CASANARE
Defensoría del Pueblo emite alerta temprana por riesgo que corren pueblos indígenas en Caño Mochuelo
La Defensoría del Pueblo emitió la Alerta Temprana de Inminencia (ATI) 020 de 2024 debido al peligro que están corriendo diez pueblos indígenas del resguardo Caño Mochuelo, en zona rural de los municipios de Hato Corozal y Paz de Ariporo (Casanare).
El control del territorio ejercido por el Frente 28 José María Córdoba, del Comando Conjunto de Oriente de las disidencias de las Farc, y el ingreso a la zona de otras estructuras armadas no estatales los tienen en riesgo de vulneración de sus derechos fundamentales.
Los pueblos Sikuani, Piapoco, Sáliba y Amorua (de tradición sedentaria: que permanecen en un mismo lugar durante generaciones) y los Maiben Masiware, Wamonae, Waüpijiwi, Yamalero —Mayaleros— Tsiripus y Yaruros, que reúnen un total de 15 comunidades, al considerárseles nómadas, son únicos en el mundo; no obstante, se encuentran solamente con su protección territorial en la extensa sabana del extremo nororiental del departamento.
Es tan delicada la situación, que integrantes del disidente Frente 28 obligan a las autoridades tradicionales indígenas a tomar medidas sobre ciertos comportamientos de las diez poblaciones. De no hacerlo, no solo las autoridades étnicas, sino todos los indígenas de las comunidades son sometidos a la propia ‘justicia’ del grupo rebelde, con tal de tener el control absoluto.
Ante el escenario de vulneración de los derechos a la vida, integridad, seguridad, libertad, además de otros, de las comunidades indígenas, la Defensoría del Pueblo requiere la intervención urgente de la institucionalidad estatal, a partir de un trabajo articulado y diferencial, teniendo en cuenta la tradición cultural nómada.
El resguardo Caño Mochuelo, así mismo, es susceptible de enfrentamientos armados, razón por la que podría verse envuelto en consecuencias nefastas. Las formas de sustento (cultivos y prácticas alimentarias) podrían amenazar la subsistencia de niñas, niños, adolescentes, jóvenes, mujeres, adultos y personas mayores.
Por ende, también es necesario implementar medidas de prevención orientadas a la seguridad alimentaria, la atención humanitaria, el acompañamiento, así como a la neutralización de las pretensiones de los actores armados al margen de la ley. Es imperativo garantizar los derechos fundamentales de los pueblos indígenas, el respeto por la jurisdicción especial indígena, la autonomía, el territorio y su dinámica cultural.
La naturaleza preventiva y humanitaria de la ATI exhorta, además, al Ministerio del Interior a darles cumplimiento a las medidas de prevención y protección. Igualmente, le solicita activar los mecanismos de respuesta rápida frente a posibles vulneraciones a los derechos humanos e infracciones al derecho internacional humanitario (DIH).
Es oportuno que ejerza su liderazgo para que sea salvaguardada y preservada la diversidad étnica y cultural, mitigado el riesgo de los pueblos afectados, a los que les deben respetar sus derechos culturales, de autonomía, territorio y propia jurisdicción especial.
Fuente: Defensoría del Pueblo
CASANARE
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CASANARE
En Casanare, designados más de 7.500 jurados de votación para elecciones presidenciales
La Registraduría Nacional del Estado Civil informa que en el departamento de Casanare fueron designados un total de 7.548 jurados de votación para las elecciones presidenciales del próximo 31 de mayo, de los cuales 6.108 son principales y 1.440 son remanentes.
Los sorteos de los jurados de votación, que fueron previamente postulados por entidades públicas, empresas privadas, instituciones educativas y agrupaciones políticas, contaron con el acompañamiento de representantes de los entes de control, las organizaciones políticas, la Fuerza Pública, las autoridades locales, entre otras entidades.
Los ciudadanos pueden consultar si fueron designados como jurados de votación en la aplicación ‘aVotar’, la cual se puede descargar de manera gratuita en Google Play y App Store, y en la página web de la Registraduría Nacional, www.registraduria.gov.co, haciendo clic en el botón ‘Consulta jurado de votación’.
Además, allí se informará el lugar, la fecha y la hora de la capacitación. Es importante reiterar que prestar el servicio de jurado de votación es de carácter obligatorio y que quienes sin justa causa no asistan a desempeñar sus funciones o las abandonen podrán ser destituidos del cargo que desempeñan, en caso de ser servidores públicos, y quienes no lo sean deberán pagar una multa de hasta diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Los jurados de votación que trabajen en el sector público o privado tendrán derecho a un (1) día compensatorio de descanso remunerado, el cual podrá hacerse efectivo dentro de los 45 días hábiles siguientes a la votación.


