CASANARE
Casanare ocupa el sexto lugar a nivel nacional en consumo de cigarrillo
En cuanto a la prevalencia de los consumidores en el departamento, esta cartera indicó que aproximadamente 40 mil personas tienen exposición al humo de segunda mano (como es denominada la acción de respirar al lado de alguien que está fumando) siendo los niños y las mujeres la población de mayor exposición.
El consumo de cigarrillos y sus efectos negativos para la salud, siguen siendo de las mayores preocupaciones por las autoridades de salud a nivel Nacional y Departamental. Un estudio revelado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas (DANE) sobre el consumo de sustancias psicoactivas del 2019, reveló una preocupante prevalencia de consumo en población de 12 a 65 años. Además, se evidenció que para ese mismo año, el 12.1% de esta población a nivel nacional, había consumido en alguna oportunidad tabaco o cigarrillo.
El estudio también informó que la edad promedio de inicio de consumo según el género, fue de entre los 12 y 65 años de edad para las mujeres, quienes presentan un 18.2% más de consumo, en comparación a los hombres con un 16.9%.
Con relación al ranking de departamentos con mayores índices de consumo de cigarrillo, Casanare ocupa el Sexto puesto con un 14.3%, por encima de Nariño, Risaralda y Antioquia.
El DANE también reveló que en Colombia, aproximadamente 95 personas mueren al día por causa del tabaquismo y, que de implementarse efectivamente todas las medidas de control, en nuestro país se evitarían un total de 34.800 muertes al año.
Entre las principales causas de muertes asociadas al consumo de cigarrillo se encuentran: las enfermedades cardíacas, pulmonar obstructiva crónica (EPOC), el cáncer de pulmón y otros cánceres, y el tabaquismo pasivo. Además, se observa que en el total de la población se pierden 624.000 años de vida por muerte prematura y discapacidad.
Adicional al impacto del tabaquismo en la mortalidad y morbilidad de los pacientes, se estima que los costos de atención médica por este tipo de patologías le cuestan al Sistema de Salud aproximadamente $6.5 billones de pesos al año; sin contar los costos de productividad, los cuales ascienden a 10.6 billones de pesos, para un total de 17 billones de pesos en costos directos e indirectos en salud, según señala la OMS.
El 31 de mayo de cada año se celebra el Día Mundial Sin Tabaco, para llamar la atención sobre las graves consecuencias sanitarias, sociales, ambientales y económicas del consumo de tabaco y de la exposición al humo, así como para movilizar a los tomadores de decisión y a la población en general a favor del control integral de tabaco. Por esta razón, cada año la Organización Mundial de la Salud (OMS) define un tema en función de las prioridades de acción que se consideran más relevantes, por lo que para este año, se está impulsando la campaña “Comprométete a dejarlo durante la COVID-19”.
“Es muy importante destacar que los fumadores tienen más probabilidades de presentar síntomas graves de la COVID-19 que los no fumadores, así que nunca ha sido tan importante dejar de fumar y consumir sistemas de dispensación de nicotina y otras sustancias tóxicas y no consumir”, indicó la OMS.
Con este mensaje se quiere visibilizar la importancia de la cesación del tabaco, buscando generar conciencia en la opinión pública sobre la urgencia de implementar todas las disposiciones del Convenio Marco de la OMS para el Control de Tabaco (CMCT de la OMS) y brindar entornos favorecedores para proteger a no fumadores e incentivar en los fumadores la posibilidad dejar este consumo.
Según cifras de la OMS, el tabaco mata al año, en el mundo, a más de 8 millones de personas, es decir, más del 80% de los 1300 millones de consumidores que hay y que viven en países de ingresos medianos o bajos, donde es mayor la carga de morbilidad y mortalidad asociada al tabaco, incluyéndose en la Agenda de Desarrollo Sostenible, la implementación efectiva del Convenio Marco para el Control de Tabaco.
Por último, del total de los fallecidos que se han reportado a nivel mundial, más de 7 millones de estas defunciones se debe al consumo directo y alrededor de 1,2 millones son consecuencia de la exposición de no fumadores al humo ajeno. Éste contiene más de 7.000 productos químicos, de los cuales se sabe que al menos 250 son nocivos, y más de 50 causan cáncer.
CASANARE
Sindicatos dicen que Interventora temporal de Capresoca estructuró el modelo que agravó el caos
El sindicato Sindicato Unitario Nacional de Trabajadores del Estado SUNET Casanare, solicitó al Gobierno Nacional la designación urgente de un agente interventor especial externo para CAPRESOCA EPS, tras cuestionar la reciente designación de Bibi Dayana Daniels Rueda como agente interventora sustituta temporal de la entidad, quien se venía desempeñando como Gerente Operativa.
La petición fue elevada al presidente Gustavo Petro, al Ministerio de Salud y a la Superintendencia Nacional de Salud, en medio de crecientes preocupaciones por la prestación del servicio a más de 170.000 afiliados en el departamento.


Ante este panorama, SUNET pidió que se designe un interventor independiente externo con perfil técnico y sin conflictos de interés, y solicitó incluir a CAPRESOCA en un plan nacional de salvamento. Asimismo, defendió el carácter público de la EPS y su potencial como modelo de gestión en salud, reiterando la urgencia de medidas que garanticen la atención oportuna y la estabilidad institucional.
CASANARE
Secretaría de las TICs en Yopal ofrece curso gratuito de herramientas de Google
La secretaría de las tecnologías de la información y las comunicaciones de Yopal invita a la comunidad a participar en su curso gratuito “Herramientas de Google”. Esta iniciativa de formación está orientada a fortalecer las competencias digitales de los ciudadanos.
El espacio académico está diseñado para brindar conocimientos prácticos en el uso de aplicaciones esenciales. Los participantes aprenderán a manejar herramientas como Google Keep, Calendar, Meet, Forms, Sites, NotebookLM y la gestión masiva de contactos, fundamentales en diversos ámbitos.
Estas aplicaciones son cruciales para el desarrollo de actividades en los ámbitos educativo, laboral y personal, mejorando significativamente la gestión de la información y la comunicación en entornos virtuales. La estrategia busca cerrar brechas digitales.
El curso dará inicio en el mes de mayo, con sesiones programadas de 2:00 p.m. a 5:00 p.m. se desarrollará en las instalaciones del Punto Vive Digital, y como requisito indispensable, los participantes deberán contar con un computador portátil.
Las personas interesadas pueden realizar su inscripción de manera sencilla a través del enlace: https://forms.gle/LAqwDzK4kwP6LYRdA. Asimismo, para mayor comodidad, el registro también se puede efectuar escaneando el código QR que se encontrará en las piezas informativas oficiales.
La Secretaría TIC extiende una cordial invitación a toda la ciudadanía para que aproveche esta valiosa oportunidad de formación. El curso permitirá a los asistentes avanzar en el uso de herramientas digitales y fortalecer sus habilidades frente a los retos del entorno tecnológico actual.

CASANARE
El abogado detrás del fallo que sacude el sistema tributario y protegió miles de millones para Yopal
Una tutela estratégica, una disputa entre altas cortes y una decisión histórica de la Corte Constitucional (SU-047 de 2026) que le devuelve a las ciudades el control del impuesto de ICA, o en otros términos, redefinen la autonomía fiscal en Colombia. Detrás del caso, estuvo el abogado Gonzalo Ramos Rojas, Especialista en Derecho Penal y Criminología, Especialista en Responsabilidad y Daño Resarcible y Magister en Seguridad y Defensa Nacionales, quien convirtió una derrota judicial en el Consejo de Estado, en un precedente nacional fijado por la Corte Constitucional, abriendo una compuerta jurídica para que las demás ciudades capitales lo repliquen en sus territorios.
El Impuesto de Industria y Comercio (ICA) es el combustible que permite mover y hacer crecer una ciudad, es en términos sencillos, una de las principales fuentes de ingresos de las ciudades en Colombia. Gracias a este impuesto, que pagan empresas y comercios por su actividad económica, los municipios pueden financiar servicios esenciales como salud, educación, infraestructura y programas sociales. En otras palabras, el ICA no es solo un tributo: es una herramienta clave para que las ciudades funcionen y puedan responder a las necesidades de sus ciudadanos.
En el Derecho, como en la guerra, hay momentos en los que una sola operación cambia el curso de la historia, en este caso, tributaria. La Sentencia SU-047 de 2026 de la Corte Constitucional es uno de esos momentos. Con la expedición de la Ley 2082 de 2021, el Congreso creó la categoría de ciudades capitales permitiéndoles tomar como referencia el régimen tributario de Bogotá.
A partir de lo anterior, el Consejo de Estado, cerró el paso a la autonomía de las ciudades: anuló los acuerdos de Yopal y Cali que buscaban elevar la tarifa del ICA, señalando que no podían superar el modelo de Bogotá.

La estrategia jurídica que redefinió el mapa tributario del ICA en Colombia
Litigar no es solo argumentar: es saber dónde dar la batalla.
Durante años, Colombia ha repetido el mismo discurso: somos un Estado descentralizado. Pero en la práctica, muchas decisiones siguen tomándose —o peor, imponiéndose— desde Bogotá. La Sentencia SU-047 de 2026 de la Corte Constitucional acaba de poner en evidencia esa contradicción.
El caso parecía técnico: la tarifa del impuesto de industria y comercio (ICA) en Yopal y Cali, sin embargo, para el apoderado del municipio en el fondo era mucho más que eso. Era responder a una pregunta incómoda: ¿pueden las ciudades capitales decidir sobre sus propios recursos o deben limitarse a copiar el modelo de Bogotá? El Consejo de Estado había respondido, en la práctica, que no podían apartarse.
Lo anterior define el problema jurídico. Porque esa postura no solo desconoce el artículo 14 de la Ley 2082 de 2021 —que permite, no impone, adoptar el régimen de Bogotá—. También reproduce una lógica profundamente centralista: lo que funciona (o se decide) en la capital debe replicarse en el resto del país, sin importar las realidades locales. Pero Colombia no es Bogotá. Yopal no es Bogotá, así lo entendió y así lo defendió el profesional del derecho ante el Consejo de Estado y ante la Corte Constitucional.
Sus dinámicas económicas, sus necesidades fiscales y sus cargas sociales son distintas. Pretender uniformarlas bajo un mismo esquema tributario no es razonable, es centralismo disfrazado de interpretación legal. La Corte Constitucional entendió el trasfondo político del asunto. Por eso, en la sentencia SU-047, no solo corrigió una decisión judicial, definió algo más importante: reivindicó el principio de autonomía territorial como un elemento real, no simbólico.

Se rompió el cerco tributario: las regiones recuperaron el control de su territorio fiscal.
Las ciudades capitales ahora tienen un precedente constitucional claro, es decir, una decisión que sirve como guía y ejemplo para casos similares, para diseñar sus políticas de impuestos con más libertad y según sus propias necesidades. Eso cambia el equilibrio de poder entre el centro y la periferia o la provincia. Adicionalmente, se deja en evidencia que el centralismo en Colombia no solo es administrativo o político, también es judicial. Sí, judicial. Cuando una alta corte interpreta la ley de manera que restringe la capacidad de las regiones para tomar decisiones sobre sus propios recursos, no está siendo neutral. Está interviniendo en la distribución del poder. Y eso tiene un alto impacto, en inversión social, en el desarrollo regional, y en la vida cotidiana de millones de ciudadanos que dependen de los recursos que sus ciudades logren recaudar.
¿Porque esta decisión no cayó del cielo? Fue el resultado de una lectura precisa del conflicto: entender que el problema no era solo tributario, sino estructural. Que lo que estaba en juego no era una tarifa, sino el alcance real de la descentralización en Colombia. El abogado que llevó este caso a la Corte Constitucional no solo litigó, planteó un pulso de poder. Y lo ganó. Eso también dice mucho del momento que vive el país. Porque cada vez es más evidente que las grandes discusiones sobre el modelo territorial ya no se están dando únicamente en el Congreso, sino que se están trasladando a los tribunales. Y allí, caso por caso, se están redefiniendo las reglas.
La SU-047 marca un punto de inflexión. No resuelve todos los problemas, pero sí deja algo claro: el centralismo no es inevitable. Puede ser cuestionado. Puede ser limitado. Y, como acaba de demostrarse, también puede ser derrotado.
El abogado convirtió un problema tributario en un precedente constitucional.
Pero en todo conflicto hay una verdad inmodificable: no basta con ganar terreno, sino que hay que saber sostenerlo. Este éxito jurídico permitirá ingresos anuales, de al menos, quince mil millones de pesos (15.000.000.000), ahora, dependerá de ellos, que se inviertan estratégicamente en la ciudad y que lleguen a todos los ciudadanos. Esa es la nueva apuesta, que los impuestos sigan teniendo un retorno para los ciudadanos, y es la inversión en sus comunas, veredas y barrios.
No fue solo una sentencia donde la Corte Constitucional le da la razón al Abogado como apoderado del municipio de Yopal: fue una batalla por el control de los recursos de las ciudades.
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