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Dermatólogo trabajó varios años en la Clínica Casanare sin haber terminado estudios de especialización

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Al conocer denuncias ciudadanas del médico José Jacinto Castellanos Gómez, quien estuvo vinculado laboralmente durante algunos años con la Clínica Casanare, este medio de comunicación investigó la idoneidad del profesional, quien presuntamente se habría desempeñado como dermatólogo, sin serlo.

Nuestro equipo investigativo halló papelería membreteada de la Clínica Casanare donde aparecen citas, procedimientos y controles firmados por el galeno en la especialidad de dermatología. Además, en la página web se mostraba como imagen de la mencionada área, hecho que generó varias dudas que nos dimos a la tarea de responder.

De acuerdo a la información consultada en el Registro Único Nacional del Talento Humano en Salud (ReThus), Castellanos Gómez, aparece como profesional en medicina, sin ninguna otra especialidad o formación médica. (Ver imagen), lo cual aumentó la duda sobre la idoneidad profesional del referido médico.

Con esta información, por medio de derecho de petición presentado el 25 de septiembre de 2024, solicitamos a la Secretaría de Salud Departamental, adelantar las acciones que permitieran aclarar si el médico era o no dermatólogo. La dependencia esperó hasta el último día hábil para responder, y mediante oficio del 16 de octubre de 2024 indicó que adelantarían la correspondiente visita para determinar la idoneidad del médico.

Secretaría de Salud Departamental investigó y dio respuesta 

En respuesta al derecho de petición, Lady Carolina Florez Sierra, Directora de Seguridad Social y Garantía de Calidad de la Secretaría de Salud de Casanare, confirmó que en la visita a Clínica Casanare se evidenció que Castellanos Gómez estaba vinculado como “experto en procedimientos menores para dermatología”, sin embargo, al verificar la agenda del médico se observó que la programación asignaba citas por la especialidad de dermatología, con consultas de control o seguimiento.

De igual forma, se evidenció que el médico en cuestión, de acuerdo a la información de su hoja de vida, NO está autorizado para el ejercicio de dermatología en Colombia, ya que en los documentos soportados en su carpeta se encuentran varios cursos de educación no formal y una maestría internacional en dermatología sin soportes de homologación en Colombia, la cual solo terminó este año, sin embargo, venía fungiendo como dermatólogo desde años atrás. (ver imagen).

Así las cosas, la Dirección de Seguridad Social y Garantía de Calidad confirmó que dio inicio a un proceso administrativo sancionatorio contra la Clínica Casanare, sobre el cual este medio de comunicación hace seguimiento.

¿Qué dijo la Clínica Casanare?

Desde el mes de julio de 2024 solicitamos entrevista con la Clínica Casanare para aclarar las denuncias, y el pasado 30 de julio fuimos atendidos por el Subgerente Médico Andrés Camargo, quien inicialmente accedió a responder la entrevista, y off the record reconoció que el profesional era médico general y que como tal “estaba capacitado para atender toda clase de procedimientos médicos”, pero que además era “experto en dermatología”; luego de una llamada a su celular, indicó que no daría entrevista sobre el tema y que de presentarse molestia sobre los procedimientos o desempeño de Castellanos Gómez, la oficina jurídica de la Clínica Casanare estaría dispuesta a atender las quejas.

Otra fuente al interior de la Clínica señaló que el médico fue contratado para evitar la congestión en la consulta del área de dermatología con temas que supuestamente no revestían gravedad, sin embargo, realizó procedimientos quirúrgicos y otras intervenciones destinadas exclusivamente para un dermatólogo.

Lo preocupante del caso es que durante el tiempo que estuvo en el área de dermatología, en promedio pasaron por su consultorio cada mes unas 300 personas, de las cuales, al menos la mitad fueron sometidas a procedimientos que en muchos casos no eran menores, como intentaron decir en la clínica.

En papelería de la Clínica Casanare de los años 2023 y 2024, e incluso anteriores, el médico aparecía como especialista en dermatología, ordenaba a sus pacientes procedimientos y diagnosticó enfermedades que solo podía determinar un especialista. (ver imágenes en galería).

En medio del proceso se confirmó que tras la visita de la Secretaría de Salud Departamental, la institución médica determinó la terminación del contrato de servicios profesionales del médico experto en dermatología José Jacinto Castellanos Gómez.

Los pacientes cuestionan la seriedad con la que se revisaron los documentos de la hoja de vida del médico, si fue o no a la ligera, y por qué no se verificó en el ReThus que el profesional fuera idóneo.

Ponemos a disposición de nuestros lectores la respuesta completa al derecho de petición presentado ante la Secretaría de Salud de Casanare. (ver galería).

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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Más de 45 años de prisión para feminicida por crimen ocurrido en Yopal en 2021

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El Juzgado Segundo Penal del Circuito de Yopal condenó a 45 años y ocho meses de prisión (550 meses) a Diego Andrés Suárez Daza, hallado culpable del feminicidio agravado de Sonia Rocío Díaz Barrera, de 30 años. Suárez Daza fue capturado en 2024 en Cajicá, a donde había huido e intentaba pasar desapercibido como mecánico.

El fallo, emitido en aplicación de la normativa colombiana sobre violencia de género, busca enviar un mensaje claro sobre la gravedad de estos delitos, como en este caso que causó conmoción en su momento en la capital casanareña.

El crimen ocurrió el 2 de septiembre de 2021 en la residencia de la víctima, ubicada en el barrio Bicentenario de Yopal. Suárez Daza, expareja sentimental de Sonia, ingresó al domicilio y la atacó con un arma blanca, causándole heridas mortales en el cuello. El cuerpo fue hallado por familiares que, alarmados por su ausencia en su local del Terminal de Transportes, acudieron a buscarla.

En el momento del ataque, Sonia se encontraba en casa con su hija de tres años, quien dormía en otra habitación. La violencia del hecho y la presencia de la menor en el lugar conmovieron profundamente a la comunidad yopaleña, que desde entonces ha exigido justicia por este brutal crimen, llegando incluso a realizar un plantón frente a la sede de la Fiscalía.

La investigación reveló que la víctima había denunciado amenazas previas y enfrentaba un conflicto por la fijación de la cuota alimentaria de la niña. Estos antecedentes fueron considerados por el juez como agravantes en el contexto de violencia intrafamiliar y de género.

Con esta condena, las autoridades reafirman su compromiso de sancionar con severidad los feminicidios y proteger los derechos de las mujeres, especialmente en contextos donde persiste la violencia ejercida por exparejas o personas cercanas.

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Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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Condenan a 44 años de prisión a feminicida por hechos ocurridos en Maní

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El Juzgado Tercero Penal del Circuito de Yopal condenó a 44 años de prisión (528 meses) a Kilver Alfonso Mariño Ávila por el feminicidio de su expareja, Mildre Carolina Rojas, ocurrido el 5 de noviembre de 2024 en el municipio de Maní.

La decisión judicial, que fue apelada por la defensa del condenado, se dio tras comprobar que el hombre atacó brutalmente a la mujer con un arma blanca en un establecimiento público, como fue de amplio conocimiento.

Según el relato de los hechos, la víctima, de 38 años, fue abordada por Mariño Ávila mientras trabajaba, y en medio de una discusión por el uso de una motocicleta, el agresor la persiguió y le causó una herida mortal en el abdomen. Aunque varios ciudadanos intentaron auxiliarla, la gravedad de la lesión le provocó la muerte minutos después.

Mariño Ávila huyó del lugar tras cometer el crimen, pero fue capturado esa misma noche gracias a la oportuna reacción de la Policía y la colaboración de la comunidad. La víctima había denunciado previamente amenazas por parte del agresor.

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Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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JEP imputa tortura y tratos inhumanos a seis militares por ‘falsos positivos’ en Casanare

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Tras analizar 17 hechos de asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como falsas bajas en combate por agentes del Estado, en los que se documentaron actos de violencia física y psicológica contra 26 víctimas antes de su asesinato, la Sala de Reconocimiento de Verdad de la JEP imputó los delitos de tortura y de tratos inhumanos y degradantes a seis comparecientes, exintegrantes del Ejército Nacional, por hechos ocurridos en Casanare.

Las nuevas imputaciones fueron formuladas contra Wilson Salvador Burgos Jiménez, Marco Fabián García Céspedes, Jhon Alexander Suancha Florián, Wilfrido Domínguez Márquez y Miguel Andrés Sierra García, quienes ya habían sido determinados como máximos responsables, así como contra Zamir Humberto Casallas Valderrama, definido como partícipe no determinante y también llamado a reconocer responsabilidad. Todos pertenecieron a la XVI Brigada del Ejército Nacional.

La decisión se adoptó tras contrastar la información obtenida en las versiones voluntarias, las pruebas recolectadas en los procesos adelantados en la jurisdicción ordinaria y las observaciones presentadas por víctimas y el Ministerio Público, con el fin de dar respuesta a la solicitud de esclarecer el trato bridado a las víctimas antes de ser asesinadas. La magistratura concluyó que varios de estos actos constituyeron tortura contra persona protegida, una conducta tipificada tanto en el Código Penal colombiano como en el Derecho Internacional Humanitario y el Derecho Penal Internacional.

Hubo tortura antes de asesinarlos

En el análisis de estos 17 hechos, en los que fueron asesinadas 26 personas, la JEP evidenció que las víctimas fueron engañadas, sometidas o trasladadas en condiciones que incrementaron su vulnerabilidad. Estas prácticas tenían como propósito facilitar su posterior asesinato y presentación como bajas en combate.

Esta nueva calificación jurídica profundiza lo establecido por la sala en el Auto de Determinación de Hechos y Conductas proferido en el Subcaso Casanare del Caso 03, en 2022, que investiga asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como falsas bajas en combate por agentes del Estado en ese departamento. En dicha decisión, la JEP determinó la existencia de un patrón criminal sistemático por parte de la XVI Brigada del Ejército Nacional, que habría involucrado a más de 296 víctimas directas entre 2005 y 2008 en Casanare.

Como parte del proceso ante la Justicia Transicional Restaurativa, la Sala de Reconocimiento de Verdad trasladó algunos de los hechos investigados a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, con el fin de que continúe la indagación sobre los pormenores del trato recibido por las víctimas antes de su muerte, en relación con comparecientes que participaron directamente en los hechos, pero cuya situación jurídica fue remitida a esa instancia de la JEP porque no fueron seleccionados como máximos responsables.

Asimismo, la Sala de Reconocimiento envió al Subcaso Costa Caribe II información sobre hechos cometidos por el compareciente Juan Pablo Gutiérrez Jaramillo cuando estuvo en la Brigada XVI en el departamento de Casanare, para que también sean tenidos en cuenta en dicha investigación, en la que fue imputado como máximo responsable, en calidad de coautor de los delitos de homicidio en persona protegida y desaparición forzada.

Los seis comparecientes llamados a reconocer su responsabilidad por actos de tortura y tratos crueles, inhumanos y degradantes en Casanare tienen 15 días hábiles para informar a la Sala de Reconocimiento de Verdad si aceptan o no los nuevos cargos imputados por la JEP. En ese mismo término, podrán pronunciarse, aportar pruebas y referirse a los hechos, las conductas y su eventual participación individual en ellos.

Fuente: Comunicaciones JEP

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