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Contraloría encontró daño patrimonial en obra contratada por Alan Jara

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La Contraloría General de la República encontró irregularidades por un total de $2.523 millones de pesos en la ejecución de los contratos de obra e interventoría, con los cuales la administración del exgobernador del Meta Alan Jara Urzola puso en marcha la construcción de la “Ciudadela del Saber”, en el municipio de Puerto Lleras.

Si bien el contrato de obra (número 116 de 2014) fue ejecutado dentro del tiempo establecido y sin exceder el presupuesto original, visitas de inspección adelantadas por los auditores de la Contraloría General de la República permitieron identificar graves y generalizadas deficiencias constructivas, empezando por problemas de humedad y filtraciones que han causado daños a acabados como el cielo raso y los pisos, especialmente en la zona del auditorio.

De acuerdo a lo establecido por los funcionarios de los organismos de control, como consecuencia de la exagerada humedad que se presenta al interior de la edificación, producto de la mala calidad de los procesos constructivos y de los errores de planeación, esta Ciudadela del Saber se encuentra en estado de abandono.

Es así como todos los elementos de mobiliario que se adquirieron para su dotación y funcionamiento fueron retirados, en procura de salvaguardarlos de las malas condiciones reinantes.

Esta situación ha hecho que el edificio se encuentre actualmente en estado de abandono, que no preste ninguna utilidad para la comunidad y que su uso, en procura de alcanzar los objetivos trazados para el proyecto, no sea posible, circunstancia que ha permitido el vandalismo, provocando además consecuencias como pérdida de cableado eléctrico, de la bomba para instalaciones hidraúlicas y de láminas de policarbonato.

Teniendo en cuenta todas estas circunstancias, la Unidad de Seguimiento y Auditoría de Regalías de la Contraloría General de la República calculó en $2.336 millones de pesos el daño patrimonial causado por la mala calidad en los trabajos ejecutados en el marco de este contrato de obra.

Errores de planeación

Según explicó el Contralor Delegado Intersectorial de la Unidad de Regalías, José Antonio Soto, las deficiencias constructivas detectadas tienen como causa errores en la planeación, así como en los procesos constructivos, al igual que deficiencias en las labores de verificación y control durante la ejecución de la obra contratada. “La deficiente calidad de los trabajos ejecutados es inobjetable ya que éstos pueden apreciarse a simple vista”, indicó.

El contrato de obra No. 116 de 2014 cuestionado por la CGR, fue suscrito entre la Agencia para la Infraestructura del Meta (AIM) y la Union Temporal Ciudadela Puerto Lleras 2014, con el objeto de construir la Ciudadela del Saber en el municipio de Puerto Lleras, proyecto financiado con recursos del Sistema General de Regalías  por la suma de $2.336 millones. El plazo pactado fue de 10 meses constados a partir de la suscripción del acta de inicio, lo que ocurrió el 27 de octubre de 2014.

Daño patrimonial por falta de control de la interventoría

También es objeto de reproche fiscal el contrato de interventoría No. 130 de 2014, suscrito entre la Agencia para la Infraestructura del Meta (AIM) y la Unión Temporal Nueva Sede Gobernación del Meta, el cual tiene por objeto realizar Control mediante Interventoría técnica legal, administrativa financiera y ambiental al mejoramiento y construcción etapa 2 de la nueva sede administrativa de la Gobernación del Meta, incluye Flor Amarillo, Asamblea y parqueaderos en el Municipio de Villavicencio; al igual que la Ciudadela del Saber, en el Municipio de Puerto Lleras, entre otras obras.

Dadas las condiciones de calidad de los trabajos ejecutados en el marco del contrato No. 116 de 2014, se evidencia que el seguimiento y control que se debía efectuar en el marco del contrato No. 130 del 2014 fue inefectivo, provocando el detrimento patrimonial señalado; situación que genera un nuevo detrimento, esta vez por un valor de $186 millones 929 mil pesos, suma que corresponde al valor porcentual equivalente al proyecto de la Ciudadela del Saber pagado hasta la fecha al interventor.

Con lo anterior, se tiene que el daño total causado al patrimonio público por la ejecución de estos contratos que fueran suscritos durante la Administración del exgobernador del Meta Alan Jara Urzola, se eleva a la suma de $2.523.052.574.40.

Fuente: Contraloría General de la República

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Definen plan de acción a favor de las víctimas del conflicto en el Meta

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En un esfuerzo por articular acciones con los integrantes del Sistema de Comunicación para la Paz (SIPAZ) y el Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas (SNARIV), liderada por GIZ Colombia, la secretaría de Derechos Humanos y Paz del Meta acordó un Plan de Acción Territorial, en beneficio de las víctimas del conflicto armado.

En ese contexto, se estableció la realización de dos jornadas móviles de oferta institucional del orden departamental y nacional, esperando atender más de 1.000 personas víctimas del conflicto armado, en los municipios de Uribe y Mapiripán.

Igualmente se acordó el acompañamiento, por parte de la gobernación del Meta, a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, en los planes integrales de reparación colectiva de la población víctima, con el fortalecimiento a proyectos productivos del municipio de Mapiripán, aportando a la reparación integral en las medidas de restitución, rehabilitación, satisfacción, garantías de no repetición e indemnización.

Finalmente, se logró realizar un plan de acción con la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), a través del cual se pretende contribuir con la verdad, la justicia, la restauración del daño y reparación a la población víctima.

Fuente: Gobernación del Meta

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Capturado en Villavicencio presunto integrante del Clan del Golfo

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Autoridades lograron capturar en Villavicencio al criminal conocido con el alias de ‘Ñato’, presunto integrante del grupo armado organizado ‘Clan del Golfo’ al servicio de la subestructura Gonzalo Oquendo Orrego.

La detención de esta persona materializó en cumplimiento a una orden de captura emanada por el Juzgado Promiscuo Municipal de Cumaribo (Vichada), por los delitos de concierto para delinquir agravado con fines de homicidio, tráfico, fabricación o porte de estupefacientes y extorsión.

Alias ‘Ñato’ de 36 años de edad, es señalado de ser el autor material del homicidio con arma de fuego en la modalidad de sicariato del señor Juan Alfonso Aguilar Rivas; hecho registrado en junio 12 de 2022, en la inspección El Vergel del municipio de San Juan de Arama, Meta.

El capturado junto a las diligencias judiciales adelantadas fueron dejadas a disposición de la Fiscalía No. 187 de la Dirección Especializada Contra el Crimen Organizado de Villavicencio, Meta.

Fuente: Policía Meta

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JEP ordena plan para ubicar y atender a mujeres víctimas de violencia sexual en Puerto Gaitán

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La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP ordenó poner en marcha un plan de acción que permita ubicar, identificar y caracterizar a mujeres víctimas de estigmatización y violencia sexual en Puerto Gaitán, quienes fueron estigmatizadas como ‘Las calvas’ cuando eran niñas o adolescentes, por parte de grupos paramilitares que operaron en la zona, entre 2002 y 2004.

Según expedientes de la justicia ordinaria e informes de organizaciones de víctimas entregados a la JEP, las Autodefensas Unidas de Colombia que operaban en ese departamento implementaron medidas de control social, reclutamiento, abuso sexual y violencia de género contra mujeres, niñas y adolescentes. Los relatos allegados a la Jurisdicción indican que las autoridades del municipio tenían conocimiento de estos crímenes y no tomaron medidas para evitarlos ni para perseguir o castigar a los grupos ilegales que ejercían estos delitos.

Estas mujeres víctimas eran señaladas por los grupos de cometer “actos de desobediencia, faltar al colegio, ingresar a bares”, y por ello las sometieron a castigos como apartarlas de su núcleo familiar contra su voluntad para someterlas a trabajos forzados; también eran reclutadas por los grupos ilegales y sometidas a abuso y violencia sexual; otras, fueron expuestas al escarnio público rapándoles la cabeza, de allí el término estigmatizante con el que fueron conocidas por los pobladores de la región en aquella época.

La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas considera que estos hechos son de interés del Caso 08, que investiga los crímenes cometidos por la fuerza pública o agentes del Estado, en asocio con grupos paramilitares o terceros civiles; y del Caso 11, que investiga la violencia basada en género, incluyendo violencia sexual y reproductiva, y crímenes cometidos por prejuicio.

Bajo ese contexto, la Sala convoca la articulación entre los despachos relatores de estos dos macrocasos con las siguientes dependencias de la JEP: Departamento de Atención a Víctimas (DAV), la Comisión de Género, la Comisión de Participación, la Oficina Asesora en Justicia Restaurativa, el Departamento de Enfoques Diferenciales y el Sistema Autónomo de Asesoría y Defensa (SAAD) Representación de Víctimas.

A través de esta articulación se busca definir una metodología que facilite la ubicación de las víctimas y, en caso de que así lo deseen, ofrecerles asesoría para participar en los casos 08 y 11, en caso de que estos hechos sean priorizados por la Sala de Reconocimiento para ser investigados. Además, este plan de atención y tratamiento a las víctimas se abordará aplicando los enfoques diferenciales de género, étnico racial, territorial e interseccional; incluyendo, además, espacios de pedagogía.

La decisión de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas se toma en el marco del estudio de solicitud de sometimiento a la JEP de Édgar Humberto Silva González, quien se desempeñó como personero municipal de Puerto Gaitán durante la época de los hechos. Silva aún no ha sido aceptado en la Jurisdicción en calidad de agente del Estado no integrante de la fuerza pública. La aceptación de su sometimiento queda condicionada a los ajustes al régimen de condicionalidad, en materia de aportes efectivos de verdad y propuestas de reparación, que presente ante la sala.

Fuente: Jurisdicción Especial para la Paz – JEP

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