CASANARE
Empresas de energía de la Orinoquia sancionadas por fallas en el servicio y altas tarifas
Multas por más de $ 45 mil millones de pesos ha impuesto la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios en lo corrido del presente año, a 72 prestadores de los servicios de acueducto, alcantarillado, aseo, energía y gas por incumplimientos a la regulación vigente.
Según la Superservicios, las sanciones recaen sobre 27 prestadores de energía, 20 de gas, 11 de acueducto, alcantarillado y aseo, 7 de acueducto y alcantarillado, 6 de aseo y 1 de acueducto y aseo. Son resultado de procesos de investigación iniciados por la superintendencia entre el 2016 y el 2019.
Las principales razones para imponer las multas se derivan de incumplimientos a indicadores de calidad de agua, normas técnicas, regulación en materia de subsidios, reglamento de instalaciones eléctricas, inversiones y metodologías tarifarias; también por fallas de continuidad en la prestación, medición del consumo, reporte de información, planes de contingencia, recolección y disposición final de residuos, entre otros.
Las multas
En el reporte de la Superservicios figuran multas contra Empresas como la Electrificadora del Meta con $5.958 millones de pesos por incumplimiento al régimen tarifario, cuyo proceso se encuentra en proceso de reposición; la Empresa de Energía de Arauca tiene dos procesos sancionatorios, uno por $877 millones de pesos por falla en la prestación del servicio, el cual se encuentra para recurso de reposición, y otro proceso por valor de $192 millones de pesos por falla en la prestación del servicio e incumplimiento en los indicadores de calidad.
El caso Enerca
En el listado también figura un proceso sancionatorio contra la Empresa de Energía de Casanare ENERCA, por valor de $206 millones. Respecto de esta sanción, voceros de ENERCA señalaron que la misma ya se canceló a la Superservicios, y que se originó porque durante los años 2014 y 2015 la Superintendencia realizó visita de vigilancia y control, abriendo 4 expedientes por incumplimiento a la Ley 142, los hallazgos no subsanados fueron consolidados en un solo expediente. En razón a lo anterior, se firmó en diciembre de 2017 el programa de gestión voluntaria, al cual se le dio cumplimiento a cabalidad a partir del segundo semestre de 2018 y todo el 2019, y en prueba se firmó acta de cierre con cumplimiento total el día 12 de febrero de 2020.
“Seguimos con otros procesos en curso, e iniciamos las indagaciones preliminares y requerimientos a las empresas sobre las cuales hemos recibido quejas de los usuarios durante este año; y en particular desde que inició la emergencia sanitaria, en relación con incremento de tarifas, medición por promedio y cortes o suspensiones no autorizados. Estamos monitoreando a las empresas para evitar abusos, pues es inaceptable que familias y empresarios se afecten con incrementos injustificados en sus facturas o reciban un mal servicio”, aseguró la superintendente Natasha Avendaño García.
¿Cómo hacer una reclamación?
La Superintendencia recuerda los pasos a seguir, conforme lo determina el Código Contencioso Administrativo:
- Antes de acudir a la Superservicios, interponga un derecho de petición ante la empresa prestadora exponiendo la situación que considera lo afecta o que vulnera sus derechos como usuario. La empresa tiene 15 días hábiles para responderle.
- Si no está de acuerdo con la respuesta, dentro de los cinco días siguientes a la notificación, interponga ante el prestador un Recurso de Reposición y en Subsidio de Apelación.
- Una vez resuelto el Recurso de Reposición, la empresa debe enviar el expediente a la Superservicios para que esta entidad lo revise y resuelva su Recurso de Apelación.
- Si la empresa no resuelve de forma concreta o no responde en el término de 15 días hábiles, el usuario puede radicar ante la Superservicios una solicitud de investigación por Silencio Administrativo Positivo, adjuntando copia de la petición radicada ante la empresa.
- Si la empresa niega o rechaza el Recurso de Apelación, el usuario puede interponer ante la Superservicios el Recurso de Queja dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la empresa en la que le rechaza o niega la apelación. Es necesario adjuntar este documento.
Estos trámites se pueden realizar en la plataforma TeResuelvo https://teresuelvo.superservicios.gov.co/. La entidad ofrece orientación en las líneas de atención 01800 910 305 para todo el país y (1) 691 3006 en Bogotá.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Terreno donde inicialmente se iba a construir el Terminal de Yopal si tenía problemas jurídicos
El Tribunal Administrativo de Casanare resolvió en segunda instancia una acción popular relacionada con la adquisición del predio destinado inicialmente a la construcción del nuevo Terminal de Transportes de Yopal, ubicado en la carrera 5° que conduce hacia Morichal, proceso en el que se analizó la actuación del Municipio de Yopal y de la Sociedad de Economía Mixta Terminal de Transportes de Yopal S.A.S.
La demanda fue interpuesta por el ciudadano Oromairo Avella, y alegó la vulneración de los derechos colectivos a la moralidad administrativa y a la defensa del patrimonio público, derivada de los negocios jurídicos relacionados con el terreno que se iba a utilizar, el cual según antecedentes judiciales, presentaba anotaciones de “falsa tradición” y restricciones previamente advertidas por la jurisdicción contenciosa administrativa.
No se adelantaron estudios de títulos
En la sentencia, el Tribunal confirmó que las entidades demandadas incurrieron en actuaciones contrarias a los principios que rigen la función administrativa, al aceptar como aporte a una sociedad de economía mixta un predio sobre el cual existían reparos judiciales y órdenes expresas de protección, sin adelantar un estudio de títulos riguroso ni atender decisiones judiciales anteriores. Esta conducta fue considerada lesiva del derecho colectivo a la moralidad administrativa.
No obstante, la Corporación precisó que durante el trámite del proceso se configuró la figura jurídica de la carencia actual de objeto, debido a que el inmueble cuestionado fue retirado del patrimonio de la sociedad, lo que implicó la desaparición de la situación que originó la controversia.
En consecuencia, el Tribunal mantuvo la declaratoria de vulneración del derecho colectivo a la moralidad administrativa, pero se abstuvo de impartir órdenes adicionales, al considerar superada la situación. Sin embargo, dispuso la remisión de copias a la Fiscalía General de la Nación y a la Procuraduría General de la Nación para que, en el marco de sus competencias, adelanten las investigaciones que estimen pertinentes respecto de los hechos analizados.
CASANARE
Capturan a dos personas en Yopal por presunta explotación sexual y trata de personas
CASANARE
Yopal consolida la atención materno infantil en el Hospital Central y el CAPS Juan Luis Londoño
Mientras la atención en salud materno infantil representa un reto a nivel nacional, Yopal ha logrado consolidar resultados concretos. Esto se evidencia con la renovación y obtención de nuevas certificaciones bajo la estrategia Instituciones Amigas de la Mujer y la Infancia Integral (IAMII), lideradas por la Secretaría de Salud de Casanare en articulación con la ESE Salud Yopal.
Tras una exhaustiva evaluación externa, realizada según los lineamientos de Unicef, la Organización Mundial de la Salud y el Ministerio de Salud y Protección Social, el Hospital Central de Yopal alcanzó un cumplimiento superior al 80% de los criterios exigidos.
Este resultado permitió la renovación de su certificación IAMII por un periodo de tres años, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2028. La institución ha demostrado mejoras sostenidas en sus procesos de atención y nutrición materna e infantil.
También el Juan Luis Londoño
Asimismo, la sede CAPS Juan Luis Londoño obtuvo por primera vez la certificación oficial como Institución Amiga de la Mujer y la Infancia Integral. Este logro, producto de un proceso técnico y riguroso, contó con el acompañamiento de Unicef y se ajusta a los estándares nacionales para garantizar una atención integral, oportuna y humanizada.
El reconocimiento para la sede CAPS Juan Luis Londoño quedó formalizado mediante la Resolución 2352 del 03 de diciembre de 2025. La institución superó el 80% de cumplimiento en cada uno de los diez pasos exigidos por la estrategia IAMII, lo que la posiciona con una de las más altas distinciones en el país para la protección de la salud materno infantil.


