CASANARE
Jalón de orejas al Comandante de Policía Casanare por no arrestar la Alcaldesa de Yopal
El Juzgado Primero Civil Municipal de Yopal reiteró mediante auto del pasado veintiséis de mayo de 2017, que la Alcaldesa (e) de Yopal, Luz Marina Cardozo, debe cumplir la orden de arresto resultante de un incidente de desacato, por no haber ordenado el desalojo de un predio privado invadido por algunas familias que reclaman vivienda.
El Comandante del Departamento de Policía Casanare, coronel Raúl Pardo Casas, había solicitado se le aclarara si la orden de arresto estaba vigente para hacerla efectiva, ante lo cual el Juzgado fue claro advirtiendo al oficial que no entendía la solicitud de aclaración, teniendo en cuenta que “debe atarse a lo dispuesto por el Honorable Tribunal Superior del Distrito Judicial de Yopal – Casanare y por este Despacho”.
“es del caso advertir en primer lugar que como se señaló anteriormente, la medida de suspensión que recaía sobre la sanción impuesta se encuentra sin vigencia, en consecuencia ésta debe ser acatada sin dilación alguna…”, reza el auto del Juzgado Primero Civil Municipal de Yopal, ordenando claramente al Comandante del Departamento de Policía Casanare que debe hacer cumplir la orden emanada del Juzgado.




Se ha conocido en los últimos días, que la Alcaldesa Luz Marina Cardozo habría encargado de las funciones de Alcalde a uno de sus subalternos, para que él cumpliera con la orden de arresto, lo cual no sería admitido por el Juez, teniendo en cuenta que para todos los efectos las responsabilidades penales son individuales y personales.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
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Contribuyentes de Yopal pueden acceder a descuentos en Impuesto Predial por pronto pago
Los contribuyentes en Yopal pueden acceder a descuentos por pronto pago del impuesto predial 2026, con beneficios que varían según las características de cada predio y las fechas en que se realice el pago.
De acuerdo con las condiciones establecidas, existen dos grupos de incentivos: El primero aplica para predios excluidos de la Ley 44 de 1990, entre los que se encuentran lotes urbanizables no urbanizados, lotes urbanizados no edificados, predios nuevos y aquellos que incorporaron construcciones tras la actualización catastral.
Para estos casos, los descuentos son del 30% si el pago se realiza hasta el 31 de mayo, 20% hasta el 30 de julio y 10% hasta el 30 de septiembre. Este beneficio está dirigido a quienes hayan cumplido con el pago del impuesto predial de la vigencia 2025 hasta octubre del año anterior.
Por su parte, los demás predios también cuentan con incentivos por pronto pago. En estos casos, se ofrece un 15% de descuento hasta el 31 de mayo, 10% hasta el 31 de julio y 5% hasta el 30 de septiembre.
Además de estos beneficios, los contribuyentes pueden optar por el sistema de pago alternativo por cuotas, una opción que permite distribuir el valor del impuesto a lo largo del año y facilitar el cumplimiento de la obligación.
Los ciudadanos pueden reclamar su factura en los puntos de atención o descargarla a través del portal https://impuestos.yopal.gov.co/, así como realizar el pago en los lugares autorizados.
La recomendación es aprovechar estos descuentos dentro de los plazos establecidos, lo que no solo representa un ahorro, sino que también evita costos adicionales y facilita el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.


