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Jalón de orejas al Comandante de Policía Casanare por no arrestar la Alcaldesa de Yopal

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El Juzgado Primero Civil Municipal de Yopal reiteró mediante auto del pasado veintiséis de mayo de 2017, que la Alcaldesa (e) de Yopal, Luz Marina Cardozo, debe cumplir la orden de arresto resultante de un incidente de desacato, por no haber ordenado el desalojo de un predio privado invadido por algunas familias que reclaman vivienda.

El Comandante del Departamento de Policía Casanare, coronel Raúl Pardo Casas, había solicitado se le aclarara si la orden de arresto estaba vigente para hacerla efectiva, ante lo cual el Juzgado fue claro advirtiendo al oficial que no entendía la solicitud de aclaración, teniendo en cuenta que “debe atarse a lo dispuesto por el Honorable Tribunal Superior del Distrito Judicial de Yopal – Casanare y por este Despacho”.

“es del caso advertir en primer lugar que como se señaló anteriormente, la medida de suspensión que recaía sobre la sanción impuesta se encuentra sin vigencia, en consecuencia ésta debe ser acatada sin dilación alguna…”, reza el auto del Juzgado Primero Civil Municipal de Yopal, ordenando claramente al Comandante del Departamento de Policía Casanare que debe hacer cumplir la orden emanada del Juzgado.

Se ha conocido en los últimos días, que la Alcaldesa Luz Marina Cardozo habría encargado de las funciones de Alcalde a uno de sus subalternos, para que él cumpliera con la orden de arresto, lo cual no sería admitido por el Juez, teniendo en cuenta que para todos los efectos las responsabilidades penales son individuales y personales.

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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Procuraduría indaga la compra de más de 17 mil tablets en Casanare por parte de la Gobernación

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tablets

La Procuraduría General de la Nación abrió indagación previa ante las presuntas irregularidades en la compra de más de 17 mil tabletas que habrían sido adquiridas para ser distribuidas en diferentes instituciones educativas de Casanare.

Los hechos fueron denunciados por un medio de comunicación nacional, que advirtió sobre las posibles anomalías que se habrían presentado con el valor de estos dispositivos que, según la publicación periodística, tendrían como destino 30 colegios del departamento.

La adquisición de los dispositivos electrónicos, se hizo en el marco del contrato de inversión para el fortalecimiento de la calidad educativa mediante habilidades digitales en Casanare y que conlleva la entrega de los mencionados dispositivos electrónicos.

El ente de control solicitó a la Gobernación de Casanare información sobre el objeto y alcance del contrato, la entrega de estos dispositivos móviles y la población beneficiaria, esto, entre otras pruebas decretadas.

Lea también: Secretario de Educación aclaró que en tablets se invirtieron $27 mil millones, no $50 mil

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Fuente: Procuraduría General de la Nación

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Exalcalde de Yopal pide no aplicar actualización catastral en 2025 por presuntas irregularidades

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BRAULIO CASTELBALNCO VARGAS

El exalcalde de Yopal, Braulio Castelblanco Vargas, solicitó públicamente a la administración municipal abstenerse de aplicar durante la vigencia fiscal de 2025 la actualización catastral realizada por la empresa Catasig, argumentando serias irregularidades en el proceso que, según él, comprometen la legalidad de los actos administrativos expedidos.

Castelblanco Vargas sostuvo que los tres actos administrativos que estructuran el proceso de actualización –la apertura, aprobación de valores y cierre– no fueron debidamente publicados, como lo exige la Resolución 1040 de 2022 y el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CEPACA). “Estos actos son de carácter general y abstracto, por tanto, deben ser publicados y no simplemente notificados. Sin publicidad, no son jurídicamente exigibles”, afirmó.

Según el exmandatario, aunque los documentos fueron firmados entre abril y diciembre de 2024, su publicación oficial solo ocurrió hasta febrero de 2025, lo cual contradice el principio de publicidad y vulnera derechos fundamentales. En ese sentido, cuestionó cómo se puede hacer exigible un acto administrativo desde el 1 de enero, cuando la ciudadanía solo tuvo conocimiento de su existencia semanas después.

El abogado y exalcalde también aseguró que no existe una base legal vigente para hacer cobros de impuesto predial con la nueva actualización, y exigió que se apliquen los valores del año 2024 ajustados únicamente por el IPC, como lo establece la Ley 1995.

Además, advirtió sobre afectaciones económicas a los contribuyentes de Yopal, quienes han recibido cobros con montos significativamente más altos sin una base catastral legalmente publicada. “Nos están imponiendo una carga tributaria sin el debido proceso. Esto es una grosería institucional”, sentenció.

Finalmente, solicitó que se realice un análisis jurídico integral sobre la validez del proceso adelantado por Catasig y exigió a la administración una respuesta clara y ajustada a la ley. “No se puede parametrizar información con actos administrativos inexistentes. La comunidad merece respeto y seguridad jurídica”, concluyó Castelblanco.

El análisis jurídico fue presentado durante la reunión sostenida con las delegadas de la Superintendencia de Notariado y Registro en La Triada.

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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Casanare está en veda de pescado hasta el 31 de mayo para proteger las especies

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Veda de pescado Casanare

En Casanare entró en vigencia la veda establecida por la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca AUNAP en la Resolución 2663 de 2022, en la que se prohíbe la captura en fuentes naturales de especies de peces ornamentales extraídos de las poblaciones naturales en toda la región de la Orinoquia, además del acopio, almacenamiento, transporte y comercialización de toda clase de recursos pesqueros destinados al consumo humano, so pena de sanciones.

Las personas que quebranten la resolución que permite la veda, se exponen a las sanciones dispuestas en el artículo 55 de la Ley 13 de 1990 (Estatuto general de pesca) se exponen a multas económicas que pueden ir desde el salario mínimo legal de un día al equivalente del salario mínimo legal de 1.000 días, suspensión temporal o revocatoria del permiso, autorización, concesión o patente según sea el caso, decomiso de embarcaciones, equipos o productos, cierre temporal o clausura definitiva del establecimiento.

“Este periodo empieza del 21 de abril al 31 de mayo, está prohibida la pesca o extracción transporte, acopio, comercialización, de todo pescado de fuentes naturales como ríos y lagunas de la Orinoquia En esta época del año el pescado está en la etapa de reproducción, es decir en la postura y eclosión posterior, todo esto se hace con el fin de conservar las especies a través del tiempo”, destacó Santiago Molano, profesional de la Secretaría de Agricultura de Casanare.

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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