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Casanare adopta medidas para evitar el uso de cabinas de desinfección

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La Secretaría Departamental de Salud de Casanare reconoció el esfuerzo y la valiosa intensión de las empresas que han puesto a disposición estas tecnologías, como quiera que la pandemia ha generado mucho interés por parte de las instituciones y de la comunidad en general, en buscar la aplicación de medidas tendientes a mitigar el contagio.

Sin embargo, el Ministerio de Salud señaló que la rapidez con que se han implementado algunas de estas medidas, no ha permitido contar con los estándares de calidad, eficiencia, evidencia científica o seguridad al consumidor de referencia para el uso de las mismas.

Eso hizo necesario que por parte del Ministerio se revisara la información disponible en la evidencia científica, relacionada con los riesgos para la salud y la eficacia de este tipo de procedimientos, con el fin de definir la real utilidad de los mismos y emitir concepto respecto del potencial riesgo sobre la salud humana.

La rápida implementación de estos dispositivos por parte de diferentes instituciones y la ausencia de reglamentos técnicos y regulación para su control, no han permitido que las autoridades de salud efectúen la debida inspección, vigilancia y control de:

–       El tipo de productos utilizados.

–       La concentración que se está aplicando.

–       La dirección y altura de las boquillas.

–       La cantidad de producto que es asperjado sobre cada persona.

–       Las condiciones de aseo y mantenimiento del respectivo arco, túnel o cabina.

–       Así como el respectivo seguimiento a los posibles efectos secundarios sobre la salud de los usuarios, que se hayan derivado de la exposición a los productos de desinfección.

La mayor preocupación del Ministerio, es que el usuario pueda tener la percepción falsa sobre que el breve paso por el respectivo sistema de aspersión, hace que quede totalmente desinfectado, pudiendo llevar a la reducción en la implementación y seguimiento permanente de medias efectivas, como el lavado de manos o los códigos de etiqueta respiratoria.

La sensación de desinfección que experimenta el usuario, puede hacer que transite (ingrese y salga) con una mayor frecuencia de la instalación en la cual se ubica el túnel o la cámara, dispersando el virus en caso de estar infectado.

Por otra parte, es probable que las instituciones reduzcan la frecuencia y eficacia de las labores de desinfección, al considerar que el personal que ingresa ha sido desinfectado.

La gran variedad de productos desinfectantes disponibles en el mercado, entre los que se destacan: el amonio cuaternario, peróxido de hidrogeno, isopropanol, hipoclorito de sodio, ácido octanóico, etanol, trietilenglicol, ácido L-láctico, ácido peroxiacético, ácido glicólico, fenólico, ion plata, ácido cítrico y ácido hipocloroso, así como la variación en cuanto a las concentraciones y mecanismos de acción, hace que resulte muy difícil mantener un control específico para cada sistema implementado y, así evaluar su eficacia, ya que estos productos desinfectantes tienen composiciones diferentes y pueden reaccionar de forma distinta dependiendo de las condiciones de aplicación.

El Ministerio también señala que la forma empírica del diseño y del uso de los dispositivos de aspersión / nebulización de desinfectantes sobre personas, para el control del COVID-19, no ha permitido considerar el potencial riesgo secundario para la salud humana, al exponer a las personas de manera directa al contacto dérmico, ocular e inhalatorio de productos químicos, que pueden originar efectos adversos sobre su salud.

Por lo tanto, al considerar que el uso de estos sistemas de aspersión no se encuentra estandarizado y debidamente reglamentado, el Ministerio ha recomendado descontinuar su implementación, para lo cual se recomienda: 

·      No utilizar cabinas, túneles, arcos y demás sistemas de aspersión o nebulización de desinfectantes, como estrategia de desinfección de personas, en el contexto de la emergencia por COVID -19.

·      Las cabinas, túneles, arcos y demás sistemas de aspersión o nebulización de desinfectantes solo deben usarse en personas en escenarios especiales de riesgo o procesos que exijan la mejor asepsia posible, donde los trabajadores que se someten al procedimiento se encuentren capacitados para el proceso de desinfección, se garantice que no se presente exposición a través de los trajes y se cuente con un protocolo para el manejo de los desinfectantes

Sobre lo anterior es importante señalar que, este tipo de emergencia, como lo es la pandemia por COVID-19, es una situación totalmente nueva y para la cual ningún gobierno o institución estaban totalmente preparados. Por lo tanto, el comportamiento de la misma y las medidas que se han de implementar, son totalmente dinámicas y requieren de una adaptación permanente, dependiendo de la evolución de las mismas y de los resultados obtenidos.

Fuente: Gobernación de Casanare

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Secretaría de Educación de Yopal alerta sobre validez de estudios no presenciales

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La Secretaría de Educación de Yopal informa a la ciudadanía sobre múltiples solicitudes y quejas de padres de familia. Estas están relacionadas con dificultades para matricular a sus hijos debido a inconsistencias en la validez de estudios cursados previamente en modalidades no presenciales o “homeschooling”.

Se ha evidenciado que algunos estudiantes provienen de instituciones que ofrecen educación virtual o homeschooling sin la licencia de funcionamiento reconocida por el Ministerio de Educación Nacional. Esta situación impide la homologación, validación o reconocimiento oficial de los grados cursados, conforme a la normativa vigente.

La secretaría recuerda que en Colombia, la educación formal debe ser impartida por establecimientos educativos debidamente autorizados, con licencia de funcionamiento expedida por el Ministerio de Educación y registro en el Directorio Único de Establecimientos Educativos (DUE). Las instituciones sin este reconocimiento no pueden emitir certificaciones válidas.

Además, se han identificado casos de estudiantes con estudios en el exterior que realizaron supuestas “validaciones” en instituciones no facultadas legalmente, afectando la continuidad académica. La presentación de Pruebas Saber 11° (ICFES) y los procesos de validación de bachillerato están regulados por el Estado y requieren autorización oficial.

Por lo anterior, se hace un llamado preventivo a padres y acudientes para que verifiquen que la institución educativa cuente con licencia de funcionamiento vigente, esté registrada oficialmente ante el Ministerio de Educación y tenga reconocimiento para la prestación del servicio educativo formal. La secretaría reitera su compromiso con el derecho a la educación y la orientación familiar.

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Discusión en una tienda terminó en homicidio en Tauramena, homicida está identificado

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arma disparo

Un nuevo hecho de violencia sacudió al municipio de Tauramena la tarde del 21 de febrero de 2026. Sobre las 6:12 p.m., en la vereda Cabañas, fue ultimado con arma de fuego el ciudadano Jaime Orlando León Sierra, en circunstancias que son materia de investigación por parte de las autoridades.

De acuerdo con la información preliminar, la víctima se encontraba departiendo bebidas embriagantes en una tienda del sector cuando fue abordado por otro hombre que también permanecía en el establecimiento. Entre ambos se habría generado una discusión, al parecer por linderos de un predio, que escaló rápidamente, momento en el que el presunto agresor desenfundó un arma de fuego y disparó contra León Sierra, causándole la muerte en el lugar.

Tras el ataque, el señalado responsable huyó en una motocicleta color negro con azul con rumbo hacia la zona rural. Las autoridades confirmaron que el presunto agresor ya está plenamente identificado y adelantan labores para lograr su captura en el menor tiempo posible.

Según información conocida, el hombre registra antecedentes en calidad de investigado por delitos como homicidio, lesiones personales, daño en bien ajeno, violencia intrafamiliar, porte ilegal de armas, amenazas y acceso carnal. Testigos lo describen como una persona con comportamiento violento cuando consume licor. El caso quedó en manos de los organismos competentes, que avanzan en la recolección de pruebas y testimonios.

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Condenado a más de 30 años de cárcel por feminicidio de su compañera sentimental en Yopal

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A 31 años y 3 meses de prisión fue condenado Olegario Mendivelso, de 55 años, por el feminicidio agravado de su compañera sentimental Fidelia Tarache Tumay, en hechos ocurridos el pasado 25 de septiembre de 2025 en zona rural de Yopal. La decisión fue adoptada por un juez de conocimiento, quien avaló el preacuerdo suscrito con la Fiscalía General de la Nación.

De acuerdo con las pruebas recopiladas por el ente acusador, el hoy sentenciado llegó hasta la finca donde trabajaba la víctima e ingresó a la vivienda por una ventana. Una vez dentro, la atacó con un arma cortopunzante, causándole múltiples heridas que le provocaron la muerte. Según la investigación, el ataque se originó porque la víctima no quería continuar con la relación.

El fallo judicial también impuso como pena accesoria la inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 20 años, además de la suspensión de cualquier mecanismo sustitutivo o subrogado penal.

La sentencia es de primera instancia y contra ella proceden los recursos de ley. Con este resultado, la Fiscalía destacó el avance del proceso judicial y la sanción impuesta por este crimen que enluta a una familia en el departamento de Casanare.

Lea también: Nuevo feminicidio en Yopal en San Rafael de Morichal, homicida fue capturado

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