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Conozca cuáles son los principales cambios del nuevo Sisbén

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El Sistema de Selección de Beneficiarios para Programas Sociales será una herramienta más moderna y oportuna.

El Sisbén se modernizó para mejorar la información que permite la correcta focalización de los programas sociales del Estado.

Ahora será una herramienta más moderna y oportuna, quepermitirá referenciar geográficamente los hogares encuestados para llevar las ayudas sociales a las familias que más las necesitan.

¿Qué es el Sisbén?

Es una encuesta que permite conocer las condiciones socioeconómicas de los hogares y los clasifica por su capacidad para generar ingresos y calidad de vida. Se utiliza desde 1997 para focalizar el gasto social hacia los más pobres y vulnerables. El Sisbén no es atención en salud, ni un subsidio. Tampoco es un auxilio a la primera infancia, ni una ayuda a personas de la tercera edad.

¿Qué beneficios trae el nuevo Sisbén?

El Sisbén IV permite ubicar fácilmente a los hogares encuestados. Esto permitirá avanzar en la construcción de mapas de pobreza por municipio para ubicar más fácilmente a los hogares que requieren atención de los programas sociales.

¿Por qué se cambia de puntajes a clasificación por grupos denominados en letras?

Para simplificar el sistema de información y avanzar a unas clasificaciones por grupos que tienen una relación directa con la forma como se mide la pobreza en Colombia. A su vez, Los subgrupos permiten establecer las diferencias en un determinado grupo poblacional para que los programas sociales focalicen mejor sus apoyos.

¿Cómo queda la clasificación por grupos?

A partir de ahora los potenciales beneficiarios de los programas sociales se clasificarán en grupos denominados por letras y no por puntajes. En cada grupo los hogares estarán clasificados en subgrupos de la siguiente forma:

A: comprende a hogares en situación de pobreza extrema. En este grupo los hogares estarán clasificados en 5 subgrupos, desde A1 hasta A5.

B: corresponde a hogares en condición de pobreza moderada. Este grupo tendrá 7 subgrupos desde el B1 hasta el B7.

C: corresponde a hogares en condición de vulnerabilidad. Este grupo tendrá 18 subgrupos desde el C1 hasta el C18.

D: comprende hogares que no están en situación de pobreza. Este grupo tendrá 21 subgrupos desde el D1 hasta el D21.

Por ejemplo, ¿A qué letra equivale un puntaje de 30 puntos, según la nueva metodología?

Con la nueva metodología no es posible comparar los puntajes de Sisbén III con los grupos de Sisbén IV. Es un error hacerlo porque con el Sisbén IV se están analizando la capacidad de generar ingresos de los hogares a partir de factores económicos y sociales como educación, empleo, salud, composición, características de la vivienda y del hogar, entre otras relacionadas con el entorno, variables que antes no se tenían en cuenta en el Sisbén III.

¿Qué debo hacer para estar en el Sisbén IV?

Desde el año 2017 en el país se empezaron a aplicar encuestas de Sisbén IV. A la fecha ya se cuenta con información de 23 millones de personas. Si usted hizo la encuesta y no tiene novedades para incluir, como el cambio de residencia, cambio en sus condiciones socioeconómicas o la inclusión de un nuevo miembro en el hogar, el proceso está al día. Si usted no ha hecho la encuesta, debe solicitar su aplicación gratuita en la oficina Sisbén del municipio en el que vive.

¿Cuándo se debe actualizar la información de la encuesta del Sisbén?

Por errores en la información de identificación de la persona o desactualización, por cambios en los miembros que conforman el hogar, por cambio de municipio de residencia, por cambios en las condiciones sociales y económicas del hogar.

¿Puedo hacer la encuesta de forma virtual?

No. La encuesta debe hacerse en la vivienda donde reside el ciudadano y es indispensable que el solicitante presente su documento de identidad y el de todos los miembros de su hogar. El DNP desarrolló un protocolo de bioseguridad, el cual se remitió a las entidades territoriales.

¿A qué tengo derecho si estoy en el Sisbén?

A ser identificado de acuerdo con sus condiciones económicas y sociales. El Sisbén solo le otorgará una clasificación con la que las entidades de los programas sociales hacen su proceso de focalización y definen a sus beneficiarios. Estar en el Sisbén no garantiza ser beneficiario de los programas sociales.

¿Una persona que trabaja o con altos ingresos puede ser parte del Sisbén?

Todas las personas en el país con el documento válido pueden estar registradas en el Sisbén. Sin embargo, su clasificación depende de su capacidad de generar ingresos y su calidad de vida.

¿Qué puedo hacer si no estoy conforme con mi clasificación? 

Es necesario que se dirija a la oficina del Sisbén del municipio en el que vive y verifique la información de la encuesta registrada en la ficha del Sisbén. Si presenta inconformidad con esta información, la persona interesada puede solicitar la realización de una nueva encuesta, seis meses después de la publicación de los últimos resultados. Una vez el municipio o distrito realice y envíe la encuesta al DNP, se realizan los procesos de validación y publicación.

¿Los extranjeros pueden aplicar la encuesta para el Sisbén IV?

Sí. Deben presentar la cédula de extranjería o salvoconducto. En el caso de ciudadanos venezolanos, el Permiso Especial de Permanencia (PEP) acompañado del pasaporte o el documento nacional de identidad.

Fuente: www.laopinion.com.co

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A la fecha, no hay alerta sobre la presencia de hantavirus en Colombia, estas son las recomendaciones

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El Ministerio de Salud y el Instituto Nacional de Salud, informan que, en seguimiento al evento internacional notificado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) relacionado con casos graves asociados a hantavirus en pasajeros de un crucero internacional, actualmente no se han confirmado casos de infección por hantavirus en Colombia.

¿Qué es hantavirus?

Los hantavirus corresponden a un grupo de virus zoonóticos transmitidos principalmente por la inhalación de partículas contaminadas provenientes de excretas (orina, saliva o heces) de roedores silvestres infectados. En las Américas, algunos hantavirus pueden causar el síndrome cardiopulmonar por hantavirus (SCPH), una enfermedad poco frecuente pero potencialmente grave, caracterizada inicialmente por fiebre, malestar general, cefalea y síntomas respiratorios inespecíficos, con posible progresión rápida a dificultad respiratoria severa, compromiso cardiovascular y choque.

En Colombia, a la fecha no se han documentado casos clínicamente confirmados de síndrome cardiopulmonar por hantavirus, sin embargo, investigaciones desarrolladas entre 2004 y 2016 por instituciones académicas y centros de investigación identificaron evidencia serológica de exposición previa a hantavirus en humanos y reservorios silvestres en algunas regiones del país. Estos hallazgos sugieren circulación potencial de virus relacionados, aunque no constituyen evidencia de transmisión activa sostenida ni de enfermedad clínica confirmada en el territorio nacional. Por lo que, de acuerdo con la situación epidemiológica, en Colombia el riesgo de presentación de casos es bajo.

Recomendaciones de Minsalud e INS:

Se recomienda a la población mantener las medidas generales de prevención orientadas a disminuir el riesgo de exposición a roedores, enfermedades respiratorias y aquellas relacionados con los alimentos entre ellas:

  • Se debe garantizar la limpieza y desinfección de aquellos alimentos no perecederos que sean almacenados por tiempos prolongados y asegurar que sus empaques no se encuentren rotos o con abolladuras.
  • Tener precaución con el consumo de alimentos envasados, empaquetados o enlatados que hayan estado en procesos de bodegaje largos.
  • Mantener una higiene adecuada de viviendas, bodegas y áreas de almacenamiento.
  • Evitar la acumulación de residuos y alimentos expuestos que favorezcan la presencia de roedores.
  • Sellar grietas y espacios que faciliten el ingreso de roedores a los hogares.
  • Utilizar elementos de protección personal, incluida mascarilla, durante labores de limpieza en lugares cerrados o con evidencia de infestación por roedores.
  • Realizar lavado frecuente de manos.
  • Consultar oportunamente a los servicios de salud ante síntomas febriles o respiratorios, especialmente si existe antecedente de exposición a ambientes con presencia de roedores.

Las autoridades sanitarias nacionales continuarán realizando seguimiento al evento internacional de manera articulada con la OMS y demás organismos técnicos, manteniendo activas las acciones de vigilancia epidemiológica y capacidad diagnóstica en el país. Cualquier actualización relevante será comunicada de manera oportuna, a través de los canales oficiales, con base en la evidencia científica disponible y los lineamientos nacionales e internacionales de salud pública.

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Consejo de Estado: Por exclusividad de la Fuerza Pública, Policía Nacional debe vigilar la seguridad en los estadios

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Previo levantamiento de la reserva legal por parte del Ministerio del Interior, la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado dio a conocer un concepto en el que indicó que los artículos 52 y 62 de la Ley 1801 de 2016 (Código de Seguridad y Convivencia Ciudadana) no se encuentran vigentes. Ello en virtud de la Sentencia C-223 de 2017 que declaró su inexequibilidad con efectos diferidos a partir del 20 de junio de 2019.

La Sala señaló que mediante el Decreto 1007 de 2012 (compilado en el Decreto Único Reglamentario 1066 de 2015) se creó en Colombia el Estatuto de Aficionado al Fútbol que dispuso la creación de un Plan Decenal para la Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol y permitió la articulación del respectivo alcalde, el presidente del club o clubes profesionales de la localidad con la Policía Nacional en el conocimiento e implementación de los protocolos de seguridad en los estadios.

Asimismo, sostuvo que según la Sentencia C-128 de 2018, en materia de seguridad en actividades que involucran aglomeraciones de público complejas, como es el caso de los partidos del fútbol profesional, las competencias de la Policía Nacional y de las empresas de seguridad privada y/o de logística, fueron definidas de la siguiente manera:

• De acuerdo con lo dispuesto en la Constitución Política y en la Ley 1801 de 2016, Código Nacional de Policía y Convivencia Ciudadana, la Policía Nacional, en atención al principio de exclusividad de la fuerza pública, tiene como fin principal la prevención de aquellas conductas que constituyen amenazas de afectación del orden público o impiden la convivencia entre las personas, en los términos de los artículos 2 y 218 de la Constitución Política.

• Las empresas de vigilancia y seguridad privada pueden actuar en el ámbito en que ofrezcan sus servicios, bajo los límites establecidos por el legislador, con el fin de «disminuir y prevenir las amenazas que afecten o puedan afectar la vida, la integridad personal o el tranquilo ejercicio de legítimos derechos sobre los bienes de las personas que reciben su protección», de acuerdo con lo previsto en el artículo 73 del Decreto Ley 356 de 1994, sin que ello involucre en modo alguno el ejercicio de actividades de conservación del orden público, la seguridad ciudadana ni la convivencia pacífica.

Por último, la Sala agregó que el artículo 9° de la Ley 1270 de 2009, mediante la cual se creó la Comisión Nacional para la Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol, asignó a la Policía Nacional la función de prevenir la aparición de hechos de violencia en los estadios de fútbol y en sus alrededores, en el marco del mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas.

Tras años de tensiones entre la Dimayor y el Gobierno, el alto tribunal dejó claro que las empresas privadas no pueden sustituir a la fuerza pública en el control del orden en eventos masivos como partidos o conciertos.

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Estos son los acuerdos logrados sobre catastro multipropósito que permitieron levantar el paro nacional

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Tras intensas jornadas de diálogo en Bogotá, el Gobierno Nacional y organizaciones sociales y territoriales alcanzaron un acuerdo en la Mesa Nacional de Concertación sobre el catastro multipropósito, lo que permitió el levantamiento del paro nacional que venía afectando la movilidad con bloqueos en distintas regiones del país.

Uno de los puntos centrales del acuerdo establece ajustes a la normativa catastral vigente. A través de la modificación de la Resolución 2057 de 2025, se autorizó a las direcciones territoriales del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) a revisar y ajustar, mediante actos administrativos, los porcentajes de incremento en los avalúos, garantizando criterios técnicos, coherencia en la información y aplicación uniforme en las zonas intervenidas.

Además, se definió la implementación de un procedimiento especial para corregir rezagos en la actualización de valores catastrales en zonas rurales, el cual incluirá análisis técnicos en comités sectoriales con participación de entidades nacionales, autoridades locales y representantes comunitarios. Estas revisiones quedarán consignadas en actas y servirán como base para eventuales modificaciones en los avalúos.

Como parte de los compromisos, el Gobierno anunció la realización de mesas regionales entre el 15 de abril y el 30 de mayo de 2026, en las que se recogerán inquietudes ciudadanas, se identificarán inconsistencias y se revisarán casos críticos relacionados con la aplicación del catastro multipropósito.

De igual forma, se acordó la creación de una Mesa Técnica Nacional, liderada por la Alta Consejería para las Regiones y con el Departamento Nacional de Planeación como Secretaría Técnica. Este espacio contará con delegados de organizaciones sociales y entidades del orden nacional, y tendrá como objetivo analizar el pliego de peticiones y formular recomendaciones para mejorar la implementación de la política catastral en el país.

El acuerdo también deja claro que no habrá suspensión general de los procesos de actualización catastral, los cuales continuarán conforme al marco legal vigente. Sin embargo, se buscarán ajustes que permitan una aplicación más equitativa, sin afectar la seguridad jurídica ni los derechos adquiridos.

Finalmente, la Defensoría del Pueblo acompañará el seguimiento al cumplimiento de los compromisos pactados. Con estos avances, las partes dieron por superada la jornada de protesta, restableciendo la normalidad en las vías del país y abriendo un nuevo espacio de concertación para atender las preocupaciones ciudadanas frente al catastro multipropósito.

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