CASANARE
Respuestas de Corporinoquia por informe de Procuraduría dejan más dudas que certezas
Más dudas que certezas dejaron las respuestas de Corporinoquia al informe de la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales, que cuestiona la falta de un adecuado control por parte la entidad ambiental a las intervenciones realizadas en el cauce del río Cravo Sur, lo que ha ocasionado perjuicios a los habitantes del sector de la vereda La Manga.
Martha Plazas, directora de Corporinoquia, indicó que efectivamente acompañaron la visita de la Procuraduría el año pasado, pero que en todas las situaciones evidenciadas en el informe hay responsabilidad de varias instituciones que deben confluir para que todo funcione como debe ser. “Esta es una tarea de muchas instituciones, no solo de la Corporación. Aquí hay muchos responsables, la parte de la Alcaldía, la Gobernación, son muchas instituciones las que tienen que entrar a apoyar el proceso”.
Responsable, la Alcaldía
Respecto al tema de la invasión de la ronda hídrica por parte de algunas viviendas construidas sobre la zona de protección, cuestionó la labor de la Alcaldía de Yopal que ha permitido estas construcciones, por lo que dijo que no se deben ampliar ni otorgar más Licencias de construcción sobre ese sector, pero desafortunadamente han aumentado las Licencias que se conceden sobre la zona de protección. “Nosotros no podemos hacer reforestación sobre la ronda porque está invadida”.
Todo es “una confusión”
Referente al cuestionamiento de la Procuraduría por la afectación causada por un jarillón construido por la Empresa Meyan que desvió el cauce hacia el costado derecho, la Directora de Corporinoquia indicó que todo obedece a una “confusión” de parte del ente de control, porque en realidad, por el método de explotación minera que utiliza la Empresa Meyan, lo que existe es una barrera entre la lámina de agua y el playón, y como la visita se hizo en época de verano, el funcionario de la Procuraduría creyó que era un jarillón, cuando en realidad no lo es. Agregó, que se ha venido haciendo por parte de Corporinoquia el adecuado control y seguimiento al tema minero.
Resulta extraño, que la ingeniera Karen Pinzón, nueva subdirectora de control y calidad de Corporinoquia, indicó en rueda de prensa que el método de explotación autorizado para Meyan es “de explotación continuo que permite hacer excavaciones de hasta 1,4 metros de profundidad” y por lo tanto la confusión del funcionario de la Procuraduría; pero la misma Corporinoquia le informó a la Procuraduría que el sistema autorizado es por medio de dársenas que es completamente diferente. Es evidente entonces, que se contradice la autoridad ambiental.
Karen Pinzón, subdirectora de control y calidad de Corporinoquia
La información enviada por Corporinoquia a la Procuraduría indica que el sistema que utiliza Meyan es por dársenas
Permisos a Perenco bajo estudios
Sobre las intervenciones que ha hecho la petrolera Perenco al cauce del río para la línea de gas, la directora de Corporinoquia señaló que efectivamente estas intervenciones se hacen siempre bajo situaciones de emergencia para evitar que Yopal se quede sin el servicio de gas, pero desde mediados del año pasado se le informó a la Empresa que, de ahora en adelante, estas intervenciones tienen que estar soportadas bajo varios estudios, realizando una perforación inducida para que no exista alteración a la dinámica del recurso hídrico.
Pomca no se ha terminado
Una situación que genera preocupación, es la inexistencia del Plan de Manejo y Ordenación de la Cuenca Hídrica, mejor conocido como POMCA, cuya actualización fue contratada por Corporinoquia con recursos del Fondo de Adaptación el 22 de abril de 2015 con un plazo de ejecución de 18 meses por valor de $7.498 millones de pesos, y a la fecha, cerca de tres años después, aún no se conoce el documento que marca el derrotero de planificación para las diferentes intervenciones que deban hacerse a la cuenca hídrica.
El mencionado contrato ha tenido cuatro prórrogas en tiempo por parte de la Corporación para con el contratista, pero no se puede solicitar más celeridad porque Corporinoquia solo se limita a hacer supervisión del mencionado contrato.
“Para eso existe la interventoría, lo que pasa es que nosotros solo hacemos funciones de supervisión a la interventoría y la interventoría es la que tiene que hacer cumplir”, dijo la Directora de Corporinoquia, argumentando que parte de la demora obedece también a que los contratistas se ganaron 11 POMCAS en el país y no avanzan como debieran.
En rueda de prensa se dijo que el POMCA del río Cravo Sur debe estar terminado el próximo primero de marzo, pero sin embargo a la Procuraduría se le dijo que solo estará listo a finales del presente año. Nuevamente se contradice Corporinoquia.
Karen Pinzón, subdirectora de control y calidad de Corporinoquia
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Más de 45 años de prisión para feminicida por crimen ocurrido en Yopal en 2021

El Juzgado Segundo Penal del Circuito de Yopal condenó a 45 años y ocho meses de prisión (550 meses) a Diego Andrés Suárez Daza, hallado culpable del feminicidio agravado de Sonia Rocío Díaz Barrera, de 30 años. Suárez Daza fue capturado en 2024 en Cajicá, a donde había huido e intentaba pasar desapercibido como mecánico.
El fallo, emitido en aplicación de la normativa colombiana sobre violencia de género, busca enviar un mensaje claro sobre la gravedad de estos delitos, como en este caso que causó conmoción en su momento en la capital casanareña.
El crimen ocurrió el 2 de septiembre de 2021 en la residencia de la víctima, ubicada en el barrio Bicentenario de Yopal. Suárez Daza, expareja sentimental de Sonia, ingresó al domicilio y la atacó con un arma blanca, causándole heridas mortales en el cuello. El cuerpo fue hallado por familiares que, alarmados por su ausencia en su local del Terminal de Transportes, acudieron a buscarla.
En el momento del ataque, Sonia se encontraba en casa con su hija de tres años, quien dormía en otra habitación. La violencia del hecho y la presencia de la menor en el lugar conmovieron profundamente a la comunidad yopaleña, que desde entonces ha exigido justicia por este brutal crimen, llegando incluso a realizar un plantón frente a la sede de la Fiscalía.
La investigación reveló que la víctima había denunciado amenazas previas y enfrentaba un conflicto por la fijación de la cuota alimentaria de la niña. Estos antecedentes fueron considerados por el juez como agravantes en el contexto de violencia intrafamiliar y de género.
Con esta condena, las autoridades reafirman su compromiso de sancionar con severidad los feminicidios y proteger los derechos de las mujeres, especialmente en contextos donde persiste la violencia ejercida por exparejas o personas cercanas.
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Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Condenan a 44 años de prisión a feminicida por hechos ocurridos en Maní

El Juzgado Tercero Penal del Circuito de Yopal condenó a 44 años de prisión (528 meses) a Kilver Alfonso Mariño Ávila por el feminicidio de su expareja, Mildre Carolina Rojas, ocurrido el 5 de noviembre de 2024 en el municipio de Maní.
La decisión judicial, que fue apelada por la defensa del condenado, se dio tras comprobar que el hombre atacó brutalmente a la mujer con un arma blanca en un establecimiento público, como fue de amplio conocimiento.
Según el relato de los hechos, la víctima, de 38 años, fue abordada por Mariño Ávila mientras trabajaba, y en medio de una discusión por el uso de una motocicleta, el agresor la persiguió y le causó una herida mortal en el abdomen. Aunque varios ciudadanos intentaron auxiliarla, la gravedad de la lesión le provocó la muerte minutos después.
Mariño Ávila huyó del lugar tras cometer el crimen, pero fue capturado esa misma noche gracias a la oportuna reacción de la Policía y la colaboración de la comunidad. La víctima había denunciado previamente amenazas por parte del agresor.
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Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
JEP imputa tortura y tratos inhumanos a seis militares por ‘falsos positivos’ en Casanare

Tras analizar 17 hechos de asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como falsas bajas en combate por agentes del Estado, en los que se documentaron actos de violencia física y psicológica contra 26 víctimas antes de su asesinato, la Sala de Reconocimiento de Verdad de la JEP imputó los delitos de tortura y de tratos inhumanos y degradantes a seis comparecientes, exintegrantes del Ejército Nacional, por hechos ocurridos en Casanare.
Las nuevas imputaciones fueron formuladas contra Wilson Salvador Burgos Jiménez, Marco Fabián García Céspedes, Jhon Alexander Suancha Florián, Wilfrido Domínguez Márquez y Miguel Andrés Sierra García, quienes ya habían sido determinados como máximos responsables, así como contra Zamir Humberto Casallas Valderrama, definido como partícipe no determinante y también llamado a reconocer responsabilidad. Todos pertenecieron a la XVI Brigada del Ejército Nacional.
La decisión se adoptó tras contrastar la información obtenida en las versiones voluntarias, las pruebas recolectadas en los procesos adelantados en la jurisdicción ordinaria y las observaciones presentadas por víctimas y el Ministerio Público, con el fin de dar respuesta a la solicitud de esclarecer el trato bridado a las víctimas antes de ser asesinadas. La magistratura concluyó que varios de estos actos constituyeron tortura contra persona protegida, una conducta tipificada tanto en el Código Penal colombiano como en el Derecho Internacional Humanitario y el Derecho Penal Internacional.
Hubo tortura antes de asesinarlos
En el análisis de estos 17 hechos, en los que fueron asesinadas 26 personas, la JEP evidenció que las víctimas fueron engañadas, sometidas o trasladadas en condiciones que incrementaron su vulnerabilidad. Estas prácticas tenían como propósito facilitar su posterior asesinato y presentación como bajas en combate.
Esta nueva calificación jurídica profundiza lo establecido por la sala en el Auto de Determinación de Hechos y Conductas proferido en el Subcaso Casanare del Caso 03, en 2022, que investiga asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como falsas bajas en combate por agentes del Estado en ese departamento. En dicha decisión, la JEP determinó la existencia de un patrón criminal sistemático por parte de la XVI Brigada del Ejército Nacional, que habría involucrado a más de 296 víctimas directas entre 2005 y 2008 en Casanare.
Como parte del proceso ante la Justicia Transicional Restaurativa, la Sala de Reconocimiento de Verdad trasladó algunos de los hechos investigados a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, con el fin de que continúe la indagación sobre los pormenores del trato recibido por las víctimas antes de su muerte, en relación con comparecientes que participaron directamente en los hechos, pero cuya situación jurídica fue remitida a esa instancia de la JEP porque no fueron seleccionados como máximos responsables.
Asimismo, la Sala de Reconocimiento envió al Subcaso Costa Caribe II información sobre hechos cometidos por el compareciente Juan Pablo Gutiérrez Jaramillo cuando estuvo en la Brigada XVI en el departamento de Casanare, para que también sean tenidos en cuenta en dicha investigación, en la que fue imputado como máximo responsable, en calidad de coautor de los delitos de homicidio en persona protegida y desaparición forzada.
Los seis comparecientes llamados a reconocer su responsabilidad por actos de tortura y tratos crueles, inhumanos y degradantes en Casanare tienen 15 días hábiles para informar a la Sala de Reconocimiento de Verdad si aceptan o no los nuevos cargos imputados por la JEP. En ese mismo término, podrán pronunciarse, aportar pruebas y referirse a los hechos, las conductas y su eventual participación individual en ellos.
Fuente: Comunicaciones JEP
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