CASANARE
ICETEX abre convocatoria de créditos educativos para pregrado y posgrado
Con el propósito de brindar financiación y mayores oportunidades a jóvenes que buscan ingresar o continuar sus estudios de educación superior en el segundo semestre de 2020, ICETEX abre la convocatoria de crédito educativo para estudios de pregrado en los niveles técnico, tecnológico y profesional, así como para estudios de posgrado a nivel de especialización, maestría o doctorado en el país o en el exterior. Las solicitudes de nuevos créditos para estudiar en IES públicas se podrán hacer desde el 17 de junio.
Un crédito educativo con múltiples beneficios:
La convocatoria 2020-2 contempla beneficios como tasas de interés subsidiadas, posibilidad de acceder a líneas de crédito educativo sin deudor solidario (dirigido a población de estratos 1, 2 y 3 y registrados en el SISBEN III en los puntos de corte establecidos por el Ministerio de Educación Nacional, y para quienes hayan sido afectados por COVID 19).
Subsidio de sostenimiento para población priorizada por sus condiciones socioeconómicas y nivel de vulnerabilidad, flexibilidad para un segundo crédito con ICETEX, y líneas de crédito enfocadas a la virtualidad, respondiendo a la situación actual del país. Así mismo, gracias al apoyo del Gobierno Nacional, el crédito de ICETEX brinda subsidio a la tasa y de apoyo para el sostenimiento, así como la condonación del 25% por graduación a la población con SISBEN (dentro de los puntajes establecidos en la convocatoria).
Los créditos de ICETEX tienen las tasas de interés más bajas del mercado, las cuales van desde el valor real del crédito (es decir el valor del crédito ajustado al índice de Precios al Consumidor -IPC- que para el año 2020 fue de 3.8%), hasta el IPC + 9 puntos es decir máximo 13% anual o 1% mensual, de acuerdo con la línea de financiación y el plazo elegido.
Con esta convocatoria, miles de jóvenes podrán iniciar el programa académico en la Institución de Educación Superior de su interés o continuar financiando sus estudios de acuerdo con sus posibilidades económicas.
Novedades y ajustes en requisitos convocatoria 2020-2:
Exonerar de la presentación de los resultados de la prueba de Estado Saber 11 como requisito para la adjudicación del crédito educativo, para aquellos estudiantes que soliciten crédito ICETEX en la convocatoria 2020-2 y que no pudieron presentar el examen el pasado 15 de marzo del año 2020; así como establecer una opción para todos los estudiantes que renueven su crédito y cursan programas en IES para que se tenga en cuenta en la evaluación del mérito académico tanto la calificación cuantitativa como la cualitativa conforme lo haya establecido cada IES en ejercicio de su autonomía.
Líneas de crédito de largo, mediano y corto plazo
El crédito educativo de ICETEX cuenta con diferentes opciones y líneas especiales, que permiten al estudiante que ingresará por primera vez, o al que ya está matriculado en un programa de educación superior, elegir el plazo y el porcentaje del crédito que desea pagar durante su época de estudios o después de la graduación: pago del 0%, 25%, 30%, 40%, 60% o 100% del crédito otorgado durante la época de estudios y reembolso del porcentaje restante al terminar los mismos.
La oferta para estudios de pregrado también contempla líneas especiales para población de zonas priorizadas por sus condiciones geográficas, económicas o sociales. Una de ellas es ‘Más colombiano que nunca’, dirigida a población con SISBEN cuyo núcleo familiar pertenezca a los departamentos de: Amazonas, Arauca, Cauca, Cesar, Caquetá, Chocó, Distrito Portuario de Buenaventura, Guainía, Guaviare, La Guajira, Nariño, Norte de Santander, Putumayo, San Andrés y Providencia, Vaupés y Vichada. Los jóvenes tienen la oportunidad de realizar estudios totalmente virtuales con descuentos en el valor de la matrícula de hasta el 30%, así como pagar un 10% de su crédito durante sus estudios y el porcentaje restante (90%) después de su graduación.
Miembros de comunidades con especial Protección Constitucional (Como Indígenas, pertenecientes a Red Unidos, víctimas del conflicto armado, reintegrados o con discapacidad), pueden reembolsar la totalidad del crédito otorgado luego de finalizar sus estudios y además podrán acceder a la condonación del 25% del crédito por graduación al cumplir los requisitos establecidos.
Múltiples opciones para posgrado en el país o en el exterior
Para posgrado en el país los estudiantes pueden pagar el 20% del crédito durante sus estudios y reembolsar el porcentaje restante al finalizar. Quienes realizan estudios de especialización en Medicina en Colombia pueden pagar la totalidad del crédito después de su graduación.
Para créditos de posgrado en el exterior, los estudiantes pagan la totalidad del crédito luego de culminar el programa académico. Esta característica de financiación también está disponible para las demás líneas de estudios en el exterior: créditos para sostenimiento, complemento de beca, perfeccionamiento en idiomas, pasantías y programas de investigación e intercambio educativo.
Acceso al Fondo de Garantías Codeudor (sin deudor solidario)
La convocatoria 2020-2 contempla la posibilidad de acceder a crédito educativo sin deudor solidario para aquellos aspirantes que acrediten el fallecimiento o la desaparición de su madre, de su padre o de ambos progenitores, o que hayan sido declarados legalmente incapaces, así como para población que demuestre afectación por COVID 19, beneficio anunciado dentro del Plan de Auxilios Educativos creado por el Gobierno Nacional ante la actual emergencia social, económica y ecológica. Las anteriores condiciones de elegibilidad deberán ser comprobables y verificables. El acceso al Fondo de Garantías estará sujeto a la disponibilidad de recursos subsidiados por la nación y los definidos en el decreto 467 de 2020.
Requisitos para solicitar crédito sin deudor solidario:
- El estudiante que acredite que su madre, o padre, o ambos progenitores han sido casos confirmados de coronavirus COVID-19; recuperados o fallecidos.
- Acreditar afectación económica de núcleo familiar por razones relacionadas con el Covid-19 o por el aislamiento preventivo obligatorio de que trata el decreto 457 del 22 de marzo del 2020, en los siguientes casos:
- En caso de haber estado vinculado laboralmente a través de contrato laboral o de prestación de servicios, o de obra o labor o término indefinido, deberá allegar documento que certifique el despido o terminación anticipada del contrato para el periodo comprendido entre el 1 de marzo de 2020 al 30 de mayo de 2020.
- En caso de contar con empresa o con establecimiento y/o local comercial, deberá allegar el certificado de cámara de comercio actualizado y declaración extra-juicio donde indique la afectación económica por Covid-19.
- En caso de ser trabajador independiente o informal, deberá allegar el certificado de cámara de comercio actualizado y declaración extra juicio donde indique la afectación económica por COVID-19.
La información de la convocatoria de créditos, así como las características y requisitos de cada línea de financiación, se pueden conocer en: https://portal.icetex.gov.co/Portal/Home/HomeEstudiante/creditos-tu-eliges.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
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Sindicatos dicen que Interventora temporal de Capresoca estructuró el modelo que agravó el caos
El sindicato Sindicato Unitario Nacional de Trabajadores del Estado SUNET Casanare, solicitó al Gobierno Nacional la designación urgente de un agente interventor especial externo para CAPRESOCA EPS, tras cuestionar la reciente designación de Bibi Dayana Daniels Rueda como agente interventora sustituta temporal de la entidad, quien se venía desempeñando como Gerente Operativa.
La petición fue elevada al presidente Gustavo Petro, al Ministerio de Salud y a la Superintendencia Nacional de Salud, en medio de crecientes preocupaciones por la prestación del servicio a más de 170.000 afiliados en el departamento.


Ante este panorama, SUNET pidió que se designe un interventor independiente externo con perfil técnico y sin conflictos de interés, y solicitó incluir a CAPRESOCA en un plan nacional de salvamento. Asimismo, defendió el carácter público de la EPS y su potencial como modelo de gestión en salud, reiterando la urgencia de medidas que garanticen la atención oportuna y la estabilidad institucional.
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Secretaría de las TICs en Yopal ofrece curso gratuito de herramientas de Google
La secretaría de las tecnologías de la información y las comunicaciones de Yopal invita a la comunidad a participar en su curso gratuito “Herramientas de Google”. Esta iniciativa de formación está orientada a fortalecer las competencias digitales de los ciudadanos.
El espacio académico está diseñado para brindar conocimientos prácticos en el uso de aplicaciones esenciales. Los participantes aprenderán a manejar herramientas como Google Keep, Calendar, Meet, Forms, Sites, NotebookLM y la gestión masiva de contactos, fundamentales en diversos ámbitos.
Estas aplicaciones son cruciales para el desarrollo de actividades en los ámbitos educativo, laboral y personal, mejorando significativamente la gestión de la información y la comunicación en entornos virtuales. La estrategia busca cerrar brechas digitales.
El curso dará inicio en el mes de mayo, con sesiones programadas de 2:00 p.m. a 5:00 p.m. se desarrollará en las instalaciones del Punto Vive Digital, y como requisito indispensable, los participantes deberán contar con un computador portátil.
Las personas interesadas pueden realizar su inscripción de manera sencilla a través del enlace: https://forms.gle/LAqwDzK4kwP6LYRdA. Asimismo, para mayor comodidad, el registro también se puede efectuar escaneando el código QR que se encontrará en las piezas informativas oficiales.
La Secretaría TIC extiende una cordial invitación a toda la ciudadanía para que aproveche esta valiosa oportunidad de formación. El curso permitirá a los asistentes avanzar en el uso de herramientas digitales y fortalecer sus habilidades frente a los retos del entorno tecnológico actual.

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El abogado detrás del fallo que sacude el sistema tributario y protegió miles de millones para Yopal
Una tutela estratégica, una disputa entre altas cortes y una decisión histórica de la Corte Constitucional (SU-047 de 2026) que le devuelve a las ciudades el control del impuesto de ICA, o en otros términos, redefinen la autonomía fiscal en Colombia. Detrás del caso, estuvo el abogado Gonzalo Ramos Rojas, Especialista en Derecho Penal y Criminología, Especialista en Responsabilidad y Daño Resarcible y Magister en Seguridad y Defensa Nacionales, quien convirtió una derrota judicial en el Consejo de Estado, en un precedente nacional fijado por la Corte Constitucional, abriendo una compuerta jurídica para que las demás ciudades capitales lo repliquen en sus territorios.
El Impuesto de Industria y Comercio (ICA) es el combustible que permite mover y hacer crecer una ciudad, es en términos sencillos, una de las principales fuentes de ingresos de las ciudades en Colombia. Gracias a este impuesto, que pagan empresas y comercios por su actividad económica, los municipios pueden financiar servicios esenciales como salud, educación, infraestructura y programas sociales. En otras palabras, el ICA no es solo un tributo: es una herramienta clave para que las ciudades funcionen y puedan responder a las necesidades de sus ciudadanos.
En el Derecho, como en la guerra, hay momentos en los que una sola operación cambia el curso de la historia, en este caso, tributaria. La Sentencia SU-047 de 2026 de la Corte Constitucional es uno de esos momentos. Con la expedición de la Ley 2082 de 2021, el Congreso creó la categoría de ciudades capitales permitiéndoles tomar como referencia el régimen tributario de Bogotá.
A partir de lo anterior, el Consejo de Estado, cerró el paso a la autonomía de las ciudades: anuló los acuerdos de Yopal y Cali que buscaban elevar la tarifa del ICA, señalando que no podían superar el modelo de Bogotá.

La estrategia jurídica que redefinió el mapa tributario del ICA en Colombia
Litigar no es solo argumentar: es saber dónde dar la batalla.
Durante años, Colombia ha repetido el mismo discurso: somos un Estado descentralizado. Pero en la práctica, muchas decisiones siguen tomándose —o peor, imponiéndose— desde Bogotá. La Sentencia SU-047 de 2026 de la Corte Constitucional acaba de poner en evidencia esa contradicción.
El caso parecía técnico: la tarifa del impuesto de industria y comercio (ICA) en Yopal y Cali, sin embargo, para el apoderado del municipio en el fondo era mucho más que eso. Era responder a una pregunta incómoda: ¿pueden las ciudades capitales decidir sobre sus propios recursos o deben limitarse a copiar el modelo de Bogotá? El Consejo de Estado había respondido, en la práctica, que no podían apartarse.
Lo anterior define el problema jurídico. Porque esa postura no solo desconoce el artículo 14 de la Ley 2082 de 2021 —que permite, no impone, adoptar el régimen de Bogotá—. También reproduce una lógica profundamente centralista: lo que funciona (o se decide) en la capital debe replicarse en el resto del país, sin importar las realidades locales. Pero Colombia no es Bogotá. Yopal no es Bogotá, así lo entendió y así lo defendió el profesional del derecho ante el Consejo de Estado y ante la Corte Constitucional.
Sus dinámicas económicas, sus necesidades fiscales y sus cargas sociales son distintas. Pretender uniformarlas bajo un mismo esquema tributario no es razonable, es centralismo disfrazado de interpretación legal. La Corte Constitucional entendió el trasfondo político del asunto. Por eso, en la sentencia SU-047, no solo corrigió una decisión judicial, definió algo más importante: reivindicó el principio de autonomía territorial como un elemento real, no simbólico.

Se rompió el cerco tributario: las regiones recuperaron el control de su territorio fiscal.
Las ciudades capitales ahora tienen un precedente constitucional claro, es decir, una decisión que sirve como guía y ejemplo para casos similares, para diseñar sus políticas de impuestos con más libertad y según sus propias necesidades. Eso cambia el equilibrio de poder entre el centro y la periferia o la provincia. Adicionalmente, se deja en evidencia que el centralismo en Colombia no solo es administrativo o político, también es judicial. Sí, judicial. Cuando una alta corte interpreta la ley de manera que restringe la capacidad de las regiones para tomar decisiones sobre sus propios recursos, no está siendo neutral. Está interviniendo en la distribución del poder. Y eso tiene un alto impacto, en inversión social, en el desarrollo regional, y en la vida cotidiana de millones de ciudadanos que dependen de los recursos que sus ciudades logren recaudar.
¿Porque esta decisión no cayó del cielo? Fue el resultado de una lectura precisa del conflicto: entender que el problema no era solo tributario, sino estructural. Que lo que estaba en juego no era una tarifa, sino el alcance real de la descentralización en Colombia. El abogado que llevó este caso a la Corte Constitucional no solo litigó, planteó un pulso de poder. Y lo ganó. Eso también dice mucho del momento que vive el país. Porque cada vez es más evidente que las grandes discusiones sobre el modelo territorial ya no se están dando únicamente en el Congreso, sino que se están trasladando a los tribunales. Y allí, caso por caso, se están redefiniendo las reglas.
La SU-047 marca un punto de inflexión. No resuelve todos los problemas, pero sí deja algo claro: el centralismo no es inevitable. Puede ser cuestionado. Puede ser limitado. Y, como acaba de demostrarse, también puede ser derrotado.
El abogado convirtió un problema tributario en un precedente constitucional.
Pero en todo conflicto hay una verdad inmodificable: no basta con ganar terreno, sino que hay que saber sostenerlo. Este éxito jurídico permitirá ingresos anuales, de al menos, quince mil millones de pesos (15.000.000.000), ahora, dependerá de ellos, que se inviertan estratégicamente en la ciudad y que lleguen a todos los ciudadanos. Esa es la nueva apuesta, que los impuestos sigan teniendo un retorno para los ciudadanos, y es la inversión en sus comunas, veredas y barrios.
No fue solo una sentencia donde la Corte Constitucional le da la razón al Abogado como apoderado del municipio de Yopal: fue una batalla por el control de los recursos de las ciudades.
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