CASANARE
Empresas de energía de la Orinoquia sancionadas por fallas en el servicio y altas tarifas
Multas por más de $ 45 mil millones de pesos ha impuesto la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios en lo corrido del presente año, a 72 prestadores de los servicios de acueducto, alcantarillado, aseo, energía y gas por incumplimientos a la regulación vigente.
Según la Superservicios, las sanciones recaen sobre 27 prestadores de energía, 20 de gas, 11 de acueducto, alcantarillado y aseo, 7 de acueducto y alcantarillado, 6 de aseo y 1 de acueducto y aseo. Son resultado de procesos de investigación iniciados por la superintendencia entre el 2016 y el 2019.
Las principales razones para imponer las multas se derivan de incumplimientos a indicadores de calidad de agua, normas técnicas, regulación en materia de subsidios, reglamento de instalaciones eléctricas, inversiones y metodologías tarifarias; también por fallas de continuidad en la prestación, medición del consumo, reporte de información, planes de contingencia, recolección y disposición final de residuos, entre otros.
Las multas
En el reporte de la Superservicios figuran multas contra Empresas como la Electrificadora del Meta con $5.958 millones de pesos por incumplimiento al régimen tarifario, cuyo proceso se encuentra en proceso de reposición; la Empresa de Energía de Arauca tiene dos procesos sancionatorios, uno por $877 millones de pesos por falla en la prestación del servicio, el cual se encuentra para recurso de reposición, y otro proceso por valor de $192 millones de pesos por falla en la prestación del servicio e incumplimiento en los indicadores de calidad.
El caso Enerca
En el listado también figura un proceso sancionatorio contra la Empresa de Energía de Casanare ENERCA, por valor de $206 millones. Respecto de esta sanción, voceros de ENERCA señalaron que la misma ya se canceló a la Superservicios, y que se originó porque durante los años 2014 y 2015 la Superintendencia realizó visita de vigilancia y control, abriendo 4 expedientes por incumplimiento a la Ley 142, los hallazgos no subsanados fueron consolidados en un solo expediente. En razón a lo anterior, se firmó en diciembre de 2017 el programa de gestión voluntaria, al cual se le dio cumplimiento a cabalidad a partir del segundo semestre de 2018 y todo el 2019, y en prueba se firmó acta de cierre con cumplimiento total el día 12 de febrero de 2020.
“Seguimos con otros procesos en curso, e iniciamos las indagaciones preliminares y requerimientos a las empresas sobre las cuales hemos recibido quejas de los usuarios durante este año; y en particular desde que inició la emergencia sanitaria, en relación con incremento de tarifas, medición por promedio y cortes o suspensiones no autorizados. Estamos monitoreando a las empresas para evitar abusos, pues es inaceptable que familias y empresarios se afecten con incrementos injustificados en sus facturas o reciban un mal servicio”, aseguró la superintendente Natasha Avendaño García.
¿Cómo hacer una reclamación?
La Superintendencia recuerda los pasos a seguir, conforme lo determina el Código Contencioso Administrativo:
- Antes de acudir a la Superservicios, interponga un derecho de petición ante la empresa prestadora exponiendo la situación que considera lo afecta o que vulnera sus derechos como usuario. La empresa tiene 15 días hábiles para responderle.
- Si no está de acuerdo con la respuesta, dentro de los cinco días siguientes a la notificación, interponga ante el prestador un Recurso de Reposición y en Subsidio de Apelación.
- Una vez resuelto el Recurso de Reposición, la empresa debe enviar el expediente a la Superservicios para que esta entidad lo revise y resuelva su Recurso de Apelación.
- Si la empresa no resuelve de forma concreta o no responde en el término de 15 días hábiles, el usuario puede radicar ante la Superservicios una solicitud de investigación por Silencio Administrativo Positivo, adjuntando copia de la petición radicada ante la empresa.
- Si la empresa niega o rechaza el Recurso de Apelación, el usuario puede interponer ante la Superservicios el Recurso de Queja dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la empresa en la que le rechaza o niega la apelación. Es necesario adjuntar este documento.
Estos trámites se pueden realizar en la plataforma TeResuelvo https://teresuelvo.superservicios.gov.co/. La entidad ofrece orientación en las líneas de atención 01800 910 305 para todo el país y (1) 691 3006 en Bogotá.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Diputados Mancipe y Henry Pérez “se dijeron cositas” por elección del nuevo Contralor de Casanare
El presidente de la Asamblea de Casanare, Henry Pérez Hernández, respondió a los cuestionamientos del anterior presidente de la corporación, Juan Fernando Mancipe, sobre los avances en el proceso de elección del Contralor Departamental, señalando que al asumir la presidencia se identificaron inconsistencias que ponían en riesgo la seguridad jurídica de la convocatoria.
El cabildante explicó que, tras la revisión, la Mesa Directiva decidió revocar la convocatoria, aunque el contrato suscrito con la Universidad Distrital por Mancipe durante su presidencia se mantiene vigente. No obstante, indicó que, en su calidad de supervisor, solicitó a la institución una terminación anticipada bilateral debido a las situaciones detectadas que podrían comprometer la legalidad del proceso.
Piden intervención de la Procuraduría
El presidente de la Asamblea también informó que, actuando con diligencia, se radicó ante la Procuraduría General de la Nación una solicitud de conciliación extrajudicial, trámite necesario al tratarse de entidades públicas. Asimismo, advirtió que se evalúan posibles acciones por presuntas irregularidades como prevaricato, celebración de contratos sin el lleno de requisitos y eventual adulteración de firmas.
Pérez Hernández aseguró que la corporación ha actuado conforme al debido proceso y confía en que las autoridades competentes resuelvan la situación en los tiempos establecidos. Añadió que, una vez superados los trámites legales, se podrá avanzar en una nueva convocatoria que permita garantizar la elección del Contralor Departamental con plena seguridad jurídica.
Mancipe se defiende
CASANARE
Yopal asegura $15.000 millones tras fallo a favor en disputa con Asobancaria, por tarifa del ICA para los bancos
La Alcaldía de Yopal ha logrado un importante triunfo jurídico en su prolongada disputa con Asobancaria por el cobro del impuesto de industria y comercio (ICA).
Esta decisión, ratificada por la Corte Constitucional, reafirma la facultad del municipio para aplicar una tarifa del 20 x 1.000 a las entidades financieras que operan en la ciudad.
El fallo no solo garantiza ingresos anuales cercanos a los 15.000 millones de pesos, que serán vitales para financiar inversiones en infraestructura vial, vivienda y educación, sino que también establece un precedente jurídico de alcance nacional. Otras capitales del país podrán ahora referenciarse en esta decisión, fortaleciendo su autonomía fiscal.
La Administración Municipal destacó el arduo trabajo de su equipo legal, subrayando la defensa de los intereses de Yopal frente a una de las organizaciones más poderosas del país. En adelante, las entidades financieras deberán acatar las disposiciones del Estatuto de Rentas vigente.
El caso se originó cuando Asobancaria demandó el artículo 18 del Acuerdo 022 de 2021, argumentando que la tarifa máxima debía ser del 14 x 1.000. Sin embargo, las autoridades judiciales reconocieron la autonomía tributaria de Yopal para fijar tarifas dentro del rango permitido por la ley, que para ciudades capitales puede llegar hasta el 30 x 1.000 si se justifica ante el Concejo Municipal.
CASANARE
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