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Comercio estrena medidas para desarrollo del segundo y tercer día sin IVA

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El Gobierno Nacional recordó una serie de recomendaciones a las autoridades locales para evitar las aglomeraciones en el segundo y tercer día sin IVA, que se desarrollarán en el país este viernes 3 de julio y el próximo 19 de julio.

Entre las decisiones tomadas está la de suspender la venta presencial de electrodomésticos, computadores y equipos de comunicaciones en grandes superficies. Esto con el fin de evitar aglomeraciones y posibles nuevos contagios de covid-19.

No obstante, para los productos que sean adquiridos de manera virtual, el retiro de ellos deberá programarse durante las siguientes dos semanas, para evitar aglomeraciones en los puntos de venta.

Así mismo, las autoridades locales podrán fijar franjas horarias para la comercialización de determinados productos, horarios por género y cédula, y permitir la operación durante 24 horas, con el fin de evitar la congestión de las plataformas virtuales.

Entretanto, las gobernaciones y alcaldías tendrán que asegurarse de que los establecimientos comerciales cumplan con los protocolos de bioseguridad y los requisitos para mantener el distanciamiento social de quienes realicen compras de manera presencial.

Las autoridades podrán sancionar a los establecimientos que incumplan los protocolos y medidas para proteger la salud y la vida de los colombianos.

Establecimientos

Los establecimientos que participen en las jornadas del día sin IVA, tanto de forma presencial como a través de comercio electrónico, deberán dar a conocer a los consumidores, de forma clara y precisa, la siguiente información:

  • Si se ofrecerá o no el beneficio de exención del IVA y las condiciones que aplican en las jornadas establecidas por el Gobierno Nacional.

En el caso de las plataformas virtuales, adicional a lo anterior, deberán diseñar protocolos de información que describan la capacidad operativa de dichas plataformas, los requerimientos tecnológicos para la efectividad de la transacción, el tiempo de espera en la fila y la hora de atención programada de acuerdo con el turno asignado, y demás aspectos que garanticen la calidad de la compra.

Así mismo, durante la jornada tendrán que actualizar la información, en caso de presentarse variaciones en las condiciones inicialmente descritas, así como las razones de la misma.

En ese mismo sentido, los comercios también deberán ajustar todas las piezas de comunicación con ocasión de la jornada e incluir de manera clara la siguiente leyenda: “El descuento que aplica a la presente venta, corresponde a la exención establecida en el Decreto Legislativo No. 682 del 21 de mayo de 2020. NO es una promoción”.

En caso de ofrecer productos que no se encuentran cobijados por la exención de IVA, los comercios deberán abstenerse de incluir en sus piezas de comunicación contenido alusivo al beneficio tributario otorgado por el Gobierno Nacional.

Compras en línea

Tenga en cuenta lo siguiente:

La exención del IVA no aplica para todos los productos ofrecidos en el mercado. Por esto es clave tener en cuenta que el beneficio únicamente aplica para la compra de máximo 3 unidades por subcategoría y el pago debe realizarse a través de tarjetas débito, crédito u otros mecanismos de pago electrónico:

  • Vestuario y complementos de vestuario: hasta 20 UVT antes de IVA – $712.140 por unidad.

La exención del IVA NO es una promoción. Aunque algunos comercios podrán realizar ofertas o descuentos ese día, los consumidores tienen derecho a conocer el precio del bien sin IVA y, en caso de que ese producto tenga una promoción, el consumidor tiene derecho a conocer el porcentaje del descuento.

Estas jornadas también son de carácter optativo, es decir, los comercios no están obligados a vender sus productos con la exención, pues cada uno de estos es libre de acogerse o no al régimen y a la invitación del Gobierno Nacional.

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Ecopetrol libera cerca de 60 millones de barriles diarios de gas natural para garantizar suministro nacional

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El Grupo Ecopetrol continúa adoptado decisiones estratégicas que garanticen el suministro de gas natural en todo el país.

A la asignación adicional de 2,7 Gbtu (millones de barriles diarios) de gas natural para garantizar el suministro de gas natural vehicular en Casanare y Meta, se suma un nuevo anuncio de comercialización del energético.

A partir del 1º de diciembre de 2025 la compañía ofrecerá para la venta entre 46 y 60 Gbtud de sus campos del Piedemonte Llanero. Estas cantidades equivalen aproximadamente al 20% de la demanda residencial, comercial y de gas natural vehicular del país.

La empresa estatal informó que este gas adicional estará disponible desde el 1 de diciembre de 2025 hasta el 31 de mayo de 2026, y se ofrecerá en dos modalidades definidas en la regulación vigente:

– En firme, que garantiza el suministro continuo durante el periodo contratado.

– Con interrupciones, que permite suspender el suministro en caso de limitaciones, según las reglas establecidas.

De acuerdo con Ecopetrol, en la modalidad ‘En firme’ se ofrecerán cantidades que van desde 23 hasta 35 Gbtud para los meses de marzo a mayo de 2026, y serán comercializadas durante el trimestre de negociación que inicia en diciembre de 2025.

Y en la modalidad de ‘Interrumpible’ se ofrecerán cantidades desde 22 hasta 49 Gbtud para los meses de diciembre de 2025 a mayo de 2026, y serán comercializadas mensualmente, teniendo en cuenta las condiciones regulatorias vigentes que señalan que para el trimestre de diciembre a febrero sólo se permite la comercialización de gas bajo la modalidad Interrumpible.

“En Ecopetrol seguimos comprometidos en el abastecimiento de gas natural para todos los colombianos. Gracias a esfuerzos recientes de eficiencia, optimización y sustitución energética en varios de nuestros procesos productivos por energía proveniente de fuentes renovables no convencionales, podemos liberar mayores volúmenes para amentar la oferta de gas provenientes de nuestros campos en el Piedemonte Llanero”, declaró Bayron Triana Arias, Vicepresidente Ejecutivo de Energías para la Transición, de Ecopetrol.

Agregó el directivo que este incremento en la oferta refleja el compromiso de la compañía estatal con el país y con la transición energética. “Así avanzamos hacia un futuro con más energía limpia y más seguridad energética para todos los colombianos, y se contribuye al cumplimiento de los objetivos de descarbonización y las metas de transición energética del Grupo Ecopetrol”, aseguró.

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La JEP no aceptó al exjefe jurídico de la Gobernación de Casanare en gobierno de Raúl Flórez

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La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) rechazó la solicitud de sometimiento presentada por Henry Villarraga Oliveros, exmagistrado del Consejo Superior de la Judicatura, al considerar que no cumplió con el requisito de aportar verdad plena, presentó argumentos exculpatorios y negó la existencia de patrones macrocriminales ampliamente demostrados en su contra.

Según la decisión de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, Villarraga omitió información clave que habría permitido esclarecer su presunto papel en el encubrimiento de graves crímenes del conflicto armado, particularmente en el caso del coronel (r) Robinson González del Río, investigado por ejecuciones extrajudiciales conocidas como “falsos positivos”.

La JEP recordó que contra Villarraga cursan varios procesos penales y disciplinarios por, presuntamente, ofrecer asesoría ilegal al oficial retirado y comprometerse a influir para que uno de sus procesos fuera trasladado a la Justicia Penal Militar, buscando garantizar impunidad frente a crímenes de guerra y de lesa humanidad.

El tribunal especial concluyó que el exmagistrado incumplió las condiciones básicas exigidas para acceder a los beneficios del sistema transicional, pues su aporte se limitó a justificar sus actuaciones con argumentos jurídicos y a cuestionar el trabajo de la Fiscalía General de la Nación, alegando una supuesta “guerra jurídica” contra miembros de la fuerza pública.
Para la Sala, requerir nuevamente al solicitante para que hiciera un aporte de verdad sustancial representaría un desgaste injustificado del aparato judicial, más aún cuando Villarraga ha tenido múltiples oportunidades para hacerlo en los procesos que se adelantan en su contra.

El expediente fue remitido a la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes, donde cursa un proceso disciplinario en etapa de acusación y otro penal cuya apertura quedó sin efectos. La JEP, además, rechazó cualquier discurso estigmatizante o desobligante frente a las víctimas, la sociedad y las instituciones del Estado.

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Con proyecto de ley buscan declarar de alto riesgo la profesión de escolta

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El Senador José Vicente Carreño Castro radicó el Proyecto de Ley 135 de 2025 que reconoce y establece “a los agentes de protección o escoltas requeridos como una profesión y/u oficio de alto riesgo”, en la medida que este trabajo está en proteger a personas con la posibilidad de sufrir un atentado, por lo que deben prevenir y enfrentar este tipo de eventualidad, lo que de inmediato los convierte también en blanco de los agresores.

Carreño Castro reveló que “al establecer de alto riesgo esta profesión u oficio, los agentes de protección o escoltas quedan cobijados en las ´Pensiones especiales de vejez´, establecido en los Artículos 3 al 10 del Decreto 2090 de 2003, adicionando esta iniciativa legislativa una modificación al Artículo 8 –modificado a la vez por el Artículo 1 del Decreto 2655 de 2014- en el sentido de que este régimen especial de pensión, incluye a los trabajadores vinculados a esta actividad hasta el 31 de diciembre de 2034, y no solo hasta el 31 de diciembre de 2024, como lo establece el mencionado Decreto 2655”.

La iniciativa legislativa –que ahora pasa a la Comisión VII del Senado- le fija al SENA la tarea de estructurar “un pensum académico con ciclos de competencias laborales, técnico, tecnólogo y profesional en seguridad dirigido este personal, para lo cual podrá celebrar convenios con organismos gubernamentales y no gubernamentales”, con el fin de que este ejercicio no solo sea considerado un oficio, sino además como una nueva profesión con todos la validación constitucional y legal, como la plantea el mencionado proyecto de ley.

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