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Banco de la República bajó en 0,25 puntos básicos las tasas de interés
En 0,25 puntos básicos bajó las tasas de interés la Junta Directiva del Banco de la República en su última reunión de 2023 y las dejó en 13%.
Desde mayo pasado el Banco de la República mantenía estables sus tasas de referencia cuando las ubicó en 13,25% después de dos años de incremento constante, a pesar de que desde diferentes sectores y el mismo presidente Gustavo Petro había sugerido comenzar a reducirlas.
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Para tomar la decisión, la Junta Directiva del Banco de la República tuvo en cuenta aspectos como la inflación, la actividad económica y las condiciones financieras externas.
Consideraciones de la decisión
– La inflación continuó la senda decreciente que ha mantenido durante los últimos ocho meses y en noviembre se ubicó en 10,15%.
Esta tendencia se vio favorecida en noviembre por el buen comportamiento de los precios de los alimentos, cuya inflación anual se ubicó en 8,25%, inferior en más de dos puntos porcentuales a la registrada en octubre. El rubro de regulados continuó presionando la inflación al alza, debido a los incrementos en los precios de los combustibles y la energía.
– Las expectativas de inflación a distintos plazos mostraron comportamientos mixtos. La mediana de los analistas encuestados por el Banco de la República elevó su pronóstico para fin de 2024 de 5,2% en noviembre a 5,7% en diciembre, pero sus expectativas de inflación a 2 y 5 años permanecieron estables y se ubican en 3,8% y 3%. Las expectativas derivadas de los mercados de TES se han reducido significativamente desde octubre.
– La actividad económica continúa desacelerándose. El índice de seguimiento de la economía (ISE) presentó una variación anual de -0,4% en octubre. El equipo técnico revisó a la baja su pronóstico de crecimiento para 2023 del 1,2% al 1%, retornando de esa manera a la proyección que se tenía hasta agosto.
– El ajuste de la actividad económica hacia niveles más compatibles con la capacidad productiva de la economía ha contribuido a reducir el déficit de la cuenta corriente, el cual se estima que como proporción del PIB disminuya desde el 6,2% en 2022 al 2,8% en 2023. Esta mejora en la posición externa del país hace que la economía sea menos vulnerable ante eventuales deterioros en el contexto global.
– Las condiciones financieras externas han mejorado, en un entorno de una inflación global que, si bien continúa alta, mantiene una tendencia decreciente.
En el caso de los Estados Unidos, las más recientes proyecciones sugieren que la tasa de interés de política del Banco de la Reserva Federal tendría un sendero más bajo que el anteriormente previsto. En este contexto, el peso colombiano se apreció frente al dólar y la prima de riesgo soberano de Colombia se redujo.
Buena noticia
Tras conocer la decisión, el presidente Gustavo Petro dijo en su cuenta oficial de X “Buena noticia que el Emisor baje la tasa de interés. En la medida que baje la tasa de inflación puede bajar aún más la tasa de interés e iniciar la reactivación económica”.
Por su parte, el exministro de Hacienda, José Antonio Ocampo, también comentó la decisión en la misma red social: “Celebro la decisión del Banco de la República de reducir la tasa de interés en 25 puntos. Este hecho es consistente con la tendencia descendente de la inflación, así como con la fuerte desaceleración de la economía”, escribió.
Salario mínimo
Por otra parte, a pesar de la baja en 25 puntos básicos de la tasa de interés, la Junta Directiva del Emisor formuló un llamado a la “cautela en el ajuste del salario mínimo, de tal manera que su aumento no exceda de forma significativa la variación anual del índice de precios al consumidor en 2023”.
Lo anterior, dijo el Gerente General del Banco de la República, Leopoldo Villar, “teniendo en cuenta las ganancias en poder adquisitivo que se obtuvieron en 2023 y que se esperan en 2024 como resultado de la caída prevista de la inflación”.
La Junta, así mismo, reiteró que la decisión de este viernes 19 de diciembre “es coherente con el objetivo de llevar la inflación hacia su meta de 3%”, y reiteró que “las futuras decisiones dependerán de la nueva información disponible”.
La decisión de la Junta Directiva no fue unánime, dos de los siete integrantes de Junta del Emisor decidieron apartarse de la opinión mayoritaria y votaron por mantenerlas inmodificables en 13,25% como estaban.
Fuente: Presidencia de la República
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A la fecha, no hay alerta sobre la presencia de hantavirus en Colombia, estas son las recomendaciones
El Ministerio de Salud y el Instituto Nacional de Salud, informan que, en seguimiento al evento internacional notificado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) relacionado con casos graves asociados a hantavirus en pasajeros de un crucero internacional, actualmente no se han confirmado casos de infección por hantavirus en Colombia.
¿Qué es hantavirus?
Los hantavirus corresponden a un grupo de virus zoonóticos transmitidos principalmente por la inhalación de partículas contaminadas provenientes de excretas (orina, saliva o heces) de roedores silvestres infectados. En las Américas, algunos hantavirus pueden causar el síndrome cardiopulmonar por hantavirus (SCPH), una enfermedad poco frecuente pero potencialmente grave, caracterizada inicialmente por fiebre, malestar general, cefalea y síntomas respiratorios inespecíficos, con posible progresión rápida a dificultad respiratoria severa, compromiso cardiovascular y choque.
En Colombia, a la fecha no se han documentado casos clínicamente confirmados de síndrome cardiopulmonar por hantavirus, sin embargo, investigaciones desarrolladas entre 2004 y 2016 por instituciones académicas y centros de investigación identificaron evidencia serológica de exposición previa a hantavirus en humanos y reservorios silvestres en algunas regiones del país. Estos hallazgos sugieren circulación potencial de virus relacionados, aunque no constituyen evidencia de transmisión activa sostenida ni de enfermedad clínica confirmada en el territorio nacional. Por lo que, de acuerdo con la situación epidemiológica, en Colombia el riesgo de presentación de casos es bajo.
Recomendaciones de Minsalud e INS:
Se recomienda a la población mantener las medidas generales de prevención orientadas a disminuir el riesgo de exposición a roedores, enfermedades respiratorias y aquellas relacionados con los alimentos entre ellas:
- Se debe garantizar la limpieza y desinfección de aquellos alimentos no perecederos que sean almacenados por tiempos prolongados y asegurar que sus empaques no se encuentren rotos o con abolladuras.
- Tener precaución con el consumo de alimentos envasados, empaquetados o enlatados que hayan estado en procesos de bodegaje largos.
- Mantener una higiene adecuada de viviendas, bodegas y áreas de almacenamiento.
- Evitar la acumulación de residuos y alimentos expuestos que favorezcan la presencia de roedores.
- Sellar grietas y espacios que faciliten el ingreso de roedores a los hogares.
- Utilizar elementos de protección personal, incluida mascarilla, durante labores de limpieza en lugares cerrados o con evidencia de infestación por roedores.
- Realizar lavado frecuente de manos.
- Consultar oportunamente a los servicios de salud ante síntomas febriles o respiratorios, especialmente si existe antecedente de exposición a ambientes con presencia de roedores.
Las autoridades sanitarias nacionales continuarán realizando seguimiento al evento internacional de manera articulada con la OMS y demás organismos técnicos, manteniendo activas las acciones de vigilancia epidemiológica y capacidad diagnóstica en el país. Cualquier actualización relevante será comunicada de manera oportuna, a través de los canales oficiales, con base en la evidencia científica disponible y los lineamientos nacionales e internacionales de salud pública.
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Consejo de Estado: Por exclusividad de la Fuerza Pública, Policía Nacional debe vigilar la seguridad en los estadios
Previo levantamiento de la reserva legal por parte del Ministerio del Interior, la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado dio a conocer un concepto en el que indicó que los artículos 52 y 62 de la Ley 1801 de 2016 (Código de Seguridad y Convivencia Ciudadana) no se encuentran vigentes. Ello en virtud de la Sentencia C-223 de 2017 que declaró su inexequibilidad con efectos diferidos a partir del 20 de junio de 2019.
La Sala señaló que mediante el Decreto 1007 de 2012 (compilado en el Decreto Único Reglamentario 1066 de 2015) se creó en Colombia el Estatuto de Aficionado al Fútbol que dispuso la creación de un Plan Decenal para la Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol y permitió la articulación del respectivo alcalde, el presidente del club o clubes profesionales de la localidad con la Policía Nacional en el conocimiento e implementación de los protocolos de seguridad en los estadios.
Asimismo, sostuvo que según la Sentencia C-128 de 2018, en materia de seguridad en actividades que involucran aglomeraciones de público complejas, como es el caso de los partidos del fútbol profesional, las competencias de la Policía Nacional y de las empresas de seguridad privada y/o de logística, fueron definidas de la siguiente manera:
• De acuerdo con lo dispuesto en la Constitución Política y en la Ley 1801 de 2016, Código Nacional de Policía y Convivencia Ciudadana, la Policía Nacional, en atención al principio de exclusividad de la fuerza pública, tiene como fin principal la prevención de aquellas conductas que constituyen amenazas de afectación del orden público o impiden la convivencia entre las personas, en los términos de los artículos 2 y 218 de la Constitución Política.
• Las empresas de vigilancia y seguridad privada pueden actuar en el ámbito en que ofrezcan sus servicios, bajo los límites establecidos por el legislador, con el fin de «disminuir y prevenir las amenazas que afecten o puedan afectar la vida, la integridad personal o el tranquilo ejercicio de legítimos derechos sobre los bienes de las personas que reciben su protección», de acuerdo con lo previsto en el artículo 73 del Decreto Ley 356 de 1994, sin que ello involucre en modo alguno el ejercicio de actividades de conservación del orden público, la seguridad ciudadana ni la convivencia pacífica.
Por último, la Sala agregó que el artículo 9° de la Ley 1270 de 2009, mediante la cual se creó la Comisión Nacional para la Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol, asignó a la Policía Nacional la función de prevenir la aparición de hechos de violencia en los estadios de fútbol y en sus alrededores, en el marco del mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas.
Tras años de tensiones entre la Dimayor y el Gobierno, el alto tribunal dejó claro que las empresas privadas no pueden sustituir a la fuerza pública en el control del orden en eventos masivos como partidos o conciertos.


