras transportaba múltiples elementos de guerra. Tras el hallazgo, se le formularon cargos y se le impuso una medida de aseguramiento privativa de la libertad.

Fuente: Jurisdicción Especial para la Paz – JEP

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El ICA realizó brigada fitosanitaria para contribuir a la buena cosecha de frutas en el Meta

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Con el fin de aplicar medidas fitosanitarias para control y erradicación de la mosca del Mediterráneo, contribuir a la seguridad alimentaria y al desarrollo económico de la región, el ICA realizó una jornada de supervisión y toma de muestras de las frutas que llegan para comercialización a la Central de Abastos de Villavicencio, actividades dirigidas a evitar la dispersión de la plaga y protección del estatus fitosanitario en áreas libres y de baja prevalencia de la mosca.

En la central de abastos de esta ciudad, se adelantaron actividades en 28 puntos de monitoreo, así como en predios traspatios del anillo vial circundante. El área tratada fue de cerca de 18 hectáreas con 538 árboles, entre mango, guayaba, pomarrosa, cítricos y una gran variedad de especies nativas y forestales.

Se utilizaron los insumos autorizados para las acciones de control, botellas plásticas para trampeo masivo y paneles amarillos para captura de adultos de mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata). Adicionalmente, y para reforzar las acciones de vigilancia, se realizó muestreo de frutos para determinar hospederos de la mosca de la fruta.

El ICA en el Meta trabaja para proteger los cultivos de exportación de fruta fresca como mangostino, rambután, papaya y cítricos en las zonas productoras de frutales del piedemonte, altillanura, Bajo y Alto Ariari y otros cultivos frutícolas como sandía, mango y piña, entre otros, que hacen parte de la economía campesina en los municipios de estas provincias.

Estas acciones contribuyen al fortalecimiento en la prevención de la mosca de la fruta mediante el trabajo en equipo con productores y comercializadores en implementación de acciones de manejo para contribuir al mejoramiento en la calidad e inocuidad de la fruta para consumo interno y permitir el acceso a nuevos mercados de exportación.

Fuente: Comunicaciones ICA

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Casa por cárcel para mujer que suministró burundanga a un extranjero para robarlo

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La Fiscalía General de la Nación judicializó a una mujer identificada como Vanessa Alexandra Contreras Nieto, como responsable de hurtar a un ciudadano extranjero en la ciudad de Villavicencio, en agosto de 2024.

Un fiscal de la Estructura de Apoyo (EDA) de la Seccional Meta le imputó el delito de hurto calificado y agravado. La procesada aceptó su responsabilidad en el hecho.

De acuerdo con la investigación adelantada por la Fiscalía, los hechos ocurrieron cuando Contreras Nieto contactó por una página web de citas a la víctima, con quien se encontró en el lugar donde se hospedaba.

Se conoció que esta mujer le suministró una sustancia tóxica que lo puso en estado de indefensión, para después apoderarse de sus pertenencias, avaluadas en más de 24 millones de pesos.

Un juez de control de garantías le impuso a Contreras Nieto medida de aseguramiento en el lugar de domicilio.

Fuente: Fiscalía General de la Nación

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Ordenan compensar a una mujer que por el conflicto debió abandonar un predio en Puerto Gaitán

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El Tribunal Superior de Bogotá ordenó la restitución mediante compensación del predio rural ‘La Cristalina’, ubicado en la inspección del mismo nombre en el municipio de Puerto Gaitán (Meta), en favor de una adulta mayor, cabeza de hogar y víctima del conflicto armado.

El predio, con  una extensión de 999 hectáreas, fue adjudicado a la mujer en 1996 mediante resolución del antiguo INCORA, tras haberlo explotado económicamente desde 1975 junto a su compañero. Pero en 1998, ella fue desplazada en medio de los enfrentamientos entre las Farc y los paramilitares, lo que dio paso a una ocupación progresiva del terreno por parte de terceros.

Con el paso  del tiempo, la mujer presentó la solicitud ante la Unidad de Restitución de Tierras (URT), entidad que en efecto llevó el caso ante la justicia especializada, que a su vez emitió sentencia. El fallo establece que la mujer debe ser compensada, y se ordena al Municipio de Puerto Gaitán comprar el inmueble conforme a un avalúo comercial, debido a que parte del predio fue urbanizado, intervenido institucionalmente o está ocupado por familias con buena fe exenta de culpa.

Petrolera pagó servidumbres irregulares en ese terreno

Además, el Tribunal reconoce la participación de la empresa petrolera HOCOL S.A., que durante años realizó inversiones dentro del predio sin consentimiento de la propietaria legítima. Estas incluyeron obras de infraestructura social como centros de salud, andenes, guarderías y apoyo agrícola, así como pagos irregulares a ocupantes no legitimados por concepto de servidumbres petroleras.

El fallo reitera que HOCOL deberá evitar el enriquecimiento injustificado, preservando solo las servidumbres legalmente constituidas y sin vulnerar los derechos restituidos. También se reconoce el derecho de otros solicitantes sobre los predios ‘La Orquídea’ y ‘Casa Caserío’, tras comprobar su condición de víctimas.

El director territorial de la URT en Meta, Robert Gabriel Barreto Lara, recalcó: “este fallo es un precedente en la protección de los derechos territoriales de las víctimas del conflicto, en escenarios de alta complejidad social, institucional y empresarial”.

Fuente: Comunicaciones Restitución de Tierras

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