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Expolicía fue condenado por homicidio de dos hombres en San Luis de Gaceno

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El patrullero y otro uniformado dispararon en 19 ocasiones contra tres hombres impactando entre cuatro y siete veces el cuerpo de las víctimas.

Atendiendo la solicitud de la Fiscalía General, el Tribunal Superior de Boyacá condenó a 27 años y 6 meses de prisión a Manuel Lorenzo Mercado Pérez, quien fue encontrado responsable del asesinato de dos hombres, en hechos ocurridos el 27 de enero de 2013 en el municipio boyacense de San Luis de Gaceno.

Esta decisión revoca la determinación de un juez de primera instancia y se da luego de que la Fiscalía interpusiera un recurso de apelación contra dicho fallo. La determinación modificada por el Tribunal, declaró responsable a Mercado Pérez como autor de homicidio cometido con exceso en legítima defensa, y lo condenó a cinco años de prisión, además de concederle el beneficio de detención domiciliaria.

La reciente sentencia ordena, además, la captura del exintegrante de la Policía Nacional, y lo absuelve por la muerte de uno las víctimas fatales, quien perdió la vida en medio de un intercambio de disparos entre el uniformado y las víctimas 

El caso

El 27 de enero del 2013 el patrullero Manuel Lorenzo Mercado Pérez, como comandante de guardia de la estación de policía de San Luis de Gaceno (Boyacá), se desplazó junto al patrullero Freddy Andrés Rodríguez al parque principal del municipio para atender un caso de agresión femenina.

Al llegar al lugar los presuntos agresores no se encontraban, y la mujer manifestó no querer colocar ninguna querella por lo ocurrido. A pesar de ello los dos uniformados se dirigieron hacia un establecimiento comercial ubicado a la salida del pueblo donde se encontraban siete hombres, uno de ellos, novio de la mujer agredida.

Tras una corta conversación se inició el intercambio de disparos que terminaron con la muerte de: Miguel Ángel Lozano Buitrago, Wilman Edmilson Vargas Salguero y Carlos Darío Rivera Roa. Uno de los uniformados fue impactado en dos oportunidades.

La investigación

La investigación de los hechos fue asumida por el Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) de Boyacá que mediante los peritajes de balística establecieron que las armas de los uniformados fueron accionadas en 19 oportunidades; siete de las cuales impactaron en el cuerpo de Carlos Darío Rivera Roa y cuatro en el de Miguel Ángel Lozano Buitrago y Carlos Darío Rivera.

Durante la investigación también se comprobó que Carlos Darío Rivera disparó contra los uniformados, ocasionando dos heridas con arma de fuego a Manuel Lorenzo Mercado Pérez.

Por estas razones el Tribunal de Boyacá absolvió Mercado Pérez por la muerte de Rivera, por presumirse la legítima defensa.

El patrullero Freddy Andrés Rodríguez fue sentenciado por los mismos hechos. El fiscal de este caso presentó un recurso de apelación al fallo de primera instancia.

Fuente: Fiscalía General de la Nación

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Secretaría de Educación de Yopal alerta sobre validez de estudios no presenciales

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La Secretaría de Educación de Yopal informa a la ciudadanía sobre múltiples solicitudes y quejas de padres de familia. Estas están relacionadas con dificultades para matricular a sus hijos debido a inconsistencias en la validez de estudios cursados previamente en modalidades no presenciales o “homeschooling”.

Se ha evidenciado que algunos estudiantes provienen de instituciones que ofrecen educación virtual o homeschooling sin la licencia de funcionamiento reconocida por el Ministerio de Educación Nacional. Esta situación impide la homologación, validación o reconocimiento oficial de los grados cursados, conforme a la normativa vigente.

La secretaría recuerda que en Colombia, la educación formal debe ser impartida por establecimientos educativos debidamente autorizados, con licencia de funcionamiento expedida por el Ministerio de Educación y registro en el Directorio Único de Establecimientos Educativos (DUE). Las instituciones sin este reconocimiento no pueden emitir certificaciones válidas.

Además, se han identificado casos de estudiantes con estudios en el exterior que realizaron supuestas “validaciones” en instituciones no facultadas legalmente, afectando la continuidad académica. La presentación de Pruebas Saber 11° (ICFES) y los procesos de validación de bachillerato están regulados por el Estado y requieren autorización oficial.

Por lo anterior, se hace un llamado preventivo a padres y acudientes para que verifiquen que la institución educativa cuente con licencia de funcionamiento vigente, esté registrada oficialmente ante el Ministerio de Educación y tenga reconocimiento para la prestación del servicio educativo formal. La secretaría reitera su compromiso con el derecho a la educación y la orientación familiar.

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Discusión en una tienda terminó en homicidio en Tauramena, homicida está identificado

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arma disparo

Un nuevo hecho de violencia sacudió al municipio de Tauramena la tarde del 21 de febrero de 2026. Sobre las 6:12 p.m., en la vereda Cabañas, fue ultimado con arma de fuego el ciudadano Jaime Orlando León Sierra, en circunstancias que son materia de investigación por parte de las autoridades.

De acuerdo con la información preliminar, la víctima se encontraba departiendo bebidas embriagantes en una tienda del sector cuando fue abordado por otro hombre que también permanecía en el establecimiento. Entre ambos se habría generado una discusión, al parecer por linderos de un predio, que escaló rápidamente, momento en el que el presunto agresor desenfundó un arma de fuego y disparó contra León Sierra, causándole la muerte en el lugar.

Tras el ataque, el señalado responsable huyó en una motocicleta color negro con azul con rumbo hacia la zona rural. Las autoridades confirmaron que el presunto agresor ya está plenamente identificado y adelantan labores para lograr su captura en el menor tiempo posible.

Según información conocida, el hombre registra antecedentes en calidad de investigado por delitos como homicidio, lesiones personales, daño en bien ajeno, violencia intrafamiliar, porte ilegal de armas, amenazas y acceso carnal. Testigos lo describen como una persona con comportamiento violento cuando consume licor. El caso quedó en manos de los organismos competentes, que avanzan en la recolección de pruebas y testimonios.

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Condenado a más de 30 años de cárcel por feminicidio de su compañera sentimental en Yopal

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A 31 años y 3 meses de prisión fue condenado Olegario Mendivelso, de 55 años, por el feminicidio agravado de su compañera sentimental Fidelia Tarache Tumay, en hechos ocurridos el pasado 25 de septiembre de 2025 en zona rural de Yopal. La decisión fue adoptada por un juez de conocimiento, quien avaló el preacuerdo suscrito con la Fiscalía General de la Nación.

De acuerdo con las pruebas recopiladas por el ente acusador, el hoy sentenciado llegó hasta la finca donde trabajaba la víctima e ingresó a la vivienda por una ventana. Una vez dentro, la atacó con un arma cortopunzante, causándole múltiples heridas que le provocaron la muerte. Según la investigación, el ataque se originó porque la víctima no quería continuar con la relación.

El fallo judicial también impuso como pena accesoria la inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 20 años, además de la suspensión de cualquier mecanismo sustitutivo o subrogado penal.

La sentencia es de primera instancia y contra ella proceden los recursos de ley. Con este resultado, la Fiscalía destacó el avance del proceso judicial y la sanción impuesta por este crimen que enluta a una familia en el departamento de Casanare.

Lea también: Nuevo feminicidio en Yopal en San Rafael de Morichal, homicida fue capturado

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