CASANARE
Cayeron los jíbaros del Progreso 3 en Yopal, expendían cerca al Megacolegio

A la cárcel de La Guafilla en Yopal fueron enviados dos hermanos, capturados durante diligencia de registro y allanamiento a una vivienda en el Barrio El Progreso 3 de la capital casanareña, contiguo al Megacolegio.
El coordinador seccional de Fiscalías en Casanare, Jhon Fredy Encinales, indicó que la diligencia se realizó teniendo en cuenta las múltiples quejas de la ciudanía en el sentido de que en esa vivienda se expendían estupefacientes, y fue así como se logró la orden de un Juez para realizar el allanamiento, encontrando efectivamente en el sitio sustancias alucinógenas.
Por estar en inmediaciones del Megacolegio, a los dos hermanos capturados durante la diligencia de registro y allanamiento se les imputó el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes agravado, y destinación ilícita de muebles o inmuebles.
Según las autoridades, los capturados fueron identificados como Juan Carlos Puerto Walteros, de 24 años y natural de Arauca; y Herney Alfonso Puerto Walteros, de 21 años y natural de Yopal, quienes son reincidentes por el mismo delito, pues habían sido capturados y judicializados en 2017 dentro de una banda delincuencial denominada “Los Comuneros”.
Durante la diligencia se incautaron en el lugar 3,7 gramos de marihuana y 4,7 gramos de bazuco, además de una gramera, papel utilizado para envolver cigarrillos y papel utilizado en filtros para cigarrillos.
La Fiscalía solicitará dentro del proceso la extinción de dominio del inmueble donde fue realizado el allanamiento, por haber encontrado allí sustancias estupefacientes, de acuerdo con lo expresado por el coordinador seccional de Fiscalías.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
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CASANARE
Ex Subcomandante de Policía de Casanare sancionada por la Procuraduria por malos tratos

La Procuraduría General de la Nación encontró responsable disciplinariamente y suspendió e inhabilitó en el ejercicio del cargo por doce (12) meses, a la coronel (r) Sandra Yaneth Mora Morales, en su condición de comandante de la Policía Metropolitana de Cúcuta para la época de los hechos.
El Ministerio Público investigó que la entonces coronel se dirigió a una patrullera (subalterna), utilizando vocabulario soez y maltratándola de manera verbal y física, vulnerando la normativa disciplinaria del personal de la Policía Nacional, en especial lo previsto en el artículo 46-3 de la Ley 2196 de 2022. (Estatuto Disciplinario de la Policía).
La conducta de la oficial fue calificada como falta grave cometida con dolo, por lo que deberá responder disciplinariamente.
En aplicación del principio de proporcionalidad y valorando los criterios de graduación de la falta y de la sanción, se determinó que en este caso existían un atenuante y dos agravantes.
Contra esta decisión, la disciplinada interpuso recurso de apelación que será resuelto por la Sala Ordinaria de Juzgamiento de la PGN.
La Coronel (r) Sandra Mora estuvo como Subcomandante en el Departamento de Policía Casanare en años anteriores.
Fuente: El Diario del Llano
CASANARE
Vuelve restricción de motocicletas en horas nocturnas los fines de semana en Yopal

A través del Decreto 116 del 13 de agosto del 2025, la Alcaldía de Yopal prohibió la circulación de motocicletas durante los fines de semana en el municipio, esto con el propósito de evitar que se presenten siniestros viales y por ende pérdidas fatales.
El primer fin de semana en el que se aplicará la medida será el comprendido entre el viernes 15 y el lunes 18 de agosto.
Los horarios de restricción y los demás días de prohibición se relacionan en la siguiente tabla.
De esta medida quedan exceptuadas la fuerza pública, los organismos de seguridad del Estado, la Policía Judicial, las autoridades de tránsito y transporte, los organismos de emergencia y socorro, prevención y salud. Además, personal de empresas de seguridades privadas debidamente identificadas, personas con movilidad reducida, domiciliarios, hotelería y turismo con sus identificaciones que acrediten la prestación del servicio.
El incumplimiento de las medidas adoptadas en este Decreto conllevará a las sanciones correspondientes, la imposición de comparendos de tránsito conforme a lo dispuesto en el literal C numeral 14 del artículo 131 de la ley 769 de 2002, modificado por el artículo 21 de la ley 1383 de 2010 y demás normas aplicables según el caso.
Fuente: El Diario del Llano
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