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Fiduagraria debe reparar a Villavicencio por pérdida de recursos invertidos en fideicomiso

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El Consejo de Estado condenó a la Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S. A. (Fiduagraria) a reparar al municipio de Villavicencio (Meta) por la pérdida de 2.000 millones de pesos que sufrió el ente territorial, por haber invertido esa suma en un fideicomiso en el 2007.

La fiduciaria debe pagarle a la entidad territorial casi 2.250 millones de pesos, que constituyen la mitad de los perjuicios acaecidos.

La pérdida de los recursos se produjo como consecuencia del contrato de oferta de cesión de derechos con pacto de readquisición que celebraron el ente territorial y el consorcio Proyectar, en el marco del contrato de fiducia mercantil al que estaban suscritos esta última y Fiduagraria.

El municipio interpuso una demanda de reparación directa contra Fiduagraria S. A. y la Superintendencia Financiera, con el fin de que estas entidades se vieran obligadas a restituirle el monto invertido, debidamente actualizado y con intereses moratorios.

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca determinó que la demanda había sido presentada fuera del término legal. Teniendo en cuenta el plazo para la readquisición de derechos prevista en la oferta comercial de cesión de derechos y la interrupción de términos originada por la solicitud de conciliación prejudicial, la demanda podía ser presentada, como máximo, el 6 de octubre del 2010. Dado que se radicó dos días después, el Tribunal decretó la caducidad de la acción.

El municipio de Villavicencio presentó recurso de apelación contra esta decisión, por considerar que la demanda se presentó dentro de los plazos previstos por la ley. Indicó que si bien los términos se vencían inicialmente el 11 de julio del 2010, la solicitud de conciliación fue presentada el 2 de julio de ese año, nueve días antes de tal vencimiento; ello implica que la certificación expedida por la Procuraduría sobre la fallida conciliación, fechada el 5 de octubre del 2010, determinaba que la fecha límite para interponer la demanda era el 11 de octubre y no el 6. A juicio del ente territorial, estas consideraciones demuestran que la acción presentada el 8 de octubre no había caducado.

El Consejo de Estado revocó la decisión del Tribunal y admitió la demanda, por considerar que se había presentado dentro del plazo legal. Indicó que, dado que la solicitud de conciliación interrumpe por tres meses los términos de caducidad de la acción, este plazo trimestral vencía el 3 de octubre. Teniendo en cuenta que la solicitud para conciliar fue presentada nueve días antes de su vencimiento, queda en evidencia que la caducidad de la demanda ocurría el 11 de octubre. Esto demuestra que la acción fue presentada tres días antes de la culminación del plazo legal.

Frente a las pretensiones de la acción, se estableció que el daño se produjo en tanto que la suma que Villavicencio le confió al fideicomiso Consorcio Proyectar no fue devuelta en la fecha convenida. En lo que atañe a la supuesta responsabilidad de la Superintendencia Financiera por falta de vigilancia frente a los hechos ocurridos, la alta corte la desestimó. Indicó que, contrario a lo dicho por la demandante, la entidad abrió una investigación contra la fiduciaria por sus omisiones e incumplimientos y le impuso una sanción pecuniaria.

El Consejo de Estado advirtió que para la época de los hechos estaba prohibido que recursos de regalías se invirtieran en actividades comerciales de un particular o para garantizar sus deudas. Además, el Estatuto de Contratación Pública exigía que las entidades obligadas a seguir sus reglas necesitaban abrir un proceso licitatorio, antes de poder participar en contratos fiduciarios sin que en ningún caso les fuera posible transferir el dominio de recursos públicos. Como la fiduciaria Fiduagraria estaba obligada a vigilar el cumplimiento de estos mandatos y no lo hizo, la alta corte la declaró responsable del daño ocasionado por le pérdida de los recursos del municipio.

Sin embargo, teniendo en cuenta que el ente territorial contrató con el consorcio Proyectar, a este le correspondía evaluar si era posible que recursos del Sistema General de Regalías pudieran ingresar al patrimonio autónomo que se constituyó. También le correspondía verificar si era posible que los dineros se destinaran al pago de acreencias de particulares o a constituir garantías para sus deudas. Como en el expediente se probó que la entidad demandante no se cercioró de las restricciones legales de su inversión, ni de la idoneidad de la sociedad a quien estaba confiando los dineros o que hubiera solicitado concepto de entes especializados como la Superfinanciera, también le cabe responsabilidad en la producción del daño.

Por estas razones, el Consejo de Estado estableció que a la fiduciaria Fiduagraria le corresponde reparar el 50 % de los perjuicios sufridos por el municipio, tras la pérdida de los recursos invertidos en el patrimonio autónomo. De ahí que le haya ordenado pagarle a este ente territorial casi 2.250 millones de pesos es decir, la mitad del cálculo de las estimaciones del daño.

Fuente: Consejo de Estado

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Confirman caso de fiebre amarilla en mono hallado muerto en zona rural de Villavicencio

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mono aullador

El Instituto Nacional de Salud confirmó la presencia del virus de fiebre amarilla en un mono aullador (Alouatta seniculus) encontrado muerto el pasado 5 de mayo en una zona hídrica entre las veredas La Llanerita y Apiay, cerca de la vía a Puerto López, en el departamento del Meta.

El hallazgo se produjo tras el reporte de un transeúnte, lo que permitió a profesionales de Cormacarena atender el caso y trasladar el ejemplar al laboratorio de patología de la Universidad de los Llanos.

Aunque los análisis confirmaron la infección por fiebre amarilla, las autoridades establecieron que la causa de la muerte fueron las heridas físicas que presentaba el animal, especialmente en la cabeza y el rostro. Las muestras fueron enviadas al Laboratorio Departamental de Salud Pública del Meta, que coordinó el estudio junto al Instituto Nacional de Salud.

Cormacarena, junto con las secretarías de Salud del Meta y Villavicencio, reiteró que los primates no transmiten directamente la fiebre amarilla a los humanos. Estos animales son considerados centinelas, es decir, alertan sobre la presencia del virus en el entorno, lo que permite a las autoridades activar medidas de vigilancia y prevención.

En respuesta al caso, las autoridades sanitarias instaron a la comunidad a vacunarse contra la fiebre amarilla, usar toldillos, eliminar criaderos de mosquitos y evitar el contacto con fauna silvestre. También se habilitó la Línea de Atención de Fauna Silvestre (321 482 0327) para reportar primates enfermos o muertos.

Se recordo una vez más, que la vacuna contra la fiebre amarilla es gratuita y se recomienda para todos, sin importar su estado de afiliación al sistema de salud. Se recomienda buscar atención médica antes de vacunarse, especialmente para personas mayores de 60 años. 

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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Casa por cárcel para hombre que recibió giros de un comerciante extorsionado en el Meta

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CAPTURADO POR EXTORSIÓN

La Fiscalía General de la Nación judicializó a José Luis Fernández Zabala, por su presunta responsabilidad en las exigencias económicas ilegales a un comerciante en Puerto Gaitán.

Por estos hechos, un fiscal seccional le imputó el delito de extorsión agravada, cargo que no aceptó.

De acuerdo con la investigación, el comerciante comenzó a recibir llamadas, en las cuales le exigían pagar dinero a cambio de no atentar contra su vida y sus bienes.

Debido a las presiones, la víctima alcanzó a transferir más de 43.000.000 de pesos, a través de giros a seis personas diferentes, entre ellas a Fernández Zabala, desde el 2 de febrero de 2024.

Servidores de la Policía y el Ejército Nacional capturaron al procesado en zona rural de San Andrés de Cuerquia (Antioquia), en cumplimiento de una orden judicial.

Un juez de control de garantías le impuso medida de aseguramiento privativa de la libertad en su lugar de domicilio.

Fuente: Fiscalía General de la Nación

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Fuerza Pública habilita dos nuevos municipios en el Meta para avanzar en la restitución de tierras

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REUNIÓN COLR

Durante una reunión del Comité Operativo Local de Restitución del Meta, quedaron habilitadas dos nuevas zonas que suman 26.205 hectáreas.

Tras el aval de seguridad otorgado por la Fuerza Pública, la Unidad de Restitución de Tierras (URT) ahora podrá adelantar gestiones de tipo social, catastral y judicial en favor de los reclamantes, así como dar respuesta a las familias víctimas de despojo y/o abandono forzado en estos dos municipios.

Con el aval otorgado, se creará la microzona de Mesetas, sobre la vía nacional que comunica a este municipio con el de Uribe. Tendrá una extensión de 5.495 hectáreas, en las que se ubican 32 predios solicitados en restitución de tierras e incluye las veredas: Oriente, Bajo Cuncia, El Porvenir y La Barrialosa.

La segunda microzona aprobada es la del municipio de Puerto Rico, con una extensión de 20.708 hectáreas, en las que se ubican 42 solicitudes de restitución de tierras y están las veredas: Caños Negros, Caño Raya, Guacamayas, La Lindosa y El Oasis.

En desarrollo de la reunión, mandos de la Fuerza Pública analizaron las condiciones de seguridad de los municipios del Meta, definieron la continuidad de las actuaciones de la Unidad para atender solicitudes en la etapa administrativa del proceso, y garantizaron el acompañamiento para las salidas a terreno en Vista Hermosa, Mesetas, Uribe, Puerto Rico, Lejanías, Puerto Lleras, La Macarena y Puerto Gaitán.

Fuente: Comunicaciones URT

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