NACIONALES
Fiscalía suspende órdenes de captura a 19 disidentes de las Farc
El pasado 9 de febrero pasado, el presidente Gustavo Petro, en el marco de sus competencias legales y constitucionales, emitió la Resolución 0014 en la cual solicitó al Fiscal General de la Nación Francisco Barbosa Delgado, la suspensión de órdenes de captura contra 20 personas que serían reconocidas como representantes del autodenominado Estado Mayor Central de las Farc-EP, para acercamientos con el Gobierno nacional.
El día 16 de febrero pasado, el Fiscal General de la Nación remitió al Presidente Petro una comunicación en la cual solicitaba aclarar si 11 de esas personas hacían parte de un grupo armado organizado al margen de la ley que decidió no suscribir el Acuerdo de Paz de la Habana, y por lo tanto, si eran integrantes de alguna organización criminal con la cual se adelantara un nuevo Acuerdo de Paz.
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El 8 de marzo, el Presidente, le envió respuesta al Fiscal General en la cual planteó sus razones constitucionales y legales para pedir la suspensión de esas órdenes de captura y señaló en la comunicación que remplazaba la primera resolución, por la resolución 039 de 2023, en la cual se excluía la solicitud inicial para suspender la orden de captura contra Javier Alonso Veloza García, alias Jhon Mechas.
El Fiscal General de la Nación Francisco Barbosa, luego de sopesar los argumentos presentados por el Presidente Petro, y de acuerdo a sus competencias legales y constitucionales, decidió suspender las órdenes de captura dictadas o que sean dictadas en contra de 19.
Ellas son:
- Edgar de Jesús Orrego Arango, alias Leo
- Farby Edison Parra Parra, alias Richard
- Robinson de Jesús González, alias Caicedo
- Willinton Henao Gutierrez, alias Olmedo
- Carlos Eduardo García Téllez, alias Andrei
- Omar Pardo Galeano, alias Antonio Medina
- Ciro Alfonso Romero Ospina, alias Willy Romero
- Ivan Jacob Idribo Arredondo, alias Marlon
- Diverney Valencia, alias Herson
- Deison Rodrigo Ortiz Camallo, alias Esteban González
- Wilmar Pasu Rivera, alias David Arenas
- Luis Carlos Pinilla Cortéz, alias Oscar Barreto
- Anderson Andrei Vargas, alias Kevin
- Oscar Eduardo Sandoval Noscué
- Luis Hernán Ochoa
- Fabio Giraldo Giraldo,
- Jaime Muñoz Dorado
- Leydy Tatiana Rojas
- Eliecer Palomeque Córdoba.
Es importante destacar que ninguna de las personas solicitadas en la resolución 039 de 2023, en la que ya estaba excluido alias Jhon Mechas, tienen órdenes de captura con fines de extradición.
Esta decisión es diferente a la solicitud hecha por el presidente el 11 de enero de este año, que buscaba beneficiar a miembros del Clan del Golfo y de las Autodefensas Gaitanistas de Colombia, AGC; narcotraficantes y paramilitares, en donde sigue considerando la Fiscalía que no existe un fundamento jurídico y constitucional para poder pedir el levantamiento de esas órdenes de captura.
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En este caso concreto, para la Fiscalía existe el fundamento porque el Presidente Petro le dio carácter político a los disidentes que no firmaron el Acuerdo de Paz de la Habana y a los disidentes que firmaron el Acuerdo de Paz de la Habana y lo incumplieron, en ese sentido es una decisión política del Presidente de la República de avanzar en los diálogos.
Es importante destacar que los procesos penales y de extinción de dominio contra estas personas continúan vigentes y esta decisión no afecta su desenlace.
Fuente: Fiscalía General de la Nación
NACIONALES
Ecopetrol libera cerca de 60 millones de barriles diarios de gas natural para garantizar suministro nacional
El Grupo Ecopetrol continúa adoptado decisiones estratégicas que garanticen el suministro de gas natural en todo el país.
A la asignación adicional de 2,7 Gbtu (millones de barriles diarios) de gas natural para garantizar el suministro de gas natural vehicular en Casanare y Meta, se suma un nuevo anuncio de comercialización del energético.
A partir del 1º de diciembre de 2025 la compañía ofrecerá para la venta entre 46 y 60 Gbtud de sus campos del Piedemonte Llanero. Estas cantidades equivalen aproximadamente al 20% de la demanda residencial, comercial y de gas natural vehicular del país.
La empresa estatal informó que este gas adicional estará disponible desde el 1 de diciembre de 2025 hasta el 31 de mayo de 2026, y se ofrecerá en dos modalidades definidas en la regulación vigente:
– En firme, que garantiza el suministro continuo durante el periodo contratado.
– Con interrupciones, que permite suspender el suministro en caso de limitaciones, según las reglas establecidas.
De acuerdo con Ecopetrol, en la modalidad ‘En firme’ se ofrecerán cantidades que van desde 23 hasta 35 Gbtud para los meses de marzo a mayo de 2026, y serán comercializadas durante el trimestre de negociación que inicia en diciembre de 2025.
Y en la modalidad de ‘Interrumpible’ se ofrecerán cantidades desde 22 hasta 49 Gbtud para los meses de diciembre de 2025 a mayo de 2026, y serán comercializadas mensualmente, teniendo en cuenta las condiciones regulatorias vigentes que señalan que para el trimestre de diciembre a febrero sólo se permite la comercialización de gas bajo la modalidad Interrumpible.
“En Ecopetrol seguimos comprometidos en el abastecimiento de gas natural para todos los colombianos. Gracias a esfuerzos recientes de eficiencia, optimización y sustitución energética en varios de nuestros procesos productivos por energía proveniente de fuentes renovables no convencionales, podemos liberar mayores volúmenes para amentar la oferta de gas provenientes de nuestros campos en el Piedemonte Llanero”, declaró Bayron Triana Arias, Vicepresidente Ejecutivo de Energías para la Transición, de Ecopetrol.
Agregó el directivo que este incremento en la oferta refleja el compromiso de la compañía estatal con el país y con la transición energética. “Así avanzamos hacia un futuro con más energía limpia y más seguridad energética para todos los colombianos, y se contribuye al cumplimiento de los objetivos de descarbonización y las metas de transición energética del Grupo Ecopetrol”, aseguró.
NACIONALES
La JEP no aceptó al exjefe jurídico de la Gobernación de Casanare en gobierno de Raúl Flórez
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) rechazó la solicitud de sometimiento presentada por Henry Villarraga Oliveros, exmagistrado del Consejo Superior de la Judicatura, al considerar que no cumplió con el requisito de aportar verdad plena, presentó argumentos exculpatorios y negó la existencia de patrones macrocriminales ampliamente demostrados en su contra.
Según la decisión de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, Villarraga omitió información clave que habría permitido esclarecer su presunto papel en el encubrimiento de graves crímenes del conflicto armado, particularmente en el caso del coronel (r) Robinson González del Río, investigado por ejecuciones extrajudiciales conocidas como “falsos positivos”.
La JEP recordó que contra Villarraga cursan varios procesos penales y disciplinarios por, presuntamente, ofrecer asesoría ilegal al oficial retirado y comprometerse a influir para que uno de sus procesos fuera trasladado a la Justicia Penal Militar, buscando garantizar impunidad frente a crímenes de guerra y de lesa humanidad.
El tribunal especial concluyó que el exmagistrado incumplió las condiciones básicas exigidas para acceder a los beneficios del sistema transicional, pues su aporte se limitó a justificar sus actuaciones con argumentos jurídicos y a cuestionar el trabajo de la Fiscalía General de la Nación, alegando una supuesta “guerra jurídica” contra miembros de la fuerza pública.
Para la Sala, requerir nuevamente al solicitante para que hiciera un aporte de verdad sustancial representaría un desgaste injustificado del aparato judicial, más aún cuando Villarraga ha tenido múltiples oportunidades para hacerlo en los procesos que se adelantan en su contra.
El expediente fue remitido a la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes, donde cursa un proceso disciplinario en etapa de acusación y otro penal cuya apertura quedó sin efectos. La JEP, además, rechazó cualquier discurso estigmatizante o desobligante frente a las víctimas, la sociedad y las instituciones del Estado.
NACIONALES
Con proyecto de ley buscan declarar de alto riesgo la profesión de escolta
El Senador José Vicente Carreño Castro radicó el Proyecto de Ley 135 de 2025 que reconoce y establece “a los agentes de protección o escoltas requeridos como una profesión y/u oficio de alto riesgo”, en la medida que este trabajo está en proteger a personas con la posibilidad de sufrir un atentado, por lo que deben prevenir y enfrentar este tipo de eventualidad, lo que de inmediato los convierte también en blanco de los agresores.
Carreño Castro reveló que “al establecer de alto riesgo esta profesión u oficio, los agentes de protección o escoltas quedan cobijados en las ´Pensiones especiales de vejez´, establecido en los Artículos 3 al 10 del Decreto 2090 de 2003, adicionando esta iniciativa legislativa una modificación al Artículo 8 –modificado a la vez por el Artículo 1 del Decreto 2655 de 2014- en el sentido de que este régimen especial de pensión, incluye a los trabajadores vinculados a esta actividad hasta el 31 de diciembre de 2034, y no solo hasta el 31 de diciembre de 2024, como lo establece el mencionado Decreto 2655”.
La iniciativa legislativa –que ahora pasa a la Comisión VII del Senado- le fija al SENA la tarea de estructurar “un pensum académico con ciclos de competencias laborales, técnico, tecnólogo y profesional en seguridad dirigido este personal, para lo cual podrá celebrar convenios con organismos gubernamentales y no gubernamentales”, con el fin de que este ejercicio no solo sea considerado un oficio, sino además como una nueva profesión con todos la validación constitucional y legal, como la plantea el mencionado proyecto de ley.
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