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Conozca el abecé de las medidas sobre arriendos de vivienda y locales comerciales

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Tras el anuncio de las medidas de arrendamiento de viviendas y locales comerciales de MYPIMES en el marco de la emergencia por el Covid-19, los colombianos expresaron varias inquietudes. El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, Jonathan Malagón, recopiló las preguntas más recurrentes para aclarar las dudas de los ciudadanos.

¿Las medidas aplican solo para los estratos 1 y 2?

No. Las medidas en materia de arrendamiento benefician a todos los colombianos, independientemente de su nivel de ingreso o su estrato socioeconómico. Estas iniciativas reconocen la vulnerabilidad tanto de arrendadores como de arrendatarios. La invitación es a llegar a acuerdos que beneficien a ambas partes, en un marco de solidaridad responsable.

¿Ya no hay que pagar el canon de arriendo?

Estas medidas no significan la suspensión, el congelamiento, la condonación, ni mucho menos la eliminación del pago de los cánones. No estamos fomentando una cultura de no pago, por el contrario, las familias que puedan seguir pagando sus obligaciones, deben hacerlo cumplidamente. Por su parte, los hogares que en el marco de la emergencia hayan tenido una reducción en sus ingresos, podrán contar con instrumentos adicionales para conciliar y llegar a acuerdos de pago entre privados.

¿Se permiten los desalojos durante la emergencia?

La Ley establece que los desalojos de arrendatarios sin orden judicial son ilegales. La nueva medida garantiza que, bajo ninguna circunstancia, las familias podrán ser desalojadas de su vivienda durante la emergencia e incluso dos meses después de finalizada la misma.

¿Qué les podemos decir a las familias que han sido víctimas de desalojo?

Debido a la suspensión de términos decretado por el Consejo Superior de la Judicatura hasta el 12 de abril, no pueden llevarse a cabo desalojos. Los desalojos sin orden judicial son ilegales. Si sucede, el mensaje es que estas familias acudan a la autoridad policial para la protección de su derecho a la vivienda.

¿Está desprotegido el arrendador?

Las medidas anunciadas por el Presidente Iván Duque no implican el no pago de los cánones de arrendamiento, de manera que los propietarios de los inmuebles no están desprotegidos. Además, cuentan con todas las herramientas legales y jurídicas para hacer efectivos sus derechos. Las familias que viven en arriendo tendrán que seguir honrando sus obligaciones, bajo las condiciones a las que lleguen ambas partes. Por eso hacemos un llamado a la solidaridad responsable.

¿Estas medidas también aplican para locales comerciales?

Las medidas de arrendamiento anunciadas también aplican para las micro, pequeñas y medianas empresas. Queremos que se logren acuerdos entre el arrendador y el arrendatario sin penalidades, sin intereses y sin la amenaza de desalojo, pero fomentando la cultura de pago y la responsabilidad del arrendatario.

¿En propiedad horizontal, cómo se podrán usar los recursos del fondo de imprevistos?

La medida habilita el uso de este fondo de imprevistos durante la emergencia, prioritariamente para el mantenimiento de los contratos de trabajo del personal empleado en la propiedad horizontal.

¿Se pueden realizar asambleas de propietarios?

Las reuniones ordinarias de asamblea de la propiedad horizontal se podrán realizar de forma virtual o tendrán que ser aplazadas hasta después de la emergencia. No se podrán imponer sanciones por inasistencia.

¿Qué pasa con los contratos informales?

De los 5,6 millones de familias que viven en arriendo, algo más de 2 millones corresponden a arriendos informales (40%), son cerca de 8 millones de personas que viven en soluciones de arrendamiento sin un contrato firmado. Si bien no existe un contrato escrito, eso no implica que no haya una relación contractual. De manera que, incluso en estos casos, la única manera de efectuar un desalojo es a través de la policía a la luz de una orden judicial, lo que durante la emergencia está prohibido.

Fuente: Ministerio de Vivienda

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Ejército Nacional estableció nuevos precios de la libreta militar

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soldados juraron bandera

El Ejército Nacional de Colombia estableció los costos actualizados para la obtención de la libreta militar en 2025, un documento, que de acuerdo con la institución es obligatorio para los ciudadanos que deben definir su situación militar en el país.

Los valores dependerán de los ingresos mensuales de los solicitantes, con tarifas que oscilan entre el 5% y el 50% del salario mínimo mensual legal vigente (smmlv).

Quienes no hayan definido su situación militar antes de cumplir 24 años deberán enfrentar una sanción económica. Esta multa equivale a dos salarios mínimos mensuales legales vigentes (smmlv) por cada año de incumplimiento, lo que en 2025 se traduce en $2.847.000 por año. Mientras que, los colombianos que residen en el extranjero podrán obtener la libreta militar pagando el 50% del smlmv, sin necesidad de demostrar ingresos.

Tarifas 2025:

  • Para quienes no tienen ingresos económicos, el costo será del 5% del smlmv, equivalente a $71.175.
  • Aquellos con ingresos de hasta dos SMMLV deberán pagar el 15% del smlmv, es decir, $213.525.
  • Los ciudadanos con ingresos entre dos y cuatro SMMLV tendrán un costo del 25% del smlmv, lo que corresponde a $355.875.
  • Finalmente, quienes perciban ingresos superiores a cuatro SMMLV deberán abonar el 50% del smlmv, equivalente a $711.750.

Fuente: Ejército Nacional

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¿Le gustaría vivir en una Ciudad de 15 minutos?

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Bajo el modelo del ecourbanismo surgen las “Ciudades de 15 Minutos”, que permiten a sus habitantes acceder a servicios educativos, laborales, comerciales, recreativos, de transporte y salud, todo a una distancia de 15 minutos caminando o en bicicleta desde su hogar.

Este enfoque busca reducir la dependencia del automóvil, disminuir la congestión, mejorar la calidad del aire y fomentar la movilidad sostenible, además de enriquecer la calidad de vida de las personas.

Características:

  • Los residentes tienen acceso a servicios básicos como escuelas, farmacias, supermercados, parques y transporte público
  • Se promueve el uso de la bicicleta y el transporte público, reduciendo las emisiones de gases contaminantes y mejorando la calidad del aire en las ciudades.
  • Se busca reducir la contaminación y la congestión del tráfico
  • Se promueve un mayor sentido de comunidad
  • Se promueve caminar y andar en bicicletas, reduciendo la dependencia del automóvil y mejorando la salud física y mental de los habitantes

Este “regreso a un modo de vida local” está ganando terreno a nivel mundial y representa un paso firme hacia un futuro urbano más equitativo y respetuoso con el medio ambiente.

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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Quienes presten servicio militar recibirán como incentivo un 70% de salario mínimo

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Los hombres y mujeres entre los 18 y los 21 años que acojan la primera convocatoria de 2025 para prestar el servicio militar recibirán una bonificación mensual, equivalente al 70 % de un salario mínimo legal mensual vigente, es decir, 996.450 pesos, confirmó el Gobierno nacional.

El Comando de Reclutamiento y Control Reservas del Ejército abrió la convocatoria el pasado primero de febrero e irá hasta el 26 de este mes y dispone de 15 mil cupos –13.704 hombres y 1296 mujeres– para que sirvan con vocación a Colombia. El proceso se realizará en las 12 zonas de reclutamiento y los 60 distritos militares que funcionan en todo el país.

Durante el servicio militar, los jóvenes que se incorporen podrán desarrollar, además de las capacidades con las que cuenta la Fuerza en sus diferentes especialidades, contribuir a la conservación del medio ambiente y el desarrollo sostenible, prestar seguridad en las vías, brindar atención humanitaria y cumplir con tareas administrativas para fortalecer la misión institucional.

Los beneficios

Quienes resulten aptos y decidan enlistarte para prestar el servicio militar recibirán los siguientes beneficios:

  • Servicios de salud prioritaria o general y atención en las necesidades básicas.
  • Estadía y alimentación con estándares de calidad establecidos por el comité de nutrición durante el tiempo de permanencia en la institución.
  • Transporte para traslado al lugar de destinó, sostenimiento durante el viaje y el regreso al domicilio, una vez culminado el tiempo de servicio o desacuartelado.
  • Bancarización y contribución para iniciar y fortalecer la vida crediticia comenzando a manejar productos bancarios.
  • Otorgamiento de un permiso anual con auxilio de transporte equivalente a un salario mínimo mensual (1.423.500 pesos).
  • Quienes se destaquen en la prestación del servicio militar obtendrán un reconocimiento monetario adicional del 5 % del salario mensual.
  • Contarán con descuentos en almacenes, restaurantes y tiendas en virtud de alianzas comerciales.
  • Orientación opcional y voluntaria en programas de formación laboral productiva del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena).
  • Acceso a líneas de crédito especial con el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior ICETEX.
  • Matrícula cero, financiada en la carrera militar en las diferentes escuelas de formación militar y policial (oficial, suboficial y soldado profesional).
  • El tiempo que el ciudadano permanezca en la prestación de servicio militar se tendrá en cuenta para la sumatoria de semanas de cotización en los fondos de pensión públicos y privados.
  • En las instituciones de la Fuerza Pública, el tiempo de servicio militar le será computado para efectos de cesantías y prima de antigüedad en los términos de Ley.
  • Obtención de tarjeta de reservista de primera clase física y digital con constancia electrónica, acreditación que le permitirá ser priorizado en programas o políticas de generación de empleo y promoción de enganche laboral.
  • Prioridad para acceder a cursos de capacitación en el marco de las Políticas de Servicio Público de Empleo.
  • 19. Capacitación para la adaptación a su regreso a casa en el último mes de su servicio militar.
  • El soldado que terminando su servicio militar y quiera de manera voluntaria continuar con la Fuerza, podrá hacerlo hasta por 12 meses más, recibiendo los mismos beneficios, derechos, obligaciones y deberes que la Ley establece.
  • Al momento de licenciarse, el soldado recibirá un SMLMV (1.423.500 pesos) para dotación civil.
  • La última bonificación del soldado corresponderá a 1,5 de un SMLMV (2.135.250).

Para ampliar información frente al proceso de incorporación comuníquese con el centro de contacto nacional 601 4261420 o ingrese a la página web www.reclutamiento.mil.co

Fuente: Ejército Nacional .

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